EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se celebra con duración indefinida y se resolverá por las siguientes causas: a. Extinción del título que habilita a EUSKALTEL para la prestación de los servicios, sin que de ello se derive derecho del CLIENTE a indemnización alguna. b. Se resolverá por cualquiera de las partes por incumplimiento de las obligaciones que se prevén en el presente contrato. c. Por voluntad del CLIENTE comunicándolo previamente y de forma fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles. A tal efecto deberá dirigirse por correo a “EUSKALTEL, S.A.” , BAJA DEL SERVICIO, XXXXXXXX XX XXXXXXX Xx 0 XX 00000 XXXXX (XXXXXXX). d. En caso de que el CLIENTE no haya remitido a EUSKALTEL el ejemplar correspondiente del presente contrato debidamente firmado, en un plazo de 10 días desde que lo recibió, EUSKALTEL estará facultado para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia. e. Fuerza mayor. Una vez resuelto el contrato, el CLIENTE tendrá derecho a la devolución del depósito de garantía que le hubiera podido ser exigido si procede su devolución, sin pago de interés alguno. En ningún caso, la resolución o el desistimiento del presente contrato exonerará al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente a EUSKALTEL derivadas de la utilización de los servicios hasta el momento en el que se produzca la efectiva desconexión del CLIENTE de los servicios objeto del contrato, consecuencia de dicha resolución o desistimiento. Sin perjuicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx en las cantidades adeudadas por el CLIENTE, EUSKALTEL podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación del CLIENTE, así como las cantidades adeudadas o los equipos no devueltos o devueltos con deterioros y/o daños estéticos y/o de uso. Asimismo, el CLIENTE podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de EUSKALTEL, así como las cantidades que hayan sido cobradas indebidamente. En caso de resolución del Contrato por xxxx en el pago de los Servicios por parte del CLIENTE, y posterior alta de dicho Servicio, el CLIENTE deberá abonar nuevamente a EUSKALTEL la cuota de alta por el importe vigente en ese momento así como la deuda pendiente de pago, incluidos los gastos administrativos, de abogado, procurador, etc. que se hubieran ocasionado con motivo de las gestiones extrajudiciales o judiciales para recobrar la cantidad adeudada.Asimismo EUSKALTEL se reserva el derecho de no aplicar promociones, ofertas o descuentos al CLIENTE que, habiendo incurrido en xxxx o no habiendo efectuado en algún momento el pago de las correspondientes cuotas o servicios contratados, contrate nuevamente los Servicios de EUSKALTEL.
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EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se celebra con duración indefinida y se resolverá por las siguientes causas:
a. Extinción del título que habilita a EUSKALTEL al OPERADOR para la prestación de los servicios, sin que de ello se derive derecho del CLIENTE a indemnización alguna.
b. Se resolverá por cualquiera de las partes por incumplimiento de las obligaciones que se prevén en el presente contrato.
c. Por voluntad del CLIENTE comunicándolo previamente y de forma fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles. A tal efecto deberá dirigirse por correo a “EUSKALTEL, S.A.” , BAJA DEL SERVICIO, XXXXXXXX XX XXXXXXX Xx 0 XX 00000 XXXXX (XXXXXXX).
d. En caso de que el CLIENTE no haya remitido a EUSKALTEL al OPERADOR el ejemplar correspondiente del presente contrato debidamente firmado, en un plazo de 10 días desde que lo recibió, EUSKALTEL el OPERADOR estará facultado para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia.
