Días libres Cláusulas de Ejemplo

Días libres. El empleado/a tendrá derecho a dos días completos libres todas las semanas. Normalmente serán los días sábados y domingos.
Días libres. A partir del 1 de enero de 1999 se concederán diez días naturales libres mensuales (treinta días naturales libres por trimestre natural) en las flotas de Corto y Medio Radio y nueve días naturales libres mensuales (veintisiete días naturales libres por trimestre natural) en las flotas de Largo Radio, que se disfrutarán en las siguientes condiciones:
Días libres. –El trabajador, previa autorización de su superior y siempre que las necesidades del trabajo lo permitan, podrá librar hasta 3 jornadas completas al mes, a cuenta de las horas acumulables.
Días libres. No se programarán a un TCP vuelos cuya hora de finalización programada comercial tenga lugar más tarde de las 23:59 LT, si después tiene asignado un día libre. Si un día libre es invadido o perdido de manera imprevista debido a la operativa (Late Landing), la Compañía deberá abonar al TCP la remuneración prevista en el Anexo I. Si por circunstancias imprevistas, la actividad se extendiese más allá de las 5:00 am LT (Check-Out) además de la remuneración anterior el TCP tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre en otra fecha a solicitud del TCP. En el caso de que el día libre afectado por un late landing sea uno de los 7 días inamovibles fijados por la Directiva 2000/79, se verá afectado según el criterio de EASA, si dicho aterrizaje se produce pasadas las 00:00h no se considerará como día libre disfrutado y tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre en fecha diferente a solicitud del TCP. PENDIENTE DE REDACCIÓN CONFORME DIRECTIVA 2000/79 Una vez publicada la programación, el TCP notificará al departamento de programación el número de días y las fechas que está dispuesto a ofrecer mediante la plataforma establecida para ello (eCrew). La Compañía, si tiene necesidad de disponer de los servicios del TCP en alguno de estos días para realizar un servicio de vuelo, se le notificará al TCP y éste tendrá que aceptar el servicio. La Compañía compensará económicamente con los importes que se indican en el Anexo 1 (además de las horas correspondientes) por cada día de Flexiday programado en que se le haya asignado actividad de vuelo. Si, una vez asignada la actividad, la misma no llegara a ejecutarse por causa ajena al TCP, éste percibirá como compensación por dicha cancelación la retribución correspondiente a una imaginaria pero no devengará la dieta ni las horas en este caso al no haber volado.
Días libres. Se concederán diez días naturales libres mensuales (30 días naturales libres por trimestre natural) en las flotas de corto y medio radio y nueve días naturales libres mensuales (27 días naturales libres por trimestre natural) en las flotas de largo radio, que se disfrutarán en las siguientes condiciones: cve: BOE-A-2014-4856
Días libres. Cuando por necesidad del servicio se tenga que trabajar en el día libre del trabajador, es decir, en aquel que le corresponda librar, éste tendrá la compensación económica establecida para tal fin en la tabla anexa, sin perjuicio del descanso sustitutorio.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.