Common use of Duración y resolución del contrato Clause in Contracts

Duración y resolución del contrato. 14.1. Excepto cuando alguna disposición establezca lo contrario, el Banco y el Cliente podrán terminar su relación en cualquier momento con efecto inmediato, sujeto a la obligación de ejecutar las órdenes en progreso, que no deberán verse afectadas. En particular, el Banco se reserva el derecho a acogerse a esta disposición en los supuestos de i) incumplimiento de la normativa aplicable de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o de abuso xx xxxxxxx, y ii) incumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones de información, así como cualquier otra obligación contractual que se derive de cualquier Contrato de prestación de servicios suscrito con el Banco. 14.2. En caso de terminación de la relación, el Banco se reserva el derecho de terminar todas las operaciones de crédito. Las reclamaciones mutuas serán exigibles de inmediato y las disposiciones del precedente apartado 7 deberán aplicarse. El Banco, asimismo, tendrá derecho a unificar los saldos de las cuentas en una o varias divisas y de poner el saldo restante a disposición del Cliente por el medio elegido por este último. Podrá, en particular, sin estar obligado a ello, emitir cheques girados en el propio Banco o en otro distinto. El cheque deberá, a discreción del Banco, ser enviado a la última dirección indicada para efectuar la correspondencia o a la última dirección conocida del Cliente. 14.3. Para los activos distintos del efectivo, el Banco dejará de estar obligado cuando haya enviado una notificación al Cliente de que los activos están a su disposición en el Banco o en alguno de los bancos corresponsales. 14.4. Si el Banco, instruido por el Cliente, hubiera adquirido compromisos que no pudiera cerrar, o si el Cliente ha expedido cheques o letras de cambio, el Cliente deberá realizar un depósito con el Banco en la divisa en la que adquirió el compromiso y por el importe máximo de dicho compromiso según determine el Banco a su sola discreción. El depósito deberá permanecer en el Banco hasta que el compromiso haya sido cancelado. 14.5. El día en que las relaciones contractuales terminen, el Banco estará autorizado a rechazar cualquier transacción sobre la cuenta y la suma acreditada del Cliente dejará de devengar intereses. 14.6. Independientemente de la terminación de la relación con el Cliente, el Banco podrá en cualquier momento requerir la amortización de créditos concedidos, terminar cualquier aval o garantía proporcionada a favor del Cliente o cancelar líneas de crédito si es consciente de que la solvencia del Cliente está en peligro, que la garantía obtenida es insuficiente o si la garantía solicitada no se he prestado, o si tiene conocimiento que puede incurrir en responsabilidad por continuar con sus relaciones con el Cliente o si las transacciones del Cliente son pocas en número o son contrarias a la política del Banco, o si el Cliente no ha cumplido las obligaciones que le incumben.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales

Duración y resolución del contrato. 14.1El presente CONTRATO MARCO es de duración indefinida. Excepto cuando alguna disposición establezca lo contrarioCual- quiera de las partes puede darlo por finalizado, el Banco y el Cliente podrán terminar su relación en cualquier momento mo- mento de su vigencia, con efecto inmediatoun preaviso de quince días. Una vez finalizado, sujeto RENTA 4 BANCO seguirá las instrucciones del “CLIENTE” en cuanto a la obligación de ejecutar las órdenes en progresoentidades financieras a las que deba transferirse o traspasar el efectivo y los valores propiedad del “CLIENTE”. No obstante lo anterior, que no deberán verse afectadas. En particular, el Banco se reserva el derecho a acogerse a esta disposición en los supuestos de i) incumplimiento de la normativa aplicable de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o de abuso xx xxxxxxx, y ii) incumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones de información, así como cualquier otra obligación contractual que se derive de cualquier Contrato de prestación de servicios suscrito con el Banco. 14.2. En caso de terminación de la relación, el Banco se reserva el derecho de terminar todas las operaciones de crédito. Las reclamaciones mutuas serán exigibles de inmediato y las disposiciones del precedente apartado 7 deberán aplicarse. El Banco, asimismo, RENTA 4 BANCO tendrá derecho a unificar per- cibir las comisiones por los saldos movimientos en la cuenta o las ope- raciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato,. En el supuesto de que dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, RENTA 4 BANCO las reembolsará de manera proporcional al “CLIENTE”. