ESPECIALIDADES. Asistencia sanitaria en régimen ambulatorio o de internamiento hospitalario (según proceda a criterio del médico del Asegurador), en las especialidades que a continuación se citan: 3.1. Alergología. Las vacunas serán por cuenta del Asegurado. 3.2. Anestesiología y Reanimación. 3.3. Anatomía patológica. Quedan expresamente incluidas las determinaciones de las siguientes dianas terapéuticas como estudio previo a un tratamiento oncológico personalizado y según el tipo y estadio tumoral: Solamente se cubrirán las dianas terapéuticas que aparezcan especificadas en la ficha técnica del fármaco y cuya determinación sea requerida como paso previo a la administración del mismo de cara a la actitud terapéutica de cada caso, y con evidencia y relevancia clínica demostrada. Sólo se contemplarán para aquellos fármacos comercializados en España y que dispongan de la correspondiente indicación y aprobación por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. 3.4. Angiología y Cirugía Vascular. Queda cubierta la cirugía de varices sintomáticas (grados III a VI) de la Clasificación CEAP, que valora y clasifica la insuficiencia venosa para el tratamiento o supresión del reflujo en los ejes safenos, mediante el uso de las técnicas de termoablación por endolaser (láser endovascular), mediante radiofrecuencia (fibra de radiofrecuencia endovascular) o mediante el tratamiento esclerosante y en los centros concertados por el Asegurador para dicho tratamiento.
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Samples: Póliza De Asistencia Sanitaria, Póliza De Asistencia Sanitaria Y Dental
ESPECIALIDADES. Asistencia sanitaria A PRESENTAR POR TODOS LOS LICITADORES. Al tratarse de un procedimiento simplificado todos los licitadores deben aportar una declaración de estar inscritos en régimen ambulatorio el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro de internamiento hospitalario (según proceda a criterio del médico del Asegurador)Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. A PRESENTAR POR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS. Los empresarios extranjeros deberán presentar, en las especialidades además de la documentación señalada anteriormente, la documentación específica que a continuación se citan:
3.1detalla. AlergologíaTodas las empresas no españolas deben aportar: - Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Las vacunas serán empresas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar: - Informe expedido por cuenta la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del Asegurado.
3.2. Anestesiología y Reanimación.
3.3. Anatomía patológica. Quedan expresamente incluidas las determinaciones lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las siguientes dianas terapéuticas como estudio previo actividades a un tratamiento oncológico personalizado y según las que se extiende el tipo y estadio tumoral: Solamente objeto del contrato. - Informe de reciprocidad a que se cubrirán las dianas terapéuticas que aparezcan especificadas en la ficha técnica del fármaco y cuya determinación sea requerida como paso previo a la administración del mismo de cara a la actitud terapéutica de cada caso, y con evidencia y relevancia clínica demostrada. Sólo se contemplarán para aquellos fármacos comercializados en España y que dispongan de la correspondiente indicación y aprobación por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
3.4. Angiología y Cirugía Vascular. Queda cubierta la cirugía de varices sintomáticas (grados III a VI) de la Clasificación CEAP, que valora y clasifica la insuficiencia venosa para refiere el tratamiento o supresión del reflujo en los ejes safenos, mediante el uso de las técnicas de termoablación por endolaser (láser endovascular), mediante radiofrecuencia (fibra de radiofrecuencia endovascular) o mediante el tratamiento esclerosante y en los centros concertados por el Asegurador para dicho tratamiento.artículo 68 LCSP
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ESPECIALIDADES. Asistencia sanitaria A PRESENTAR POR TODOS LOS LICITADORES. Al tratarse de un procedimiento simplificado todos los licitadores deben aportar una declaración de estar inscritos en régimen ambulatorio el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro de internamiento hospitalario (según proceda a criterio del médico del Asegurador)Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. A PRESENTAR POR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS. Los empresarios extranjeros deberán presentar además de la documentación señalada anteriormente, en las especialidades la documentación específica que a continuación se citan:
3.1detalla. AlergologíaTodas las empresas no españolas deben aportar: - Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Las vacunas serán empresas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar: - Informe expedido por cuenta la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del Asegurado.
3.2. Anestesiología y Reanimación.
3.3. Anatomía patológica. Quedan expresamente incluidas las determinaciones lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las siguientes dianas terapéuticas como estudio previo actividades a un tratamiento oncológico personalizado y según las que se extiende el tipo y estadio tumoral: Solamente objeto del contrato. - Informe de reciprocidad a que se cubrirán las dianas terapéuticas que aparezcan especificadas en la ficha técnica del fármaco y cuya determinación sea requerida como paso previo a la administración del mismo de cara a la actitud terapéutica de cada caso, y con evidencia y relevancia clínica demostrada. Sólo se contemplarán para aquellos fármacos comercializados en España y que dispongan de la correspondiente indicación y aprobación por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
3.4. Angiología y Cirugía Vascular. Queda cubierta la cirugía de varices sintomáticas (grados III a VI) de la Clasificación CEAP, que valora y clasifica la insuficiencia venosa para refiere el tratamiento o supresión del reflujo en los ejes safenos, mediante el uso de las técnicas de termoablación por endolaser (láser endovascular), mediante radiofrecuencia (fibra de radiofrecuencia endovascular) o mediante el tratamiento esclerosante y en los centros concertados por el Asegurador para dicho tratamiento.artículo 68 LCSP
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Samples: Construction Contract
ESPECIALIDADES. Asistencia sanitaria en régimen ambulatorio o de internamiento hospitalario (según proceda a criterio del médico del Asegurador), en las especialidades que a continuación se citan:
