Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores en el SOBRE A, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP): A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuanto este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP. B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego. E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP. F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Documentación Administrativa. La documentación administrativa que Todo licitador deberá aportar obligatoriamente presentar la siguiente documentación:
1).- SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN debidamente cumplimentada en el modelo establecido en el Documento Anexo IV.
2).- CERTIFICACIÓN DE UN REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS O CERTIFICADO COMUNITARIO, Y DECLARACIÓN RESPONSABLE. Si el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta voluntariamente presenta el certificado de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas acompañado de una Declaración Responsable en el SOBRE A, cuando así se indique MODELO facilitado por el Registro o en el APARTADO 14 establecido en el Perfil del Cuadro-ResumenContratante (1) y en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en dicho certificado no han experimentado variación, será no tendrá la siguiente (Artobligación de presentar los documentos señalados en los siguientes apartados: . 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de En el apartado 2). ---------------------------- . En el apartado 3) Siempre que en dicha certificación se acredite que el que suscribe la personalidad y capacidad de obrar del licitadorProposición Económica está facultado para ello. Cuando . En el apartado 4) Siempre que en dicha certificación se acredite que el licitador fuese una persona física acompañará cuenta con la clasificación requerida. . En el apartado 5) Siempre que en dicha certificación se acredite que el licitador cuenta con la clasificación requerida. En cualquier caso, la declaración responsable de no alteración o de variación de los datos anotados en el Registro correspondiente deberá ser expedida (firmada) dentro del plazo de presentación de proposiciones ( o en su caso del de subsanación). Si no se presentara dicha certificación y la declaración correspondiente, el licitador estará obligado a presentar los documentos señalados en los apartados siguientes.
3).- DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA CAPACIDAD DE OBRAR DEL LICITADOR. Los empresarios individuales deberán presentar copia auténtica el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificaciónIdentidad o, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuanto este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil documento que le sea aplicablehaga sus veces. Si no lo fuere, la acreditación el licitador es persona jurídica deberá presentar copia auténtica de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en el los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAPcaso, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trata trate, debiendo recogerse dentro de un los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios, las prestaciones u objeto del contrato proyectado para poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 ser adjudicataria del Reglamento del Registro Mercantilmismo.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.4).- DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA REPRESENTACIÓN Y/O APODERAMIENTO
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Documentación Administrativa. Deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:
a) La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores en el SOBRE A, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuanto cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análogaOficial. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas el supuesto de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone concurrir un empresario individual acompañará el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o fotocopia autenticada sus fotocopias debidamente autenticadas.
b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 20 del TRLCAP, que comprenderá expresamente la persona circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el art. 25.1 del TRLCAP.
c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que presenta la proposición como apoderadocomparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
C. Declaración responsable d) Los que justifiquen los requisitos de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditarátécnica o profesional, y los que vayan a tenerse en cuenta a la hora de manera preferente, por seleccionar la oferta más ventajosa según los medios criterios de selección que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSPfijen al efecto.
F. Requisitos e) una relación de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, todos los documentos incluidos en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la seleccióneste sobre.
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Documentación Administrativa. La documentación administrativa Sobre 1.- En dicho sobre figurará la siguiente leyenda: PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL AYUNTAMIENTO XX XXXX-REAL PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS COMPRENDIDAS EN EL PROYECTO DENOMINADO “REPARACIÓN DEPÓSITO XXXXXX XXXX-REAL”. SOBRE 1.- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Dicho sobre incluirá los siguientes documentos:
1.- Declaración responsable que deberá aportar se ajustará al modelo que figura en el Anexo I del presente pliego, fechada y firmada por el licitador o persona que legalmente le represente indicando que el licitador cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Ayuntamiento xx Xxxx-real en el momento de la finalización del plazo de presentación de proposiciones. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo estará obligado a acreditar el cumplimiento de las referidas condiciones, previamente a la misma o todos adjudicación del contrato, mediante la aportación de los documentos que se relacionan en la cláusula 16 y que a tal efecto le sean requeridos. En cuanto a los documentos acreditativos de los extremos incluidos en la declaración responsable, los licitadores deberán contar con ellos con fecha anterior al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones o referida a dicha fecha. Dicha documentación podrá ser requerida en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación.
2.- En los casos de Uniones de Empresarios, cada una de ellas deberá presentar la declaración responsable citada en el SOBRE Apárrafo anterior y, cuando así se indique además, presentarán un documento firmado por los representantes legales de cada uno en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad que figura los nombres y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuanto este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función circunstancias de los diferentes contratos. Se detalla que la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente españolaconstituyan, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas cada uno, el compromiso de constituirse formalmente en unión de empresario en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la contratación con la Administración y con los entes, organismos designación de un representante o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública apoderado único de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, unión con poderes bastantes para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra ejercitar los derechos y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de cumplir las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliegoderiven del contrato hasta la extinción del mismo.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Documentación Administrativa. La De conformidad con el régimen establecido en el artículo 146.2. del TRLCSP, tras la modificación efectuada por el artículo 44.2 de la ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores, la documentación administrativa en aquellos contratos no sujetos a regulación armonizada, se efectuará mediante la Declaración Responsable del licitador indicando que deberá aportar cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, acompañado de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad del apoderado. En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la misma adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. La aportación de esta declaración responsable deberá ir acompañada de: La clasificación acompañada de una declaración de vigencia o todos bien la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica. Correo electrónico y domicilio a efectos de notificación: Todos los licitadores en deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax. En el SOBRE Acaso de empresas extranjeras deberán aportar además: Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles, cuando así se indique en el APARTADO 14 de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Cuadro-Resumencontrato, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificacióncon renuncia, en su caso, inscritas al fuero Jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. El órgano de contratación, en orden a garantizar el Registro Mercantilbuen fin del procedimiento, cuanto este requisito fuera exigible conforme podrá recabar, en cualquier momento anterior a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante adopción de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídicaadjudicación, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar éstacondiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Samples: Contrato De Obras
Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores en el SOBRE A, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será Contendrá la siguiente (Art. 146 documentación:
a) Fotocopia del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, Identidad del participante o su fotocopia debidamente autenticadarepresentante. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
b) Cuando el licitador fuese la licitadora sea una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante jurídica, escritura de constitución y de o modificación, en su caso, inscritas debidamente inscrita en el Registro MercantilMercantil y número de identificación fiscal, cuanto este requisito cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad Cuando se trate de obrar de las empresas empresarios no españolas españoles de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAPUnión Europea, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a acreditar su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantilregistro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantillas disposiciones comunitarias de aplicación.