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las cuentas operaciones en una o varias divisas y curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la comuni- cación efectiva de poner el saldo restante la resolución anticipada del contrato, que se- guirán rigiéndose por las condiciones a disposición ellas aplicables, de acuer- do con las estipulaciones del Cliente CONTRATO MARCO. A partir de la comunicación efectiva de la resolución anticipada del contrato, RENTA 4 BANCO recabará instrucciones expresas del “CLIENTE” para realizar cualquier operación posterior. No obstante, cuando por el medio elegido por este últimocarácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones del “CLIEN- TE”, y fuese imprescindible la actuación de RENTA 4 BANCO para mantener el valor de la cartera del “CLIENTE”, RENTA 4 BANCO realizará de forma unilateral dichas operaciones, dando cuenta al “CLIENTE” de forma inmediata tan pronto como sea posible. Podrá, en particular, Las disposiciones de la presente Estipulación se entenderán sin estar obligado a ello, emitir cheques girados perjuicio de lo dispuesto en el propio Banco o en otro distinto. El cheque deberá, Código Civil sobre los derechos de las partes a discreción so- licitar la declaración de nulidad del Banco, ser enviado a la última dirección indicada para efectuar la correspondencia o a la última dirección conocida del Clientepresente CONTRATO MARCO. 14.3. Para los activos distintos del efectivo, el Banco dejará de estar obligado cuando haya enviado una notificación al Cliente de que los activos están a su disposición en el Banco o en alguno de los bancos corresponsales. 14.4. Si el Banco, instruido por el Cliente, hubiera adquirido compromisos que no pudiera cerrar, o si el Cliente ha expedido cheques o letras de cambio, el Cliente deberá realizar un depósito con el Banco en la divisa en la que adquirió el compromiso y por el importe máximo de dicho compromiso según determine el Banco a su sola discreción. El depósito deberá permanecer en el Banco hasta que el compromiso haya sido cancelado. 14.5. El día en que las relaciones contractuales terminen, el Banco estará autorizado a rechazar cualquier transacción sobre la cuenta y la suma acreditada del Cliente dejará de devengar intereses. 14.6. Independientemente de la terminación de la relación con el Cliente, el Banco podrá en cualquier momento requerir la amortización de créditos concedidos, terminar cualquier aval o garantía proporcionada a favor del Cliente o cancelar líneas de crédito si es consciente de que la solvencia del Cliente está en peligro, que la garantía obtenida es insuficiente o si la garantía solicitada no se he prestado, o si tiene conocimiento que puede incurrir en responsabilidad por continuar con sus relaciones con el Cliente o si las transacciones del Cliente son pocas en número o son contrarias a la política del Banco, o si el Cliente no ha cumplido las obligaciones que le incumben.

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Samples: Marco De Productos Y Servicios Financieros

Duración y resolución del contrato. 14.111.1. Excepto cuando alguna disposición establezca lo contrarioLa duración del Contrato es indefinida. No obstante, el Banco y Cliente podrá dar por finalizado unilateralmente el Cliente podrán terminar su relación mismo en cualquier momento de su vigencia, mediante notificación por escrito a Rentamarkets a su domicilio, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción. 11.2. Rentamarkets podrá también dar por finalizado unilateralmente el Contrato en cualquier momento de su vigencia, previo aviso al Cliente con, al menos, un mes de antelación, mediante comunicación al Cliente, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción. Rentamarkets también podrá dar por finalizado unilateralmente el Contrato con efecto inmediato, sujeto a la obligación carácter inmediato cuando: El Cliente incumpla cualquiera d e sus obligaciones d e pago establecidas en el presente Contrato. Cuando exista riesgo de ejecutar las órdenes en progreso, crédito con el Cliente. Rentamarkets entenderá que no deberán verse afectadas. En particular, el Banco se reserva el derecho a acogerse a esta disposición existe riesgo d e crédito en los supuestos siguientes casos: Cuando según criterio razonable de i) Rentamarkets sea presumible una disminución de la solvencia financiera o patrimonial