Common use of DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS Clause in Contracts

DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. El Asegurado tendrá derecho a designar o cambiar libremente a los Beneficiarios, notificando por escrito la nueva designación a la Aseguradora. En caso de que el Asegurado fuera menor de edad, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legal, de acuerdo con el artículo 158 de la Ley. En caso de no recibirse la notificación oportunamente, la Aseguradora pagará la Suma Asegurada al último Beneficiario del que tenga conocimiento y quedará liberada de cualquier obligación posterior contraída en la Póliza. El Asegurado puede renunciar a este derecho, si así lo desea, haciendo una designación irrevocable, comunicándola por escrito al Beneficiario y a la Aseguradora, quien lo hará constar en la Póliza, la cual será el único medio de prueba admisible en los términos del artículo 165 de la Ley del Contrato de Seguro. Cuando no exista Beneficiario designado, el importe del Seguro se pagará a la sucesión legal del Asegurado; la misma regla se observará en caso de que el Beneficiario muera antes o al mismo tiempo que el Asegurado y el Contratante no haya hecho nueva designación. Si existen varios Beneficiarios y fallece alguno de ellos, el porcentaje de la Suma Asegurada que le haya sido designado se distribuirá por partes iguales entre los Beneficiarios sobrevivientes, salvo que el Contratante haya dispuesto otra cosa.

Appears in 2 contracts

Samples: www.chubb.com, www.chubb.com

DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. El Asegurado tendrá derecho a designar o cambiar libremente a los Beneficiarios, notificando por escrito a la Compañía la nueva designación a la Aseguradora. En caso de que el Asegurado fuera menor de edad, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legal, de acuerdo con el artículo 158 de la Leydesignación. En caso de no recibirse la notificación oportunamente, la Aseguradora Compañía pagará la Suma Asegurada el beneficio por Fallecimiento al último Beneficiario del que tenga conocimiento y quedará quedando liberada de cualquier obligación posterior contraída en la Póliza. El Asegurado puede renunciar a este derecho, si así lo desea, haciendo una designación irrevocable, comunicándola irrevocable que comunicará por escrito al Beneficiario y a la AseguradoraCompañía, quien lo hará constar en la Póliza, la cual Póliza y será el único medio de prueba admisible prueba; en los términos del artículo 165 176 de la Ley del Sobre el Contrato de Seguro. Cuando no exista Beneficiario designado, el importe del Seguro seguro se pagará a la sucesión legal del AseguradoAsegurado Titular; la misma regla se observará en caso de que el Beneficiario muera antes o al mismo tiempo que el Asegurado y el Contratante no haya hecho nueva designación. Si existen existiendo varios Beneficiarios y fallece alguno de ellos, el porcentaje de la Suma Asegurada que le haya sido designado designada se distribuirá por partes iguales entre a los Beneficiarios sobrevivientes, salvo que el Contratante haya dispuesto otra cosa.