C. c) Declaración responsable de no estar incurso en alguna ninguna de las prohibiciones para de contratar recogidas enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá , que comprenderá expresamente la manifestación circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio según modelo recogido en el Anexo A-II Declaración responsable. En el caso de que se trate de empresas que concurran conjuntamente, la justificación declaración responsable deberá ser por cada una de las empresas.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Documentación acreditativa del porcentaje de trabajadores con discapacidad en la plantilla de la empresa. A efectos de resolver, en su caso, la igualdad entre las proposiciones más ventajosas, las licitadoras que tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 %, podrán presentar documentación acreditativa de dicho extremo, así como el porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
f) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la licitadora. La solvencia técnica de la empresa deberá acreditarse mediante la presentación de los certificados de buena ejecución de, al menos, tres contratos de características similares al objeto de esta licitación, en los cinco últimos ejercicios. Se entenderán por contratos similares aquellos cuyo objeto sea la recogida de residuos domésticos, y el precio del contrato supere los 580.000 euros/año, IVA excluido. También deberá acreditarse que la empresa dispone de personal técnico formado en materia de seguridad laboral y medio ambiente, en el momento de fin de plazo de presentación de solicitudes. El requerimiento de solvencia en este caso es: Disponer de un/a coordinador/a con formación en salud ocupacional, estándares de seguridad, y aspectos ambientales relacionados con el servicio. Su acreditación se realizará mediante el CV de dicha persona. Además, las empresas licitadoras deberán garantizar la capacidad técnica para la aplicación de forma sistemática de buenas prácticas de gestión acreditable mediante un sistema de gestión ambiental certificado (tipo EMAS, ISO 14001, Ekoscan o equivalente). Las proposiciones deberán especificar, además, la cualificación profesional del personal responsable de la ejecución del contrato. La solvencia económica y financiera de la empresa deberá acreditarse mediante declaración sobre el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere este contrato, que deberá ser superior al 20% del valor estimado de este contrato (IVA excluido) en cada uno de los tres últimos ejercicios, esto es superior a 895.348,69 euros. El cumplimiento de este requisito deba presentarse antes de se hará constar en la adjudicacióndeclaración responsable (Anexo A-II Declaración responsable), por el empresario correspondiendo únicamente a la licitadora a cuyo favor se vaya a efectuar éstarecaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la presentación de uno de los siguientes documentos:
1) Informe de entidad financiera sobre la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del presente contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero.
D. Dirección 2) Balances de situación a la fecha de cierre de los tres últimos ejercicios cerrados: 2014, 2015 y 2016.
3) Declaración relativa a la cifra global de los trabajos realizados por la empresa en los tres ejercicios anteriores al de esta licitación, acreditada mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda. Los documentos 2) y 3) de cada uno de los ejercicios podrán ser sustituidos por las Cuentas Anuales auditadas del ejercicio correspondiente. La acreditación de la solvencia se complementará, además, con los medios materiales o personales que las licitadoras especifiquen en sus ofertas, cuya adscripción al contrato tendrá carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el artículo 64.2 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del mismo a los efectos señalados en el artículo 223.f).
g) En el caso de que varias empresas acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores y el artículo 24 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Asimismo, deberán aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarias. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todas ellas.
h) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder a la licitadora.
i) La dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar efectuarán las notificaciones según el modelo recogido derivadas de este procedimiento, de acuerdo con los efectos previstos en el ANEXO V artículo 151.4 del TRLCSP. Los requisitos de este pliego.
E. Acreditación solvencia señalados en la letra f) podrán acreditarse, así mismo, mediante una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la solvencia económicaComunidad Autónoma Vasca, financiera del Registro Oficial de Licitadores y técnica. La solvencia Empresas Clasificadas del licitador se acreditaráEstado (Grupo R, Subgrupo 5, Categoría 4) o mediante un certificado comunitario de manera preferente, por los medios que se señalan clasificación conforme a lo establecido en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 artículo 84 del TRLCSP.
F. Requisitos . También podrá acreditarse mediante Declaración responsable según Documento Europeo Único de orden social y medioambientalContratación (DEUC). Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientalesEn este caso, deberá acompañarse a través la referida certificación una declaración responsable de la exigencia de determinados criterios licitadora en la que se indicaran, en su caso manifieste que las circunstancias reflejadas en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica correspondiente certificado no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selecciónhan experimentado variación.
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Samples: Contract for Services
Documentación Administrativa. La Esta información deberá presentarse simultáneamente con la propuesta técnica, dentro o fuera del sobre de ésta a elección del licitante, a efecto de agilizar su análisis. De conformidad con el artículo 34 de la Ley y 31 del Reglamento, dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en la licitación sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la propuesta y en el Contrato se establezca con precisión y a satisfacción de PAP, las partes a que cada persona se obligará, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto las propuestas técnica y económica deberán ser presentadas con firma autógrafa del representante legal común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas. Tendrán derecho a participar adquiriendo alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de las bases de licitación y la documentación correspondiente a las propuestas técnica y económica, será presentada respecto a cada uno de los integrantes del grupo o exclusivamente por aquellos integrantes del grupo a los que les aplique. En caso de resultar ganadores, la documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores solicitada en el SOBRE ACapítulo 2, cuando así se indique punto 8, subpunto 8.1.2, deberá ser presentada respecto a cada uno de los integrantes del grupo. Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumenque se establecerán con precisión los aspectos siguientes: ❒ Nombre y domicilio de las personas integrantes, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, identificando en su caso, inscritas los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación; ❒ Nombre de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación; ❒ La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el Registro Mercantilprocedimiento de licitación; ❒ La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, cuanto este requisito fuera exigible conforme a así como la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, manera en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en exigirá el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias obligaciones, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio ❒ Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme. Documento 1 Formato de Datos Generales en hojas membretadas del licitante con firma autógrafa del representante legal del mismo, para acreditar su existencia y personalidad jurídica (o su equivalente) de conformidad con lo establecido en la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes fracción II del artículo 31 de la adjudicaciónLey y 36 del Reglamento (Anexo 2). Copia legible de una identificación oficial del representante legal del licitante, presentando el original para su cotejo (el cual podrá presentarse dentro o fuera del sobre), mismo que se regresará al finalizar el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. La persona que asista a los actos de esta licitación en representación del apoderado legal del licitante, deberá presentar carta poder simple requisitada (Anexo 3); así como original y copia de una identificación oficial vigente con firma autógrafa del representante legal del mismo. Nota 1: Con la finalidad de coadyuvar a la promoción, instalación y operación de las micro, pequeñas y medianas empresas, es necesario que los licitantes manifiesten en el Formato de Datos Generales, el tipo de empresa a la que corresponden, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados que a continuación se indican: Microempresa MI 0-10 MC 0-10 MS 0-10 Pequeña Empresa PI 11-50 PC 11-30 PS 11-50 Mediana empresa EI 51-250 EC 31-100 ES 51-100 Gran Empresa GI 251 en adelante GC 101 en adelante GS 101 en adelante La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la propuesta. Nota 2 (Sólo para Nacionales): En caso de que el empresario licitante requiera la preferencia en igualdad de circunstancias al que se refiere el artículo 14 de la Ley, deberá presentar: Carta en original en papel membretado del licitante, dirigida a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico XXX, con firma autógrafa del representante legal del mismo, en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con personal con discapacidad en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación una proporción del 5% cuando menos de la solvencia económicatotalidad de su plantilla de empleados, financiera y técnicacon antigüedad igual o mayor a 6 meses. La solvencia del licitador se acreditaráomisión de esta manifestación, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSPno es motivo para desechar la propuesta.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Samples: Public Procurement Contract
Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo El sobre número 1 relativo a la misma "Documentación Administrativa" deberá contener original o todos copia compulsada de los licitadores siguientes documentos, debidamente relacionados en el SOBRE Aun índice y separados unos de otros:
1. Documentos que acrediten la capacidad del solicitante:
a) Las personas jurídicas de nacionalidad española, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará acreditarán su capacidad de obrar mediante la presentación de la escritura pública de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuanto cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicableexigible. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o escritura, documento de constitución, estatutos constitución o acto fundacional, fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritosactividad y que se encuentre inscrito, en su caso caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de .
