Common use of DURACIÓN Y TERMINACIÓN Clause in Contracts

DURACIÓN Y TERMINACIÓN. El contrato tendrá una duración inicial de veinticuatro (24), meses, prorrogándose automáticamente transcurrido el periodo de vigencia inicial en idénticos periodos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67.7 de la Ley 11/2022, de 28 xx xxxxx, General de Telecomunicaciones, sin perjuicio del derecho del Cliente a rescindirlo en cualquier momento conforme a las presentes condiciones generales. SBT tiene derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas mencionadas en las CGC. Será causa de resolución automática del presente Contrato a instancia de SBT la extinción de la habilitación a SBT para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo, sin que en este caso se devengue derecho de indemnización alguno a favor del Cliente. Por su parte, el Cliente tiene derecho a resolver el Contrato en cualquier momento remitiendo comunicación de resolución, acompañada de una copia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente, al Servicio de Atención al Cliente con, por lo menos, dos días hábiles de antelación al día en el que desee que se haga efectiva la baja en el Servicio. El Contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del Servicio, por las causas generales admitidas en Derecho y especialmente por las siguientes: • Decisión del Cliente. • Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, así como por una utilización del Servicio contrario a la buena fe. • Retraso en el pago del Servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones por demora en el pago conforme lo dispuesto en estas CGC. • Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicio. En supuestos excepcionales en los que sea necesario por motivos técnicos, operativos o de Servicio, o en el supuesto de que el Servicio se interrumpa definitivamente, el Cliente deberá devolver los dispositivos y/o terminales propiedad de SBT. En aplicación de las obligaciones impuestas a SBT como Operador de telecomunicaciones de conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, aquella se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento, en el caso de comprobarse que los datos identificativos facilitados por el Cliente son falsos, incorrectos o incompletos. En caso de que el Cliente no realice solicitud de conservación de numeración, la terminación del Contrato por cualquier causa podrá dar lugar a la pérdida de la numeración asignada en el plazo de un mes desde la fecha de terminación del mismo.

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Samples: Telecommunications

DURACIÓN Y TERMINACIÓN. El contrato tendrá una duración inicial de veinticuatro (24), meses, prorrogándose automáticamente transcurrido el periodo de vigencia inicial en idénticos periodos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67.7 de la Ley 11/2022, de 28 xx xxxxx, General de Telecomunicaciones, sin perjuicio del derecho del Cliente a rescindirlo en cualquier momento conforme a las presentes condiciones generalesEste Contrato se constituye por tiempo indefinido. SBT ITS tiene derecho a resolver el Contrato en caso de no poder garantizar la calidad de los servicios, bien por cuestiones técnicas o administrativas, por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas mencionadas en las CGC. Será causa de resolución automática del presente Contrato a instancia de SBT ITS la extinción de la habilitación a SBT ITS para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo, sin que en este caso se devengue derecho devenguederecho de indemnización alguno a favor del Cliente. Por su parte, el Cliente tiene derecho a resolver el Contrato en cualquier momento remitiendo comunicación de resolución, acompañada de una copia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente, al Servicio de Atención al Cliente con, por lo menos, dos días hábiles de antelación al día en el que desee que se haga efectiva hagaefectiva la baja en el Servicio. El Contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del Servicio, por las causas generales admitidas en Derecho y especialmente por las siguientes: • Decisión del Cliente. • Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, así como por una utilización del Servicio contrario a la buena fe. • Retraso en el pago del Servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones por demora en el pago conforme lo dispuesto en estas CGC. • Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicio. En supuestos excepcionales en los que sea necesario por motivos técnicos, operativos o de Servicio, o en el supuesto de que el Servicio se interrumpa definitivamente, el Cliente deberá devolver los dispositivos y/o terminales propiedad de SBTITS. En aplicación de las obligaciones impuestas a SBT ITS como Operador de telecomunicaciones de conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, aquella se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento, en el caso de comprobarse que los datos identificativos facilitados por el Cliente son falsos, incorrectos o incompletos. En caso de que el Cliente no realice solicitud de conservación de numeración, la terminación del Contrato por cualquier causa podrá dar lugar a la pérdida de la numeración asignada en el plazo de un mes desde la fecha de terminación del mismo.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