Appears in 2 contracts

Samples: axa.mx, axa.mx

DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. El Asegurado tendrá derecho a designar o cambiar libremente a los BeneficiariosLos asegurados manifestarán su designación de beneficiarios en el formato de consentimiento y Designación de Beneficiarios que entregará la aseguradora, notificando por escrito la nueva designación a la Aseguradora. En caso en el concepto de que en cualquier momento, podrán cambiar dicha designación. Queda establecido que la aseguradora a quién se le adjudique el Asegurado fuera menor de edad, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legal, de acuerdo con el artículo 158 contrato aceptará como válidos los consentimientos ya existentes de la Ley. En caso de no recibirse la notificación oportunamente, la Aseguradora pagará la Suma Asegurada al último Beneficiario del que tenga conocimiento y quedará liberada de cualquier obligación posterior contraída en la Póliza. El Asegurado puede renunciar a este derecho, si así lo desea, haciendo una designación irrevocable, comunicándola por escrito al Beneficiario y a la Aseguradora, quien lo hará constar en la Póliza, la cual será el único medio de prueba admisible en los términos del artículo 165 de la Ley del Contrato de Seguroanterior aseguradora. Cuando no exista Beneficiario designadoexistan varios beneficiarios, el importe del Seguro se pagará y alguno de ellos llegara a la sucesión legal del Asegurado; la misma regla se observará en caso de que el Beneficiario muera fallecer antes o al mismo tiempo que el Asegurado y asegurado, la parte del que fallezca antes o al mismo tiempo que el Contratante no haya hecho nueva designación. Si existen varios Beneficiarios y fallece alguno de ellosasegurado, el porcentaje de la Suma Asegurada que le haya sido designado se distribuirá acrecentará por partes iguales entre la de los Beneficiarios sobrevivientesdemás, salvo estipulación en contrario. Cuando no exista beneficiario designado o si sólo se hubiere nombrado uno y éste fallece antes o al mismo tiempo que el Contratante haya dispuesto asegurado y no exista designación de otro beneficiario, el importe de seguro se pagará a la sucesión del asegurado. No se acepta ninguna otra cosaopción de administración de consentimientos que se proponga. Las altas de los trabajadores que se incorporen al seguro, así como los que causen baja y cualquier otro movimiento, será notificado a la aseguradora dentro de los quince días naturales a partir de que se produzcan. Al finalizar la vigencia de la póliza, la aseguradora remitirá al ISSFAM un listado actualizado de los asegurados, así como un estado de cuenta que especifique; altas y bajas, costo y en su caso bonificación por primas no devengadas.

Appears in 1 contract

Samples: Carta Compromiso Para Propuesta Conjunta (Consorciadas

DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. El Asegurado tendrá derecho beneficiario puede ser a designar o título gratuito u oneroso El asegurado podrá cambiar libremente a los Beneficiariosel beneficiario en cualquier momento, notificando sólo requerirá notificar oportunamente por escrito a PREVISORA cuando se trate de un beneficiario gratuito, pero si es oneroso, se requerirá el consentimiento del beneficiario para su cambio. Cuando no se designe beneficiario, o la nueva designación a la Aseguradora. En caso de que el Asegurado fuera menor de edad, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legalse haga ineficaz o quede sin efecto por cualquier causa, de acuerdo con el artículo 158 Artículo 1142 del C. de C serán beneficiarios el cónyuge del asegurado en la Leymitad del seguro y los herederos del asegurado en la otra mitad. Igual regla se aplicará en el evento de que se designe genéricamente como beneficiarios a los herederos del asegurado. En caso desarrollo de no recibirse lo previsto por el artículo 1143 del C. de Co. Cuando el asegurado y el beneficiario mueren simultáneamente o se ignora cuál de los dos ha muerto primero, tendrán derecho a la notificación oportunamentesuma asegurada prevista, la Aseguradora pagará la Suma Asegurada al último Beneficiario e el cónyuge y los herederos del que tenga conocimiento y quedará liberada de cualquier obligación posterior contraída asegurado, en la Póliza. El Asegurado puede renunciar a este derecholas proporciones indicadas en el artículo anterior, si así lo deseael título de beneficiario es gratuito; si es oneroso, haciendo una designación irrevocable, comunicándola por escrito al Beneficiario y a la Aseguradora, quien lo hará constar en la Póliza, la cual será el único medio de prueba admisible en los términos herederos del artículo 165 de la Ley del Contrato de Seguro. Cuando no exista Beneficiario designado, el importe del Seguro se pagará a la sucesión legal del Asegurado; la misma regla se observará en caso de que el Beneficiario muera antes o al mismo tiempo que el Asegurado y el Contratante no haya hecho nueva designación. Si existen varios Beneficiarios y fallece alguno de ellos, el porcentaje de la Suma Asegurada que le haya sido designado se distribuirá por partes iguales entre los Beneficiarios sobrevivientes, salvo que el Contratante haya dispuesto otra cosabeneficiario.

