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Common use of EXENCIONES Clause in Contracts

EXENCIONES. Están exentos del pago de la estampilla pro cultura en el Municipio de La Plata – Huila: 1) Los contratos o convenios interadministrativos que el Municipio de Las Plata – Huila, celebre con entidades públicas, empresas industriales y comerciales del estado, empresas sociales del estado y las sociedades de economía mixta o cualquier entidad donde el estado posea más del 50% de participación, o cuando celebre contratos de empréstitos con entidades particulares y que aquél figure como prestatario o deudor. 2) Los contratos de comodato que suscriba el Municipio de La Plata - Huila con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro con sujeción al Artículo 38 de la Ley 9 de 1989 y demás normas complementarias. 3) Los contratos financiados en su totalidad con fondos de los organismos de cooperación asistencial o ayudas internacionales. 4) Los contratos de donación. 5) Contratos de empréstitos y las operaciones de crédito público, de manejo de deuda y conexas. 6) Los convenios celebrados con las Juntas de Acción Comunal de conformidad con la Ley 1551 de 2012. 7) Los contratos celebrados con clubes deportivos municipales con personería jurídica emitida por autoridad competente. 8) Los contratos cuyo recurso tiene destinación específica al Sector Salud para Régimen Subsidiado, las actividades no cubiertas por subsidios a la demanda, acciones de salud pública colectiva, atención de la población pobre no asegurada, así como los contratos que celebre el prestador de servicios de salud (PSS) con sus profesionales o proveedores para garantizar la atención en salud de la población a su cargo y cuyo recurso provenga del Sistema General de Participaciones y/o del Sistema General de Seguridad Social en salud.

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Samples: Municipal Tax Statute, Municipal Tax Statute

EXENCIONES. Están —1. Estarán exentos del pago de la estampilla pro cultura en el Municipio de La Plata – Huilaeste impuesto: 1a) Los contratos vehículos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales adscritos a la defensa nacional o convenios interadministrativos que el Municipio de Las Plata – Huila, celebre con entidades públicas, empresas industriales y comerciales del estado, empresas sociales del estado y las sociedades de economía mixta o cualquier entidad donde el estado posea más del 50% de participación, o cuando celebre contratos de empréstitos con entidades particulares y que aquél figure como prestatario o deudorla segu- ridad ciudadana. 2b) Los contratos vehículos de comodato representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares xx xxxxxxx acreditados en España, que suscriba el Municipio sean súbditos de La Plata - Huila con entidades públicas o privadas sin ánimo los respectivos países, externamente identificados, y a condición de lucro con sujeción al Artículo 38 de la Ley 9 de 1989 y demás normas complementarias. 3) Los contratos financiados reciprocidad en su totalidad con fondos extensión y grado. Asimismo, los vehículos de los organismos internacionales con sede u ofici- na en España y de cooperación asistencial sus funcionarios o ayudas internacionalesmiembros con estatuto diplomático. 4c) Los contratos vehículos respecto de donaciónlos cuales así se derive de lo dis- puesto en tratados o convenios internacionales d) Las ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de herido o enfermos. 5e) Contratos Los vehículos para personas de empréstitos y las operaciones movilidad reducida a que se re- fiere la letra A) del anexo II del Reglamento General de crédito públicoVehícu- los, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de manejo 23 de deuda y conexasdiciembre. 6f) Asimismo, están exentos los vehículos matriculados a nom- bre de minusválidos para su uso exclusivo. Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte. g) Las exenciones previstas en los dos párrafos anteriores no re- sultarán aplicables a los sujetos pasivos beneficiarios de las mismas por más de un vehículo simultáneamente. Se consi- derarán personas con minusvalía quienes tengan esta condi- ción legal en grado igual o superior al 33 por 100. h) Los convenios celebrados con las Juntas autobuses urbanos adscritos al servicio de Acción Comunal transporte pú- blico en régimen de conformidad con la Ley 1551 de 2012concesión administrativa otorgada por este Ayuntamiento. 7i) Los contratos celebrados con clubes deportivos municipales con personería jurídica emitida por autoridad competentetractores, remolques, semirremolques y maquinaria pro- vistos de Cartilla de Inspección Agrícola. 8) Los contratos cuyo recurso tiene destinación específica al Sector Salud para Régimen Subsidiado, las actividades no cubiertas por subsidios a la demanda, acciones de salud pública colectiva, atención de la población pobre no asegurada, así como los contratos que celebre el prestador de servicios de salud (PSS) con sus profesionales o proveedores para garantizar la atención en salud de la población a su cargo y cuyo recurso provenga del Sistema General de Participaciones y/o del Sistema General de Seguridad Social en salud.

