EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto. 15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente. 15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato. 15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el 15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada. 15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas. 15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo. 15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, interesados los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto. El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato. En el supuesto de que a lo largo de la negociación se pongan de manifiesto nuevos aspectos que sea conveniente incorporar a la misma, se informará a todos los empresarios participantes para que puedan, en su caso, incluirlos en sus ofertas o en sus negociaciones. En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, la letra L del Cuadro de características del contrato indicará en cuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. El órgano de contratación podrá estimar que las ofertas presentadas son desproporcionadas o anormales cuando en la misma concurran las circunstancias indicadas en la letra M del Cuadro de características del contrato. En tales supuestos, se estará a lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 152 del TRLCSP.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente de contratación o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá examinará la documentación relativa a examinar las declaraciones responsables presentadas la capacidad y solvencia aportada por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales interesados, otorgando en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el errorhábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 82 del TRLCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar por teléfono, por fax o por correo electrónico. La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión.
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por visado. En su defecto o cuando persista la igualdad, en la misma forma y condiciones, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado el Instituto Balear cumplimiento de las circunstancias que se indican en la Mujer u órgano equivalente letra N del Cuadro de otras administraciones públicascaracterísticas del contrato, de conformidad con la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP. Si aún así persiste la igualdad, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta, en su caso, el orden de prelación de los aspectos objeto de negociación o, en su caso, los criterios de adjudicación. Si a pesar de todo ello aún persiste la igualdad, el adjudicatario será seleccionado mediante un sorteo, que se llevará a cabo en acto público.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Obras
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto. El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP134.1 de la LCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato. En el supuesto de que a lo largo de la negociación se pongan de manifiesto nuevos aspectos que sea conveniente incorporar a la misma, se informará a todos los empresarios participantes para que puedan, en su caso, incluirlos en sus ofertas o en sus negociaciones. En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, la letra L del Cuadro de características del contrato indicará en cuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente de contratación o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá examinará la documentación relativa a examinar las declaraciones responsables presentadas la capacidad y solvencia aportada por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales interesados, otorgando en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el errorhábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 71 de la LCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar mediante fax o correo electrónico. La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión.
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer Dona u órgano equivalente de otras administraciones públicas. En su defecto o cuando persista la igualdad, en la misma forma y condiciones, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado el cumplimiento de las circunstancias que se indican en la letra N del Cuadro de características del contrato, de conformidad con la Disposición Adicional Sexta de la LCSP. Si aún así persiste la igualdad, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta, en su caso, el orden de prelación de los aspectos objeto de negociación o, en su caso, los criterios de adjudicación.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Suministro, Contrato De Suministro
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente de contratación o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere else
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Suministro
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 82 del TRLCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar mediante fax o correo electrónico.
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.ventajosas
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Obras
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- (art. 162 LCSP).
13.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con se examinará la documentación relativa a la capacidad y solvencia aportada por los interesados, otorgando en su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el artículo 71 de la LCSP.
13.2.- Se valorarán las ofertas que reúnan los requisitos de capacidad y solvencia exigidos, los términos de sus ofertas, ofertas velando porque por que todos los interesados reciban igual trato, trato y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones 13.3.- Una vez se podrán realizar vía faxhaya procedido a examinar la documentación administrativa presentada por los licitadores, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia se procederá a la apertura del sobre nº 2 de ello todos los licitadores que se hubiesen admitido. Tanto en el expediente.
