LIMITACIONES DE LA RESPONSABILIDAD Cláusulas de Ejemplo

LIMITACIONES DE LA RESPONSABILIDAD. X. Xxxxx Excluidos. EN NINGÚN CASO, LAS PARTES O SUS AFILIADOS O SUS PROVEEDORES SERÁN RESPONSABLES DE LOS DAÑOS INCURRIDOS EN AUSENCIA DE UNA CONDUCTA DOLOSA, INCLUIDOS, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES: 1) LA PÉRDIDA DE USO O LA PÉRDIDA DE DATOS; 2) LA PÉRDIDA DE OPORTUNIDADES DE NEGOCIO, INGRESOS O BENEFICIOS; O 3) LOS COSTES DE ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS O SERVICIOS DE SUSTITUCIÓN, EN TODOS LOS CASOS, YA SEA EN VIRTUD DE UN CONTRATO, GARANTÍA, AGRAVIO (INCLUIDA LA NEGLIGENCIA O LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA), O CUALQUIER OTRA TEORÍA DE RESPONSABILIDAD, E INCLUSO SI DICHA PARTE HA SIDO INFORMADA CON ANTELACIÓN DE TALES DAÑOS O ÉSTOS PODRÍAN HABER SIDO RAZONABLEMENTE PREVISTOS. B. Límites de Responsabilidad. CON EXCEPCIÓN DE LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE DOCUMENTO, LA RESPONSABILIDAD TOTAL ACUMULADA DE LAS PARTES EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO NO EXCEDERÁ DE LAS CANTIDADES PAGADAS O POR PAGAR EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO DURANTE LOS SEIS (6) MESES ANTERIORES. LAS LIMITACIONES BAJO ESTA SECCIÓN
LIMITACIONES DE LA RESPONSABILIDAD. La Sociedad no tendrá, bajo ninguna circunstancia, responsabilidad alguna en relación con indemnizaciones de daños, daños secundarios, indirectos o especiales, lucros cesantes, pérdidas reales, pérdidas de producción o progreso en la construcción, tanto si resultan de retrasos de entrega como de cumplimiento, de violación de garantía, fabricación con negligencia u otras causas. La responsabilidad total de la Sociedad en relación con el cumplimiento del presente pedido, por incumplimiento de contrato o de garantía, negligencia u otras causas, en ningún caso excederá del precio contractual. El Comprador acepta mantener a la Sociedad al margen de toda responsabilidad en relación con cualesquiera reclamaciones de terceros atinentes a dichas limitaciones. En la medida en que la observancia de las diferentes disposiciones legales y reglamentarias, tanto estatales, como regionales, en materia de salud e higiene en el trabajo, así como de contaminación del medio ambiente, se vean afectadas por el uso, la instalación y el funcionamiento del equipo y otros elementos sobre los cuales la Sociedad no tiene control, la Sociedad no asumirá responsabilidad alguna respecto a la observancia de dichas disposiciones legales y reglamentarias, ni en forma de indemnización, garantía o alguna otra.
LIMITACIONES DE LA RESPONSABILIDAD. En relación con las operaciones del Fondo, la responsabilidad financiera del Banco se limitará a los recursos y las reservas del Fondo (si las hubiere), y la responsabilidad de los Donantes como tales se limitará a la parte impaga de sus respectivas contribuciones que se encuentre vencida y pagadera.
LIMITACIONES DE LA RESPONSABILIDAD. 5.1.- Fuerza Mayor DIGILOGIX S. A., en su calidad de Certificador Licenciado, no indemnizará a un damnificado por el uso incorrecto de un certificado digital p or ella emitido, en casos debidamente comprobados considerados como fortuitos o de fuerza mayor, si de muestra que actuó con la debida diligencia. 5.2.- Casos en los cuales el certificador puede limitar su responsabilidad a) Por los casos que se excluyan taxativamente en las condiciones de emisión y utilización de sus certificados digitales y que no estén expresamente previstos en la ley; b) Por los daños y perjuicios que resulten del uso no autorizado de un certificado digital, si en las correspondientes condic iones de emisión y utilización de sus certificados constan las restricciones de su utilización; c) Por eventuales inexactitudes en el certificado que resulten de la información facilitada por el titular que, según lo disp uesto en las normas y en los manuales de procedimientos respectivos, deba ser objeto de verificación, siempre que el certificador pueda demostrar que ha tomado todas las medidas razonables. Los alcances de la responsabilidad de DIGILOGIX S.A. se limitan a las consecuencias directas de la falta de cumplimiento de los procedimientos establecidos en su Política Única de Certificación en relación a la emisión, renovación y revocación de certificados. Los alc ances de la responsabilidad de DIGILOGIX S.A. se limitan a los ámbitos de su incumbencia direct a, en ningún momento será responsable por el mal uso de los certificados que pudiera hacerse, tampoco por los daños y perjuicios derivados de la falta de consulta de la información disponible en Internet sobre la validez de los certificados, ni tampoco será responsable de los usos de los certificados en aplicaciones específicas. DIGILOGIX S.A. no garantiza el acceso a la información cuando mediaran razones de fuerza mayor (catástrofes naturales, cortes masivos de luz por períodos indeterminados, destrucción debido a eventos no previstos, etc.) ni asume responsabilidad por los daños o perjuicios que se deriven en forma directa o indirecta como consecuencia de estos casos.