del Cliente q ue le impida cumplir puntualmente las obligaciones derivadas del presente Contrato. Si el Cliente resultase deudor de Rentamarkets en virtud d e cualquier otra relación contractual entre las Partes. Si se promoviera contra el Cliente cualquier procedimiento en que pueda producirse el emba rgo de Valores o resulten efectivamente embargados los mismos. Si el Cliente ordenara instrucciones a Rentamarkets que, a juicio d e Rentamarkets, impidan la correcta prestación del servicio, tal y como figura en la cláusula 4.4. Por incumplimiento del Cliente de la normativa aplicable en materia de prevención del de blanqueo de d e capitales y financiación del terrorismo o de abuso xx xxxxxxxxxxxxxx o cuando Rentamarkets considere bajo su exclusivo criterio que debe proceder a la resolución de la relación contractual con el Cliente en base a dicha normativa. En los d emás supuestos d e resolución inmediata previstos en el presente Contrato o en la normativa aplicable. 11.3. La resolución del contrato, cualquiera q ue sea la causa se instrumentará en un plazo máximo de 30 días mediante traspaso a un Fondo de Inversión de Tipo Monetario (elegido por el Gestor) en cuenta de Administración y iiCustodia de Valores en Renta Markets, S.V,S.A. El cliente también pued e optar a la venta total d e la cartera y posterior traspaso del efectivo resultante en una cuenta corriente siempre que así lo instruya expresamente. Las opciones operativas anteriormente descritas se llevarán a cabo de acuerdo con las exigencias de las correspondientes contrapartidas gestoras o instituciones de inversión colectiva, según el caso. La elección por el cliente de las diferentes opciones tras la resolución del presente contrato deberá formalizarse a través del modelo de cancelación total de Contrato de Gestión de Carteras de Rentamarkets. En ausencia de instrucciones Rentamarkets procederá al traspaso de la Cartera Gestionado al a un Fondo de Inversión de Tipo Monetario (elegido por el Gestor) incumplimiento por parte del Cliente en cuenta de sus obligaciones Administración y Custodia de informaciónVa xxxxx en Renta Markets, así como cualquier otra obligación contractual que se derive S.V, S.A. Rentamarkets queda exonerada de cualquier Contrato responsabilidad en el caso que el cliente no instruya a la entidad sobre la opción de prestación resolución de servicios suscrito con contrato sobre la cartera existente. Una vez resuelto el Banco. 14.2. En caso de terminación de la relaciónContrato, el Banco se reserva el derecho de terminar todas las operaciones de crédito. Las reclamaciones mutuas serán exigibles de inmediato Rentamarkets rendirá y las disposiciones del precedente apartado 7 deberán aplicarse. El Banco, asimismo, tendrá derecho a unificar los saldos dará razón al Cliente de las cuentas en una o varias divisas y de poner el saldo restante a disposición del Cliente por el medio elegido por este último. Podrágestión y, en particular, sin estar obligado a ello, emitir cheques girados en el propio Banco o en otro distinto. El cheque deberá, a discreción del Banco, ser enviado a la última dirección indicada para efectuar la correspondencia o a la última dirección conocida del Cliente. 14.3. Para los activos distintos del efectivo, el Banco dejará previa deducción de estar obligado cuando haya enviado una notificación al Cliente de que los activos están a su disposición en el Banco o en alguno de los bancos corresponsales. 14.4. Si el Banco, instruido las cantidades debidas por el Cliente, hubiera adquirido compromisos Rentamarkets pondrá a disposición d e éste sus Valores, y, en su caso, el efectivo que mantuviera como consecuencia d e la gestión realizada, en la forma q ue el Cliente expresamente indique o conforme expresado en la cláusula 6.1. A partir d e la resolución, Rentamarkets recabará instrucciones expresas del Cliente para cualquier operación, a menos q ue debido al carácter extraordinario o urgente d e las circunstancias Rentamarkets no pudiera cerrarrecabar instrucciones del Cliente y fuese imprescindible la actuación de Rentamarkets para mantener el valor de la cartera del Cliente, en cuyo caso realizaría las operaciones necesarias da nd o si cuenta al Cliente d e forma inmediata. 