Common use of EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Clause in Contracts

EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD. 13.1. En caso de negligencia leve, DCS queda eximido de responsabilidad a menos que se hayan infringido las principales obligaciones contractuales (obligaciones fundamentales), como las que se consideran impuestas concretamente a DCS según el contenido y la finalidad del contrato del servicio de carga, o aquellas cuyo cumplimiento permite la adecuada ejecución del contrato del servicio de carga y su cumplimiento, en el que el cliente puede confiar regularmente. Esta responsabilidad se limita a los daños típicos que pueden preverse en el momento de cerrar el contrato del servicio de carga. 13.2. La responsabilidad personal de los representantes legales, agentes y empleados de DCS por cualquier daño derivado de una negligencia leve se limita, asimismo, en la medida indicada en el párrafo anterior. 13.3. La responsabilidad de DCS en caso de no divulgación intencionada de un defecto, o como resultado de la xxxxxxxx de garantía o de acuerdo con las leyes de responsabilidad, no se ve afectada. Las restricciones de responsabilidad no se aplican en caso de intención culposa, negligencia grave, muerte, lesión física o daño a la salud. 13.4. DCS no es el operario de las estaciones de carga y no se responsabiliza como tal. El cliente reconoce, en caso de interrupción o anomalías en el suministro de electricidad como resultado de un problema en el funcionamiento de la red (incluida la conexión a la red), que puede haber reclamaciones contra el operador de la red de distribución; si se requiere, DCS asignará y transferirá las reclamaciones y derechos contra el operador de la red de distribución en relación con daños a un cliente.

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EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD. 13.112.1. En caso de negligencia leve, DCS queda eximido de responsabilidad a menos que se hayan infringido las principales obligaciones contractuales (obligaciones fundamentales), como las que se consideran impuestas concretamente a DCS según el contenido y la finalidad del contrato del servicio de carga, o aquellas cuyo cumplimiento permite la adecuada ejecución del contrato del servicio de carga y su cumplimiento, en el que el cliente puede confiar regularmente. Esta responsabilidad se limita a los daños típicos que pueden preverse en el momento de cerrar el contrato del servicio de carga. 13.212.2. La responsabilidad personal de los representantes legales, agentes y empleados de DCS por cualquier daño derivado de una negligencia leve se limita, asimismo, en la medida indicada en el párrafo anterior. 13.312.3. La responsabilidad de DCS en caso de no divulgación intencionada de un defecto, o como resultado de la xxxxxxxx de garantía o de acuerdo con las leyes de responsabilidad, no se ve afectada. Las restricciones de responsabilidad no se aplican en caso de intención culposa, negligencia grave, muerte, lesión física o daño a la salud. 13.412.4. DCS no es el operario de las estaciones de carga y no se responsabiliza como tal. El cliente reconoce, en caso de interrupción o anomalías en el suministro de electricidad como resultado de un problema en el funcionamiento de la red (incluida la conexión a la red), que puede haber reclamaciones contra el operador de la red de distribución; si se requiere, DCS asignará y transferirá las reclamaciones y derechos contra el operador de la red de distribución en relación con daños a un cliente.

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