Common use of Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación Clause in Contracts

Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación. A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 14 del presente pliego, “Adjudicación del contrato”, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: - contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad. - compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 por ciento de sus puestos de trabajo con personas en situación de exclusión social a que se refiere la Disposición adicional cuarta del TRLCSP. Justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el apartado 14 del anexo I, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 8 del mismo. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita, respecto de los socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio. ❒ DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo Anexo X): En los contratos de servicios con valor estimado inferior a 90.000,00€ (sin impuestos), se deberá presentar una DECLARACIÓN RESPONSABLE por parte del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración pública y las exigidas en el presente pliego, y que sustituirá a la documentación administrativa solicitada anteriormente en esta Cláusula nº10, apartado A), del presente procedimiento. No obstante, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, a las empresas licitantes que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 12 del anexo I, en relación con los aspectos económicos y técnicos que hayan de ser objeto de negociación con las empresas, sí como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Xxxxx XX al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario que deba ser repercutido. Asimismo, si así se requiere en el apartado 21 del anexo I, se incluirá en el sobre número 3 la indicación de la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vayan a encomendar su realización. A los efectos consignados en el artículo 152 del TRLCSP y salvo que en el Apartado 11 del Anexo I de este contrato se especifiquen parámetros objetivos para apreciar cuándo una oferta será considerada anormal o desproporcionada, será de aplicación supletoria el artículo 85 del RGLCAP.

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Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación. A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 14 del presente pliego, «Adjudicación del contrato», podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: - contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad. - compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 por ciento de sus puestos de trabajo con personas en situación de exclusión social a que se refiere la Disposición adicional cuarta del TRLCSP. Justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el apartado 14 del anexo I, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 8 del mismo. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita, respecto de los socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio. ❒ DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo Anexo X): En los contratos de servicios con valor estimado inferior a 90.000,00€ (sin impuestos), se deberá presentar una DECLARACIÓN RESPONSABLE por parte del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración pública y las exigidas en el presente pliego, y que sustituirá a la documentación administrativa solicitada anteriormente en esta Cláusula nº10, apartado A), del presente procedimiento. No obstante, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, a las empresas licitantes que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 12 del anexo I, en relación con los aspectos económicos y técnicos que hayan de ser objeto de negociación con las empresas, sí como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Xxxxx XX los anexos II ó II bis al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario que deba ser repercutido. Asimismo, si así se requiere en el apartado 21 19 del anexo I, se incluirá en el sobre número 3 2 la indicación de la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vayan a encomendar su realizaciónrealización (mediante la cumplimentación del modelo anexo XII). A En su caso declaración responsable sobre el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del objeto del contrato los medios personales y/o materiales suficientes para ello, mediante la cumplimentación del documento anexo XIII. La Mesa de Contratación permanente del Ayuntamiento está compuesta del modo siguiente: Constituida la Mesa de contratación a los efectos consignados de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico, Perfil del Contratante o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a TRES días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación. El órgano de contratación y la mesa de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios otorgando plazo de CINCO días, sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 152 83.6 del TRLCSP RCAP. Una vez calificada la documentación y salvo realizadas, si así procede, las actuaciones indicadas, la Mesa procederá a determinar las empresas que cumplen los criterios de selección que se establecen en el Apartado 11 apartado 5 del Anexo I anexo I, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de este contrato su rechazo. Estas circunstancias se especifiquen parámetros objetivos publicarán en el perfil del contratante para apreciar cuándo una oferta será considerada anormal o desproporcionadageneral conocimiento. En acto público, será dentro del plazo de aplicación supletoria un mes desde el artículo 85 fin del RGLCAPplazo de presentación de ofertas, la Mesa pondrá en conocimiento de los licitadores el resultado de la calificación de la documentación administrativa. Seguidamente, abrirá el sobre nº 2 «Proposición económica y mejoras», posteriormente, junto con los informes emitidos, en su caso, las elevará con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 8 del anexo I, al órgano de contratación.