LIMITACIONES DE LA RESPONSABILIDAD. El Certificador no asumirá responsabilidad alguna en aquellos supuestos que se excluyan taxativamente en las condiciones de emisión y utilización de sus certificados, en los supuestos de daños y perjuicios que resultaren del uso no autorizado de un certificado digital y en los supuestos donde las inexactitudes contenidas en el certificado resultaran de la información que hubiera presentado el suscriptor
LIMITACIONES DE LA RESPONSABILIDAD a) El PARQUE limita su responsabilidad de la forma más amplia permitida por las leyes aplicables, excluyendo y declinando toda responsabilidad a nuestros directores, funcionarios, empleados, agentes, proveedores, concesionarios, y proveedores de servicios, en materia de pérdidas y gastos de cualquier naturaleza incluyendo mas no limitando cualquier daño o consecuencia directa, indirecta, general, especial, punitiva, incidental, o consecuencial, así como pérdida de información, pérdida causada por un virus, pérdida de ingresos o beneficios, pérdida o daño a la propiedad, reclamaciones de terceros, u otras pérdidas de cualquier tipo o carácter, incluso si hemos sido advertidos de la posibilidad de tales daños o pérdidas, derivados de o en relación con el uso de este sitio o de los productos y servicios del PARQUE. b) Esta limitación de responsabilidad aplica independientemente de si la supuesta responsabilidad está sustentada sobre contrato, agravio (incluyendo negligencia) estricta responsabilidad o cualquier otra base legal. c) Si alguna parte de esta limitación de responsabilidad se encuentra inválida o es inaplicable por cualquier razón, entonces la responsabilidad total de las partes liberadas de responsabilidad que se hayan limitado no excederán de $100.00 (cien pesos mexicanos 00/100 M.N.) d) Dado que el PARQUE se encuentra en un proceso de mejora continua de su servicio, pero también depende de terceros para ofrecer sus servicios (electricidad, agua, drenaje, teléfonos y los que apliquen), el PARQUE no puede garantizar el funcionamiento parcial o total esté disponible sin interrupciones. Como parte de esta circunstancia, el PARQUE se reserva el derecho a permitir o denegar la operación de parte de sus instalaciones, así como a cambiar precios, horario de operación, y las políticas del parque sin notificación.
LIMITACIONES DE LA RESPONSABILIDAD. 7.1 En ningún evento y sin importar las circunstancias HW deberá ser responsable por cualquier pérdida de ganancia o ingresos esperados, pérdida de datos, daños a los registros o datos o cualquier daño indirecto, especial, incidental o consecuente o pérdida (comúnmente denominada "pérdidas") (que con objeto de este Contrato de Licenciamiento será considerado para que incluya, pero no este limitada a la pérdida de buena voluntad, o pérdida como consecuencia de cualquier interrupción del negocio o costo por reemplazo del sistema) generado desde o en conexión con este Contrato de Licenciamiento del uso o desempeño del Software o servicios conectados a ello incluso si HW notificó sobre la posibilidad de este tipo de pérdidas y concerniente a si la causa de acción está en el contrato o es injusta. De acuerdo a ello, el Titular de la Licencia no podrá requerir, demandar o buscar compensación desde HW por cualquier tipo de pérdida ya mencionada, y HW no indemnizará al Titular de la Licencia por estas demandas. 7.2 HW no tendrá ninguna responsabilidad u obligación respecto a cualquier confirmación o promesas realizadas o representaciones hechas por terceros, incluyendo resellers de HW, socios de HW y consultores externos, concernientes al Software o servicios relacionados. 7.3 En la máxima medida permitida por la ley aplicable, HW declina cualquier responsabilidad por el producto como consecuencia de la pérdida o daño a la propiedad en la cual, en vista de su naturaleza, estaba previsto su uso comercial. 7.4 HW no tendrá responsabilidad u obligación por cualquier ajuste u otras modificaciones en el Software o cualquier otro servicio y soporte del Software desarrollado por el mismo Titular de la Licencia o proporcionado por terceros o socios de HW. Adicionalmente, HW no tendrá ninguna responsabilidad por cualquier defecto que sea consecuencia de factores externos, incluyendo otros programas de software, o a consecuencia de la integración o interacción entre el Software y el propio ambiente de hardware y software del Titular de la Licencia. 7.5 En todo y cualquier evento, sin importar las circunstancias, la responsabilidad conjunta de HW por la pérdida o daño como consecuencia o en relación con el Contrato de Licenciamiento o el uso o desempeño del Software o servicios asociados a esto no excederá el monto del Pago inicial de la Licencia pagado por el Titular de la Licencia.