DURACIÓN Y TERMINACIÓN. El contrato tendrá una duración presente Contrato se constituye por un período inicial de veinticuatro (24)) meses. Transcurrido dicho período de duración inicial, mesesel presente Contrato quedará prorrogado automáticamente por el mismo período si bien, prorrogándose automáticamente transcurrido una vez prorrogado, el periodo de vigencia inicial en idénticos periodos de acuerdo con lo dispuesto en Cliente tiene derecho a rescindir el artículo 67.7 de la Ley 11/2022, de 28 xx xxxxx, General de Telecomunicaciones, sin perjuicio del derecho del Cliente a rescindirlo Contrato en cualquier momento conforme con un preaviso máximo de un (1) mes y a las presentes condiciones generalestravés de los medios que PARLEM ponga a su disposición, sin contraer coste alguno a excepción del coste de la recepción de los Servicios durante el período de preaviso. SBT PARLEM tiene derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas mencionadas en las CGC. Será causa que se detallan a continuación: • A instancias de resolución automática del presente Contrato a instancia de SBT PARLEM, por la extinción de la habilitación a SBT PARLEM para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolocontinuar prestando el Servicio. En este caso, sin que en este caso no se devengue reportará ningún derecho de indemnización alguno a favor del Cliente. • Declaración de concurso de acreedores de PARLEM que impida la normal ejecución del presente Contrato y la prestación de los Servicios. • Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, así como por una utilización del Servicio contraria a la buena fe y/o al orden público. • Por interrupción definitiva de los Servicios de acuerdo con la cláusula 8 de las presentes Condiciones generales de contratación. • Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicio. • Por cualquier modificación legal y/o técnica que imposibilite la prestación de los Servicios o de cualquiera de sus funcionalidades por los que han sido contratados. • En aplicación de las obligaciones impuestas a PARLEM como operador de telecomunicaciones de conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y en las redes públicas de comunicaciones, PARLEM se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento si se comprueba que los datos identificativos facilitados por el Cliente son falsos, incorrectos o incompletos. Por su parte, el Cliente tiene derecho a resolver el Contrato en cualquier momento remitiendo si remite comunicación de resoluciónresolución -podrá encontrar el modelo en nuestro Sitio web-, acompañada de una copia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente, al Servicio de Atención al Cliente con, por lo menoscomo mínimo, dos (2) días hábiles de antelación al día en el que desee que se haga efectiva la baja en el Servicio. El En caso de paquetes de Servicios, cuando el Cliente tenga derecho a rescindir cualquier elemento del paquete de servicios o del paquete de servicios y equipos terminales contratado antes del vencimiento del plazo actual, ya sea por razones de falta de adecuación con el contrato, o ya sea por incumplimiento del suministro de los Servicios, el consumidor tiene derecho a rescindir el Contrato íntegro respecto a todos los elementos del paquete de Servicios. En el caso de que el Cliente dé de baja un Servicio activo dentro de un paquete de servicios sin notificar qué tarifa quiere que aplique al Servicio que no da de baja, se extinguiráfacturará el servicio no convergente equivalente. La suspensión temporal, interrupción definitiva, resolución o terminación del Contrato no exonera al Cliente de cumplir con sus obligaciones que se deriven de la consiguiente interrupción definitiva del Servicio, por las causas generales admitidas utilización de los Servicios contratados hasta el momento en Derecho y especialmente por las siguientes: • Decisión del Cliente. • Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas el que se produzca la resolución efectiva del Contrato, así como por una utilización del Servicio contrario a incluida la buena fe. • Retraso en el pago del Servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones por demora en el pago conforme lo dispuesto en estas CGC. • Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicioobligación de pago. En supuestos casos excepcionales en los que sea necesario por motivos técnicos, operativos o de Servicio, o en el supuesto caso de que el Servicio se interrumpa definitivamente, el Cliente deberá tendrá que devolver los dispositivos y/o terminales que sean propiedad de SBT. En aplicación de las obligaciones impuestas a SBT como Operador de telecomunicaciones de conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, aquella se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento, PARLEM en el caso plazo de comprobarse 30 días desde que los datos identificativos facilitados por el Cliente son falsos, incorrectos o incompletosPARLEM lo solicite. En caso de que el Cliente no realice la solicitud de conservación de numeración, la terminación del Contrato por cualquier causa podrá dar lugar a la pérdida de la numeración asignada en el plazo de un (1) mes desde la fecha de terminación del mismosu terminación.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