15.3.- Para examen de la documentación administrativa presentada como en la valoración de las proposiciones ofertas y la determinación negociación, el órgano de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a contratación estará asistido por una Mesa de Contratación compuesta por los criterios directamente vinculados al objeto miembros siguientes: - La Alcaldesa-Presidenta del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSPAyuntamiento xx Xxxxxxx, que se indican en la letra K actuará de Presidenta. - El Técnico de Administración General del Cuadro Ayuntamiento. - La Arquitecta Municipal. - El Interventor del Ayuntamiento. - Secretario de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I que lo será el Secretario General del PCAP) y se hará constar el cumplimiento Ayuntamiento. La Mesa de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, contratación podrá solicitar los informes técnicos que estime estimen convenientes, . El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado a los criterios a que hace referencia el art. 134, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto sea admisible de vista de acuerdo con los criterios que sirvan figuran en el Pliego. El órgano de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del contratación requerirá al licitador que haya acreditado presentado la oferta económicamente más ventajosa para que cuenta dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con un plan la seguridad social, deposite la garantía definitiva y aquella otra documentación complementaria que fuese precisa. (Art. 135.2 LCSP). El órgano de igualdad previamente visado contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación (Art. 135.3 LCSP). La adjudicación se acordará por el Instituto Balear órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a todos los candidatos o licitadores y publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación, concretándose y fijándose en la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicasmisma los términos definitivos del contrato (Art. 135.4 y 42 LCSP).
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Construction Contract
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto. El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP134.1 de la LCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato. En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, la letra L del Cuadro de características del contrato indicará en cuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente de contratación o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá examinará la documentación relativa a examinar las declaraciones responsables presentadas la capacidad y solvencia aportada por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales interesados, otorgando en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el errorhábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 71 de la LCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar mediante fax o correo electrónico. La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión.
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer Dona u órgano equivalente de otras administraciones públicas. Si aún así persiste la igualdad, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta, en su caso, el orden de prelación de los aspectos objeto de negociación o, en su caso, los criterios de adjudicación.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Suministro
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- (art. 178 TRLCSP)
13.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, por el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en examinará inicialmente el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación contenido de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados documentación aportada en los previstos Sobres 1, otorgando en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el errorhábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 82 del TRLCSP.
15.5.- 13.2.- Posteriormente procederá a la apertura de los Sobres 2; pudiendo otorgar directamente la baremación de su contenido, o bien solicitar previamente cuantos Informes Técnicos considere oportuno.
13.3.- Negociación del contrato. El órgano de contratacióncontratación negociará con los candidatos las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los aspectos objeto de negociación, tras solicitarcon el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de mediante la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista aplicación de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación establecidos en la Cláusula 10 del presente Pliego; no estableciéndose umbral mínimo de puntuación necesario para continuar en el proceso selectivo. La negociación se realizará articulará en dos fases: En una primera fase el órgano de contratación evaluará las proposiciones recibidas y comunicará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear cada candidato a través de la Mujer u dirección de correo electrónico indicada en los sobres nº 1 y nº 2, en qué posición se encuentra, especificando las puntuaciones totales y parciales obtenidas por todas las proposiciones admitidas, sin que en ningún caso pueda divulgarse la identidad de los candidatos. En una segunda fase el órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- contratación invitará a las mejores clasificadas, en número máximo de tres a presentar, en un plazo no superior a cuarenta y ocho horas, una segunda oferta que mejore la primera. Las nuevas puntuaciones obtenidas serán comunicadas a los candidatos que hayan sido invitados a presentar una segunda proposición. En el expediente deberá dejarse constancia procedimiento se tiene que facilitar la misma información a todos los candidatos. En ningún caso se proporcionará información particular que pueda suponer una ventaja para algún candidato en detrimento de los otros. Con el fin de garantizar el principio de igualdad, el órgano de contratación debe habilitar el sistema que crea más adecuado para dar publicidad de todas las invitaciones cursadasconsultas que se formulen a lo largo del procedimiento, de las ofertas recibidas y de las razones para correspondientes respuestas, a todos los interesados. Las proposiciones presentadas tienen carácter firme y deben mantenerse, en todo caso, hasta el plazo máximo de resolución del procedimiento. En cualquier momento del procedimiento, el órgano de contratación puede requerir a las empresas participantes que aclaren determinados aspectos de su aceptación o rechazooferta, sin que puedan modificar en sus aclaraciones los elementos sustanciales de la misma, y siempre que no se falsee la competencia. De todas las actuaciones que se lleven a cabo durante la negociación hay que dejar constancia en el expediente.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contract for Works
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente de contratación o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá examinará la documentación relativa a examinar las declaraciones responsables presentadas la capacidad y solvencia aportada por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales interesados, otorgando en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el errornaturales, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 82 del TRLCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar mediante fax o correo electrónico. La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión.