Appears in 1 contract

Samples: www.previsora.gov.co

DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. En caso de Muerte del Asegurado y si éste no designó beneficiarios, el importe de la Suma Asegurada se pagará a la sucesión del Asegurado. El Asegurado tendrá derecho a designar o cambiar libremente a los Beneficiariosdicha designación en cualquier tiempo, notificando para lo cual deberá notificarlo por escrito la nueva designación a la Aseguradora. En caso Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores, albaceas, representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al Contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones. La designación que el Asegurado fuera menor se hiciera de un mayor de edad como representante de menores Beneficiarios, durante la minoría de edad de ellos, legalmente puede implicar que se nombra Beneficiario al mayor de edad, será necesario su consentimiento personal y el quien en todo caso sólo tendría una obligación moral, pues la designación que se hace de su representante legal, de acuerdo con el artículo 158 de la Ley. En caso de no recibirse la notificación oportunamente, la Aseguradora pagará la Suma Asegurada al último Beneficiario del que tenga conocimiento y quedará liberada de cualquier obligación posterior contraída Beneficiarios en la Póliza. El Asegurado puede renunciar a este derecho, si así lo desea, haciendo una designación irrevocable, comunicándola por escrito al Beneficiario y a la Aseguradora, quien lo hará constar en la Póliza, la cual será el único medio de prueba admisible en los términos del artículo 165 de la Ley del un Contrato de Seguro. Cuando no exista Beneficiario designado, Xxxxxx le concede el importe del Seguro se pagará a la sucesión legal del Asegurado; la misma regla se observará en caso derecho incondicionado de que el Beneficiario muera antes o al mismo tiempo que el Asegurado y el Contratante no haya hecho nueva designación. Si existen varios Beneficiarios y fallece alguno de ellos, el porcentaje disponer de la Suma Asegurada Asegurada. Este contrato será indisputable a partir de que le haya sido designado se distribuirá por partes iguales entre cumpla dos años de vigencia, siempre y cuando dicho término transcurra durante la vida del Asegurado y al efecto La Aseguradora renuncia a todos los Beneficiarios sobrevivientesderechos, salvo que conforme a la Ley, son renunciables para atacarlo de nulidad o para rescindirlo en los casos de omisión o inexacta declaración al describir el Contratante haya dispuesto otra cosariesgo que sirvió de base para su celebración, en los supuestos en que resulten aplicables dichas declaraciones.

Appears in 1 contract

Samples: www.asertasegurosvida.com.mx

DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. El Asegurado tendrá derecho beneficiario será a designar o cambiar libremente a los Beneficiarios, notificando por escrito la nueva designación a la Aseguradoratítulo oneroso. En caso de que existir beneficiarios a título gratuito el Asegurado fuera menor asegurado podrá cambiar el beneficiario en cualquier momento, sólo requerirá notificar oportunamente por escrito a PREVISORA cuando se trate de edadun beneficiario gratuito, será necesario pero si es oneroso, se requerirá el consentimiento del beneficiario para su consentimiento personal y el de su representante legalcambio. Cuando no se designe beneficiario, o la designación se haga ineficaz o quede sin efecto por cualquier causa, de acuerdo con el artículo 158 Artículo 1142 del C. de C serán beneficiarios el cónyuge del asegurado en la Leymitad del seguro y los herederos del asegurado en la otra mitad. Igual regla se aplicará en el evento de que se designe genéricamente como beneficiarios a los herederos del asegurado. En caso desarrollo de no recibirse lo previsto por el artículo 1143 del C. de Co. Cuando el asegurado y el beneficiario mueren simultáneamente o se ignora cuál de los dos ha muerto primero, tendrán derecho a la notificación oportunamentesuma asegurada prevista, la Aseguradora pagará la Suma Asegurada al último Beneficiario e el cónyuge y los herederos del que tenga conocimiento y quedará liberada de cualquier obligación posterior contraída asegurado, en la Póliza. El Asegurado puede renunciar a este derecholas proporciones indicadas en el artículo anterior, si así lo deseael título de beneficiario es gratuito; si es oneroso, haciendo una designación irrevocable, comunicándola por escrito al Beneficiario y a la Aseguradora, quien lo hará constar en la Póliza, la cual será el único medio de prueba admisible en los términos herederos del artículo 165 de la Ley del Contrato de Seguro. Cuando no exista Beneficiario designado, el importe del Seguro se pagará a la sucesión legal del Asegurado; la misma regla se observará en caso de que el Beneficiario muera antes o al mismo tiempo que el Asegurado y el Contratante no haya hecho nueva designación. Si existen varios Beneficiarios y fallece alguno de ellos, el porcentaje de la Suma Asegurada que le haya sido designado se distribuirá por partes iguales entre los Beneficiarios sobrevivientes, salvo que el Contratante haya dispuesto otra cosabeneficiario.