e. Fuerza mayor. Una vez resuelto el contrato, el CLIENTE tendrá derecho a la devolución del depósito de garantía que le hubiera podido ser exigido si procede su devolución, sin pago de interés alguno. En ningún caso, la resolución o el desistimiento del presente contrato exonerará al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente a EUSKALTEL al OPERADOR derivadas de la utilización de los servicios hasta el momento en el que se produzca la efectiva desconexión del CLIENTE de los servicios objeto del contrato, consecuencia de dicha resolución o desistimiento. Sin perjuicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx en las cantidades adeudadas por el CLIENTE, EUSKALTEL el OPERADOR podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación del CLIENTE, así como las cantidades adeudadas o los equipos no devueltos o devueltos con deterioros y/o daños estéticos y/o de uso. .Asimismo, el CLIENTE podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de EUSKALTELdel OPERADOR, así como las cantidades que hayan sido cobradas indebidamente. En caso de resolución del Contrato por xxxx en el pago de los Servicios por parte del CLIENTE, y posterior alta de dicho Servicio, el CLIENTE deberá abonar nuevamente a EUSKALTEL al OPERADOR la cuota de alta por el importe vigente en ese momento así como la deuda pendiente de pago, incluidos los gastos administrativos, de abogado, procurador, etc. que se hubieran ocasionado con motivo de las gestiones extrajudiciales o judiciales para recobrar la cantidad adeudada.. Asimismo EUSKALTEL el OPERADOR se reserva el derecho de no aplicar promociones, ofertas o descuentos al CLIENTE que, habiendo incurrido en xxxx o no habiendo efectuado en algún momento el pago de las correspondientes cuotas o servicios contratados, contrate nuevamente los Servicios de EUSKALTELdel OPERADOR.
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EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se celebra con duración indefinida y se resolverá por las siguientes causas:
a. Extinción del título que habilita a EUSKALTEL al OPERADOR para la prestación de los servicios, sin que de ello se derive derecho del CLIENTE a indemnización alguna.
b. Se resolverá por cualquiera de las partes por incumplimiento de las obligaciones que se prevén en el presente contrato.
c. Por voluntad del CLIENTE comunicándolo previamente y de forma fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles. A tal efecto deberá dirigirse por correo a “EUSKALTEL, S.A.” , BAJA DEL SERVICIO, XXXXXXXX XX XXXXXXX Xx 0 APARTA- DO DE CORREOS Nº 3 XX 00000 XXXXX (XXXXXXX).
d. En caso de que el CLIENTE no haya remitido a EUSKALTEL al OPERADOR el ejemplar correspondiente del presente contrato con- trato debidamente firmado, en un plazo de 10 días desde que lo recibió, EUSKALTEL el OPERADOR estará facultado para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia.
e. Fuerza mayor. Una vez resuelto el contrato, el CLIENTE tendrá derecho a la devolución del depósito de garantía que le hubiera hubie- ra podido ser exigido si procede su devolución, sin pago de interés alguno. En ningún caso, la resolución o el desistimiento del presente contrato exonerará al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente a EUSKALTEL al OPERADOR derivadas de la utilización de los servicios hasta el momento en el que se produzca la efectiva desconexión del CLIENTE de los servicios objeto del contrato, consecuencia de dicha resolución o desistimiento. Sin perjuicio per- juicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx en las cantidades adeudadas por el CLIENTE, EUSKALTEL el OPERADOR podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación del CLIENTE, así como las cantidades adeudadas o los equipos no devueltos o devueltos con deterioros y/o daños estéticos y/o de uso. .Asimismo, el CLIENTE podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de EUSKALTELdel OPERA- DOR, así como las cantidades que hayan sido cobradas indebidamente. En caso de resolución del Contrato por xxxx en el pago de los Servicios por parte del CLIENTE, y posterior alta de dicho Servicio, el CLIENTE deberá de- berá abonar nuevamente a EUSKALTEL al OPERADOR la cuota de alta por el importe vigente en ese momento así como la deuda pendiente de pago, incluidos los gastos administrativos, de abogado, procurador, etc. que se hubieran ocasionado con motivo de las gestiones extrajudiciales o judiciales para recobrar la cantidad adeudada.Asimismo EUSKALTEL . Asi- mismo el OPERADOR se reserva el derecho de no aplicar promociones, ofertas o descuentos al CLIENTE que, habiendo incurrido en xxxx o no habiendo efectuado en algún momento el pago de las correspondientes cuotas o servicios contratados, contrate nuevamente los Servicios de EUSKALTELdel OPERADOR.