DURACIÓN Y TERMINACIÓN. Este Contrato se constituye por tiempo indefinido. El contrato tendrá una duración inicial de veinticuatro (24), meses, prorrogándose automáticamente transcurrido el periodo de vigencia inicial en idénticos periodos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67.7 de la Ley 11/2022, de 28 xx xxxxx, General de Telecomunicaciones, sin perjuicio del derecho del Cliente a rescindirlo en cualquier momento conforme a las presentes condiciones generales. SBT OPERADOR tiene derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas mencionadas en las CGC. Será causa de resolución automática del presente Contrato a instancia de SBT del OPERADOR la extinción de la habilitación a SBT al OPERADOR para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo, sin que en este caso se devengue derecho de indemnización alguno a favor del Cliente. Por su parte, el Cliente tiene derecho a resolver el Contrato en cualquier momento remitiendo comunicación de resolución, cuyo modelo puede encontrar en nuestra Página Web, acompañada de una copia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente, al Servicio de Atención al Cliente con, por lo menos, dos días hábiles de antelación al día en el que desee que se haga efectiva la baja en el Servicio. El Contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del Servicio, por las causas generales admitidas en Derecho y especialmente por las siguientes: • Decisión del Cliente. • Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, así como por una utilización del Servicio contrario a la buena fe. • Retraso en el pago del Servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones por demora en el pago conforme lo dispuesto en estas CGC. • Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicio. En supuestos excepcionales en los que sea necesario por motivos técnicos, operativos o de Servicio, o en el supuesto de que el Servicio se interrumpa definitivamente, el Cliente deberá devolver los dispositivos y/o terminales propiedad de SBTdel OPERADOR. En aplicación de las obligaciones impuestas a SBT al OPERADOR como Operador de telecomunicaciones de conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, aquella se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento, en el caso de comprobarse que los datos identificativos facilitados por el Cliente son falsos, incorrectos o incompletos. En caso de que el Cliente no realice solicitud de conservación de numeración, la terminación del Contrato por cualquier causa podrá dar lugar a la pérdida de la numeración asignada en el plazo de un mes desde la fecha de terminación del mismo.

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Samples: Contratación De Servicios

DURACIÓN Y TERMINACIÓN. El contrato tendrá una duración inicial de veinticuatro (24), meses, prorrogándose automáticamente transcurrido el periodo de vigencia inicial en idénticos periodos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67.7 de la Ley 11/2022, de 28 xx xxxxx, General de Telecomunicaciones, sin perjuicio del derecho del Cliente a rescindirlo en cualquier momento durante ese periodo conforme a la presente cláusula de las presentes condiciones generalesCondiciones Generales. SBT MÁSMÓVIL tiene derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas mencionadas en las CGC. Será causa de resolución automática del presente Contrato a instancia de SBT MÁSMÓVIL la extinción de la habilitación a SBT MÁSMÓVIL para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo, sin que en este caso se devengue derecho de indemnización alguno a favor del Cliente. Por su parte, el Cliente tiene derecho a resolver el Contrato en cualquier momento remitiendo comunicación de resolución, cuyo modelo puede encontrar en nuestra Página Web, acompañada de una copia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente, al Servicio de Atención al Cliente con, por lo menos, dos días hábiles de antelación al día en el que desee que se haga efectiva la baja en el Servicio. El Contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del Servicio, por las causas generales admitidas en Derecho y especialmente por las siguientes: • Decisión del Cliente. • Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, así como por una utilización del Servicio contrario a la buena fe. • Retraso en el pago del Servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones por demora en el pago conforme lo dispuesto en estas CGC. • Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicio. En supuestos excepcionales en los que sea necesario por motivos técnicos, operativos o de Servicio, o en el supuesto de que el Servicio se interrumpa definitivamente, el Cliente deberá devolver los dispositivos y/o terminales propiedad de SBTMÁSMÓVIL. En aplicación de las obligaciones impuestas a SBT MÁSMÓVIL como Operador de telecomunicaciones de conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, aquella se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento, en el caso de comprobarse que los datos identificativos facilitados por el Cliente son falsos, incorrectos o incompletos. En caso de que el Cliente no realice solicitud de conservación de numeración, la terminación del Contrato por cualquier causa podrá dar lugar a la pérdida de la numeración asignada en el plazo de un mes desde la fecha de terminación del mismode este.