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Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación. A efectos Al efecto de la preferencia en la adjudicación, según lo el previsto en la cláusula 14 Clásula 16 del presente pliego, “Adjudicación del contrato”, podrá puede presentarse en este sobre la siguiente documentacióndocumentación siguiente: - contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad. - compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 por ciento de sus puestos de trabajo con personas en situación de exclusión social discapacidad En estos sobres se incluye la documentación relativa a que se refiere las ofertas técnica y económica para la Disposición adicional cuarta del TRLCSP. Justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el apartado 14 del anexo I, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 8 del mismo. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno valoración de los supuestos del artículo 42.1 del Código criterios de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita, respecto de los socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio. ❒ DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo Anexo X): En los contratos de servicios con valor estimado inferior a 90.000,00€ (sin impuestos), se deberá presentar una DECLARACIÓN RESPONSABLE por parte del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración pública y las exigidas en el presente pliego, y que sustituirá a la documentación administrativa solicitada anteriormente en esta Cláusula nº10, apartado A), del presente procedimiento. No obstante, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, especificados en las cláusulas 8 y 9 del presente pliego. Considerando que hay criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor y otros criterios evaluables de forma automática para la posesión aplicación de fórmulas, la documentación se incluirá en dos sobres diferentes: (2 y validez 3). En el sobre 2 se incluye la documentación relativa a los criterios de adjudicación y la cuantificación de los documentos exigidoscuales dependa de un juicio de valor (Cláusula 8 del presente pliego). Igualmente se presente programa de otros servicios que quiera prestar la empresa, no estrictamente deportivos (máquinas vending, otros, ….), otros servicios deportivos o de promoción del deporte. .-la justificación y planificación del tiempo y tareas necesarias para la ejecución de la gestión, de acuerdo con las características de cada una de las instalaciones y servicios que se ofrecen. .-la utilización de máquinas, equipos y medios materiales auxiliares que se destinen a la gestión de las instalaciones. .-recursos humanos de que dispone el contratista para la gestión de las instalaciones. El licitador presenta también en su oferta una propuesta de reglamento interno (plan de uso) que regula las condiciones de uso de las instalaciones y servicios, así como los derechos y las obligaciones de los usuarios de las instalaciones. En todo caso el órgano sobre 3 se incluye la documentación relativa a los criterios de contrataciónadjudicación evaluables de forma automática para aplicación de fórmulas (Cláusula 9 del presente pliego). La renta mínima anual que tiene que satisfacer el contratista es de 12.000,00 €, en orden a garantizar el buen fin más IVA, que se revisa de acuerdo con la variación del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción IPC para cada anualidad de contrato. En la propuesta se indica, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que se tiene que repercutir. Tanto en las ofertas que formulan los licitadores como en las propuestas de adjudicación, a las empresas licitantes que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 12 del anexo I, en relación con los aspectos económicos y técnicos que hayan de ser objeto de negociación con las empresas, sí como toda aquélla queentiende comprendidos, con carácter general, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. Se incluye igualmente en este sobre el estudio económico financiero global de la explotación de las obras e instalaciones objeto del contrato que incluye, como mínimo, los puntos siguientes: .-Relación de los ingresos de explotación estimados y justificación de las tarifas que tienen que abonar los usuarios. La propuesta de tarifas que tienen que abonar los usuarios tiene que ser completa y tiene que incluir la totalidad de los servicios que se compromete a prestar el licitador, caso que se le adjudique el contrato. Las tarifas se entienden como máximas –IVA no incluido- y el importe de estas es de libre fijación por el licitador. .-Cálculo de los ingresos anuales previstos: el licitador estime conveniente aportartiene que calcular los ingresos anuales previstos, en concepto de explotación de las instalaciones deportivas, en función de las tarifas ofrecidas para los que servicios que presta. Además de los servicios susceptibles de ser tarifados, el licitador tiene que detallar el resto de ingresos que, como consecuencia de la explotación de las instalaciones, se pueden materializar por otros conceptos. .