Evaluación y Aceptación Cláusulas de Ejemplo

Evaluación y Aceptación. Una vez recibida la Solicitud de Servicio, TDF contará con el plazo indicado en la convocatoria, el cual no excederá de 20 (veinte) Días Hábiles posteriores al cierre de la convocatoria, para evaluar cada una de las Solicitudes de Servicio que haya recibido. La evaluación y la asignación serán basadas principalmente en la factibilidad técnica y viabilidad económica, para posteriormente determinar la configuración eficiente del Sistema, así como evaluar las opciones que pudieran incluirse, y se realizará con base en los criterios siguientes: 1. La capacidad disponible se asignará dando prioridad a la Solicitud de Servicio que ofrezca mayor valor presente de los ingresos para el Transportista. 2. Cuando exista un empate bajo el criterio anterior, la Capacidad Disponible se asignará a la Solicitud de Servicio que haya sido presentada primero. 3. De persistir el empate, la capacidad disponible se prorrateará entre todas las Solicitudes de Servicio. TDF rechazará cualquier Solicitud de Servicio que (i) sea recibida fuera del plazo para la recepción de Solicitudes de Servicio; (ii) no esté debidamente requisitada;
Evaluación y Aceptación. Una vez finalizado el Periodo de Recepción de Solicitudes, el Operador dispondrá de veinte (20) días hábiles (el “Periodo de Evaluación de Solicitudes de Servicio”) para revisar y evaluar las Solicitudes de Servicio recibidas durante el Periodo de Recepción de Solicitudes. La evaluación formal y la asignación de Capacidad Disponible se basarán en la viabilidad técnica y económica, de conformidad con los Lineamientos de Recolección. Los parámetros y criterios técnicos sobre los que se evaluarán las Solicitudes de Servicio son los siguientes: 6.1. Si uno o más Solicitantes solicitan Capacidad Disponible y como grupo, las Solicitudes de Servicio no superan la Capacidad Disponible total: (a) La capacidad del Sistema de Recolección se adjudicará dando prioridad al Solicitante que ofrezca el mayor valor actual de ingresos al Operador hasta adjudicar la Capacidad Disponible total del Sistema de Recolección; (b) Cuando ocurra un empate según el criterio (a) anterior, la capacidad existente se adjudicará al Solicitante que haya presentado primero la Solicitud de Servicio (por orden de llegada); y (c) Si el empate continúa, la Capacidad Disponible se asignará de forma prorrateada entre las Solicitudes de Servicio en esta situación. El Operador se reserva el derecho de rechazar (y por lo tanto no considerar ni evaluar) todas y cada una de las Solicitudes de Servicio que: (i) sean presentadas fuera del Período de Recepción de Solicitudes; (ii) carezcan de toda la información y datos aquí establecidos; (iii) no sigan el formato establecido en este Procedimiento; y (iv) contengan tachaduras, enmiendas o informaciones poco claras. Además de lo anterior, el Operador podrá rechazar las Solicitudes de Servicio que no sean técnicamente factibles o económicamente viables de conformidad con el artículo 20 de los Lineamientos de Recolección.
Evaluación y Aceptación. 4.1 La Parte Contratante evaluará los resultados de los Servicios dentro de un plazo de 10 Días Hábiles después de su entrega. Si la Parte Contratante considera suficientes los resultados de los Servicios, aceptará dichos Servicios mediante el envío de una notificación a la Parte Contratada. 4.2 Si la Parte Contratante considera insuficientes los resultados de los Servicios, enviará a la Parte Contratada una notificación de no aceptación. 4.3 La Parte Contratante podrá encargar a terceros que evalúen los resultados de los Servicios. 4.4 Si la Parte Contratante lo considera necesario, después de notificar al respecto a la Parte Contratada podrá prorrogar el plazo de aceptación con otros 10 Días Hábiles. 4.5 Si la Parte Contratante no se pronuncia sobre su evaluación dentro de un plazo de 10 Días Hábiles después de la entrega, los resultados de los Servicios se considerarán aceptados.
Evaluación y Aceptación. Entrega de la planta Cliente

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  • EVALUACIÓN DE LA OFERTA Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”.

  • EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 38.1. El Contratante evaluará todas las ofertas que cumplan los requisitos esenciales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. 38.2. Los valores, puntajes y los criterios aplicables a la evaluación técnica y económica deberán ser objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad, racionalidad y proporcionalidad. 38.3. Así mismo, en el PBC deberá identificar y expresar con claridad y de forma expresa los documentos probatorios que permitan valorar la capacidad del oferente y la calidad del bien o servicio a adquirir. 38.4. La oferta técnica presentada será evaluada aplicando el método cumple o no cumple, sin asignar puntaje adicional al que exceda el mínimo requerido. 38.5. Si los bienes son estandarizables, el criterio de selección será únicamente el precio, en caso contrario, se deberá ponderar precio con calidad. 38.6. Para evaluar las ofertas, el Contratante utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en el PBC, so pena de nulidad. 38.7. Al evaluar las Ofertas, el Contratante considerará lo siguiente: (a) el precio cotizado (b) el ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos (c) el ajuste del precio debido a descuentos ofrecidos (d) ajustes debidos a la aplicación de criterios de evaluación, 38.8. Al evaluar una oferta el Contratante excluirá y no tendrá en cuenta: (a) en el caso de bienes producidos o de origen en Nicaragua, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (b) en el caso de bienes no producidos en o de origen fuera de Nicaragua, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (c) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato si estuviese estipulado en la oferta. 38.9. Podrá permitirse a los Oferentes cotizar precios separados por uno o más lotes, y al Contratante adjudicar uno o varios lotes a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la mejor oferta, está detallada en la Sección III, Criterios de Calificación y Evaluación.

  • EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos

  • Evaluación Oferta Económica El Comité de Compras y Contrataciones evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CONFORME, bajo el criterio del mejor precio ofertado. Sección IV Adjudicación‌

  • EVALUACIÓN TÉCNICA Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

  • EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 29.1 El PNUD examinará la Propuesta a fin de confirmar que el Proponente ha aceptado todos los términos y condiciones ajustados a los Términos y Condiciones Generales del PNUD y las Condiciones Especiales, sin ninguna desviación o reserva. 29.2 El equipo de evaluación revisará y evaluará las Propuestas Técnicas sobre la base de su capacidad de respuesta a los Términos de Referencia y la restante documentación proporcionada, aplicando los criterios y subcriterios de evaluación y el sistema de puntos especificado en la Hoja de Datos (HdD, nº 32). A cada Propuesta aceptable se le asignará una puntuación técnica. Una Propuesta se considerará no aceptable en esta etapa si no responde sustancialmente a la SdP, en particular a las exigencias de los Términos de Referencia, lo que también significa que no logra alcanzar la puntuación técnica mínima indicada en la Hoja de Datos (HdD, nº 25). En ningún caso podrá el PNUD introducir cambios en los criterios, subcriterios y sistema de puntuación indicado en la Hoja de Datos (HdD, nº 32), una vez recibidas todas las Propuestas. 29.3 En la segunda etapa, sólo se abrirán con fines de revisión, comparación y evaluación las Propuestas Financieras de los Proponentes que hayan alcanzado la puntuación técnica mínima. Los sobres de Propuestas Financieras correspondientes a las Propuestas que no cumplieron con la puntuación mínima de aprobación técnica deberán ser devueltos a los respectivos Proponentes sin abrir. La puntuación general se basará o bien en una combinación de la puntuación técnica y la oferta económica, o bien en la Propuesta Financiera más baja evaluada de entre los Proponentes técnicamente calificados. El método de evaluación que se aplicará para esta SdP será el que se indique en la Hoja de Datos (HdD, nº 25). Cuando la Hoja de Datos especifique un método de puntuación combinada, la fórmula para la calificación de las Propuestas será la siguiente: Puntuación PT = (Puntuación total obtenida por la oferta/Punt. máxima obtenible por la PT) x 100 Puntuación de la Propuesta Financiera (PF) Puntuación PF = (Precio más bajo ofertado/Precio de la oferta analizada) x 100 Puntuación total combinada:

  • Evaluación y Comparación de las Ofertas 30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO.

