OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL. El Adjudicatario estará obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones, de carácter normativo o pactado, presentes y futuras, en materia laboral, de Seguridad Social, fiscal y de prevención de riesgos laborales, resulten de aplicación, asumiendo exclusiva e íntegramente cuantas responsabilidades deriven de su incumplimiento. El Adjudicatario se compromete a facilitar a EMTUSA, tan pronto como sea requerido al efecto, la documentación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con las distintas Administraciones Públicas, con las primas y cuotas correspondientes a la Seguridad Social y demás obligaciones que en materia laboral le sean exigibles. El Adjudicatario deberá tener en cuenta que dicha documentación podrá ser trasladada al Comité de Empresa de EMTUSA a los debidos efectos legales. El Adjudicatario tendrá respecto al personal contratado y adscrito a la prestación del servicio todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario. XXXXXX en ningún caso y por ningún título asumirá relación laboral, ni responsabilidad o vínculo de especie alguna con las personas que en el momento o con anterioridad a la terminación del contrato hubieran estado bajo responsabilidad del Adjudicatario. En ningún caso XXXXXX será responsable de las relaciones existentes entre el Adjudicatario y sus trabajadores, aun cuando los despidos y medidas que aquél adopte sean consecuencia directa o indirecta de actuaciones derivadas del contrato. El incumplimiento por parte del Adjudicatario de las obligaciones referidas en los párrafos anteriores no implicará responsabilidad alguna para EMTUSA. En su caso, cualquier responsabilidad que sea exigida a EMTUSA por incumplimiento del Adjudicatario, y que suponga obligación solidaria o subsidiaria de responder, dará lugar automáticamente al derecho de EMTUSA a repetir frente al Adjudicatario, exigiéndole los importes que se haya visto obligada a sufragar o bien compensándolos en la facturación pendiente. El adjudicatario deberá garantizar durante la vigencia del contrato la disponibilidad del personal y de los medios necesarios para la realización de todas las prestaciones. El adjudicatario asumirá la dirección y control de los trabajos a desarrollar para XXXXXX, sin perjuicio de las instrucciones que pueda dar el responsable del contrato designado por ésta, las cuales no se darán directamente a los operarios, sino a los supervisores del servicio. El incumplimiento por parte del adjudicatario de ...
OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL. El arrendatario se responsabilizará, respecto del personal que ejecute el servicio, del cumplimiento de las condiciones del contrato de arrendamiento y, en particular, de la Legislación Laboral, Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales y Consumo, El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo, de manera que no existirá vinculación laboral alguna entre la empresa EMUPROSA y dicho personal, ni relación de EMUPROSA frente a terceros destinatarios del servicio. En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, (o entre sus subcontratistas, de admitirse la subcontratación, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra EMUPROSA ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. Será el único responsable, tanto judicial como extrajudicialmente, de todos los accidentes de trabajo que pudieran ocurrir con motivo de la prestación del servicio, por lo que adoptará todas las medidas que la práctica aconseja y la buena ejecución requiera, así como toda la normativa vigente existente en materia de prevención de riesgos laborales. EMUPROSA podrá exigir en cualquier momento la aportación de la documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, Bital tiene obligaciones por concepto de indemnizaciones y primas de antigüedad pagaderas a empleados que dejen de prestar sus servicios bajo ciertas circunstancias. Bital registra el pasivo por prima de antigüedad, pensiones y pagos por retiro a medida que se devenga, de acuerdo con cálculos actuariales basados en el método de crédito unitario proyectado, sin utilizar tasas de interés reales de acuerdo al criterio establecido en la Circular 50 del IMCP, referente a las tasas de interés a utilizar para la valuación de las obligaciones laborales. Las indemnizaciones pagadas por despido se cargan a resultados al efectuarse. Impuesto Sobre la Renta y participación de utilidades al personal- Bital calcula sus provisiones de Impuesto Sobre la Renta y participación de utilidades al personal con base en el monto a pagar de acuerdo al resultado fiscal, reconociendo además el efecto futuro que tendrían las diferencias temporales acumuladas entre la utilidad contable y fiscal. Bital reconoció el Impuesto Sobre la Renta como un activo diferido, ocasionado principalmente por las pérdidas fiscales por amortizar, el monto de las reservas crediticias excedentes al 2.5% de la cartera de crédito promedio deducible para efectos fiscales, el efecto de los diferenciales entre las tasas de interés de la cartera cedida al FOBAPROA y el pagaré con el cual ampara esta operación, del cual la parte correspondiente a las pérdidas fiscales por amortizar y el excedente de reservas para riesgos crediticios fue considerado como partida no monetaria por disposición de la Comisión, por estar previamente actualizadas con factores provenientes del INPC. No se calcula efecto diferido por concepto de participación de utilidades al personal sobre las partidas mencionadas, ya que Bital las considera como partidas acumulables en el ejercicio para este propósito.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL. Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Santa Xxxx de Tenerife, Inscripción 25º,Hoja 1.087, Tomo 205, Libro 107, Sección 3ª, Folio 96. CIF X-00000000 El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones, de carácter normativo o pactado, presentes y futuras, en materia laboral, de Seguridad Social, fiscal y de seguridad e higiene en el trabajo, resulten de aplicación, asumiendo exclusiva e íntegramente cuantas responsabilidades deriven de su incumplimiento. El adjudicatario tendrá respecto al personal contratado y adscrito a la ejecución del contrato todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario. Cuando se trate de personal subcontratado, correrá de su cuenta garantizar ante TITSA que respecto del mismo se cumplen todas las obligaciones a las que se refiere el apartado anterior.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL a) El personal que utilice el concesionario para la prestación del Servicio y que tenga relación con el público habrá de dominar en lenguaje hablado y escrito los dos idiomas oficiales de la CAPV, valorándose el conocimiento de otra lengua, preferiblemente el inglés.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones, de carácter normativo o pactado, presentes y futuras, en materia laboral, de Seguridad Social, fiscal y de seguridad e higiene en el trabajo, resulten de aplicación, asumiendo exclusiva e íntegramente cuantas responsabilidades deriven de su incumplimiento. El adjudicatario tendrá respecto al personal contratado y adscrito a la ejecución del contrato todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario. Cuando se trate de personal subcontratado, correrá de su cuenta garantizar ante TITSA que respecto del mismo se cumplen todas las obligaciones a las que se refiere el apartado anterior.

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