11.4. Todos los intervinientes, sus causahabientes y autorizados o apoderados quedan obligados incondicionalmente a comunicar a Rentamarkets el Cliente ha expedido cheques o letras fallecimiento de cambiocualquiera de los titulares de la cuenta. Debido al carácter “intuitu personae” del presente contrato, en el momento de la comunicación a Rentamarkets del fallecimiento de un titular, se dará por finalizado el contrato unilateralmente con arreglo al artículo 1.732, 3º del Código Civil. Una vez comunicado el fallecimiento, Rentamarkets actuará conforme indicado en el Anexo I y, a continuación, el Cliente deberá realizar un depósito con el Banco en contrato quedará resuelto y Rentamarkets procederá a bloquear la divisa en cuenta. Al recibir la que adquirió el compromiso documentación relativa a la sucesión presentada por sus herederos y por el importe máximo tras su xxx xxxxxxx jurídica, Rentamarkets atenderá al reparto sucesorio del total del patrimonio de dicho compromiso según determine el Banco a su sola discreciónla Cuenta Gestionada. Rentamarkets cobrará las comisiones devengadas hasta la comunicación del fallecimiento del titular de la cuenta de gestión. El depósito deberá permanecer coste del servicio de gestión de testamentarias queda informado en https: /xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxx/ Hasta la fecha en que la comunicación del fallecimiento no sea fehacientemente evidenciada a Rentamarkets, el contrato de Gestión de Xxxxxxxx y la representación y las facultades otorgadas a Rentamarkets permanecerán en vigor, quedando Rentamarkets exonerada frente a los referidos herederos d e tod a responsabilidad en cuanto a las operaciones realizadas al a mpa ro del presente contrato con posterioridad al fallecimiento y con anterioridad a la comunicación d e dicho fallecimiento. 11.5. En el caso de resolución del Contrato por parte del cliente, Rentamarkets solo tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes d e liquidar en el Banco hasta que momen to d e la resolución del Contrato, y la parte proporcional devengada d e las tarifas correspondientes al período iniciado en el compromiso haya sido canceladomomen to d e finalización del Contrato. 14.511.6. El día La resolución del Contrato no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que las relaciones contractuales terminen, el Banco estará autorizado se hubiesen concertado con anterioridad a rechazar cualquier transacción sobre la cuenta y la suma acreditada del Cliente dejará de devengar intereses. 14.6. Independientemente de la terminación de la relación con el Cliente, el Banco podrá en cualquier momento requerir la amortización de créditos concedidos, terminar cualquier aval o garantía proporcionada a favor del Cliente o cancelar líneas de crédito si es consciente de que la solvencia del Cliente está en peligrocomunicación, que la garantía obtenida es insuficiente o si la garantía solicitada no se he prestadoseguirá n rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, o si tiene conocimiento que puede incurrir en responsabilidad por continuar d e acuerdo con sus relaciones con el Cliente o si las transacciones estipulaciones del Cliente son pocas en número o son contrarias a la política del Banco, o si el Cliente no ha cumplido las obligaciones que le incumbenpresente Contrato.

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Samples: Contrato De Gestión Discrecional De Carteras

Duración y resolución del contrato. 14.111.1. Excepto cuando alguna disposición establezca lo contrarioLa duración del Contrato es indefinida. No obstante, el Banco y Cliente podrá dar por finalizado unilateralmente el Cliente podrán terminar su relación mismo en cualquier momento de su vigencia, mediante notificación por escrito a Miraltabank a su domicilio, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción no siendo considerado un medio válido a estos efectos direcciones de correo electrónico genéricas de Miraltabank salvo que haya una indicación expresa de Miraltabank al Cliente de notificar de dicha forma. 11.2. Miraltabank podrá también dar por finalizado unilateralmente el Contrato en cualquier momento de su vigencia, previo aviso al Cliente con, al menos, un mes de 11.3. La resolución del contrato, cualquiera que sea la causa se instrumentará en un plazo máximo de 30 días mediante traspaso a un Fondo de Inversión de Tipo Monetario (elegido por el Gestor) en cuenta de valores del Cliente (no afecta al Servicio de Gestión) previamente existente en Miraltabank o abierta unilateralmente por Miraltabank a tal fin. 11.4. Todos los intervinientes, sus causahabientes y autorizados o apoderados quedan obligados incondicionalmente a comunicar a Miraltabank el fallecimiento de cualquiera de los titulares de la cuenta. Debido al carácter “intuitu personae” del presente contrato, en el momento de la comunicación a Miraltabank del fallecimiento de un titular, se dará por finalizado el contrato unilateralmente con efecto inmediatoarreglo al artículo 1.732, sujeto a la obligación de ejecutar las órdenes en progreso, que no deberán verse afectadas3º del Código Civil. 