  • EVALUACIÓN DE OFERTAS A continuación la mesa de contratación efectuará las siguientes actuaciones en las sesiones que resulten necesarias: 18.1.- Comprobará si las ofertas incurren en alguna de las causas de rechazo establecidas en la cláusula 14.1 de condiciones generales y adoptará, en su caso, el consiguiente acuerdo de rechazo. 18.2.- Comprobará si las ofertas admitidas rebasan los límites establecidos, en su caso, en la cláusula 22.3 de cláusulas específicas del contrato y, si alguna los rebasa, realizará las actuaciones previstas en el art. 18.3.- Calculará las puntuaciones de las ofertas y determinará cuál es la mejor mediante la suma de los puntos obtenidos por cada una de ellas en todos y cada uno de los criterios de adjudicación.

  • EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos

  • Evaluación 11.1 La Comisión de Evaluación revisará la existencia de posibles errores aritméticos en las Ofertas y los corregirá; en función a los montos corregidos, ordenará las Ofertas de menor a mayor. Eventualmente, el CONTRATANTE solicitará, por escrito, información o aclaraciones consideradas subsanables (información de carácter histórico o cuestiones que no afecten a aspectos sustanciales de la Oferta). 11.2 La corrección de errores aritméticos se realizará de la siguiente manera: (i) si existiera una diferencia en el precio total como producto del precio unitario multiplicado por la cantidad requerida, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido; (ii) si existiera un error en el precio total por una suma de los subtotales, prevalecerán los subtotales y se corregirá el precio total; (iii) si existiera una discrepancia entre el precio expresado de manera literal y el precio expresado de manera numeral, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (i) y (ii) más arriba; (iv) si el Formulario B-1 no consigna uno o más de los ítems solicitados, será considerado como omisión, dando lugar al rechazo de la Oferta; sin embargo, si es que no se cotizara uno o más ítems, pero se los incluyera en el listado, el CONTRATANTE asumirá que su precio está contenido dentro de otros ítems, y el Licitante estará obligado a su ejecución, en caso de adjudicarse el contrato. De determinarse que la propuesta económica contiene errores relacionados a gastos impositivos, mano de obra u honorarios profesionales, se procederá de la siguiente manera: a) Gastos Impositivos que difieran de los valores vigentes aplicables: el oferente deberá absorber la diferencia correspondiente. b) Mano de Obra por debajo de los valores mínimos de las escalas salariales vigentes para el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable: el oferente deberá absorber la diferencia correspondiente hasta alcanzar el valor mínimo establecido para las respectivas escalas salariales. c) Honorarios Profesionales por Representación Técnica u otros Honorarios Profesionales aplicables por debajo de los valores mínimos vigentes, establecidos por el Colegio de Ingenieros/Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires: la diferencia resultante por haber cotizado dichos honorarios por debajo del mínimo vigente deberá ser absorbida por el oferente. En los incisos a) b) y c) mencionados, el Oferente no podrá y no se aceptará ningún cambio en el precio originalmente ofertado. Se deja constancia que los parámetros establecidos en los supuestos anteriores deberán ser los vigentes al momento de la apertura de ofertas. En todos los supuestos citados, se procederá a informar al Oferente. 11.3 Al concluir la revisión de las Ofertas, si existieron errores aritméticos que dieron lugar a la corrección del precio de las Ofertas, el CONTRATANTE consultará a los Licitantes la aceptación o no de las correcciones. Las Ofertas de los Licitantes que no acepten las correcciones realizadas serán rechazadas y se podrá aplicar lo indicado en el párrafo 8 de esta Sección.