Detalles del Tratamiento Cláusulas de Ejemplo

Detalles del Tratamiento. Los detalles del objeto del Tratamiento, así como su duración, naturaleza y finalidad, además del tipo de Datos personales y los interesados, se especifican en el Contrato y en el Anexo 1.
Detalles del Tratamiento. Las partes reconocen y aceptan lo siguiente: • Objeto. El objeto del tratamiento se limita a los Datos Personales que se encuentran dentro del alcance de la sección de estos Términos de los Servicios Profesionales titulada “Tratamiento de los Datos de Servicios Profesionales; titularidad” y del RGPD. • Duración del tratamiento. La duración del tratamiento será acorde con las instrucciones del Cliente y estos Términos de los Servicios Profesionales. BOCM-20210330-26 • Naturaleza y finalidad del tratamiento. La naturaleza y finalidad del tratamiento será prestar los Servicios Profesionales de conformidad con el contrato de licencias por volumen del Cliente y cualquier declaración de servicios, así como para las operaciones comerciales legítimas de Microsoft incidentales a la prestación de los Servicios Profesionales al Cliente (tal y como se describe en más detalle en la sección de estos Términos de los Servicios Profesionales titulada “Tratamiento de los Datos de Servicios Profesionales; titularidad”). • Categorías de datos. Los tipos de Datos Personales tratados por Microsoft al prestar los Servicios Profesionales incluyen (i) los Datos Personales que el Cliente decida incluir en los Datos de Servicios Profesionales; y (ii) aquellos expresamente identificados en el artículo 4 del RGPD. Los tipos de Datos Personales que el Cliente decida incluir en los Datos de Servicios Profesionales pueden corresponder a cualquier categoría de Datos Personales identificada en B.O.C.M. Núm. 75 MARTES 30 XX XXXXX DE 2021 los registros que mantiene el Cliente. En su calidad de responsable, de acuerdo con el artículo 30 del RGPD, incluyendo las categorías de Datos Personales que se establecen en el Apéndice 1 del Anexo 2Cláusulas Contractuales Tipo (encargados del tratamiento)— de este DPA. • Interesados. Las categorías de interesados son los representantes y usuarios finales del Cliente, tales como los empleados, contratistas, colaboradores y clientes, y pueden incluir cualquier otra categoría de interesados identificada en los registros que mantiene el Cliente, en su calidad de responsable, con arreglo al artículo 30 del RGPD, incluyendo las categorías de interesados que se establecen en el Apéndice 1 del Anexo 2 —Cláusulas Contractuales Tipo (encargados del tratamiento)— de este DPA. Con respecto a los Datos de Servicios Profesionales que el Cliente almacene en un Servicio Online, Microsoft se regirá por las obligaciones establecidas en el apartado titulado “Derechos de ...
Detalles del Tratamiento. 3.1 El objeto, la naturaleza, el propósito y la duración del Tratamiento, así como los tipos de Datos Personales recogidos y las categorías de interesados, se describen en el Anexo A de este ATD. El Cliente reconoce que Xxxxxxxxx no tiene conocimiento de los datos reales o tipos de Datos Personales contenidos en los Datos del Cliente. Las partes acuerdan que las instrucciones completas del Cliente con respecto a la naturaleza y los propósitos del Tratamiento relacionado con los Servicios se establecen en el Acuerdo y en este ATD. Cualquier Dato del Cliente que quede fuera del ámbito de estas instrucciones será tratado como Información confidencial. En caso de que surja algún conflicto entre los términos del Acuerdo o este ATD, los términos de este ATD prevalecerán con respecto al Tratamiento de los Datos Personales del Cliente. 3.2 Dynatrace informará al Cliente si, en su opinión razonable, las instrucciones de Tratamiento del Cliente son susceptibles de infringir alguna Ley de Protección de Datos aplicable; en tal caso, Dynatrace tiene el derecho a rechazar el Tratamiento de los Datos Personales del Cliente que considere que infringen alguna Ley de Protección de Datos aplicable hasta que el Cliente modifique sus instrucciones para no infringirla. El Cliente no dependerá de dicha notificación y buscará su propio asesoramiento legal independiente si desea determinar si alguna instrucción recibida por Dynatrace y que Dynatrace considere una infracción es, de hecho, una infracción o puede serlo. 3.3 El Cliente solo proporcionará a Dynatrace aquellos Datos Personales del Cliente que sean necesarios para que Dynatrace pueda cumplir con sus obligaciones en virtud del Acuerdo. El Cliente reconoce además que los Servicios no requieren el tratamiento de ningún Dato de Categoría Especial; por lo tanto, bajo ninguna circunstancia el Cliente cargará o proporcionará a Dynatrace Datos de Categoría Especial. Para evitar dudas, nada de lo aquí expuesto se interpretará como una autorización al Cliente para que cargue o proporcione de algún otro modo a Dynatrace Información Restringida, tal y como se define en la Sección 1.25 del Acuerdo Maestro de Suscripción de Dynatrace que se encuentra en xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxxx.
Detalles del Tratamiento. El propósito del Tratamiento de Datos Personales por parte de Entrust es la prestación de los Servicios de conformidad con el Acuerdo. La duración del Tratamiento, la naturaleza y el propósito del Tratamiento, los tipos de Datos Personales procesados y las categorías de Interesados para quienes se procesan los Datos Personales se establecen en el Anexo 1.
Detalles del Tratamiento. Objeto El despliegue por parte del Usuario Final de los Robots con BrainOS en determinadas instalaciones en el marco la prestación de los Servicios al Usuario Final en virtud del Contrato y de conformidad con el mismo.

