ACTIVIDADES INDUSTRIALES. Es actividad industrial la producción, extracción, fabricación, confección, preparación, transformación, reparación, manufactura y ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes.
ACTIVIDADES INDUSTRIALES. Se consideran actividades industriales las dedicadas a la producción, reparación, manufactura, ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes y en general todo proceso de transformación por elemental que sea.
ACTIVIDADES INDUSTRIALES. COD ACTIVIDAD TARIFA (x1000) 101 Fabricación de alimentos para el consumo humano y de animales, despulpadoras de frutas, pasteurizadora, producción frigorífica y productos lácteos. 4 102 Fabricación de cosméticos, perfumes, metales preciosos, bebidas alcohólicas y tabaco. 7 103 Fabricación de productos químicos, productos minerales no metálicos y de maquinaria y equipos. 7 104 Fabricación de productos primarios xx xxxxxx y acero, muebles en madera y metálicos. 7 105 Fabricación de productos plásticos y similares, marroquinería, impresión, edición y artes gráficas. 6 106 Fabricación y producción de prendas de vestir y calzado. 4 107 Fabricación, procesamiento y demás actividades dedicadas a la transformación de los productos derivados del petróleo. 7 108 Actividad industrial asociada a la exploración o explotación de hidrocarburos y sus derivados. 7 109 Actividad industrial asociada a estudios de sísmica. 7 110 Fábricas de hielo, espermas y de juegos pirotécnicos. 4 111 Actividad industrial asociada a la exploración o explotación xx xxxxxx y otros minerales. 7 112 Industria ladrillera, fábrica de materiales para la construcción. 7
ACTIVIDADES INDUSTRIALES. Se consideran actividades industriales las dedicadas a la producción, extracción, fabricación, confección, preparación, manufactura, ensamblaje, de cualquier clase de materiales o bienes y en general todo proceso de transformación por elemental que éste sea. PARÁGRAFO. Para la actividad industrial de la construcción, se entenderá como tal la ejecución de obras realizadas por cuenta propia por el constructor, relacionadas con todo tipo de edificaciones.
ACTIVIDADES INDUSTRIALES. Se consideran actividades industriales las dedicadas a la producción, extracción, fabricación, confección, preparación, reparación, manufactura, ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes, y en general todo proceso de transformación por elemental que este sea. PARÁGRAFO. Se considera como actividad artesanal aquella realizada por personas naturales de manera manual y desautomatizada cuya fabricación en serie no sea repetitiva e idéntica, sin intervención en la transformación de más de cinco (5) personas simultáneamente.
ACTIVIDADES INDUSTRIALES. Para los fines aquí previstos se considera actividad industrial la producción, extracción, fabricación, confección, preparación, reparación, manufactura, ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes, y en general todo proceso de transformación por elemental que este sea.
ACTIVIDADES INDUSTRIALES. CÓDIGO ACTIVIDAD TARIF A POR MIL CODIGO ACTIVIDAD TARIFA CODIGO ACTIVIDAD TARIFA CÓDIGO ACTIVIDAD TARIFA PARÁGRAFO 1. Aquellas actividades gravables que por sus características especiales no puedan ser ubicadas en forma específica, como Industriales, comerciales, de servicios o financieras, pagarán una tarifa xxx xxxx (10 x 1000). PARÁGRAFO 2. Se entiende que una actividad de servicios se realiza en el Municipio xx Xxxxx cuando la prestación del mismo se inicia o cumple en la jurisdicción municipal. PARÁGRAFO 3. Se continúa con la determinación contenida en el artículo 2 del Acuerdo 08 de 2012, de fijar como tarifa mínima anual del impuesto de industria y comercio la suma de tres (3) unidades de valor tributario (UVT)
ACTIVIDADES INDUSTRIALES. Se definen como usos de actividad industrial aquellos destinados a la producción, transformación y/o reconstrucción de bienes y productos. - Grupo 1. Industria doméstica complementaria con la vivienda, no requiere locales especializados, no ocasiona molestias al uso residencial ni contaminación, y cuyo número de empleados es inferior a 3. Este grupo está conformado entre otras por las siguientes actividades:
ACTIVIDADES INDUSTRIALES. (Modificado por el Artículo Primero del Acuerdo Municipal 019 del 20 xx xxxxx de 2008). Se consideran actividades industriales las dedicadas a la producción, extracción, fabricación, confección, preparación, reparación, manufactura o ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes y, en general, todo proceso de transformación por elemental que éste sea. PARÁGRAFO PRIMERO: Se considera como actividad artesanal aquella realizada por personas naturales de manera manual y desautomatizada cuya fabricación en serie no sea repetitiva e idéntica, sin intervención en la transformación de más de cinco (5) personas simultáneamente. PARÁGRAFO SEGUNDO: Se considera como Micro-Empresa el ejercicio de actividades industriales realizadas por una persona natural y/o jurídica incluidas las de derecho público, reconocidas y certificadas como tales por la respectiva Cámara de Comercio o por entidad competente, que ocupe hasta diez (10) personas simultáneamente y con activos totales excluida la vivienda, hasta por valor de doscientos (200) salarios mínimos mensuales legales vigentes. PARÁGRAFO TERCERO: Para el pago del Impuesto de Industria y Comercio sobre las actividades industriales, el gravamen se pagará en el municipio donde se encuentre ubicada la sede fabril o planta industrial, teniendo como base gravable los ingresos brutos totales provenientes de la comercialización de la producción.
ACTIVIDADES INDUSTRIALES. 73.2. Actividades comerciales y,