11.5. En particular, el Banco se reserva el derecho a acogerse a esta disposición en los supuestos caso de i) incumplimiento de la normativa aplicable de prevención resolución del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o de abuso xx xxxxxxx, y ii) incumplimiento Contrato por parte del Cliente de sus obligaciones de informacióncliente, así como cualquier otra obligación contractual que se derive de cualquier Contrato de prestación de servicios suscrito con el Banco. 14.2. En caso de terminación de la relación, el Banco se reserva el derecho de terminar todas las operaciones de crédito. Las reclamaciones mutuas serán exigibles de inmediato y las disposiciones del precedente apartado 7 deberán aplicarse. El Banco, asimismo, Miraltabank sólo tendrá derecho a unificar los saldos percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del Contrato, y la parte proporcional devengada de las cuentas en una o varias divisas y de poner el saldo restante a disposición del Cliente por el medio elegido por este último. Podrá, en particular, sin estar obligado a ello, emitir cheques girados tarifas correspondientes al período iniciado en el propio Banco o en otro distintomomento de finalización del Contrato. 11.6. Miraltabank cobrará las comisiones devengadas hasta la comunicación del fallecimiento del titular de la cuenta de gestión. El cheque deberá, a discreción coste del Banco, ser enviado a la última dirección indicada para efectuar la correspondencia o a la última dirección conocida del Cliente. 14.3. Para los activos distintos del efectivo, el Banco dejará servicio de estar obligado cuando haya enviado una notificación al Cliente gestión de que los activos están a su disposición testamentarias queda informado en el Banco o en alguno Tablón de los bancos corresponsales. 14.4. Si el Banco, instruido por el Cliente, hubiera adquirido compromisos que no pudiera cerrar, o si el Cliente ha expedido cheques o letras de cambio, el Cliente deberá realizar un depósito con el Banco en la divisa en la que adquirió el compromiso y por el importe máximo de dicho compromiso según determine el Banco a su sola discreción. El depósito deberá permanecer en el Banco hasta que el compromiso haya sido cancelado. 14.5. El día en que las relaciones contractuales terminen, el Banco estará autorizado a rechazar cualquier transacción sobre la cuenta y la suma acreditada del Cliente dejará de devengar intereses. 14.6. Independientemente Anuncios de la terminación de la relación con el Cliente, el Banco podrá en cualquier momento requerir la amortización de créditos concedidos, terminar cualquier aval o garantía proporcionada a favor del Cliente o cancelar líneas de crédito si es consciente de que la solvencia del Cliente está en peligro, que la garantía obtenida es insuficiente o si la garantía solicitada no se he prestado, o si tiene conocimiento que puede incurrir en responsabilidad por continuar con sus relaciones con el Cliente o si las transacciones del Cliente son pocas en número o son contrarias a la política del Banco, o si el Cliente no ha cumplido las obligaciones que le incumben.página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx

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Samples: Contratación De Servicios

Duración y resolución del contrato. 14.1. Excepto cuando alguna disposición establezca lo contrarioLa duración del presente contrato es indefinida, pudiendo el Banco y CLIENTE dar por finalizado el Cliente podrán terminar su relación mismo en cualquier momento con efecto inmediato, sujeto de su vigencia sin necesidad de alegar justificación alguna y CAJASUR previo aviso de un (1) mes. La cancelación anticipada del contrato no afectará a la obligación tramitación, liquidación y cancelación de ejecutar las órdenes operaciones en progresocurso que se hubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, que no deberán verse afectadasseguirá rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente contrato. En particularel caso de extinción anticipada del contrato, el Banco se reserva el CAJASUR tendrá derecho a acogerse a esta disposición percibir las comisiones por la parte proporcional devengada de las tarifas correspondientes en el periodo comprendido desde la anterior liquidación de comisiones hasta la cancelación del contrato y también las comisiones por operaciones pendientes