b) Para las empresas no españolas personas jurídicas extranjeras de Estados miembros de la comunidad europea o Unión Europea y de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará Europeo, deberán acreditar su inscripción en el correspondiente Registro Público que, de acuerdo con la legislación aplicable en cada Estado, sea preceptiva o, mediante la inscripción presentación de una declaración jurada o un certificado, en los Registros o presentación términos establecidos en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las certificaciones Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (aplicable en lo que no se oponga a la Ley de Contratos del Sector Público), de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Respecto a los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante un Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa, en el que se indican haga constar, previa acreditación por la empresa en cuestión, que figura inscrita en el anexo I del RGLCAPRegistro local profesional, comercial o análogo o, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación su defecto, que deben aportar las empresas extranjeras actúa con habitualidad en el ANEXO IV tráfico local en el ámbito de este Pliegolas actividades a que se extiende el objeto del arrendamiento. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea Igualmente los referidos empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite extranjera admite, a su vez vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en Ayuntamiento de Areatza de forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de 2. Documentos que acrediten la representación:
3. Cuando el firmante de Declaración responsable para la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantilcontratación.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 4. Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar éstalicitador.
D. Dirección 5. Uniones temporales, tanto de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliegopersonas físicas como jurídicas.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Samples: Lease Agreement
Documentación Administrativa. La siguiente documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores vendrá contenida en el SOBRE A, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (ArtSobre 1 “Solvencia y Documentación administrativa”. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del El licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuanto este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros momento de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAPla oferta, en función de los diferentes contratos. Se detalla deberá presentar la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe siguiente documentación: • Datos de la respectiva Misión Diplomática Permanente españolaempresa: Razón social, que se acompañará a la documentación que se presenteNIF, que el Estado de procedencia objeto de la empresa extrajera admite a su vez (copia de estatutos y/o modificaciones), domicilio social. • Datos del firmante en nombre de la participación empresa: Nombre y apellidos, copia o referencia de empresas españolas la escritura de designación de cargo o apoderamiento para la firma del contrato, NIF (fotocopia). • Formulario de registro de proveedores de Ineco que se encuentra ubicado en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados página web de Ineco. En su defecto no adjuntar un compromiso de hacerlo en el artículo 3plazo xx xxxx (10) días naturales a partir de que Ineco se lo requiera. • Declaración del responsable de la empresa adjudicataria de disponer en el momento de la formalización del contrato de que cuenta en su plantilla con el personal establecido en los perfiles comprometiéndose a entregar a la firma el TA2, documento de afiliación a la seguridad social y boletines de cotización Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y recibo de liquidación de cotizaciones (RLC), a la seguridad social. • En caso de presentar a personal que no pertenezca a la empresa en el momento de presentar la oferta será necesario presentar carta de compromiso de cada uno de los perfiles nominados. Estas cartas de compromiso deberán ser en exclusividad para la empresa ofertante. Adicionalmente, las empresas deberán remitir un compromiso de presentar la siguiente documentación en los diez (10) días posteriores a la comunicación de adjudicación, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos caso de resultar adjudicatarios, a regulación armonizada sensu contrario no se prescindirá formalizará el contrato, resultando adjudicatario la siguiente r oferta válida con mejor calidad-precio: • La empresa adjudicataria y también si hay subcontratistas, deben presentar a la firma del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública contrato, copia de la Organización Mundial póliza de Comercio, según dispone el artículo 55 seguros que cubra las indemnizaciones por fallecimiento o incapacidad permanente determinadas en convenio colectivo de aplicación y copia del TRLCSP.
B. Acreditación justificante de abono de la representación. Cuando el firmante prima de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantildicho seguro.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Samples: Renting Services Agreement
Documentación Administrativa. La documentación administrativa Deberá incluir con un formato que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma garantice su inalterabilidad (PDF, JPG, TIFF, etc) o todos los licitadores en el SOBRE Asu caso estar protegido por una contraseña, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Artdocumentación:
5.1.1. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad de obrar del licitador. Cuando obrar:
a) Si el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese proponente es una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante española, escritura de constitución y de o modificación, en su caso, inscritas inscrita en el Registro Mercantil, cuanto cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros Cuando sea persona jurídica deberá justificar que el objeto social de la comunidad europea entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o signatarios en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
b) Si el proponente es una persona física, fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del documento que haga sus veces. Además deberá acreditar poseer la habilitación profesional que en su caso sea exigible para la realización de la actividad objeto del contrato, y estar dado de alta en el Impuesto de Actividades económicas en la actividad correspondiente.
c) Cuando se trate de una empresa no española de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la Europeo, deberá acreditar su inscripción en los Registros que procedan o mediante la presentación de las certificaciones que se indican en el anexo Anexo I del RGLCAPReal Decreto 1098/2001, en función de los diferentes contratos. Se detalla 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la documentación que deben aportar Ley de Contratos de las empresas extranjeras Administraciones Públicas.
d) Cuando se trate de un empresario extranjero no incluido en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar apartado anterior acreditará su capacidad mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente españolade España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que se acompañará actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a la documentación las que se presenteextiende el objeto de este contrato. Asimismo, deberá acompañar Informe de la Misión Diplomática Permanente española que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite extranjera admite, a su vez vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En Deberá aportar además una declaración de someterse a la jurisdicción de los contratos sujetos juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
5.1.2. Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas (UTE). Los empresarios que concurran a regulación armonizada se prescindirá la licitación agrupados en uniones temporales de empresas, cuya constitución efectuarán en caso de resultar vencedora la oferta que presenten, precisarán acreditar su respectiva personalidad y capacidad. Deberán indicar además, en documento privado que acompañarán a la documentación administrativa, los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, la participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y de quedar obligados solidariamente frente a Metro, y la persona que durante la vigencia del informe sobre reciprocidad en relación con contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a Metro, y quien deberá estar debidamente facultada al efecto. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública que participen agrupadamente en la licitación y que serán los componentes de la Organización Mundial UTE que habrán de Comercio, según dispone formalizar en el artículo 55 del TRLCSPcaso de resultar ganadora la oferta que hayan presentado.