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EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se celebra con duración indefinida y se resolverá por las siguientes causas:
a. Extinción del título que habilita a EUSKALTEL para la prestación de los servicios, sin que de ello se derive derecho del CLIENTE a indemnización alguna.
b. Se resolverá por cualquiera de las partes por incumplimiento de las obligaciones que se prevén en el presente contrato.
c. Por voluntad del CLIENTE comunicándolo previamente y de forma fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles. A tal efecto deberá dirigirse por correo a “EUSKALTEL, S.A.” , BAJA DEL SERVICIO, XXXXXXXX XX XXXXXXX Xx 0 XX 00000 XXXXX APARTADO DE CORREOS Nº 3 FD 48160 DERIO (XXXXXXXBIZKAIA).
d. En caso de que el CLIENTE no haya remitido a EUSKALTEL el ejemplar correspondiente del presente contrato debidamente firmado, en un plazo de 10 días desde que lo recibió, EUSKALTEL estará facultado para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia.
e. Fuerza mayor. Una vez resuelto el contrato, el CLIENTE tendrá derecho a la devolución del depósito de garantía que le hubiera podido ser exigido si procede su devolución, sin pago de interés alguno. En ningún caso, la resolución o el desistimiento del presente contrato exonerará al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente a EUSKALTEL derivadas de la utilización de los servicios hasta el momento en el que se produzca la efectiva desconexión del CLIENTE de los servicios objeto del contrato, consecuencia de dicha resolución o desistimiento. Sin perjuicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx en las cantidades adeudadas por el CLIENTE, EUSKALTEL podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación del CLIENTE, así como las cantidades adeudadas o los equipos no devueltos o devueltos con deterioros y/o daños estéticos y/o de uso. Asimismo, el CLIENTE podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de EUSKALTEL, así como las cantidades que hayan sido cobradas indebidamente. En caso de resolución del Contrato por xxxx en el pago de los Servicios por parte del CLIENTE, y posterior alta de dicho Servicio, el CLIENTE deberá abonar nuevamente a EUSKALTEL la cuota de alta por el importe vigente en ese momento así como la deuda pendiente de pago, incluidos los gastos administrativos, de abogado, procurador, etc. que se hubieran ocasionado con motivo de las gestiones extrajudiciales o judiciales para recobrar la cantidad adeudada.Asimismo EUSKALTEL se reserva el derecho de no aplicar promociones, ofertas o descuentos al CLIENTE que, habiendo incurrido en xxxx o no habiendo efectuado en algún momento el pago de las correspondientes cuotas o servicios contratados, contrate nuevamente los Servicios de EUSKALTEL.
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EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se celebra con duración indefinida y se resolverá por las siguientes causas:
a. Extinción del título que habilita a EUSKALTEL al OPERADOR para la prestación de los servicios, sin que de ello se derive derecho del CLIENTE a indemnización alguna.
b. Se resolverá por cualquiera de las partes por incumplimiento de las obligaciones que se prevén en el presente contrato.
c. Por voluntad del CLIENTE comunicándolo previamente y de forma fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles. A tal efecto deberá dirigirse por correo a “EUSKALTEL, S.A.” , BAJA DEL SERVICIO, XXXXXXXX XX XXXXXXX Xx 0 XX 00000 XXXXX APARTADO DE CORREOS Nº 3 FD 48160 DERIO (XXXXXXXBIZKAIA).
d. En caso de que el CLIENTE no haya remitido a EUSKALTEL al OPERADOR el ejemplar correspondiente del presente contrato debidamente firmado, en un plazo de 10 días desde que lo recibió, EUSKALTEL el OPERADOR estará facultado para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia.