LIMITACIONES DE LA RESPONSABILIDAD. El Vendedor deberá conservar un seguro de responsabilidad comercial general (CGL, por sus siglas en inglés) y, de ser necesario, seguro comercial con ampliación de la cobertura con un límite de no menos de $1,000,000 por cada incidente. Si dicho seguro CGL contiene un límite combinado general, el límite combinado general se aplicará por separado a este proyecto/lugar o el límite combinado general deberá ser de dos veces el límite requerido por cada incidente.
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  • Limitaciones de responsabilidad EN ALGUNOS PAÍSES NO ESTÁ PERMITIDA LA LIMITACIÓN O EXCLUSIÓN DE DAÑOS EMERGENTES, INDIRECTOS U OTROS DAÑOS EN CONTRATOS CON CONSUMIDORES Y, EN LA MEDIDA EN QUE USTED SEA UN CONSUMIDOR, LAS LIMITACIONES O EXCLUSIONES EN ESTA SECCIÓN NO SE APLICARÁN A USTED. (a) CON EL MÁXIMO ALCANCE PERMITIDO POR LA LEY APLICABLE Y SUJETO A LOS RECURSOS ESPECÍFICOS INDICADOS EN ESTE CONTRATO, EN NINGÚN CASO SERÁ RIM RESPONSABLE DE NINGUNO DE LOS SIGUIENTES TIPOS DE DAÑOS: DAÑOS EMERGENTES, EJEMPLARES, INCIDENTALES, INDIRECTOS, ESPECIALES, PUNITIVOS, XXXXXXX O AGRAVADOS, DAÑOS POR PÉRDIDA DE GANANCIAS O INGRESOS DE NEGOCIOS, IMPOSIBILIDAD DE REALIZAR LOS AHORROS ESPERADOS, INTERRUPCIÓN EN EL NEGOCIO, PÉRDIDA DE INFORMACIÓN COMERCIAL, PÉRDIDA DE OPORTUNIDAD COMERCIAL, CORRUPCIÓN O PERDIDA DE DATOS O INCUMPLIMIENTOS DE SEGURIDAD DE DATOS, FALLAS EN LA TRANSMISIÓN O RECEPCIÓN DE CUALQUIER DATO, PROBLEMAS ASOCIADOS CON CUALQUIER APLICACIÓN USADA CON SU SOLUCIÓN BLACKBERRY O DERIVADA DE CUALQUIER ALTERACIÓN O INTENTO DE ALTERACIÓN DE SU SOLUCIÓN BLACKBERRY, O CUALQUIER PARTE DE LA MISMA, POR CUALQUIERA QUE NO SEA RIM, COSTOS DE INACTIVIDAD, PÉRDIDA DE USO DE SU SOLUCIÓN BLACKBERRY O CUALQUIER PARTE DE LA MISMA O DE CUALQUIER SERVICIO O ELEMENTO DE TERCEROS, COSTOS DE BIENES DE REEMPLAZO, COSTOS DE COBERTURA, INSTALACIONES O SERVICIOS, COSTOS DE CAPITAL, U OTRAS PÉRDIDAS PECUNIARIAS SIMILARES DERIVADAS O RELACIONADAS CON ESTE CONTRATO O CON SU SOLUCIÓN BLACKBERRY, INCLUSIVE EL USO, INCAPACIDAD DE USO, DESEMPEÑO O NO DESEMPEÑO DE SU SOLUCIÓN BLACKBERRY, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE ESOS DAÑOS SEAN PREVISTO O IMPREVISTOS, INCLUSIVE SI RIM HA SIDO INFORMADA SOBRE LA POSIBILIDAD DE ESOS DAÑOS. (b) Con el máximo alcance permitido por la ley aplicable, en ningún caso la responsabilidad total de RIM superará lo que resulte mayor de lo siguiente: (i) el monto que usted pagó por el/los Producto(s) de RIM en cuestión; (ii) el monto pagado por esa parte del Software en cuestión; (iii) el monto pagado por el periodo pertinente del Servicio de RIM pagado en cuestión; y (iv) cinco (5) dólares estadounidenses. (c) Con el máximo alcance permitido por la ley aplicable, en la medida en que RIM sea responsable frente a Usted en virtud del presente, RIM será solo responsable de los daños incurridos durante el periodo xx xxxxx, retraso o no desempeño correspondiente de Su Solución BlackBerry. (d) Ninguna disposición de esta sección limita la responsabilidad de RIM frente a Usted en el caso de muerte o lesión corporal en la medida que resulte directamente de la negligencia de RIM; sin embargo, cualquier daño pagadero por RIM se reducirá en la medida de Su aporte o el de otro. (e) CON EL MÁXIMO ALCANCE PERMITIDO POR LA LEY APLICABLE, CADA PARTE SERÁ RESPONSABLE FRENTE A LA OTRA SOLO EN LA MEDIDA QUE SE DISPONGA EXPRESAMENTE EN ESTE CONTRATO Y NO TENDRÁ NINGUNA OTRA OBLIGACIÓN, DEBER NI RESPONSABILIDAD EN ABSOLUTO, YA SEA EN VIRTUD DE CONTRATO, EXTRACONTRACTUALMENTE, POR LEY O DE OTRO MODO. (f) CON EL MÁXIMO ALCANCE PERMITIDO POR LA LEY APLICABLE, LAS LIMITACIONES, EXCLUSIONES Y EXENCIONES EN ESTE CONTRATO: (i) SE APLICARÁN INDEPENDIENTEMENTE DE LA NATURALEZA DE LA CAUSA QUE HAYA DADO MOTIVO A LA ACCIÓN, DEMANDA O MEDIDA EMPRENDIDA POR USTED, INCLUIDOS, A TÍTULO ENUNCIATIVO AUNQUE NO LIMITATIVO, NEGLIGENCIA, HECHO ILÍCITO, RESPONSABILIDAD OBJETIVA, LEY, INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O CUALQUIER OTRA TEORÍA JURÍDICA; (ii) SUBSISTIRÁN AL/A LOS INCUMPLIMIENTO(S) FUNDAMENTAL(ES) O AL INCUMPLIMIENTO DEL PROPÓSITO ESENCIAL DE ESTE CONTRATO O DE CUALQUIER RECURSO INCLUIDO EN EL PRESENTE; (iii) NO SE APLICARÁN A LAS OBLIGACIONES DE INDEMNIZACIÓN ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE O A LA MALVERSACIÓN O VIOLACIÓN POR CUALQUIERA DE LAS PARTES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA OTRA PARTE O AL INCUMPLIMIENTO DE LAS SECCIONES DE ESTE CONTRATO TITULADAS: "NORMAS DE USO DE LA SOLUCIÓN BLACKBERRY" (SECCIÓN 3),"SOFTWARE Y DOCUMENTACIÓN DE LICENCIA" (SECCIÓN 2),"PROPIEDAD INTELECTUAL" (SECCIÓN 11),"EXPORTACIÓN, IMPORTACIÓN Y RESTRICCIONES DE USO Y LICENCIAS DEL GOBIERNO DE LOS EE. UU." (SECCIÓN 12),"CONFIDENCIALIDAD E INGENIERÍA INVERSA" (SECCIÓN 15) Y "DATOS DEL USUARIO" (SECCIÓN 25),Y (iv) APLICACIÓN EN SU TOTALIDAD A RIM O AL GRUPO DE COMPAÑÍAS RIM, SUS SUCESORES, CESIONARIOS Y DISTRIBUIDORES AUTORIZADOS DE RIM (INCLUSIVE LOS PROVEEDORES DE SERVICIO DE TIEMPO DE CONEXIÓN QUE ACTÚEN COMO DISTRIBUIDORES DEL SOFTWARE AUTORIZADOS POR RIM). (g) EN NINGÚN CASO NINGÚN FUNCIONARIO, DIRECTOR, EMPLEADO, AGENTE, DISTRIBUIDOR, PROVEEDOR (QUE NO SEA UN PROVEEDOR DE PRODUCTOS/SERVICIOS), PROVEEDOR DE SERVICIO,CONTRATISTA INDEPENDIENTE O CUALQUIER PROVEEDOR DE SERVICIO DE TIEMPO DE CONEXIÓN (EXCEPTO SEGÚN SE