-Cálculo de los gastos anuales previstos: para el cálculo de los gastos anuales previstos se tienen que tener en cuenta los gastos correspondientes a: personal; dotaciones para la amortización del inmovilizado; rentas y tributos a satisfacer; servicios exteriores; gastos de conservación, reparación y mantenimiento; primas de seguros; publicidad, propaganda y relaciones públicas; suministros; gastos financieros y otros gastos que el licitador considere necesarios para la explotación de las instalaciones. .-Cuenta de explotación previsional La proposición económica cuenta de explotación previsional de ingresos y gastos se presentará redactada conforme al modelo fijado tiene que calcular para los 22 años y 4 meses de duración del contrato o por el plazo inferior que ofrezca el licitador. El licitador tiene que presentar la cuenta de explotación previsional, la cual contiene los conceptos mínimos que el licitador tiene que incluir en el Xxxxx XX estudio económico financiero. .-Valor actual neto (VAN) y tasa interna de rentabilidad (TIR) El licitador tiene que incluir en el estudio económico financiero la evaluación de la rentabilidad neta, incluidos impuestos, con la formulación detallada para el cálculo de ingresos y gastos, incluido las de reposiciones periódicas durante el plazo de duración del contrato, y tiene que determinar, sin valor residual y al presente pliegotipo de interés legal del 4% anual, el valor actualizado neto (VAN) y la tasa interna de rentabilidad (TIR) para el plazo propuesto. En relación a las ofertas que presenta el licitador, no aceptándose se aceptan aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras rectificaciones que impidan conocer claramente lo que la Administración FEB estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición propuesta no guardase guarda concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese excede del presupuesto base de licitación, variase varía sustancialmente el modelo establecido, comportase comporta error manifiesto en el importe de la proposiciónpropuesta, o existiese hay reconocimiento por parte del licitador de que adolece de existe error o inconsistencia que le hagan inviableinviable la oferta, será desechada ésta se rechaza por la Mesa de contrataciónContratación, sin que sea causa bastante suficiente para el rechazo rechazo, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello esto no altera alterara su sentido. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario que deba ser repercutido. Asimismo, si así se requiere en el apartado 21 del anexo I, se incluirá en el sobre número 3 la indicación de la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vayan a encomendar su realización. A los efectos consignados en el artículo 152 del TRLCSP y salvo que en el Apartado 11 del Anexo I de este contrato se especifiquen parámetros objetivos para apreciar cuándo una oferta será considerada anormal o desproporcionada, será de aplicación supletoria el artículo 85 del RGLCAP.

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Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación. A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 14 15 del presente pliego, “Adjudicación del contrato”, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: - contratos Contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad. - compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 por ciento de sus puestos de trabajo con personas en situación de exclusión social a que se refiere la Disposición adicional cuarta del TRLCSP. Justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el apartado 14 del anexo I, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 8 del mismo. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita, respecto de los socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio. ❒ DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo Anexo X): En los contratos de servicios con valor estimado inferior a 90.000,00€ (sin impuestos), se deberá presentar una DECLARACIÓN RESPONSABLE por parte del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración pública y las exigidas en el presente pliego, y que sustituirá a la documentación administrativa solicitada anteriormente en esta Cláusula nº10, apartado A), del presente procedimiento. No obstante, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, a las empresas licitantes que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 12 del anexo I, en relación con los aspectos económicos y técnicos que hayan de ser objeto de negociación con las empresas, sí como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Xxxxx XX anexo I al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración GESVIVAL estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. Asimismo, si así se requiere en En el apartado 21 del anexo I, se incluirá en mismo sobre deberá indicar el sobre número 3 la indicación plazo de la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, entrega de los subcontratistas productos, criterio objetivo a los que vayan a encomendar su realización. A los efectos consignados en el artículo 152 del TRLCSP y salvo que en el Apartado 11 del Anexo I de este contrato se especifiquen parámetros objetivos para apreciar cuándo una oferta será considerada anormal o desproporcionada, será de aplicación supletoria el artículo 85 del RGLCAPvalorar junto con la propuesta económica.

