OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. El Beneficiario se obliga a:
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. Para poder recibir la prestación de los Servicios, el Beneficiario se obliga a:
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. Para permitir a UYAS asistir al Beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios comprendidos la obligación a cargo del Beneficiario de:
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todos los casos en donde el Beneficiario reciba los servicios de la cobertura ASISTENCIA LEGAL tendrá las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO a) Solicitar el servicio a AXA PARTNERS, tal como se describe en la cláusula 6.
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. 1. Solicitar el Servicio a través del número telefónico indicado en la cláusula 31.2. 2. Proporcionar la información necesaria para el Servicio solicitado. A tal efecto el Beneficiario deberá indicar, además del tipo de Servicio que requiera, los siguientes datos: Nombre y Apellido, número de teléfono y DNI. 3. Aceptar las soluciones propuestas por AXA PARTNERS o sus representantes según sus términos y condiciones.
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En caso de accidente y/o enfermedades súbitas o urgencias, sobrevenidas durante el viaje, para poder gozar de los servicios asistenciales el Beneficiario se obliga a realizar las siguientes acciones: En el caso de no poder comunicarse antes por fuerza mayor, el Beneficiario se obliga a comunicar la urgencia sufrida y los gastos abonados, a la Central Operativa Argentina (00- 00-00000000) dentro del plazo xxxxxxxxxx x xxxxxxxxxxxxx xx 00 (xxxxxxxx y ocho) horas de ocurrido el hecho. Esta comunicación podrá ser realizada por el Beneficiario o por quien este designe.
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. 1. El beneficiario de la subvención deberá cumplir, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En caso de un evento cubierto por el presente contrato, el beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo informar el nombre de beneficiario, el destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, la dirección del inmueble beneficiario, el número de teléfono y el tipo de asistencia que precisa. En cualquier caso no podrán ser atendidos los reembolsos de asistencia prestadas por servicios ajenos a esta Compañía.
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. 1. Se compromete a utilizar los fondos otorgados por la SENACYT única y exclusivamente para la adquisición de los bienes, obras y servicios necesarios para la ejecución del respectivo Proyecto, según lo establecido en el Plan de Trabajo. Cualquier reasignación de fondos debe ser previamente consultada y autorizada por la SENACYT por medios escritos.