B. Acreditación 5.1.3. Acreditación, en su caso, de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe Los que comparezcan y firmen proposiciones en nombre propio de otro deberán presentar, además de una fotocopia del DNI (o se trate de sociedad o persona jurídicadocumento que haga sus veces), adjuntará poderapoderamiento bastante, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, suficiente y subsistente para representar a la sociedad persona o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídicase actúe, este poder deberá figurar debidamente inscrito en el Registro Mercantil. Si Mercantil si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantiluna persona jurídica.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Samples: Contract for Works
Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo El sobre relativo a la misma "Documentación Administrativa" deberá contener original o todos copia compulsada de los licitadores siguientes documentos, debidamente relacionados en un índice y separados unos de otros:
1. Documentos que acrediten la capacidad del solicitante: Si se trata de una persona física, documento nacional de identidad o, en el SOBRE Asupuesto de ciudadanos extranjeros, cuando así el documento equivalente. Si se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación trata de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional jurídica, deberán acreditar su capacidad conforme a las siguientes reglas:
a) Las personas jurídicas de Identidadnacionalidad española, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará acreditarán su capacidad de obrar mediante la presentación de la escritura pública de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuanto cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicableexigible. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o escritura, documento de constitución, estatutos constitución o acto fundacional, fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritosactividad y que se encuentre inscrito, en su caso caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de .
b) Para las empresas no españolas personas jurídicas extranjeras de Estados miembros de la comunidad europea o Unión Europea y de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará Europeo, deberán acreditar su inscripción en el correspondiente Registro Público que, de acuerdo con la legislación aplicable en cada Estado, sea preceptiva o, mediante la inscripción presentación de una declaración jurada o un certificado, en los Registros o presentación términos establecidos en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las certificaciones Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (aplicable en lo que no se oponga a la Ley de Contratos del Sector Público), de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Respecto a los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante un Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa, en el que se indican haga constar, previa acreditación por la empresa en cuestión, que figura inscrita en el anexo I del RGLCAPRegistro local profesional, comercial o análogo o, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación su defecto, que deben aportar las empresas extranjeras actúa con habitualidad en el ANEXO IV tráfico local en el ámbito de este Pliegolas actividades a que se extiende el objeto de la concesión. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea Igualmente los referidos empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite extranjera admite, a su vez vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en de forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de 2. Documentos que acrediten la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe : Los que comparezcan o firmen solicitudes en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídicaotra persona, adjuntará poder, debidamente deberán acompañar el poder de representación bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderadopor los servicios jurídicos municipales. Si Sí el licitador fuera persona jurídica, este el poder general deberá figurar inscrito inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no es necesaria la será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de acuerdo su Documento Nacional de Identidad o, en el supuesto de ciudadanos extranjeros, del documento equivalente. Si el solicitante fuese una persona jurídica extranjera, su representante deberá aportar el documento que acredite su domiciliación en España. En este caso, se entenderá que el domicilio del representante coincide con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantildomicilio a efectos de notificaciones de la persona representada.
C. 3. Declaración responsable y cesión de información tributaría. El solicitante deberá presentar declaración responsable, otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en alguna afecto por ninguna de las prohibiciones para de contratar recogidas previstas en el artículo 60 la Ley de Contratos del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de Sector Público, y declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación responsable de hallarse al corriente del en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la de Seguridad Social y de las obligaciones tributarias frente al Estado y al Ayuntamiento de Benalmádena, impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio . Se adjunta al presente Xxxxxx como Anexo 3 un modelo de Declaración responsable con el contenido indicado. El licitador podrá autorizar a la administración pública contratante para que solicite a la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes administración pública competente la cesión de la adjudicacióninformación relativa al cumplimiento por parte del licitador de las obligaciones tributarias con el Estado. Se adjunta al presente Xxxxxx como Anexo 4 un modelo de "Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado en procedimientos de contratación". Si el licitador decide suscribir la mencionada Autorización y posteriormente resulta propuesto adjudicatario por la Mesa de Contratación, por el empresario en ese supuesto no tendrá la obligación de aportar la Certificación positiva a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar refiere el artículo 15 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de este pliego12 de octubre, y a la que se hace referencia más adelante.
E. Acreditación 4. Documentos que acreditan la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional del licitador. De conformidad con lo previsto en los artículos 60, 67 y 68 de la Ley de Contratos del Sector Público, la justificación de la solvencia económicaeconómica y financiera, financiera y técnica. La solvencia técnica o profesional del licitador se acreditará, de manera preferente, acreditará por los medios que se señalan detallan en el APARTADO 12 Anexo 5 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSPpresente Xxxxxx.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Samples: Concesión Demanial
Documentación Administrativa. La documentación administrativa que Documentación Administrativa a insertar en la aplicación informática, deberá aportar incluir, en un único fichero informático, no superior a 30 Mb, salvo excepciones justificadas por el licitador a cuyo favor recaiga tamaño de los archivos y con cualquiera de los formatos indicados en la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o todos Condición anterior, los licitadores en el SOBRE A, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Artdocumentos escaneados siguientes:
6.1.1. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad de obrar del licitador. Cuando obrar:
a) Si el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese proponente es una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante española, escritura de constitución y de o modificación, en su caso, inscritas inscrita en el Registro Mercantil, cuanto cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros Cuando sea persona jurídica deberá justificar que el objeto social de la comunidad europea entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o signatarios en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
b) Si el proponente es una persona física, fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del documento que haga sus veces.
c) Cuando se trate de una empresa no española de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la Europeo, deberá acreditar su inscripción en los Registros que procedan o mediante la presentación de las certificaciones que se indican en el anexo Anexo I del RGLCAPReal Decreto 1098/2001, en función de los diferentes contratos. Se detalla 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la documentación que deben aportar Ley de Contratos de las empresas extranjeras Administraciones Públicas.
d) Cuando se trate de un empresario extranjero no incluido en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar apartado anterior acreditará su capacidad mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente españolade España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que se acompañará actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a la documentación las que se presenteextiende el objeto de este contrato. Asimismo, deberá acompañar Informe de la Misión Diplomática Permanente española que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite extranjera admite, a su vez vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En Estas empresas deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que están inscritas en el Registro Mercantil
6.1.2. Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas (UTE). Cuando el proveedor seleccionado se presente agrupado con una o más empresas en una UTE, cada uno de los contratos sujetos empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, la participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con Metro. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública componentes de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSPUTE.
B. Acreditación 6.1.3. Acreditación, en su caso, de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe Los que comparezcan y firmen proposiciones en nombre propio de otro deberán presentar, además de una fotocopia del DNI (o se trate de sociedad o persona jurídicadocumento que haga sus veces), adjuntará poderapoderamiento bastante, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, suficiente y subsistente para representar a la sociedad persona o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídicase actúe, este poder deberá figurar debidamente inscrito en el Registro Mercantil. Si Mercantil si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantiluna persona jurídica.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o Para acreditar todos estos extremos, los licitadores deberán presentar en el su oferta un SOBRE “A” bajo la denominación “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será con la siguiente (Artdocumentación:
1.4.1. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación Documentación general: Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad jurídica y de obrar del licitador. Cuando Si el licitador fuese una fuere persona física acompañará el Documento Nacional jurídica, deberá presentar copia o testimonio notarial de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante las escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuanto este requisito fuera exigible conforme a . Para los empresarios individuales será obligatoria la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I copia del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada del que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente, así como el Número de Identificación Fiscal. Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales expedido por la AEAT. Certificado acreditativo de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social expedido por la Tesorería General de la persona que presenta Seguridad Social.
