Common use of Ejecución de la garantía Clause in Contracts

Ejecución de la garantía. La Caja comunicará a SAECA, a más tardar, en los cinco primeros días de cada quincena, los impagos acaecidos en la quincena anterior, comprometiéndose el IFGC a abonar el importe que corresponda de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la cláusula segunda en un plazo máximo de noventa días desde la comunicación de la Caja. Si transcurrido el plazo indicado no se produce el pago, la Caja solicitará a SAECA la ejecución de la garantía. SAECA trasladará a la DGDRIFA un informe motivado, en el que recomendará o bien que el IFGC atienda únicamente al impago acaecido, o bien que asuma los importes correspondientes a la cancelación total xxx xxxxxxxx. A la vista de este informe, la DGDRIFA decidirá el importe que admite el IFGC. SAECA procederá a poner a disposición de la Caja el importe que corresponda en virtud de la decisión de la DGDRIFA. En caso de abonarse el importe correspondiente a la cancelación total xxx xxxxxxxx, la Caja procederá a resolver el contrato xx xxxxxxxx.

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Ejecución de la garantía. La Caja comunicará a SAECA, a más tardar, en los cinco primeros días de cada quincena, los impagos acaecidos en la quincena anterior, comprometiéndose el IFGC a abonar el importe que corresponda de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la cláusula segunda Cláusula Segunda en un plazo máximo de noventa 90 días desde la comunicación de la Caja. Si transcurrido el plazo indicado no se produce el pago, la Caja solicitará a SAECA la ejecución de la garantía. SAECA trasladará a la DGDRIFA un informe motivado, en el que recomendará o bien que el IFGC atienda únicamente al impago acaecido, o bien que asuma los importes correspondientes a la cancelación total xxx xxxxxxxx. A la vista de este informe, la DGDRIFA decidirá el importe que admite el IFGC. SAECA procederá a poner a disposición de la Caja el importe que corresponda en virtud de la decisión de la DGDRIFA. En caso de abonarse el importe correspondiente a la cancelación total xxx xxxxxxxx, la Caja procederá a resolver el contrato xx xxxxxxxx.

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Ejecución de la garantía. La Caja El Banco comunicará a SAECA, a más tardar, en los cinco primeros días de cada quincena, los impagos acaecidos en la quincena anterior, comprometiéndose el IFGC a abonar el importe que corresponda de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la cláusula segunda en un plazo máximo de noventa 90 días desde la comunicación de la Cajadel Banco. Si transcurrido el plazo indicado no se produce el pago, la Caja el Banco solicitará a SAECA la ejecución de la garantía. SAECA trasladará a la DGDRIFA un informe motivado, en el que recomendará o bien que el IFGC atienda únicamente al impago acaecido, o bien que asuma los importes correspondientes a la cancelación total xxx xxxxxxxx. A la vista de este informe, la DGDRIFA decidirá el importe que admite el IFGC. SAECA procederá a poner a disposición de la Caja del Banco el importe que corresponda en virtud de la decisión de la DGDRIFA. En caso de abonarse el importe correspondiente a la cancelación total xxx xxxxxxxx, la Caja el Banco procederá a resolver el contrato xx xxxxxxxx.

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Ejecución de la garantía. La Caja El Banco comunicará a SAECA, a más tardar, en los cinco primeros días de cada quincena, los impagos acaecidos en la quincena anterior, comprometiéndose el IFGC a abonar el importe que corresponda de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la cláusula segunda Cláusula Segunda en un plazo máximo de noventa 90 días desde la comunicación de la Cajadel Banco. Si transcurrido el plazo indicado no se produce el pago, la Caja el Banco solicitará a SAECA la ejecución de la garantía. cve: BOE-A-2022-20788 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx SAECA trasladará a la DGDRIFA un informe motivado, en el que recomendará o bien que el IFGC atienda únicamente al impago acaecido, o bien que asuma los importes correspondientes a la cancelación total xxx xxxxxxxx. A la vista de este informe, la DGDRIFA decidirá el importe que admite el IFGC. SAECA procederá a poner a disposición de la Caja el Banco el importe que corresponda en virtud de la decisión de la DGDRIFA. En caso de abonarse el importe correspondiente a la cancelación total xxx xxxxxxxx, la Caja el Banco procederá a resolver el contrato xx xxxxxxxx.

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Ejecución de la garantía. La Caja El Banco comunicará a SAECA, a más tardar, en los cinco primeros días de cada quincena, los impagos acaecidos en la quincena anterior, comprometiéndose el IFGC a abonar el importe que corresponda de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la cláusula segunda en un plazo máximo de noventa días desde la comunicación de la Cajadel Banco. Si transcurrido el plazo indicado no se produce el pago, la Caja el Banco solicitará a SAECA la ejecución de la garantía. SAECA trasladará a la DGDRIFA un informe motivado, en el que recomendará o bien que el IFGC atienda únicamente al impago acaecido, o bien que asuma los importes correspondientes a la cancelación total xxx xxxxxxxx. A la vista de este informe, la DGDRIFA decidirá el importe que admite el IFGC. SAECA procederá a poner a disposición de la Caja del Banco el importe que corresponda en virtud de la decisión de la DGDRIFA. En caso de abonarse el importe correspondiente a la cancelación total xxx xxxxxxxx, la Caja el Banco procederá a resolver el contrato xx xxxxxxxx.

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Ejecución de la garantía. La Caja El Banco comunicará a SAECA, a más tardar, SAECA en los cinco primeros días de cada quincena, los impagos acaecidos en la quincena anterior, comprometiéndose el IFGC a abonar el importe que corresponda de acuerdo con a lo establecido en el apartado 2 de la cláusula segunda en un plazo máximo de noventa 90 días desde la comunicación de la Cajael Banco. Si transcurrido el plazo indicado no se produce el pago, la Caja el Banco solicitará a SAECA la ejecución de la garantía. SAECA trasladará a la DGDRIFA DGDRIPF un informe motivado, en el que recomendará o bien que el IFGC atienda únicamente al impago acaecido, o bien que asuma los importes correspondientes a la cancelación total xxx xxxxxxxx. A la vista de este informe, la DGDRIFA DGDRIPF decidirá el importe que admite el IFGC. SAECA procederá a poner a disposición de la Caja del Banco el importe que corresponda en virtud de la decisión de la DGDRIFADGDRIPF. En caso de abonarse el importe correspondiente a la cancelación total xxx xxxxxxxx, la Caja el Banco procederá a resolver el contrato xx xxxxxxxx.

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