INDICA ARRIBA)DE CUALQUIERA DEL GRUPO DE COMPAÑÍAS RIM TENDRÁN RESPONSABILIDAD ALGUNA DERIVADA O RELACIONADA CON ESTE CONTRATO. (h) USTED RECONOCE Y ACEPTA QUE LAS EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD, EXCLUSIONES Y LIMITACIONES ESTABLECIDAS EN ESTE CONTRATO CONSTITUYEN UN ELEMENTO ESENCIAL DEL CONTRATO ENTRE LAS PARTES Y QUE, EN AUSENCIA DE DICHAS EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD, EXCLUSIONES Y LIMITACIONES: (i) LOS CARGOS Y OTROS TÉRMINOS EN ESTE CONTRATO SERÍAN SUSTANCIALMENTE DIFERENTES; Y (ii) SE AFECTARÍA LA CAPACIDAD DE RIM PARA OFRECER Y SU CAPACIDAD DE OTORGAR EN LICENCIA SOFTWARE Y SERVICIOS DE RIM EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO Y/O LA CAPACIDAD DE RIM PARA PONER A DISPOSICIÓN A TRAVÉS DE SU SOLUCIÓN BLACKBERRY ELEMENTOS Y SERVICIOS DE TERCEROS. NINGUNA DISPOSICIÓN EN ESTE CONTRATO PRETENDE REEMPLAZAR NINGÚN ACUERDO ESCRITO O GARANTÍA PROPORCIONADA POR RIM PARA PARTES DE SU SOLUCIÓN BLACKBERRY QUE NO SEA EL SOFTWARE Y LOS SERVICIOS DE RIM.

  • Limitación de la responsabilidad 6.1 EXCEPTO POR LA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA SECCIÓN 7, LA RESPONSABILIDAD QUE NO PUEDA LIMITARSE POR LEY, LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL XX XXXXXX, EL USO O LA DIVULGACIÓN NO AUTORIZADOS DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, EL INCUMPLIMIENTO POR CUALQUIERA DE LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE DATOS QUE DEN LUGAR A UN USO O DIVULGACIÓN NO AUTORIZADOS DE DATOS PERSONALES, O LOS IMPORTES ADEUDADOS EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO, EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY: (A) NINGUNA DE LAS PARTES NI SUS FILIALES SERÁN RESPONSABLES ANTE LA OTRA PARTE O SUS FILIALES DE (I) CUALQUIER DAÑO INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL, PUNITIVO, EJEMPLAR O CONSECUENTE; (II) CUALQUIER PÉRDIDA DE BENEFICIOS, INGRESOS, VENTAS, USO, DATOS, USO DE DATOS, FONDO DE COMERCIO O REPUTACIÓN, O CUALQUIER INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO; O (III) CUALQUIER DAÑO CAUSADO POR CUALQUIER SERVICIO DE SUSCRIPCION PROPORCIONADO EN BASE A UNA VERSION BETA, DE EVALUACION O GRATUITA; Y (B) EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD AGREGADA DE CUALQUIERA DE LAS PARTES O DE SUS FILIALES QUE SURJA DE ESTE ACUERDO O ESTÉ RELACIONADA CON ÉL, YA SEA POR CONTRATO, AGRAVIO O DE OTRO MODO, SUPERARÁ LOS IMPORTES TOTALES EFECTIVAMENTE PAGADOS POR LOS SERVICIOS DE SUSCRIPCIÓN Y/O LOS SERVICIOS DE NO SUSCRIPCIÓN QUE DEN LUGAR A LA RESPONSABILIDAD DURANTE LOS DOCE (12) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES AL HECHO QUE DÉ LUGAR A DICHA RESPONSABILIDAD.

  • LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD 7.1 EN NINGÚN CASO LAS PARTES O SUS AFILIADAS SERÁN RESPONSABLES POR DAÑOS Y PERJUICIOS INDIRECTOS, CONSECUENTES, INCIDENTALES, ESPECIALES, PUNITIVOS O EJEMPLARES, NI POR LUCRO CESANTE O PÉRDIDA DE INGRESOS (A EXCEPCIÓN DE TARIFAS EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO), VENTAS, DATOS, USO DE DATOS, GOODWILL, O REPUTACIÓN. 7.2 EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE ORACLE Y DE NUESTRAS AFILIADAS QUE SURJA EN VIRTUD O COMO CONSECUENCIA DEL PRESENTE CONTRATO O SU ORDEN, YA SEA CONTRACTUAL, EXTRACONTRACTUAL, O DE OTRA NATURALEZA, SUPERARÁ EL TOTAL DE LAS SUMAS EFECTIVAMENTE PAGADAS EN VIRTUD DE SU ORDEN POR LOS SERVICIOS QUE DAN ORIGEN A LA RESPONSABILIDAD DURANTE LOS DOCE (12) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES AL EVENTO QUE DA ORIGEN A DICHA RESPONSABILIDAD.

  • Exención de Responsabilidades El Comité de Compras y Contrataciones no estará obligado a declarar habilitado y/o Adjudicatario a ningún Oferente/Proponente que haya presentado sus Credenciales y/u Ofertas, si las mismas no demuestran que cumplen con los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.

  • LÍMITES DE RESPONSABILIDAD El Cliente acepta que el Banco no será responsable en caso fortuito o fuerza mayor o debido a desperfectos o suspensión del servicio de los equipos automatizados, interrupción en los sistemas de comunicación o fallas en el servicio de Internet. El Banco sólo será responsable de omisiones o retrasos en la ejecución de instrucciones efectivamente recibidas en sus sistemas informáticos y, en consecuencia, no asumirá responsabilidad alguna por fallas o retrasos imputables a terceros que provean servicios relacionados con Internet, correo electrónico (e-mail) u otros medios teleinformáticos.

  • Límite de responsabilidad Es la cantidad máxima que pagará la Compañía en concepto de una cobertura particular según se muestra en las Condiciones Particulares.

  • Límite Máximo de Responsabilidad El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como límite único y combinado (L.U.C) para los diferentes riesgos amparados por ella.

  • LIMITE DE RESPONSABILIDAD La prestación de cualquiera de los servicios, o el pago de cualquier suma de dinero derivada de las condiciones descritas en el presente anexo, no implica responsabilidad en virtud del mismo, respecto de los amparos básicos y demás anexos de la póliza de seguros de vehículos, a la que accede el presente anexo de asistencia pequeños accesorios.

  • EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.

  • SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Deberá concertar un contrato de seguro de responsabilidad civil general por riesgos profesionales que incluya los citados en el párrafo anterior, en la que el capital asegurado no sea inferior al un 25% del precio de adjudicación de cada contrato (IVA excluido), con un máximo de 3.000.000€, sin perjuicio de la responsabilidad legal que puede tener el contratista, siendo el mínimo por víctima asegurado de 300.000€. El contratista deberá presentar a la firma del contrato copia de la póliza de seguro conforme a los requisitos mencionados anteriormente y del documento que acredite que la misma se encuentra al corriente de pago y por consiguiente en vigor. Al finalizar el servicio, uniéndose en su caso al acta de recepción, deberá acreditar que la póliza tiene vigencia durante el plazo de garantía establecido y que la prima correspondiente a la misma se encuentra totalmente satisfecha. En todo caso, la cobertura de dicha póliza no determina el límite de la responsabilidad que ha de asumir el contratista, sino que ésta alcanza todos los daños y perjuicios en los que se cifre dicha responsabilidad. En esta póliza deben figurar expresamente como asegurados los daños y perjuicios que se causen a terceras personas como consecuencia de la ejecución de los servicios, imputables tanto al adjudicatario como al personal del ente contratante con intervención directa en el contrato. Se entenderá cumplida esta obligación mediante la extensión al personal funcionario o laboral citado que intervenga en la ejecución del contrato, de la póliza de responsabilidad civil por riesgos profesionales que tenga la empresa, siempre que el capital asegurado sea igual o superior al anteriormente citado, a cuyo efecto el adjudicatario aportará certificación expedida por personal con poder bastante de la compañía aseguradora correspondiente. El adjudicatario se comprometerá a mantener la póliza de seguro en las condiciones descritas desde la firma del contrato, hasta la finalización del periodo de garantía establecido en este pliego.