3.1. Alergología. Las vacunas serán por cuenta del Asegurado.
3.2. Anestesiología y Reanimación.
3.3. Anatomía patológica. Quedan expresamente incluidas las determinaciones de las siguientes dianas terapéuticas como estudio previo a un tratamiento oncológico personalizado y según el tipo y estadio tumoral: Solamente se cubrirán las dianas terapéuticas que aparezcan especificadas en la ficha técnica del fármaco y cuya que su determinación sea requerida como paso previo a la administración del mismo de cara a la actitud terapéutica de cada caso, y con evidencia y relevancia clínica demostrada. Sólo se contemplarán para aquellos fármacos comercializados en España y que dispongan de la correspondiente indicación y aprobación por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
3.4. Angiología y Cirugía Vascular. Queda cubierta la cirugía de varices sintomáticas (grados III a VI) de la Clasificación CEAP, que valora y clasifica la insuficiencia venosa para el tratamiento o supresión del reflujo en los ejes safenos, mediante el uso de las técnicas de termoablación por endolaser (láser endovascular), mediante radiofrecuencia (fibra de radiofrecuencia endovascular) o mediante el tratamiento esclerosante y en los centros concertados por el Asegurador para dicho tratamiento.a
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Samples: Póliza De Asistencia Sanitaria
ESPECIALIDADES. Asistencia sanitaria en régimen ambulatorio o de internamiento hospitalario (según proceda a criterio del médico del Asegurador), en las especialidades que a continuación se citan:
3.1. Alergología. Las vacunas serán por cuenta del Asegurado.
3.2. Anestesiología y Reanimación.
3.3. Anatomía patológica. Quedan expresamente incluidas las determinaciones de las siguientes dianas terapéuticas como estudio previo a un tratamiento oncológico personalizado y según el tipo y estadio tumoral: Solamente se cubrirán las dianas terapéuticas que aparezcan especificadas en la ficha técnica del fármaco y cuya que su determinación sea requerida como paso previo a la administración del mismo de cara a la actitud terapéutica de cada caso, y con evidencia y relevancia clínica demostrada. Sólo se contemplarán para aquellos fármacos comercializados en España y que dispongan de la correspondiente indicación y aprobación por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
3.4. Angiología y Cirugía Vascularvascular. Queda cubierta la cirugía de varices sintomáticas (grados III a VI) de la Clasificación CEAP, que valora y clasifica la insuficiencia venosa para el tratamiento o supresión del reflujo en los ejes safenos, mediante el uso de las técnicas de termoablación por endolaser (láser endovascular), mediante radiofrecuencia (fibra de radiofrecuencia endovascular) o mediante el tratamiento esclerosante y en los centros concertados por el Asegurador para dicho tratamiento.
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Samples: Póliza De Asistencia Sanitaria Y Reembolso De Gastos
ESPECIALIDADES. Asistencia sanitaria en régimen ambulatorio o de internamiento hospitalario (según proceda a criterio del médico del Asegurador), en las especialidades que a continuación se citan:
3.1. Alergología. Las vacunas serán por cuenta del Asegurado.
3.2. Anestesiología y Reanimación.
3.3. Anatomía patológica. Quedan expresamente incluidas las determinaciones de las siguientes dianas terapéuticas como estudio previo a un tratamiento oncológico personalizado y según el tipo y estadio tumoral: Solamente se cubrirán las dianas terapéuticas que aparezcan especificadas en la ficha técnica del fármaco y cuya determinación sea requerida como paso previo a la administración del mismo de cara a la actitud terapéutica de cada caso, y con evidencia y relevancia clínica demostrada. Sólo Solo se contemplarán para aquellos fármacos comercializados en España y que dispongan de la correspondiente indicación y aprobación por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
3.4. Angiología y Cirugía Vascular. Queda cubierta la cirugía de varices sintomáticas (grados III a VI) de la Clasificación CEAP, que valora y clasifica la insuficiencia venosa para el tratamiento o supresión del reflujo en los ejes safenos, mediante el uso de las técnicas de termoablación por endolaser (láser endovascular), mediante radiofrecuencia (fibra de radiofrecuencia endovascular) o mediante el tratamiento esclerosante y en los centros concertados por el Asegurador para dicho tratamiento.
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Samples: Póliza De Asistencia Sanitaria