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Suministro
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, interesados los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente de contratación o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá examinará la documentación relativa a examinar las declaraciones responsables presentadas la capacidad y solvencia aportada por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales interesados, otorgando en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el errorhábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 82 del TRLCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar por teléfono, por fax o por correo electrónico.
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer Dona u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Servicio De Limpieza
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.negociará
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.correo
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios o aspectos directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel art. 82 del TRLCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar mediante fax o correo electrónico.
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Arrendamiento
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, se examinará, en su caso, la documentación contenida en el sobre A relativa a la capacidad y solvencia aportada por los interesados, otorgando en su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el artículo 82 del TRLCSP. Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre B, pudiendo, en ese momento, solicitar los informes técnicos que considere precisos. El órgano de contratación negociará podrá negociar con los interesadosinteresados que reúnan los requisitos de capacidad y solvencia exigidos, los términos de sus ofertasofertas a que se refiere la cláusula 9ª, velando porque por que todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el
15.5.- El órgano de contratación, tras Tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadasel órgano de contratación requerirá al licitador cuya oferta considere justificadamente como la mejor, por orden decrecientepara que, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En dentro del plazo xx xxxx días hábiles desde el supuesto siguiente a aquel en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde haya recibido el punto de vista de los criterios que sirvan de base para requerimiento, presente la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa justificativa del cumplimiento de requisitoslos requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
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EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios o aspectos directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 82 del TRLCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar mediante fax o correo electrónico.
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.otras
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Servicios
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP134.1 de la LCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente de contratación o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá examinará la documentación relativa a examinar las declaraciones responsables presentadas la capacidad y solvencia aportada por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales interesados, otorgando en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el errorhábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 71 de la LCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar mediante fax o correo electrónico.
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer Dona u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Servicios De Limpieza
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- (art. 178 TRLCSP)
13.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesados, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de ContrataciónContratación nombrada al efecto mediante Resolución de Alcaldía número 1888 de fecha 15 de julio de 2014 se examinará y calificará la documentación contenida en el Sobre número 1, y si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales u omisiones subsanables en la declaración presentada documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y se concederá concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el errorlos licitadores los corrijan o subsanen ante la misma. Igualmente podrá solicitar, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere elel artículo 82 del TRLCSP., y que considere oportunas.
15.5.- 13.2.- Posteriormente procederá a la apertura de los Sobres 2, cuya documentación determinará la negociación con los licitadores de las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el presente Xxxxxx, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa y formular al órgano de contratación Propuesta de Adjudicación.
13.3.- Negociación del contrato. El órgano de contratacióncontratación negociará con los candidatos las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los aspectos objeto de negociación, tras solicitarcon el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de mediante la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista aplicación de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación establecidos en la Cláusula 10 del presente Pliego; no estableciéndose umbral mínimo de puntuación necesario para continuar en el proceso selectivo. La negociación se realizará articulará en dos fases: En una primera fase el órgano de contratación evaluará las proposiciones recibidas y comunicará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear cada candidato a través de la Mujer u dirección de correo electrónico indicada en los sobres nº 1 y nº 2, en qué posición se encuentra, especificando las puntuaciones totales y parciales obtenidas por todas las proposiciones admitidas, sin que en ningún caso pueda divulgarse la identidad de los candidatos. En una segunda fase el órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- contratación invitará a las mejores clasificadas, en número máximo de tres a presentar, en un plazo no superior a cuarenta y ocho horas, una segunda oferta que mejore la primera. Las nuevas puntuaciones obtenidas serán comunicadas a los candidatos que hayan sido invitados a presentar una segunda proposición. En el expediente deberá dejarse constancia procedimiento se tiene que facilitar la misma información a todos los candidatos. En ningún caso se proporcionará información particular que pueda suponer una ventaja para algún candidato en detrimento de los otros. Con el fin de garantizar el principio de igualdad, el órgano de contratación debe habilitar el sistema que crea más adecuado para dar publicidad de todas las invitaciones cursadasconsultas que se formulen a lo largo del procedimiento, de las ofertas recibidas y de las razones para correspondientes respuestas, a todos los interesados. Las proposiciones presentadas tienen carácter firme y deben mantenerse, en todo caso, hasta el plazo máximo de resolución del procedimiento. En cualquier momento del procedimiento, el órgano de contratación puede requerir a las empresas participantes que aclaren determinados aspectos de su aceptación o rechazooferta, sin que puedan modificar en sus aclaraciones los elementos sustanciales de la misma, y siempre que no se falsee la competencia. De todas las actuaciones que se lleven a cabo durante la negociación hay que dejar constancia en el expediente.