e. Fuerza mayor. Una vez resuelto el contrato, el CLIENTE tendrá derecho a la devolución del depósito de garantía que le hubiera podido ser exigido si procede su devolución, sin pago de interés alguno. En ningún caso, la resolución o el desistimiento del presente contrato exonerará al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente a EUSKALTEL al OPERADOR derivadas de la utilización de los servicios hasta el momento en el que se produzca la efectiva desconexión del CLIENTE de los servicios objeto del contrato, consecuencia de dicha resolución o desistimiento. Sin perjuicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx en las cantidades adeudadas por el CLIENTE, EUSKALTEL el OPERADOR podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación del CLIENTE, así como las cantidades adeudadas o los equipos no devueltos o devueltos con deterioros y/o daños estéticos y/o de uso. .Asimismo, el CLIENTE podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de EUSKALTELdel OPERADOR, así como las cantidades que hayan sido cobradas indebidamente. En caso de resolución del Contrato por xxxx en el pago de los Servicios por parte del CLIENTE, y posterior alta de dicho Servicio, el CLIENTE deberá abonar nuevamente a EUSKALTEL al OPERADOR la cuota de alta por el importe vigente en ese momento así como la deuda pendiente de pago, incluidos los gastos administrativos, de abogado, procurador, etc. que se hubieran ocasionado con motivo de las gestiones extrajudiciales o judiciales para recobrar la cantidad adeudada.. Asimismo EUSKALTEL el OPERADOR se reserva el derecho de no aplicar promociones, ofertas o descuentos al CLIENTE que, habiendo incurrido en xxxx o no habiendo efectuado en algún momento el pago de las correspondientes cuotas o servicios contratados, contrate nuevamente los Servicios de EUSKALTELdel OPERADOR.
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EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se celebra con duración indefinida y se resolverá por las siguientes causas:
a. Extinción del título que habilita a EUSKALTEL para la prestación de los servicios, sin que de ello se derive derecho del CLIENTE a indemnización alguna.
b. Se resolverá por cualquiera de las partes por incumplimiento de las obligaciones que se prevén en el presente contrato.
c. Por voluntad del CLIENTE comunicándolo previamente y de forma fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles. .A tal efecto deberá dirigirse por correo a “EUSKALTEL, S.A.” , BAJA DEL SERVICIO, XXXXXXXX XX XXXXXXX Xx 0 XX 00000 XXXXX ,APARTADO DE CORREOS Nº 3 FD 48160 DERIO (XXXXXXXBIZKAIA).
d. En caso de que el CLIENTE no haya remitido a EUSKALTEL el ejemplar correspondiente del presente contrato con- trato debidamente firmado, en un plazo de 10 días desde que lo recibió, EUSKALTEL estará facultado para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia.
e. Fuerza mayor. Una vez resuelto el contrato, el CLIENTE tendrá derecho a la devolución del depósito de garantía que le hubiera hu- biera podido ser exigido si procede su devolución, sin pago de interés alguno. En ningún caso, la resolución o el desistimiento del presente contrato exonerará al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente a EUSKALTEL derivadas de la utilización de los servicios hasta el momento en el que se produzca la efectiva desconexión del CLIENTE de los servicios objeto del contrato, consecuencia de dicha resolución o desistimiento. Sin perjuicio perjui- cio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx en las cantidades adeudadas por el CLIENTE, EUSKALTEL podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios per- juicios ocasionados como consecuencia de la actuación del CLIENTE, así como las cantidades adeudadas o los equipos no devueltos o devueltos con deterioros y/o daños estéticos y/o de uso. Asimismo, el CLIENTE podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de EUSKALTEL, así como las cantidades que hayan sido cobradas indebidamente. En caso de resolución del Contrato por xxxx en el pago de los Servicios por parte del CLIENTE, y posterior alta de dicho Servicio, el CLIENTE deberá abonar abo- nar nuevamente a EUSKALTEL la cuota de alta por el importe vigente en ese momento así como la deuda pendiente de pago, incluidos los gastos administrativos, de abogado, procurador, etc. que se hubieran ocasionado ocasio- nado con motivo de las gestiones extrajudiciales o judiciales para recobrar la cantidad adeudada.. Asimismo EUSKALTEL se reserva el derecho de no aplicar promociones, ofertas o descuentos al CLIENTE que, habiendo incurrido en xxxx o no habiendo efectuado en algún momento el pago de las correspondientes cuotas o servicios contratados, contrate nuevamente los Servicios de EUSKALTEL.