1.4.2. Documentos acreditativos de la proposición como apoderado. representación: Si el licitador fuera persona jurídicajurídica debe incluirse el poder general de representación del representante/s legal/es de la sociedad. Dichos poder/es deben figurar inscritos, este poder deberá figurar inscrito en su caso, en el Registro Mercantil. Si La persona/s con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar, igualmente, copia de su Documento Nacional de Identidad.
1.4.3. Documentos acreditativos del cumplimiento de la obligación de reserva de puestos de trabajo a favor de personas con discapacidad o, en su defecto, de las medidas alternativas: • Declaración responsable de la empresa conforme al modelo que se trata acompaña como Anexo V sobre si el número de un poder trabajadores en su plantilla iguala o supera la cifra de cincuenta (50) y, en caso afirmativo, sobre el cumplimiento del requisito legal dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad. • En caso de haber optado por el cumplimiento de las medidas alternativas, deberán aportar junto con la declaración responsable una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las medidas concretas aplicadas a tal efecto. El órgano de contratación podrá requerir en cualquier momento durante la vigencia de contrato al adjudicatario para acto concreto no es necesaria que acredite el mantenimiento del cumplimiento de esta obligación.
1.4.4. Documentos acreditativos de la inscripción solvencia económica y financiera: Copia de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios, depositadas en el Registro MercantilMercantil y copia del último informe de auditoría, en el caso de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
C. Declaración responsable ser preceptivo. En caso de no estar incurso en alguna obligado a presentar cuentas anuales, se deberá presentar documento equivalente. Declaración de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba institución financiera de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza deduzca la adecuada liquidez económica o la suficiente garantía de las relaciones económicas llevadas a cabo por el licitador para efectuar el correcto desarrollo de las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliegomismas.
E. Acreditación 1.4.5. Documentos acreditativos de la solvencia económicatécnica y profesional: Para el Lote 1: Certificación expedida por los Anunciantes titulares de la/s campaña/s de ámbito nacional realizada/s por la Agencia durante los últimos 3 años a contar desde la publicación del presente Pliego, financiera con una inversión igual o superior a 2,5 millones de euros IVA incluido, y técnica. La solvencia del licitador se acreditarácon un mix de medios integrado, de manera preferenteal menos, por TV, radio, prensa e internet. C.V. profesional de los siguientes profesionales del equipo de cuenta: Director Creativo o cargo equivalente Director de Servicios a Clientes/Director de Cuenta o cargo equivalente Director de Producción o cargo equivalente Certificación expedida por los Anunciantes titulares de la/s campaña/s cuyos medios han sido planificados y contratados por la Agencia durante los últimos 3 años a contar desde la publicación del presente Xxxxxx, con una inversión por campaña igual o superior al presupuesto de medios de este contrato. C.V. profesional de los siguientes profesionales del equipo de cuenta: Director de Cuentas/Planificación (según corresponda) o cargo equivalente Director de Investigación o cargo equivalente Director de Compras o cargo equivalente Declaración responsable indicando las herramientas, recursos técnicos y fuentes de información y datos necesarios de que se señalan dispone para la planificación, seguimiento y control de la audiencia y actividad publicitaria de los medios, esto es: 1) audiencia global de los medios, 2) audiencias de los spots de televisión segmentadas por soporte, programa y bloques publicitarios y 3) inversión global xxx xxxxxxx publicitario por medios, marcas y soportes. Declaración responsable sobre el número medio anual de trabajadores en situación de alta durante los 3 últimos años. En su caso, permisos, licencias o autorizaciones que la vigente legislación exija para la correcta e íntegra realización de los servicios ofertados. Declaración responsable que garantice el cumplimiento de cuantos requisitos y condiciones exige la normativa comunitaria de aplicación, la cual el Contratista deben expresamente declarar que conocen, remitiéndose en este punto al listado de normas contenido en el APARTADO 12 presente Pliego. Declaración responsable que garantice que el licitador no se encuentra incurso en causa de conflicto de intereses, entendiéndose por tal la situación de conflicto, directo o indirecto, que pudieran tener, con el interés de la Fundación ONCE y/o del Cuadro-Resumenproyecto objeto del presente contrato.
1.4.6. Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al español.
1.4.7. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera considerarán a efectos de la adjudicación del contrato las ofertas de los medios establecidos en licitadores que no cumplan con los artículos 75 requisitos de capacidad y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientalessolvencia exigidos, a través que resultarán excluidas de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selecciónlicitación.
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Samples: Contract for Services
Documentación Administrativa. La documentación administrativa Deberá incluir con un formato que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma garantice su inalterabilidad (PDF, JPG, TIFF, etc) o todos los licitadores en el SOBRE Asu caso estar protegido por una contraseña, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Artdocumentación:
5.1.1. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad de obrar del licitador. Cuando obrar:
a) Si el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese proponente es una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante española, escritura de constitución y de o modificación, en su caso, inscritas inscrita en el Registro Mercantil, cuanto cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros Cuando sea persona jurídica deberá justificar que el objeto social de la comunidad europea entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o signatarios en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
b) Si el proponente es una persona física, fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del documento que haga sus veces. Además deberá acreditar poseer la habilitación profesional que en su caso sea exigible para la realización de la actividad objeto del contrato, y estar dado de alta en el Impuesto de Actividades económicas en la actividad correspondiente.
c) Cuando se trate de una empresa no española de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la Europeo, deberá acreditar su inscripción en los Registros que procedan o mediante la presentación de las certificaciones que se indican en el anexo Anexo I del RGLCAPReal Decreto 1098/2001, en función de los diferentes contratos. Se detalla 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la documentación que deben aportar Ley de Contratos de las empresas extranjeras Administraciones Públicas.
d) Cuando se trate de un empresario extranjero no incluido en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar apartado anterior acreditará su capacidad mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente españolade España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que se acompañará actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a la documentación las que se presenteextiende el objeto de este contrato. Asimismo, deberá acompañar Informe de la Misión Diplomática Permanente española que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite extranjera admite, a su vez vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En Deberá aportar además una declaración de someterse a la jurisdicción de los contratos sujetos juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle
5.1.2. Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas (UTE). Los empresarios que concurran a regulación armonizada se prescindirá la licitación agrupados en uniones temporales de empresas, cuya constitución efectuarán en caso de resultar vencedora la oferta que presenten, precisarán acreditar su respectiva personalidad y capacidad. Deberán indicar además, en documento privado que acompañarán a la documentación administrativa, los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, la participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y de quedar obligados solidariamente frente a Metro, y la persona que durante la vigencia del informe sobre reciprocidad en relación con contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a Metro, y quien deberá estar debidamente facultada al efecto. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública que participen agrupadamente en la licitación y que serán los componentes de la Organización Mundial UTE que habrán de Comercio, según dispone formalizar en el artículo 55 del TRLCSPcaso de resultar ganadora la oferta que hayan presentado.