Appears in 1 contract

Samples: www.previsora.gov.co

DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. El Asegurado tendrá derecho beneficiario designado en esta póliza puede ser a designar o título gratuito u oneroso. El asegurado podrá cambiar libremente a los Beneficiariosel beneficiario en cualquier momento, notificando sólo requerirá notificar oportunamente por escrito a PREVISORA cuando se trate de un beneficiario gratuito, pero si es oneroso, se requerirá el consentimiento del beneficiario para su cambio. Cuando no se designe beneficiario, o la nueva designación a la Aseguradora. En caso de que el Asegurado fuera menor de edad, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legalse haga ineficaz o quede sin efecto por cualquier causa, de acuerdo con el artículo 158 Artículo 1142 del C. de C serán beneficiarios el cónyuge del asegurado en la Leymitad del seguro y los herederos del asegurado en la otra mitad. Igual regla se aplicará en el evento de que se designe genéricamente como beneficiarios a los herederos del asegurado. En caso desarrollo de no recibirse lo previsto por el artículo 1143 del C. de Co. cuando el asegurado y el beneficiario mueren simultáneamente o se ignora cuál de los dos ha muerto primero, tendrán derecho a la notificación oportunamentesuma asegurada prevista, la Aseguradora pagará la Suma Asegurada al último Beneficiario el cónyuge y los herederos del que tenga conocimiento y quedará liberada de cualquier obligación posterior contraída asegurado, en la Póliza. El Asegurado puede renunciar a este derecholas proporciones indicadas en el artículo anterior, si así lo deseael título de beneficiario es gratuito; si es oneroso, haciendo una designación irrevocable, comunicándola por escrito al Beneficiario y a la Aseguradora, quien lo hará constar en la Póliza, la cual será el único medio de prueba admisible en los términos herederos del artículo 165 de la Ley del Contrato de Seguro. Cuando no exista Beneficiario designado, el importe del Seguro se pagará a la sucesión legal del Asegurado; la misma regla se observará en caso de que el Beneficiario muera antes o al mismo tiempo que el Asegurado y el Contratante no haya hecho nueva designación. Si existen varios Beneficiarios y fallece alguno de ellos, el porcentaje de la Suma Asegurada que le haya sido designado se distribuirá por partes iguales entre los Beneficiarios sobrevivientes, salvo que el Contratante haya dispuesto otra cosabeneficiario.