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contract for Works
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el órgano de contratación negociará con los interesadoslicitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, los términos de sus ofertas, velando porque todos los interesados reciban igual tratoen su caso, y en particular no facilitandolos posibles documentos complementarios, con el fin de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- identificar la oferta económicamente más ventajosa. Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, realizarán por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- . Versarán sobre los criterios de adjudicación que se señalan en la cláusula siguiente. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican de adjudicación señalados en la letra K del Cuadro cláusula 12. En el supuesto de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente que a lo largo de la negociación se pongan de manifiesto nuevos aspectos que sea conveniente incorporar a la misma, se informará a todos los empresarios participantes para que puedan, en su caso, incluirlos en sus ofertas o en sus negociaciones. El órgano de contratación, examinará la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá documentación relativa a examinar las declaraciones responsables presentadas la capacidad y solvencia aportada por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales interesados, otorgando en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el errorhábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el
15.5.- estime. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar por teléfono, por fax o por correo electrónico. La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión. El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- . En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por visado. Si aun así persiste la igualdad, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el Instituto Balear interés público, teniendo en cuenta, en su caso, el orden de prelación de los aspectos objeto de negociación o, en su caso, los criterios de adjudicación. Si a pesar de todo ello aún persiste la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- igualdad, el adjudicatario será seleccionado mediante un sorteo, que se llevará a cabo en acto público. En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. (art. 146, 150 y 169 LCSP)
15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el la Mesa de contratación u órgano de contratación procederá a la calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos aportada por los interesados (cláusulas 14.1.2 a 14.1.3), y si observase defectos materiales en la documentación presentada, por plataforma a la interesada correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el artículo 95 de la LCSP.
15.2.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, tras solicitar los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta razonada de selección de las personas interesadas cuyas ofertas hayan sido admitidas, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos.
15.3.- El órgano de contratación, a través del servicio técnico de él dependiente, negociará con las personas interesadas que reúnan los interesadosrequisitos de capacidad y solvencia exigidos, los términos de sus ofertasofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores presentadas por estos a que se refiere la cláusula 16, velando porque todos los interesados por que todas las personas interesadas reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados determinadas interesadas con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones 15.4.- Cuando el órgano de contratación decida concluir las negociaciones, informará a todas las personas licitadoras y establecerá un plazo común para la presentación de ofertas nuevas o revisadas. A continuación, la Mesa de contratación verificará que las ofertas definitivas se podrán realizar vía faxajustan a los requisitos mínimos, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello y que cumplen todos los requisitos establecidos en el expediente.
15.3.- Para la valoración de pliego; valorará las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá mismas con arreglo a los criterios directamente vinculados al objeto del contratode adjudicación establecidos en la cláusula 17, basados pudiéndose
15.5.- Cuando únicamente participe una candidatura, la mesa de contratación negociará con ésta, siempre y cuando sea posible, en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, términos que se indican señalan en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores cláusula 15.2. (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.art 170.2)
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Samples: Contract for Services
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, la unidad administrativa de contratación o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, examinará la documentación relativa a la capacidad y solvencia aportada por los interesados (sobre A), otorgando en su caso un plazo de subsanación no superior a tres días hábiles, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el artículo 82 del TRLCSP. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se efectuará mediante publicación del correspondiente edicto en el perfil de contratante del Ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx), momento en que se iniciará el plazo para su subsanación, sin perjuicio de que puedan utilizarse formas complementarias de comunicación. La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión.