B. Acreditación 5.1.3. Acreditación, en su caso, de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe Los que comparezcan y firmen proposiciones en nombre propio de otro deberán presentar, además de una fotocopia del DNI (o se trate de sociedad o persona jurídicadocumento que haga sus veces), adjuntará poderapoderamiento bastante, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, suficiente y subsistente para representar a la sociedad persona o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídicase actúe, este poder deberá figurar debidamente inscrito en el Registro Mercantil. Si Mercantil si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantiluna persona jurídica.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Samples: Suministro De Repuestos
Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:
a) Si el licitador a cuyo favor recaiga fuera persona física, copia del DNI y, en su caso, la propuesta escritura de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores en apoderamiento. Si el SOBRE Alicitador fuera persona jurídica, cuando así se indique en el APARTADO 14 además de DNI del Cuadro-Resumenrepresentante, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación copia de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuanto cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicableexigible. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos constitución o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso fundacional inscritos en el correspondiente Registro oficialOficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros Asimismo, poder bastante al efecto del firmante de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante proposición en nombre y representación de la inscripción en persona jurídica. Las Uniones de Empresarios deberán indicar los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función nombres y circunstancias de los diferentes contratos. Se detalla que la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez constituyan y la participación de empresas españolas cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar contratistas del contrato, siendo la contratación duración de la unión temporal coincidente con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSPmismo.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
C. b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 60.1 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá , que comprenderá expresamente la manifestación circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios que señala el artículo 73 del TRLCSP. (ANEXO I)
c) Acreditación de la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional necesaria para la ejecución del contrato, según las siguientes especificaciones: Solvencia económica y financiera: El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará, con carácter general, por medio del Las sociedades excepcionadas del uso del modelo normalizado (empresas que tengan un modelo específico, por adaptación sectorial del plan general de contabilidad de 1990, empresas que deben utilizar modelos de cuentas anuales específicos, de acuerdo con las disposiciones dictadas por el Banco de España o por la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores o en el caso de presentación de cuentas anuales consolidadas) presentará sus cuentas anuales aprobadas junto con el justificante del depósito de las mismas en el Registro Mercantil. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En el caso de Uniones Temporales de Empresarios (UTE) regirá el principio de acumulación de la solvencia, de tal forma que a los efectos de cálculo del volumen anual de negocios se sumarán los importes de cada una de las sociedades o entidades que formar la UTE. A efectos de su justificación las sociedades o entidades que formen la UTE deberán aportar cada una su correspondiente modelo normalizado de depósito de cuentas establecido en la normativa del Registro Mercantil, todo ello sin perjuicio de que las excepciones a la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse presentación del modelo normalizado antes descritas. Si se pretende hacer uso de la adjudicaciónposibilidad de acumular el importe de su volumen de negocios las cuentas anuales presentadas por todos los integrantes de la UTE deberán corresponder al mismo ejercicio A tenor de lo dispuesto en la normativa contractual la a solvencia económica podrá integrarse con medios externos. De tal forma cuando el licitador pretenda hacer uso de esta posibilidad deberá aportar un compromiso, en el que se especifique el contrato objeto de la presente licitación, de una entidad de servicios financieros en la que se ponga de manifiesto la puesta a disposición del licitador de los medios económicos y financieros necesarios para ejecutar el contrato asumiendo igualmente la responsabilidad subsidiaria en caso de incumplimientos contractuales de los que se deriven responsabilidades económicas y frente a los cuales el licitador, en caso de resultar adjudicatario, no pudiere atender. El volumen anual de negocios a acreditar será superior a 187.500,00€ *Una Relación de los principales servicios realizados de proyectos de similares características y presupuestos de los últimos cinco años del objeto de la presente licitación. En concreto: la relación debe de incluir importe, fecha, plazo de ejecución de los servicios, y mediante certificados o informes de buena ejecución. *Aportación de al menos tres certificados o informes de buena ejecución en trabajos similares desarrollados en los tres últimos años a contar desde la finalización del plazo de presentación de ofertas. Dichos certificado o informes habrán de venir firmados y sellados por el empresario la firma destinataria de los servicios y sumarán conjuntamente al menos la siguiente cantidad: Los Certificados sumarán un importe superior a cuyo favor se vaya 87.500,00€
d) Las empresas extranjeras aportaran una declaración expresa de someterse a efectuar éstala jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
D. Dirección e) Una dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según notificaciones
f) Una relación de los documentos Los documentos señalados en los apartados a) y b) no es necesario que se aporten, bastando una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar. (ANEXO II) Los licitadores a cuyo favor recaigan las propuestas de adjudicación, deberán acreditar ante el modelo recogido órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la solvencia económicapropuesta de adjudicación, financiera y técnica. La solvencia que los licitadores aporten documentación acreditativa del licitador se acreditará, cumplimiento de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 las condiciones establecidas para ser adjudicatario del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSPcontrato.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Documentación Administrativa. La documentación administrativa que Esta información deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga presentarse simultáneamente con la propuesta técnica, dentro o fuera del sobre de adjudicación ésta a elección del licitante, a efecto de agilizar su análisis. De conformidad con carácter previo a el artículo 34 de la misma Ley y 31 del Reglamento, dos o todos los licitadores más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en la licitación sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la propuesta y en el SOBRE Acontrato se establezca con precisión y a satisfacción de PAP, cuando las partes a que cada persona se obligará, así como la manera en que se indique exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto las propuestas técnica y económica deberán ser presentadas con firma autógrafa por el representante legal común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas. Tendrán derecho a participar adquiriendo alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de las bases de licitación y la documentación correspondiente a las propuestas técnica y económica, será presentada respecto a cada uno de los integrantes del grupo o exclusivamente por aquellos integrantes del grupo a los que les aplique. Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumenque se establecerán con precisión los aspectos siguientes: ❒ Nombre, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación domicilio y Registro Federal de la personalidad y capacidad Contribuyentes de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidadlas personas integrantes, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, identificando en su caso, inscritas los datos de las escrituras públicas con las que se acredite la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas; ❒ Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación; ❒ La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el Registro Mercantilprocedimiento de licitación, cuanto este requisito fuera exigible conforme mismo que firmará la proposición; ❒ La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la legislación mercantil manera en que le sea aplicablese exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y ❒ Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con la responsabilidad derivada del contrato que se firme. Si no lo fuereDe conformidad con el artículo 31 del Reglamento de la Ley, en el supuesto de que resulte adjudicada una propuesta conjunta, el convenio indicado anteriormente y la acreditación de las facultades del apoderado legal que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la capacidad de obrar se realizará mediante propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad. Asimismo, deberán presentar la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, documentación administrativa solicitada en el que consten las normas por las Capítulo 2, punto 8, subpunto 7.1. Documento 1 Formato de Datos Generales en hojas membretadas del licitante con firma autógrafa del representante legal del mismo, para acreditar su existencia y personalidad jurídica de conformidad con lo establecido en la fracción II del artículo 31 de la Ley y 36 del Reglamento (Anexo 2). Copia legible de una identificación oficial del representante legal del licitante, presentando el original para su cotejo (el cual podrá presentarse dentro o fuera del sobre), mismo que se regula su actividadregresará al finalizar el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. La persona que asista a los actos de esta licitación en representación del apoderado legal del licitante, inscritosdeberá presentar carta poder simple requisitada (Anexo 3); así como original y copia de una identificación oficial vigente con firma autógrafa del representante legal del mismo. Nota 1: Con la finalidad de coadyuvar a la promoción, en su caso instalación y operación de las micro, pequeñas y medianas empresas, es necesario que los licitantes manifiesten en el correspondiente Registro oficial. La capacidad Formato de obrar Datos Generales, el tipo de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes empresa a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente españolaque corresponden, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran considerando los criterios objetivos de tamaño, sector y clasificación por número de empleados que a continuación se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra indican: Microempresa MI 0-10 MC 0-10 MS 0-10 Pequeña Empresa PI 11-50 PC 11-30 PS 11-50 Mediana empresa EI 51-250 EC 31-100 ES 51-100 Gran Empresa GI 251 en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.adelante GC 101 en adelante GS 101 en adelante
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Samples: Public Procurement Agreement
Documentación Administrativa. La documentación administrativa a) Documentación administrativa: Una declaración responsable que se ajustará al modelo que se acompaña como Xxxxx X, al presente pliego, que deberá aportar estar frmada por el licitador a cuyo favor recaiga o su representante y que se ajustará al artículo 140.1.a) de la propuesta LCSP.
