El Fondo Cláusulas de Ejemplo

El Fondo sólo podrá cambiar de su puesto al perso- nal sindicalizado que le preste sus servicios si no le afectan especialización, horarios o establecimiento de trabajo, ajustándose al Reglamento Interior de Trabajo. abstendrá de presionar, por conducto de sus funcionarios o empleados de confian- za, a los trabajadores para que asistan o dejen de asistir a asambleas sindicales, mítines o actividades políticas.
El Fondo facilitará al SINDICATO el auditorio de que dispone para la realización de juntas y asambleas sindicales. Asimismo, pro- porcionará al SINDICATO una camioneta en buenas condiciones mecánicas de uso para que éste efectúe sus gestiones sindi- cales, la cual será guardada en el estacio- namiento del FONDO. El costo del com- bustible y de las reparaciones será cubierto por el FONDO. QUINCUAGÉSIMA QUINTA. Para el desa- rrollo de las actividades sociales, cultura- les y deportivas de los trabajadores, el FONDO proporcionará el auditorio de la Unidad de Seminarios o las instalaciones de la biblioteca cuando el SINDICATO lo solicite y conforme al programa general de actividades de estas instalaciones. gará un estímulo por puntualidad y asis- tencia equivalente a cuatro días más de sa- xxxxx a aquellos trabajadores que no hayan tenido ningún retardo y ninguna falta en sus labores en un mes calendario. Para el efecto del cómputo de asistencia, no se considerarán válidas las firmas en pases, ni la omisión de registro en tarjeta.
El Fondo entregará 60 novedades anuales para ob- sequios del SINDICATO, en el mes xx xxxxx, incluyendo libros, discos com- pactos y DVD’s del FCE. de diciembre de cada año, el FONDO otorgará a los trabajadores un pavo ahu- mado, un arcón navideño con productos básicos y los vales de despensa de fin de año que la Secretaría de Hacienda y Cré- dito Público autorice para los trabajado- res del sector central del Gobierno Fede- ral. Asimismo, organizará una fiesta de fin de año y una fiesta de aniversario. xxx anuales que organizan conjuntamen- te el FONDO y el SINDICATO, como el Día del Niño, el Día de la Madre, el Día del Padre, curso xx xxxxxx y el Día de la Secretaria, el FONDO sufragará el 70% de los gastos y el SINDICATO el 30%, con- forme al programa y presupuesto que acuerden las partes. EL FONDO también otorgará los vales del Día xx Xxxxx, con un importe de $400.00 (CUATROCIEN- TOS PESOS 00/100 M. N.) por cada niño, conforme al padrón de niños registrados con una edad hasta de 12 años. organiza el SINDICATO, el FONDO cubri- rá al SINDICATO el importe del transpor- te y éste pagará la entrada al balneario o instalaciones de que se trate o cualquier otro gasto relacionado con ella. res tendrán derecho a recibir, por con- cepto de compensación por antigüedad, una cantidad dividida entre las 26 cator- cenas del año, de acuerdo con la siguien- te tabla: De 5 a 9 años, una xxxxxxxx xx xxxxxxx; de 10 a 14 años, un mes xx xxxxxxx; de 15 años en adelante, dos meses de sa- xxxxx. gará el 50% por concepto de prima vaca- cional al año por cada día de vacaciones; este pago, de acuerdo con los días a que tenga derecho el trabajador, se hará en dos partes: el 50% en la catorcena inme- diata anterior a la Semana Mayor, y el 50% en la catorcena inmediata anterior a las vacaciones de diciembre, indepen- dientemente de que el trabajador disfrute sus vacaciones en estos periodos o en otros. talará un consultorio atendido por un profesionista médico que designen las partes, el cual estará equipado con todo el instrumental y medicamentos necesa- xxxx para la correcta atención del trabaja- dor accidentado o enfermo. El médico realizará, por lo menos cada tres meses, exámenes médicos a todo el personal que labore en el FONDO, siguiendo todas las indicaciones que en lo que a medicina preventiva y epidemiología se refiere o se determinen como obligatorias y aconse- jables en el Sector Salud. Las partes y el profesionista acordarán el instrumental y medicamentos necesarios para lo que an- t...
El Fondo. El fondo común de inversión es FBA Horizonte.
El Fondo. El Fondo Común de Inversión se denomina XXXXXXX RENTA FIJA EN DOLARES F.C.I. CAPÍTULO 2: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 2 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES “EL FONDO”
El Fondo. 1.1 La Sociedad Gestora

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.