15.2.- Seguidamente, el órgano de contratación negociará con los interesados, interesados los términos de sus ofertasofertas (sobre B), velando porque todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- 15.3.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- 15.4.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contrato De Suministro
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. 15.1.- 16.1. Concluido el plazo de presentación de ofertasproposiciones, el órgano la Mesa de contratación de acuerdo con la resolución de fecha 26 xx xxxxx de 2010 de la
16.2. La Mesa de Contratación de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha negociará con los interesados, que reúnan los requisitos de capacidad y solvencia exigidos inicialmente, los términos de sus ofertas, ofertas velando porque por que todos los interesados reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones se podrán realizar vía fax16.3. En todo caso, teléfonoel órgano de contratación, por escritoen orden a garantizar el buen fin del procedimiento, por correo electrónicopodrá recabar, o por comparecenciaen cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, dejando constancia de ello en el expediente.
15.3.- Para la valoración que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
15.4.- 16.4. La unidad administrativa correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el
15.5.- El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientesoportunos, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo elevará al resultado órgano de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, contratación la propuesta de adjudicación se realizará a favor razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 13 del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan presente pliego, acompañada de igualdad previamente visado por el Instituto Balear las actas de sus reuniones y de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadasdocumentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de las ofertas recibidas y los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de las razones para su aceptación o rechazocontratación no dicte la resolución de adjudicación.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
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Samples: Contract for Subscription Services
EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN. (art. 146, 150 y 169 LCSP)
15.1.- Concluido el plazo de presentación de ofertas, el la Mesa de contratación u órgano de contratación procederá a la calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos aportada por los interesados (cláusulas 14.1.2 a 14.1.3), y si observase defectos materiales en la documentación presentada, por plataforma a la interesada correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane, y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el artículo 95 de la LCSP.
15.2.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, tras solicitar los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta razonada de selección de las personas interesadas cuyas ofertas hayan sido admitidas, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos.
15.3.- El órgano de contratación, a través del servicio técnico de él dependiente, negociará con las personas interesadas que reúnan los interesadosrequisitos de capacidad y solvencia exigidos, los términos de sus ofertasofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores presentadas por estos a que se refiere la cláusula 16, velando porque todos los interesados por que todas las personas interesadas reciban igual trato, y en particular no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados interesados determinadas interesadas con respecto al resto.
15.2.- Las negociaciones 15.4.- Cuando el órgano de contratación decida concluir las negociaciones, informará a todas las personas licitadoras y establecerá un plazo común para la presentación de ofertas nuevas o revisadas. A continuación, la Mesa de contratación verificará que las ofertas definitivas se podrán realizar vía faxajustan a los requisitos mínimos, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, dejando constancia de ello y que cumplen todos los requisitos establecidos en el expediente.
15.3.- Para la valoración de pliego; valorará las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá mismas con arreglo a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 del TRLCSP, que se indican de adjudicación establecidos en la letra K del Cuadro de características del contrato.
15.4.- La unidad administrativa cláusula 17, pudiéndose solicitar para ello cuantos informes técnicos se estime pertinentes; y elevará la correspondiente o la Mesa de Contratación, si ésta se hubiere constituido, procederá a examinar las declaraciones responsables presentadas por los licitadores (anexo I del PCAP) y se hará constar el cumplimiento de dicho requisito previo propuesta al inicio de las negociaciones. Si observare defectos materiales en la declaración presentada lo comunicará a los interesados y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, y si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el
15.5.- El órgano de contratación.
15.5.- Cuando únicamente participe una candidatura, tras solicitarla mesa de contratación negociará con ésta, siempre y cuando sea posible, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
15.6.- En el supuesto en términos que se produzca igualdad señalan en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que cuenta con un plan de igualdad previamente visado por el Instituto Balear de la Mujer u órgano equivalente de otras administraciones públicas.
15.7.- En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
15.8.- Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.cláusula 15.2. (art 170.2)
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Samples: Contract for Supply of Software