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Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación. A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 14 del presente pliegoXxxxxx, “Adjudicación del contratoContrato”, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: - contratos Contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad. discapacidad - compromiso formal del licitador Certificación emitida por el Registro administrativo competente acreditando la condición de contratar no menos del 30 por ciento empresa de sus puestos inserción a efectos de trabajo la Ley 44/2007, de conformidad con personas lo establecido en situación el apartado 3 de exclusión social a que se refiere la Disposición adicional cuarta del TRLCSP. JustificanteEn caso de exigirse la constitución de garantía provisional en el apartado 10.7 del Anexo I, justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el apartado 14 del anexo Ireferido apartado, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 8 del el mismo. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición, según el modelo que figura en el Xxxxx XXX. También deberán presentar declaración explícita, respecto de los socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio. ❒ DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo Anexo X): Deberá indicarse una dirección de correo electrónico. Asimismo deberá indicarse un En los contratos de servicios con valor estimado inferior a 90.000,00€ (sin impuestos), se deberá presentar una DECLARACIÓN RESPONSABLE por parte del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración pública y las exigidas en el presente pliego, y que sustituirá a la Sobre nº 1 “Documentación Administrativa” no podrá figurar ninguna documentación administrativa solicitada anteriormente en esta Cláusula nº10, apartado A), del presente procedimiento. No obstante, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, a las empresas licitantes que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposicionesrelativa al precio. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, OFERTA TÉCNICA del licitador de conformidad con el formato establecido en el apartado 12 6 del anexo I, en relación con los aspectos económicos y técnicos Anexo I sin que hayan de ser objeto de negociación con las empresas, sí como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado pueda figurar en el Xxxxx XX mismo ninguna documentación relativa al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la ofertaprecio. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario que deba ser repercutido. Asimismo, si así se requiere en el apartado 21 10.3 del anexo Anexo I, se incluirá en el este sobre número 3 2 la indicación de la parte del contrato Contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vayan a encomendar su realización. A los efectos consignados La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el artículo 152 Xxxxx XX al presente Xxxxxx, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que el Hispanagua estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del TRLCSP presupuesto máximo de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente, el órgano de contratación no tendrá en consideración la proposición económica cuando la suma de los importes desglosados y/o precios unitarios incluidos en la misma no se corresponda con la cantidad total resultante establecida en dicha proposición económica. Serán admisibles errores no superiores a un 0,5% en las proposiciones económicas. En el caso de los licitadores incluyan en su proposición económica el importe de la oferta en varias ocasiones y salvo exista discrepancia entre las cantidades, será válida la cantidad menor. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados, mediante la dirección de correo electrónico referida en el apartado 12 de la letra A) de la Cláusula 11 del presente Pliego concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Una vez calificada la documentación y realizadas, si así procede, las actuaciones indicadas, se procederá a determinar las empresas que cumplen los criterios de selección que se establecen en el apartado 5 del Anexo I, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Estas circunstancias podrán publicarse, si así se determina en el apartado 10.5 del Anexo I, en el tablón de anuncios electrónico que en él se indica. Hispanagua se reserva el Apartado 11 derecho a solicitar las aclaraciones, documentación y a realizar las actuaciones que considere necesarias para verificar el efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos en los pliegos para la presentación de ofertas. No se celebrará acto de apertura de proposiciones económicas en el caso de que el presupuesto máximo de licitación establecido en el apartado 3 del Anexo I al presente Pliego sea inferior a 100.000 euros (IVA excluido). Cuando en los supuestos anteriormente referidos se realice un acto público de este apertura de proposiciones económicas, la Mesa de contratación pondrá en conocimiento de los interesados el resultado de la calificación de la documentación administrativa, y, en su caso, del cumplimiento de requisitos técnicos mínimos, y abrirá a continuación el sobre nº 3 “Proposición económica” de las empresas admitidas, dando lectura a las ofertas. Posteriormente, elevará al órgano de contratación el Acta de apertura firmada por el Presidente y Secretario de la Mesa, junto con los informes emitidos, y la propuesta de adjudicación del Contrato. Hispanagua comunicará