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EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se celebra con duración indefinida y se resolverá por las siguientes causas:
a. Extinción del título que habilita a EUSKALTEL para la prestación de los servicios, sin que de ello se derive derecho del CLIENTE a indemnización alguna.
b. Se resolverá por cualquiera de las partes por incumplimiento de las obligaciones que se prevén en el presente contrato.
c. Por voluntad del CLIENTE comunicándolo previamente y de forma fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles. .A tal efecto deberá dirigirse por correo a “EUSKALTELa“EUSKALTEL, S.A.” , BAJA DEL SERVICIO, XXXXXXXX XX XXXXXXX Xx 0 XX 00000 XXXXX APARTADO DE CORREOS Nº 3 FD 48160 DERIO (XXXXXXXBIZKAIA).
d. En caso de que el CLIENTE no haya remitido a EUSKALTEL el ejemplar correspondiente del presente contrato debidamente firmado, en un plazo de 10 días desde que lo recibió, EUSKALTEL estará facultado para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia.
e. Fuerza mayor. Una vez resuelto el contrato, el CLIENTE tendrá derecho a la devolución del depósito de garantía que le hubiera podido ser exigido si procede su devolución, sin pago de interés alguno. En ningún caso, la resolución o el desistimiento del presente contrato exonerará al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente a EUSKALTEL derivadas de la utilización de los servicios hasta el momento en el que se produzca produz- ca la efectiva desconexión del CLIENTE de los servicios objeto del contrato, consecuencia de dicha resolución o desistimiento. Sin perjuicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx en las cantidades adeudadas por el CLIENTE, EUSKALTEL podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación del CLIENTE, así como las cantidades adeudadas o los equipos no devueltos o devueltos con deterioros y/o daños estéticos y/o de uso. Asimismo, el CLIENTE podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de EUSKALTEL, así como las cantidades que hayan sido cobradas indebidamente. En caso de resolución del Contrato por xxxx en el pago de los Servicios por parte del CLIENTE, y posterior alta de dicho Servicio, el CLIENTE deberá abonar nuevamente a EUSKALTEL la cuota de alta por el importe vigente en ese momento así como la deuda pendiente de pago, incluidos los gastos administrativos, de abogado, procurador, etc. que se hubieran ocasionado con motivo de las gestiones extrajudiciales o judiciales para recobrar la cantidad adeudada.adeu- dada. Asimismo EUSKALTEL se reserva el derecho de no aplicar promociones, ofertas o descuentos al CLIENTE que, habiendo incurrido en xxxx o no habiendo efectuado en algún momento el pago de las correspondientes cuotas o servicios contratados, contrate nuevamente los Servicios de EUSKALTEL.
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Samples: Service Agreement
EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato podrá extinguirse por su resolución. El presente contrato se celebra entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con duración indefinida los términos del mismo y se resolverá por a satisfacción de TITSA, la totalidad de su objeto. El contrato podrá resolverse cuando concurra cualquiera de las siguientes causas:
a. Extinción . -Acuerdo entre las partes. -Extinción de la personalidad jurídica de la sociedad que resulte adjudicataria o, en su caso, muerte o incapacidad sobrevenida del título que habilita a EUSKALTEL para empresario individual. -Incurrir el adjudicatario durante la prestación de los servicios, sin que de ello se derive derecho vigencia del CLIENTE a indemnización alguna.
b. Se resolverá por cualquiera contrato en alguna de las partes por incumplimiento prohibiciones de contratar enumeradas en el art.60.1 del TRLCSP -Incumplimiento de las obligaciones de las partes. -La contravención de las normas sobre subcontratación o cesión del contrato. - Por cualquier otra causa prevista en el ordenamiento jurídico por el que puedan resolverse los contratos privados. La resolución del contrato por incumplimiento imputable al contratista, se producirá por acuerdo del órgano de contratación, previa audiencia del adjudicatario. La resolución por incumplimiento llevará aparejada la incautación de la garantía, sin perjuicio de las penalizaciones que hayan podido imponerse y de la reclamación de daños y perjuicios que proceda cuando la indemnización que corresponda pudiere exceder de esas cuantías. La resolución por causa imputable al adjudicatario tendrá efectos desde la comunicación de TITSA, que podrá realizar mediante carta, remisión por fax x xxxx fax en la que se prevén en el presente contrato.
c. Por voluntad del CLIENTE comunicándolo previamente y indique la decisión de forma fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles. A tal efecto deberá dirigirse por correo a “EUSKALTEL, S.A.” , BAJA DEL SERVICIO, XXXXXXXX XX XXXXXXX Xx 0 XX 00000 XXXXX (XXXXXXX).