b) Compromiso de adjudicación con carácter previo a constituir una UTE: En su caso, el compromiso de constituirse en unión temporal de empresas (UTE), que indicará los nombres y circunstancias de los que la misma o todos los licitadores en el SOBRE A, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será constituyan y la siguiente participación de cada uno (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación 69.3 de la personalidad y capacidad LCSP). Este documento deberá estar frmado por los representantes de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese cada una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuanto este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros componentes de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSPunión.
B. Acreditación c) Dirección electrónica a efectos de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra notifcaciones: El licitador incluirá sus datos y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de designará una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar realizarán todas las notificaciones según notifcaciones relacionadas con este procedimiento de contratación. Tal designación implicará el modelo recogido reconocimiento de que dicha dirección electrónica está bajo control del interesado, y que éste acepta que las comunicaciones le sean remitidas a la dirección electrónica así designada. La designación de la dirección de correo electrónico se realizará en la forma y en el ANEXO V de este pliegodocumento que se acompaña como Xxxxx XXX.
E. Acreditación d) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras: Las empresas extranjeras deberán acompañar una declaración de someterse a la solvencia económicajurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditarápara todas las incidencias que, de manera preferentemodo directo o indirecto, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 pudieran surgir del Cuadro-Resumen. No obstantecontrato, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera y una declaración de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaranrenuncia, en su caso caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una UTE, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad mediante la presentación de cada uno de ellos del Anexo I. Los licitadores deberán tener en cuenta que, en cualquier momento del procedimiento, el Órgano de Contratación o la Mesa de Contratación les podrá solicitar que aporten la documentación acreditativa de los datos indicados en las declaraciones responsables. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en plazo, se entenderá que el licitador ha retirado injustifcadamente su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitación, en concepto de penalidad siendo igualmente de aplicación a este supuesto los demás efectos que se recogen en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia artículo 150.2 de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selecciónLCSP.
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Samples: Contract for Services
Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores en el SOBRE Apersonalidad, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar y solvencia, necesarios de los licitadores para optar a la adjudicación del licitador. Cuando presente contrato, se acreditará mediante la presentación en el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional sobre “1” de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su los siguientes documentos administrativos: La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, cuyo ámbito de actividad deberá estar relacionado con los usos que se ofertan, se acreditará mediante escritura de constitución y de modificaciónmodificación si es exigible, en su caso, inscritas inscrita en el Registro Mercantil, cuanto este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso inscritos en el correspondiente Registro oficial. La capacidad En el supuesto de obrar concurrir un empresario individual acompañará el DNI y, en su caso, la escritura de apoderamiento legalizada, o sus fotocopias autenticadas. Poder bastante a favor de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea personas que comparezcan o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe firmen proposiciones en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderadootro. Si el licitador fuera persona jurídica, este el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil. Los que justifiquen la solvencia económica y la capacidad técnica o profesional, que se acreditarán por: Declaraciones apropiadas de acuerdo entidades financieras, o, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, o las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. La capacidad técnica o profesional se justificará mediante la acreditación de experiencia en los usos y actividades del Proyecto que se presenta en las ofertas, y atendiendo a los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad de su labor, referidos al licitador o a los integrantes que vayan a dirigir el proyecto.. No obstante, para acreditar la solvencia requerida, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. En ese caso deberá aportarse (según modelo del Anexo) escrito otorgado ante Notario en el artículo 94.1.5 que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos para la ejecución del Reglamento del Registro Mercantil.
C. contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el art. 1257.2 CC, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). Declaración expresa responsable de no estar incurso en alguna prohibición de las prohibiciones para contratar recogidas en contratar, conforme al art.60 TRLCSP, según el artículo 60 modelo del TRLCSPAnexo III. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con tributarias, incluidas las de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentesSocial, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido del Anexo III. No obstante lo anterior, el que resulte propuesto para la adjudicación en el ANEXO V plazo de este pliego10 días hábiles desde su notificación deberá presentar certificados acreditativos de estar al corriente en dichas circunstancias.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Samples: Lease Agreement
Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores en el SOBRE A, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será Contendrá la siguiente (Art. 146 documentación:
a) Fotocopia del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, Identidad del participante o su fotocopia debidamente autenticadarepresentante. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
b) Cuando el licitador fuese la licitadora sea una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante jurídica, escritura de constitución y de o modificación, en su caso, inscritas debidamente inscrita en el Registro MercantilMercantil y número de identificación fiscal, cuanto este requisito cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad Cuando se trate de obrar de las empresas empresarios no españolas españoles de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAPUnión Europea, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras en el ANEXO IV de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a acreditar su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantilregistro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantillas disposiciones comunitarias de aplicación.
