Exploración Adicional. El Contratista podrá llevar a cabo Operaciones de Exploración adicionales a las contenidas en el Programa Exploratorio Mínimo o en el Programa Exploratorio Posterior, sin que por razón de tales Operaciones de Exploración se modifique el plazo pactado para la ejecución del Programa Exploratorio Mínimo o del Programa Exploratorio Posterior de la fase en curso o de las fases siguientes. Para ejercer este derecho, el Contratista informará previamente a la ANH respecto de las Operaciones de Exploración adicionales que pretende realizar. Si dichas Operaciones de Exploración son las definidas en el Programa Exploratorio Mínimo de la siguiente Fase, la ANH acreditará dichas Operaciones de Exploración al cumplimiento de los compromisos exploratorios pactados para la fase siguiente. De lo contrario, si el Contratista desea que tales Operaciones de Exploración adicionales se acrediten al cumplimiento de los compromisos exploratorios pactados para la fase siguiente, si la hay, deberá solicitarlo por escrito a la ANH, quien a su sola discreción determinará si acepta o no dicha acreditación. En caso de que la solicitud sea aceptada por parte de la ANH, esta determinará la forma como se acreditarán en todo o en parte las Operaciones de Exploración adicionales ejecutadas en la fase siguiente del Período de Exploración.
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Samples: Modelo De Contrato De Exploración Y Explotación De Hidrocarburos
Exploración Adicional. 7.7.1. El Contratista podrá está facultado para llevar a cabo Operaciones de Exploración en el Área Asignada, adicionales a las contenidas en el Programa Exploratorio Mínimo o y en el Programa Exploratorio Posterior, sin que por razón de tales Operaciones de Exploración las mismas se modifique el plazo pactado para la ejecución de uno u otro. Tales Operaciones pueden desarrollarse en la Fase que se encuentre en curso o en la subsiguiente, si se trata del Período Exploratorio, o en el término del Programa Exploratorio Mínimo o del Programa Exploratorio Posterior de la fase en curso o de las fases siguientesPosterior. Para ejercer este derechoel efecto, el Contratista informará debe informar previamente y por escrito a la ANH respecto acerca de las Operaciones de Exploración adicionales que pretende realizarse propone acometer.
7.7.2. Si dichas Operaciones de Exploración son corresponden a las definidas previstas en el Programa Exploratorio Mínimo de la siguiente Fase, la ANH acreditará dichas Operaciones de Exploración y el Contratista tiene interés en que le sean acreditadas al cumplimiento de los compromisos exploratorios pactados para la fase siguiente. De lo contrario, si el Contratista desea que tales Operaciones de Exploración adicionales se acrediten al cumplimiento de los compromisos exploratorios pactados para la fase esa Fase siguiente, si la hay, deberá debe solicitarlo así por escrito motivado a la ANH, quien a su sola discreción determinará si acepta o no dicha acreditación, en el plazo máximo de veinte (20) Días Hábiles contados a partir del día siguiente de la solicitud. En caso de que la solicitud sea aceptada por parte de la ANH, esta ésta determinará la forma como se acreditarán en todo o en parte las Operaciones de Exploración adicionales Complementarias ejecutadas en a la fase siguiente del Período Periodo de Exploración.
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Samples: Exploration and Production Contract
Exploración Adicional. El Contratista podrá (Individual o Plural) está facultado para llevar a cabo Operaciones de Exploración en el Área Asignada, adicionales a las contenidas en el Programa Exploratorio Mínimo o en el Programa Exploratorio Posterior, sin que por razón de tales Operaciones de Exploración las mismas se modifique el plazo pactado para la ejecución del Programa Exploratorio Mínimo o del Programa Exploratorio Posterior de uno u otro, en la fase Fase que se encuentre en curso o de en las fases siguientessubsiguientes. Para ejercer este derechoel efecto, el Contratista informará debe informar previamente y por escrito a la ANH respecto acerca de las Operaciones de Exploración adicionales que pretende realizarse propone acometer. Si dichas Operaciones de Exploración son corresponden a las definidas previstas en el Programa Exploratorio Mínimo de la siguiente Fase, la ANH acreditará dichas Operaciones y el Contratista (Individual o Plural) tiene interés de Exploración que le sean acreditadas al cumplimiento de los compromisos exploratorios pactados para la fase siguiente. De lo contrariode esta última Fase, si el Contratista desea que tales Operaciones de Exploración adicionales se acrediten al cumplimiento de los compromisos exploratorios pactados para la fase siguiente, si la hay, deberá debe solicitarlo así por escrito motivado a la ANH, quien a su sola discreción determinará si acepta o no dicha acreditaciónque debe pronunciarse en término de treinta (30) Días Calendario. En caso de que De aceptar la solicitud sea aceptada por parte de la ANHpetición, esta determinará prescribirá la forma como se acreditarán en cómo han de acreditarse -en todo o en parte parte- las Operaciones de Exploración adicionales ejecutadas en adicionales, a los compromisos de la fase siguiente Fase del Período de ExploraciónExploración o del Período Exploratorio Posterior, según sea el caso. Si la Entidad no se pronuncia oportunamente, la solicitud debe entenderse negada.
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Samples: Exploration and Production Contract
Exploración Adicional. 7.7.1. El Contratista podrá está facultado para llevar a cabo Operaciones de Exploración en el Área Asignada, adicionales a las contenidas en el Programa Exploratorio Mínimo o y en el Programa Exploratorio Posterior, sin que por razón de tales Operaciones de Exploración las mismas se modifique el plazo pactado para la ejecución de uno u otro. Tales Operaciones pueden desarrollarse en la Fase que se encuentre en curso o en la subsiguiente, si se trata del Período de Exploración, o en el término del Programa Exploratorio Mínimo o del Programa Exploratorio Posterior de la fase en curso o de las fases siguientesPosterior. Para ejercer este derechoel efecto, el Contratista informará debe informar previamente y por escrito a la ANH respecto acerca de las Operaciones de Exploración adicionales que pretende realizarse propone acometer.
7.7.2. Si dichas Operaciones de Exploración son corresponden a las definidas previstas en el Programa Exploratorio Mínimo de la siguiente Fase, la ANH acreditará dichas Operaciones de Exploración y el Contratista tiene interés en que le sean acreditadas al cumplimiento de los compromisos exploratorios pactados para la fase siguiente. De lo contrario, si el Contratista desea que tales Operaciones de Exploración adicionales se acrediten al cumplimiento de los compromisos exploratorios pactados para la fase esa Fase siguiente, si la hay, deberá debe solicitarlo así por escrito motivado a la ANH, quien a su sola discreción determinará si acepta o no dicha acreditación, en el plazo máximo de veinte (20) Días Hábiles contados a partir del día siguiente de la solicitud. En caso de que la solicitud sea aceptada por parte de la ANH, esta ésta determinará la forma como se acreditarán en todo o en parte las Operaciones Actividades Adicionales de Exploración adicionales ejecutadas en a la fase Fase siguiente del Período de Exploración.
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Samples: Exploration and Production Contract