d. En caso de que el CLIENTE no haya remitido a EUSKALTEL el ejemplar correspondiente del presente contrato debidamente firmado, en un plazo de 10 días desde que lo recibió, EUSKALTEL estará facultado para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia.
e. Fuerza mayor. Una vez resuelto resolver el contrato, el CLIENTE tendrá derecho a la devolución causa y fecha del depósito de garantía que le hubiera podido ser exigido si procede su devolución, sin pago de interés alguno. En ningún caso, la resolución o el desistimiento del presente contrato exonerará al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente a EUSKALTEL derivadas efecto de la utilización resolución. El efecto ejecutivo de los servicios hasta el momento en el que se produzca la efectiva desconexión del CLIENTE de los servicios objeto del contratocomunicación, consecuencia de dicha resolución o desistimiento. Sin lo será sin perjuicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx en las cantidades adeudadas por el CLIENTE, EUSKALTEL podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación del CLIENTE, así como las cantidades adeudadas o los equipos no devueltos o devueltos con deterioros y/o daños estéticos y/o de uso. Asimismo, el CLIENTE podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de EUSKALTEL, así como las cantidades acciones que hayan sido cobradas indebidamenteasistan al adjudicatario para impugnarla. En caso de producirse la resolución del Contrato contrato por xxxx causa imputable a TITSA, se abonarán al adjudicatario los trabajos efectuados y la indemnización por daños y perjuicios que en su caso corresponda. Sociedad inscrita en el pago Registro Mercantil de Santa Xxxx de Tenerife, Inscripción 25º,Hoja 1.087, Tomo 205, Libro 107, Sección 3ª, Folio 96. CIF X-00000000 D./Xx...........................................................................,con D.N.I. nº.................................., en nombre y representación de……………………………………………….…,con CIF………………………………, domicilio en……………………………….. …………………………………………………………….enterado de la licitación de referencia T-SU 4/052012 y conociendo los pliegos de condiciones que han de regir la adjudicación, con aceptación íntegra de su contenido, se compromete a ejecutar el contrato de referencia con todas las obligaciones que conlleva por el siguiente precio: • Precio (2 años de contrato) euros (sin IGIC) • IGIC euros Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Santa Xxxx de Tenerife, Inscripción 25º,Hoja 1.087, Tomo 205, Libro 107, Sección 3ª, Folio 96. CIF X-00000000 La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)……………………………………………………………………..NIF……………………………con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en………………………………………………. Calle/plaza/avenida………………………………………………………….CP……………………………. y en su nombre (nombre y apellidos de los Servicios por parte Apoderados)…………………………………………………….... con poderes suficientes para obligarse en este acto, según resulta del CLIENTE, y posterior alta bastanteo de dicho Servicio, el CLIENTE deberá abonar nuevamente a EUSKALTEL la cuota de alta por el importe vigente en ese momento así como la deuda pendiente de pago, incluidos los gastos administrativos, de abogado, procurador, etc. poderes que se hubieran ocasionado con motivo reseña en la parte inferior de este documento, A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)…………………………………………………................. NIF……………………………………………, por importe de euros (en cifra)……………………………………………… en concepto de garantía para responder de las gestiones extrajudiciales o judiciales para recobrar obligaciones derivadas de………………………………………………………………….... ………………………………………………………………………………………………………………… ANTE: TRANSPORTES INTERRUBANOS DE TENERIFE, S.A.U. (TITSA) La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el art.56.2 del Reglamento General de la cantidad adeudada.Asimismo EUSKALTEL se reserva el derecho Ley de no aplicar promociones, ofertas o descuentos al CLIENTE que, habiendo incurrido en xxxx o no habiendo efectuado en algún momento el pago Contratos de las correspondientes cuotas Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento. Este aval estará en vigor hasta que el órgano de contratación o servicios contratadosquien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, contrate nuevamente autorice su cancelación o devolución. El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el núm…………………………………………… (Xxxxx y fecha)…………………………………………………………………. Razón social de la entidad…………………………………………………….. Firma de los Servicios apoderados……………………………………………………….. Provincia: Fecha: Número de EUSKALTEL.Código:
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Samples: Contrato De Licitación