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  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • Equipamiento La Empresa queda comprometida a traer el equipo necesario que la Intendencia Departamental de considere imprescindible para el mejor cumplimiento de este contrato. El plazo será fijado por aquella Intendencia para cada caso y comenzará a contarse 48 horas después de haber sido notificado de la solicitud el Contratista. Toda modificación o sustitución de equipos requerirá el consentimiento previo de la Dirección de la Obra.

  • DERECHO DE ARREPENTIMIENTO Cuando la oferta de la presente Póliza se haya efectuado por Comercializadores o a través de Sistemas de Comercialización a Distancia, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO tiene derecho de arrepentirse de la contratación de la presente Póliza. Para esto, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO podrá resolver el Contrato de Seguro, sin expresión de causa ni penalidad alguna, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha en que el CONTRATANTE y/o ASEGURADO haya recibido la Póliza de Seguro o una nota de cobertura provisional, y siempre que no haya hecho uso de las coberturas contenidas en la misma. En caso el CONTRATANTE y/o ASEGURADO ejerza su derecho de arrepentimiento luego de pagada la prima o parte de la misma, la ASEGURADORA procederá a la devolución total del importe pagado. Para estos fines, EL CONTRATANTE y/o EL ASEGURADO deberá presentar una comunicación escrita, junto con la copia del documento de identidad, dentro del plazo señalado en el párrafo precedente, en alguna de las plataformas de Atención al Cliente, cuyas direcciones se encuentran en el resumen de la presente póliza o en el certificado de seguro según corresponda.

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • REQUERIMIENTOS TÉCNICOS El oferente por el solo hecho de presentar su oferta se entenderá que acepta cumplir con cada uno de los requerimientos contenidos en el presente instrumento por lo que en caso de no cumplir con uno o más de los requerimientos contenidos en las bases técnicas, su oferta será declarada inadmisible. PROYECTO: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: RUT EMPRESA: NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL: RUT REPRESENTANTE LEGAL: DIRECCIÓN: TELÉFONO: Por intermedio de la presente nos comprometemos a ejecutar lo señalado precedentemente, por el monto que se indica a continuación: OFERTA ECONOMICA NETA $ IMPUESTO QUE SE DEBE SUMAR TOTAL, OFERTA ECONOMICA $ En (ciudad/país), a de de 20XX, don/ña , cédula nacional de identidad N° , en representación de , R.U.T. N° , declara bajo juramento conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos xx Xxxxxx de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de la Superintendencia, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Superintendencia o a sus funcionarios. Firma del Representante Legal Fecha: En Santiago, a , entre , RUT N.° , representada legalmente por , de nacionalidad , de profesión , Cédula Nacional de Identidad Nº , ambos domiciliados en , comuna de , región , en adelante “La Empresa” y por la otra, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, en adelante “SUPERIR”, RUT: , representada por , se ha acordado lo siguiente:

  • CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 3.1 Cronograma del procedimiento 3.2 Vigencia de la oferta 3.3 Precio de la oferta 3.4 Plazo de ejecución 3.5 Alcance de la oferta 3.6 Forma de pago

  • MEDIO AMBIENTE Como criterio general el CONSTRUCTOR contemplará en todo el proceso de la CONSTRUCCIÓN de la AMPLIACIÓN el cumplimiento de la totalidad de las normas, procedimientos y preceptos de conservación ambiental tendientes a disminuir el impacto que las obras producen sobre su medio. El CONSTRUCTOR deberá cumplir con las Resoluciones SE N° 15/92 y SE N° 77/98 respecto del Manual de Gestión Ambiental del Sistema de Transporte Extra Alta Tensión, ya que la AMPLIACIÓN formará parte de dicho sistema, y con la Resolución del ENRE 546/99 “Procedimientos Ambientales para la Construcción de Instalaciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica que Utilicen Tensiones de 132 kV o Superiores”. En especial, el CONSTRUCTOR elaborará los Planes de Gestión Ambiental requeridos por el Artículo 4º de la Resolución ENRE Nº 1725/98 y la Resolución ENRE N° 555/01, los que deberán encuadrarse dentro de los lineamientos establecidos en esta última Resolución, sus modificatorias y complementarias. Para la etapa de construcción, provisión y montaje, el CONSTRUCTOR remitirá el Plan de Gestión Ambiental a la TRANSPORTISTA para su aprobación y comunicación al ENRE, previo al comienzo de la OBRA. Será responsabilidad del CONSTRUCTOR su estricto cumplimiento. Asimismo, el CONSTRUCTOR deberá cumplir con lo indicado en la Ley 24.051 y toda otra norma nacional, provincial y / o municipal que establezcan disposiciones respecto a la preservación, conservación y recomposición del medio ambiente. Por otra parte, el CONSTRUCTOR deberá dar cumplimiento a las normas nacionales, provinciales y / o municipales que rigen la generación, manipulación, transporte y tratamiento de residuos peligrosos. Como criterio general, se hacen extensivos al CONSTRUCTOR los criterios, condiciones, requerimientos y sanciones que se establecen en el apéndice referido a cláusulas ambientales del Reglamento de Diseño y Calidad de Servicio del Sistema de Transporte en Alta Tensión para la etapa de construcción y hasta la HABILITACIÓN COMERCIAL DEFINITIVA de la AMPLIACIÓN. El CONSTRUCTOR tiene la obligación de permitir el acceso a sus instalaciones y brindar asistencia a todos los organismos gubernamentales y de control que sobre la materia tengan injerencia y que requieran la verificación del cumplimiento de las disposiciones vigentes.

  • Procedimientos De Licitación  Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)  Sección II. Datos de la Licitación (DDL)  Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación  Sección IV. Formularios de la Oferta