C. c) Declaración responsable de no estar incurso en alguna ninguna de las prohibiciones para de contratar recogidas enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá , que comprenderá expresamente la manifestación circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio según modelo recogido en el Anexo I. Declaración responsable. En el caso de que se trate de empresas que concurran conjuntamente la justificación declaración responsable deberá ser por cada una de las empresas.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Documentación acreditativa del porcentaje de trabajadores con discapacidad en la plantilla de la empresa. A efectos de resolver, en su caso, la igualdad entre las proposiciones más ventajosas, las licitadoras que tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 %, podrán presentar documentación acreditativa de dicho extremo, así como el porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
f) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la licitadora que acrediten la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato. El cumplimiento de este requisito deba presentarse antes de se hará constar en la adjudicacióndeclaración responsable (Anexo I), por el empresario correspondiendo únicamente a la licitadora a cuyo favor se vaya recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante: 1) la presentación del informe de una entidad financiera sobre la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del presente contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero; 2) el certificado de buena ejecución de tres clientes a efectuar éstalos que la licitadora haya realizado servicios de implantación de un software de contabilidad energética con apoyo externo, en los tres últimos años; 3) y los medios materiales o personales que las licitadoras especifiquen en sus ofertas, cuya adscripción al contrato tendrá carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el artículo 64.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del mismo a los efectos señalados en el artículo 223.f).
D. Dirección g) En el caso de que varias empresas acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarias. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
h) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
i) La dirección de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo con los efectos previstos en el artículo 151.4 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La documentación referida en las letras a), b), c), d), e), f), g) y h) podrá sustituirse por el compromiso firmado de presentación de los originales o copia compulsada en caso de resultar adjudicataria, según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.Anexo I.
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Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo El sobre número 1 relativo a la misma "Documentación Administrativa" deberá contener original o todos copia compulsada de los licitadores siguientes documentos, debidamente relacionados en el SOBRE Aun índice y separados unos de otros:
1. Documentos que acrediten la capacidad del solicitante:
a) Las personas jurídicas de nacionalidad española, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará acreditarán su capacidad de obrar mediante la presentación de la escritura pública de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuanto cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicableexigible. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o escritura, documento de constitución, estatutos constitución o acto fundacional, fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritosactividad y que se encuentre inscrito, en su caso caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de .
b) Para las empresas no españolas personas jurídicas extranjeras de Estados miembros de la comunidad europea o Unión Europea y de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará Europeo, deberán acreditar su inscripción en el correspondiente Registro Público que, de acuerdo con la legislación aplicable en cada Estado, sea preceptiva o, mediante la inscripción presentación de una declaración jurada o un certificado, en los Registros o presentación términos establecidos en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las certificaciones Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (aplicable en lo que no se oponga a la Ley de Contratos del Sector Público), de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Respecto a los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante un Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa, en el que se indican haga constar, previa acreditación por la empresa en cuestión, que figura inscrita en el anexo I del RGLCAPRegistro local profesional, comercial o análogo o, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación su defecto, que deben aportar las empresas extranjeras actúa con habitualidad en el ANEXO IV tráfico local en el ámbito de este Pliegolas actividades a que se extiende el objeto del arrendamiento. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea Igualmente los referidos empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite extranjera admite, a su vez vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en Ayuntamiento xx Xxxxx de forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de 2. Documentos que acrediten la representación:
3. Cuando el firmante de Declaración responsable para la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantilcontratación.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 4. Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar éstalicitador.
D. Dirección 5. Uniones temporales, tanto de correo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliegopersonas físicas como jurídicas.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.
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Samples: Contrato De Arrendamiento
Documentación Administrativa. La documentación administrativa que deberá aportar el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación con carácter previo a la misma o todos los licitadores en el SOBRE A, cuando así se indique en el APARTADO 14 del Cuadro-Resumen, será la siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
A. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador. Cuando el licitador fuese una persona física acompañará el Documento Nacional de Identidad, o su fotocopia debidamente autenticada. Cuando el licitador fuese una persona jurídica acreditará su capacidad de obrar mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuanto este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las CONTENIDO: El Sobre A incluirá declaración responsable que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. La capacidad ajustará al formulario de obrar documento europeo único de las empresas no españolas de Estados miembros de la comunidad europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo contratación (DEUC) cuya cumplimentación se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Se detalla la documentación que deben aportar las empresas extranjeras explica en el ANEXO IV 1, que deberá estar firmada con firma electrónica reconocida y con la correspondiente identificación, en la que el licitador ponga de este Pliego. Las personas físicas o jurídicas manifiesto: - La designación de Estados no pertenecientes una dirección de correo electrónico donde efectuar los avisos de puesta a disposición de las notificaciones electrónicas, que deberá ser «habilitada» de conformidad con lo dispuesto en la Unión Europea deberán justificar mediante informe disposición adicional decimoquinta de la respectiva Misión Diplomática Permanente españolaLCSP 2017, cuando el órgano de contratación haya optado por realizar las notificaciones a través de la misma y así se haga constar en el apartado 10 del Cuadro de Características del Contrato. formulario del documento europeo único de contratación. Adicionalmente se aportará el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma. - Cuando el apartado 2 del Cuadro de Características del Contrato prevea la división en lotes del objeto del contrato, si los requisitos de solvencia económica y financiera o técnica y profesional exigidos varían de un lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de lotes al que se acompañará apliquen los mismos requisitos de solvencia. El órgano o la mesa de contratación podrán pedir a los candidatos o licitadores que presenten la documentación totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que se presente, que el Estado de procedencia existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entesdeclaración, organismos o entidades cuando resulte necesario para el buen desarrollo del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3procedimiento y, en forma sustancialmente análogatodo caso, antes de adjudicar el contrato. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de ComercioNo obstante, según dispone cuando el artículo 55 del TRLCSP.
B. Acreditación de la representación. Cuando el firmante de la propuesta no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, adjuntará poder, debidamente bastanteado conforme al modelo recogido en el ANEXO XIII, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra y Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada de la persona que presenta la proposición como apoderado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar empresario esté inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un poder Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y éstos sean accesibles de modo gratuito para acto concreto los citados órganos, no es necesaria estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. Las circunstancias relativas a la inscripción capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el Registro Mercantil, momento de acuerdo con el artículo 94.1.5 perfección del Reglamento del Registro Mercantilcontrato.
C. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP. La prueba de la no concurrencia de una prohibición para contratar podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Se adjunta modelo de declaración en el ANEXO III de este Pliego. Esta declaración incluirá expresamente la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba presentarse antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D. Dirección de correo 2.- Sobre o archivo electrónico en la que se autoriza para efectuar las notificaciones según el modelo recogido en el ANEXO V de este pliego.
E. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia del licitador se acreditará, de manera preferente, por los medios que se señalan en el APARTADO 12 del Cuadro-Resumen. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
F. Requisitos de orden social y medioambiental. Se podrán introducir cláusulas sociales y medioambientales, a través de la exigencia de determinados criterios que se indicaran, en su caso en el APARTADO 33.3 del Cuadro-Resumen. La exigencia de capacidad técnica en la materia social deberá ser lógica, objetiva, proporcionada y razonable. Debe justificarse en el expediente de contratación y se indicaran los criterios objetivos que se utilizaran para la admisión, así como el nivel de capacidades requeridas. Es importante que el requerimiento concreto de solvencia técnica no incurra en restricciones que vulneren la libre concurrencia qué criterios se van a emplear para determinar la selección.B
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Samples: Contrato De Servicio