Appears in 1 contract

Samples: www.previsora.gov.co

DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. Conforme a la solicitud de seguro, el Asegurado ha nombrado Beneficiario Irrevocable al acreedor estipulado en la carátula de esta Póliza, hasta el valor de su propio interés económico para el objeto y hasta la suma asegurada indicada en la carátula de la Póliza. En consecuencia, cuando la suma asegurada exceda del saldo pendiente del adeudo al momento del fallecimiento del Asegurado, la diferencia será pagada a los demás Beneficiarios designados en la solicitud para tal efecto, o en su caso, a la sucesión del Asegurado. El Asegurado tendrá derecho a designar o cambiar libremente de hacer una nueva designación de Beneficiarios en cualquier tiempo, siempre que no exista restricción legal para hacerlo. Para que tal designación surta efecto deberá hacerse por escrito ante la Institución, ya que de lo contrario, esta pagará sin responsabilidad alguna a los Beneficiarios, notificando por escrito últimos Beneficiarios designados de la nueva designación a la Aseguradora. En caso de que el Asegurado fuera menor de edad, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legalcobertura respectiva, de acuerdo con el artículo 158 de la Ley. En caso de no recibirse la notificación oportunamente, la Aseguradora pagará la Suma Asegurada al último Beneficiario del que tenga conocimiento y quedará liberada de cualquier obligación posterior contraída en la Pólizalos cuales haya tenido conocimiento. El Asegurado puede renunciar a este derecho, si así lo desea, haciendo una designación irrevocable, comunicándola por escrito renuncia expresamente al derecho de revocar al Beneficiario y a irrevocable en términos del artículo 176 de la AseguradoraLey Sobre el Contrato de Seguro, quien lo hará constar en hasta por el saldo insoluto o la Póliza, la cual será el único medio de prueba admisible suma asegurada indicados en los términos del artículo 165 de la Ley del Contrato de Seguro. Cuando no exista Beneficiario designado, el importe del Seguro se pagará a la sucesión legal del Asegurado; la misma regla se observará en caso de que el Beneficiario muera antes o al mismo tiempo que el Asegurado y el Contratante no haya hecho nueva designación. Si existen varios Beneficiarios y fallece alguno de ellos, el porcentaje de la Suma Asegurada que le haya sido designado se distribuirá por partes iguales entre los Beneficiarios sobrevivientes, salvo que el Contratante haya dispuesto otra cosaesta cláusula.

Appears in 1 contract

Samples: www.bbva.mx

DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. El Asegurado tendrá Los Asegurados tienen derecho a designar nombrar o cambiar libremente a los sus Beneficiarios, notificando siempre que se mantenga el interés asegurable, no se haya cedido y no exista restricción legal. Los Asegurados deberán notificar el cambio por escrito la nueva designación a la Aseguradora. En caso de que el Asegurado fuera menor de edad, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legal, de acuerdo con el artículo 158 GNP para formar parte integrante de la LeyPóliza. En caso de no recibirse la notificación oportunamente, la Aseguradora GNP pagará la Suma Asegurada al último Beneficiario del beneficiario que tenga conocimiento y quedará liberada de cualquier obligación posterior contraída las obligaciones contraídas en este Contrato. Los Asegurados podrán renunciar al derecho de cambiar la Póliza. El Asegurado puede renunciar a este derecho, si así lo deseadesignación de sus Beneficiarios, haciendo una designación irrevocable, comunicándola irrevocable siempre que lo notifiquen por escrito al Beneficiario a los Beneficiarios y a la Aseguradora, quien lo hará constar GNP para ser anotado en la Pólizael Certificado Individual respectivo. Si habiendo varios Beneficiarios falleciere alguno, la cual será el único medio de prueba admisible en los términos del artículo 165 de la Ley del Contrato de Seguro. Cuando no exista Beneficiario designado, el importe del Seguro se pagará a la sucesión legal del Asegurado; la misma regla se observará en caso de que el Beneficiario muera antes o al mismo tiempo que el Asegurado y el Contratante no haya hecho nueva designación. Si existen varios Beneficiarios y fallece alguno de ellos, el porcentaje de la Suma Asegurada que le haya sido designado parte correspondiente se distribuirá por en partes iguales entre los Beneficiarios sobrevivientessupervivientes, salvo indicación en contrario del Asegurado. También para la designación de beneficiarios se observará, en su caso, lo previsto en el artículo 12 del Reglamento del Seguro de Grupo El Asegurado debe designar Beneficiarios en forma clara y precisa, para evitar cualquier incertidumbre sobre el particular. La designación de Beneficiario atribuye a la persona en cuyo favor se hace, un derecho propio a la indemnización derivada del seguro, de manera que el Contratante haya dispuesto otra cosason ineficaces las designaciones para que una persona cobre los beneficios derivados de este Contrato y la entregue a otras.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales Del Seguro De Vida Temporal a Un Año Experiencia Propia