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Samples: Service Agreement

DURACIÓN Y TERMINACIÓN. Este Contrato se constituye por tiempo indefinido. El contrato tendrá una duración inicial de veinticuatro (24), meses, prorrogándose automáticamente transcurrido el periodo de vigencia inicial en idénticos periodos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67.7 de la Ley 11/2022, de 28 xx xxxxx, General de Telecomunicaciones, sin perjuicio del derecho del Cliente a rescindirlo en cualquier momento conforme a las presentes condiciones generales. SBT OPERADOR tiene derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas mencionadas en las CGC. Será causa de resolución automática del presente Contrato a instancia de SBT del OPERADOR la extinción de la habilitación a SBT al OPERADOR para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo, sin que en este caso se devengue derecho de indemnización alguno a favor del Cliente. Por su parte, el Cliente tiene derecho a resolver el Contrato en cualquier momento remitiendo comunicación de resolución, cuyo modelo puede encontrar en nuestra Página Web, acompañada de una copia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente, al Servicio de Atención al Cliente con, por lo menos, dos días hábiles de antelación al día en el que desee que se haga efectiva la baja en el Servicio. El Contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del Servicio, por las causas generales admitidas en Derecho y especialmente por las siguientes: Decisión del Cliente. Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, así como por una utilización del Servicio contrario a la buena fe. Retraso en el pago del Servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones por demora en el pago conforme lo dispuesto en estas CGC. Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicio. En supuestos excepcionales en los que sea necesario por motivos técnicos, operativos o de Servicio, o en el supuesto de que el Servicio se interrumpa definitivamente, el Cliente deberá devolver los dispositivos y/o terminales propiedad de SBTdel OPERADOR. En aplicación de las obligaciones impuestas a SBT al OPERADOR como Operador de telecomunicaciones de conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, aquella se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento, en el caso de comprobarse que los datos identificativos facilitados por el Cliente son falsos, incorrectos o incompletos. En caso de que el Cliente no realice solicitud de conservación de numeración, la terminación del Contrato por cualquier causa podrá dar lugar a la pérdida de la numeración asignada en el plazo de un mes desde la fecha de terminación del mismo.

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Samples: Contratación De Servicios

DURACIÓN Y TERMINACIÓN. El contrato tendrá una duración inicial de veinticuatro (24), meses, prorrogándose automáticamente transcurrido el periodo de vigencia inicial en idénticos periodos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67.7 de la Ley 11/2022, de 28 xx xxxxx, General de Telecomunicaciones, sin perjuicio del derecho del Cliente a rescindirlo en cualquier momento conforme a las presentes condiciones generalesEste Contrato se constituye por tiempo indefinido. SBT tiene derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas mencionadas en las CGC. Será causa de resolución automática del presente Contrato a instancia de SBT la extinción de la habilitación a SBT para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo, sin que en este caso se devengue derecho de indemnización alguno a favor del Cliente. Por su parte, el Cliente tiene derecho a resolver el Contrato en cualquier momento remitiendo comunicación de resolución, acompañada de una copia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente, al Servicio de Atención al Cliente con, por lo menos, dos días hábiles de antelación al día en el que desee que se haga efectiva la baja en el Servicio. El Contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del Servicio, por las causas generales admitidas en Derecho y especialmente por las siguientes: • Decisión del Cliente. • Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, así como por una utilización del Servicio contrario a la buena fe. • Retraso en el pago del Servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones por demora en el pago conforme lo dispuesto en estas CGC. • Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicio. En supuestos excepcionales en los que sea necesario por motivos técnicos, operativos o de Servicio, o en el supuesto de que el Servicio se interrumpa definitivamente, el Cliente deberá devolver los dispositivos y/o terminales propiedad de SBT. En aplicación de las obligaciones impuestas a SBT como Operador de telecomunicaciones de conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, aquella se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento, en el caso de comprobarse que los datos identificativos facilitados por el Cliente son falsos, incorrectos o incompletos. En caso de que el Cliente no realice solicitud de conservación de numeración, la terminación del Contrato por cualquier causa podrá dar lugar a la pérdida de la numeración asignada en el plazo de un mes desde la fecha de terminación del mismo.

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Samples: Telecommunications