a todo candidato o licitador descartado en un plazo que no podrá en ningún caso sobrepasar los quince días a partir de la recepción de una solicitud por escrito los motivos del rechazo de su candidatura o de su oferta, incluidos los motivos de su decisión de no equivalencia o de su decisión, que las prestaciones del contrato no se especifiquen parámetros objetivos para apreciar cuándo ajustan a las prescripciones de rendimiento o a las exigencias funcionales requeridas y, con respecto a todo contratista que haya efectuado una oferta será considerada anormal admisible, las características y ventajas relativas de la oferta seleccionada, así como el nombre del adjudicatario o desproporcionadalas partes en el acuerdo marco. No obstante, será Hispanagua podrá decidir no dar a conocer determinada información relativa a la adjudicación del contrato cuando su divulgación dificulte la aplicación de aplicación supletoria la Ley, sea contraria al interés público, perjudique los intereses comerciales legítimos de determinadas empresas, públicas o privadas, incluidos los de la empresa a la que se haya adjudicado el artículo 85 contrato, la celebración de un acuerdo marco o la admisión a un sistema dinámico de adquisición o pueda falsear la competencia. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, una vez finalizado el acto público de apertura de proposiciones económicas, los interesados podrán asimismo acudir a la Subdirección de Contratación del RGLCAPHispanagua para solicitar aclaración sobre la motivación de la exclusión de su oferta. De conformidad con lo establecido en la cláusula 14, se considerarán, en principio, ofertas con valores anormales o desproporcionados las ofertas que se encuentren en los supuestos establecidos en el apartado 8.1 del Anexo I procediéndose en estos casos, en la forma establecida en dicho apartado.

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Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación. A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 14 10 del presente pliego, “Adjudicación del contrato”, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: - contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad. - compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 por ciento de sus puestos de trabajo con personas en situación de exclusión social a que se refiere la Disposición adicional cuarta del TRLCSP. Justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el apartado 14 del anexo I, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 8 del mismominusválidos. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita, respecto de los socios que la integran, explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio. ❒ DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo Anexo X): En los contratos de servicios con valor estimado inferior a 90.000,00€ (sin impuestos), se deberá presentar una DECLARACIÓN RESPONSABLE por parte del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración pública y las exigidas en el presente pliego, y que sustituirá a la documentación administrativa solicitada anteriormente en esta Cláusula nº10, apartado A), del presente procedimiento. No obstante, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez respecto de los documentos exigidos. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a socios que la adopción de la propuesta de adjudicación, a las empresas licitantes que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 12 del anexo I, en relación con los aspectos económicos y técnicos que hayan de ser objeto de negociación con las empresas, sí como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportarintegran. La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado a los modelos fijados en el Xxxxx XX los Anexos II y II BIS al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Asimismo la proposición económica deberá recoger lo siguiente: • Importe del Canon anual ofertado, conforme a lo establecido en la cláusula 5ª del presente pliego. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratacióncontratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, A todos los efectos se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden el importe del Impuesto General Indirecto Canario sobre el Valor Añadido, salvo indicación expresa en contrario. Asimismo será obligación del adjudicatario el abono de impuestos, arbitrios y tasas de cualquier clase que deba ser repercutidosean, tanto del Estado, como de la Comunidad Autónoma o Municipio, a que dé lugar la explotación del Servicio. AsimismoEn este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, si así se requiere en su caso, en el apartado 21 del anexo I, se incluirá en el sobre número 3 la indicación de la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vayan a encomendar su realización. A los efectos consignados en el artículo 152 del TRLCSP y salvo que en el Apartado 11 16 del Anexo I al presente pliego, en orden a la aplicación de este contrato se especifiquen parámetros los criterios objetivos para apreciar cuándo una oferta será considerada anormal o desproporcionadade adjudicación del concurso especificados en el apartado 15 del mismo Xxxxx X, será de aplicación supletoria así como toda aquélla que, con carácter general, el artículo 85 del RGLCAPlicitador estime conveniente aportar.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato Administrativo Especial Relativo a Un Servicio Bancario Mediante La Instalacion, Explotación Y Mantenimiento De Un Cajero