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Samples: Subsidy Announcement

EXENCIONES. Están Quedarán exentos del pago del Impuesto de Espectáculos Públicos, por el término de cinco años, las siguientes organizaciones sociales que por su objeto encaminan su esfuerzo a fortalecer la estampilla pro cultura en democracia, la cultura, la ciencia, el Municipio arte, la práctica y fomento del deporte, o la atención de La Plata – Huilacalamidades públicas: 1) Los contratos o convenios interadministrativos que el Municipio . Comités de Las Plata – Huila, celebre con entidades públicas, empresas industriales y comerciales del estado, empresas sociales del estado y las sociedades de economía mixta o cualquier entidad donde el estado posea más del 50% de participación, o cuando celebre contratos de empréstitos con entidades particulares y que aquél figure como prestatario o deudor.vivienda por autoconstrucción 2) Los contratos . Juntas de comodato que suscriba el Municipio Acción Comunal, Asociaciones de La Plata - Huila con entidades públicas o privadas sin ánimo Padres de lucro con sujeción al Artículo 38 de la Ley 9 de 1989 Familia, Establecimientos Educativos Públicos y demás normas complementariasPrivados, Organizaciones Estudiantiles, Clubes Deportivos Aficionados y Sindicatos. 3) Los contratos financiados en su totalidad con . Cooperativas, fondos de los organismos de cooperación asistencial o ayudas internacionales.empleados y fundaciones 4) . Los contratos de donación.movimientos o partidos políticos reconocidos legalmente 5) Contratos . Los programas que tengan el patrocinio directo del Ministerio de empréstitos y las operaciones de crédito público, de manejo de deuda y conexas.Cultura o quien haga sus veces 6) . Los convenios celebrados que se presenten con las Juntas fines culturales destinados a obras de Acción Comunal de conformidad con la Ley 1551 de 2012.beneficencia 7) Los contratos celebrados con clubes deportivos municipales con personería jurídica emitida . Las Compañías o conjuntos teatrales de ballet, ópera, zarzuela, drama, comedia, revistas, patrocinados por autoridad competente.el Ministerios de Educación Nacional o por el Ministerio de Cultura 8) Los contratos cuyo recurso tiene destinación específica al Sector Salud para Régimen Subsidiado, las actividades no cubiertas 8. Las Federaciones Colombianas reconocidas por subsidios a la demanda, acciones de salud pública colectiva, atención de la población pobre no asegurada, así como los contratos que celebre el prestador de servicios de salud (PSS) con sus profesionales o proveedores para garantizar la atención en salud de la población a su cargo y cuyo recurso provenga del Sistema General de Participaciones Coldeportes y/o el Comité Olímpico Internacional, en lo relacionado con las presentaciones de Selecciones Colombia en cualquiera de las categorías y disciplinas 9. Las casas o escuelas de teatro y agrupaciones escénicas con domicilio principal en Sesquilé 10. Los equipos de fútbol profesional constituidos con base en la Ley 181 de 1995 o del Sistema General deporte, con sede oficial en la ciudad de Seguridad Social en salud.Sesquilé 11. Las organizaciones no gubernamentales que atiendan calamidades públicas

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Samples: Statute

EXENCIONES. Están exentos del pago de la estampilla pro cultura en el Municipio de La Plata – Huilaxx Xxxxx: 1) Los contratos o convenios interadministrativos que el Municipio de Las Plata – Huila, xx Xxxxx celebre con entidades públicas, empresas industriales y comerciales del estado, empresas sociales del estado y las sociedades de economía mixta o cualquier entidad donde el estado posea más del 50% de participación, o cuando celebre contratos de empréstitos con entidades particulares y que aquél figure como prestatario o deudor. 2) Los contratos de comodato que suscriba el Municipio de La Plata - Huila xx Xxxxx con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro con sujeción al Artículo artículo 38 de la Ley 9 novena de 1989 y demás normas complementarias. 3) Los contratos financiados en su totalidad con fondos de los organismos de cooperación asistencial o ayudas internacionales. 4) Los contratos de donación. 5) Contratos de empréstitos y las operaciones de crédito público, de manejo de deuda y conexas. 6) Los convenios celebrados con las Juntas de Acción Comunal de conformidad con la Ley 1551 de 2012. 7) Los contratos celebrados con clubes deportivos municipales con personería jurídica emitida por autoridad competente. 8) Los contratos cuyo recurso tiene destinación específica al Sector Salud para Régimen Subsidiado, las actividades no cubiertas por subsidios a la demanda, acciones de salud pública colectiva, atención de la población pobre no asegurada, así como los contratos que celebre el prestador de servicios de salud (PSS) con sus profesionales o proveedores para garantizar la atención en salud de la población a su cargo y cuyo recurso provenga del Sistema General de Participaciones y/o del Sistema General de Seguridad Social en salud.

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Samples: Estatuto Tributario