de liquidar. No obstante los señalado anteriormente, XXXXXXX podrá resolver el contrato, sin un preaviso de un mes, en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Si incumpliera el CLIENTE cualquiera de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los supuestos importes pertinentes. Cajasur Banco, S.A.U., Avda. xxx Xxxx Xxxxxxx, 00-00 - 00000 Xxxxxxx-www.cajasur.com-Reg. Merc. xx Xxxxxxx, tomo 2458, folio 1, hoja CO-35656, inscripción 1ª. N.I.F. A95622841 b) Si el CLIENTE resultase deudor de iCAJASUR por cualquier otra operación de la naturaleza jurídica que fuera, vencida y liquidada normal o anticipadamente durante la vigencia del presente contrato. c) Si se promoviera contra el CLIENTE procedimiento judicial, administrativo o notarial en que pueda producirse el embargo o subasta de cualquiera de los bienes administrados. d) Si existiera un impago de las comisiones o riesgo de crédito con el cliente, incumplimiento de la normativa aplicable de prevención del realativa al blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o de abuso xx xxxxxxx, y ii) incumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones de información, así como cualquier otra obligación contractual que se derive de cualquier Contrato de prestación de servicios suscrito con el Banco. 14.2. En caso los casos anteriores, XXXXXXX queda expresa e irrevocablemente autorizado por el CLIENTE para reintegrarse las comisiones y gastos que procedan. Una vez resuelto el contrato, CAJASUR dispondrá de terminación un plazo máximo de la relaciónquince días para proceder al cumplimiento y ejecución de las órdenes ya cursadas, obtener del CLIENTE el Banco se reserva el derecho pago de terminar todas las operaciones de crédito. Las reclamaciones mutuas serán exigibles de inmediato comisiones devengadas y las disposiciones del precedente apartado 7 deberán aplicarse. El Banco, asimismo, tendrá derecho proceder a unificar los saldos cerrar y dar razón de las cuentas en una de la gestión realizada. En cualquiera de los casos aquí previstos, la finalización del presente contrato dará lugar al traslado, ordenado, de las acciones y/o varias divisas participaciones de las IIC que componen la cartera, hacia un fondo de riesgo bajo o medio de los comercializados por la entidad. A la finalización del contrato, CAJASUR pondrá el patrimonio resultante de la liquidación y de poner el saldo restante cierre descrito anteriormente a disposición del Cliente por el medio elegido por este último. PodráCLIENTE cumpliendo con las instrucciones que, en particulara tal efecto, sin estar obligado a ello, emitir cheques girados en el propio Banco o en otro distintoéste le curse. El cheque deberá, a discreción fallecimiento del Banco, ser enviado CLIENTE dará lugar a la última dirección indicada para efectuar la correspondencia o a la última dirección conocida extinción del Cliente. 14.3. Para los activos distintos del efectivo, el Banco dejará de estar obligado cuando haya enviado una notificación al Cliente de que los activos están a su disposición en el Banco o en alguno de los bancos corresponsales. 14.4. Si el Banco, instruido por el Cliente, hubiera adquirido compromisos que no pudiera cerrar, o si el Cliente ha expedido cheques o letras de cambio, el Cliente deberá realizar un depósito con el Banco contrato según lo dispuesto en la divisa en la que adquirió el compromiso y por el importe máximo de dicho compromiso según determine el Banco a su sola discreción. El depósito deberá permanecer en el Banco hasta que el compromiso haya sido canceladocláusula 16. 14.5. El día en que las relaciones contractuales terminen, el Banco estará autorizado a rechazar cualquier transacción sobre la cuenta y la suma acreditada del Cliente dejará de devengar intereses. 14.6. Independientemente de la terminación de la relación con el Cliente, el Banco podrá en cualquier momento requerir la amortización de créditos concedidos, terminar cualquier aval o garantía proporcionada a favor del Cliente o cancelar líneas de crédito si es consciente de que la solvencia del Cliente está en peligro, que la garantía obtenida es insuficiente o si la garantía solicitada no se he prestado, o si tiene conocimiento que puede incurrir en responsabilidad por continuar con sus relaciones con el Cliente o si las transacciones del Cliente son pocas en número o son contrarias a la política del Banco, o si el Cliente no ha cumplido las obligaciones que le incumben.

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Samples: Contrato De Gestión Discrecional E Individualizada De Carteras