FACTOR DE CALIFICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

FACTOR DE CALIFICACIÓN. Se evaluarán las Propuestas habilitadas y no descartadas, mediante la aplicación del siguiente puntaje: La calificación de las ofertas se hará con base en los siguientes parámetros, para un valor de Componente económico 100 Puntos Componente de calidad 20 Puntos
FACTOR DE CALIFICACIÓN. Componente Económico (Para todas las Ofertas Hábiles en cada uno de los items): Se evaluarán las Propuestas habilitadas y no descartadas por la Secretaria Jurídica, mediante la aplicación del siguiente puntaje: Componente Económico (Para todas las Ofertas Hábiles): P = (Pn / Mp) x 40
FACTOR DE CALIFICACIÓN. Se asignará la siguiente ponderación a la evaluación. Siendo el puntaje máximo a obtener 100 puntos, así: Al proponente que presente el menor valor unitario, incluido el IVA, se le adjudicará el mayor puntaje, 60 puntos. La calificación para los demás proponentes se establecerá en forma proporcional mediante la aplicación de una regla de tres inversa. Este aspecto se calificará con la propuesta económica que se anexe. EXPERIENCIA DE $ 94.000.001 A 200.000.000 MILLONES DE PESOS 10 puntos. EXPERIENCIA DE $ 200.001.000 A 300.000.000 MILLONES DE PESOS 15 puntos. EXPERIENCIA DE DE $ 300.001.000 DE PESOS EN ADELANTE 20 puntos. Se calificará con los certificados que anexe de contratos con objetos iguales al presente suministro. Distintos a los solicitados como requisitos mínimo para participar. Quien no presente certificaciones de experiencia adicional a la mínima solicitada se calificará con cero (0) puntos Al proponente que ofrezca una medida de seguridad adicional en la estampilla solicitada tendrá Al proponente que ofrezca dos medidas de seguridad adicional en la estampilla solicitada tendrá Quien no presente seguridades adicionales se calificará con ceros (0) puntos Se verificara con las muestras físicas y un certificado donde manifieste cuales son las seguridades adicionales propuestas. LAS MUESTRAS FISICAS, no dan puntaje pero descalifica o habilitan las propuestas.
FACTOR DE CALIFICACIÓN. La calificación de las ofertas se hará con base en los siguientes parámetros, para un valor de cien (100) puntos. COMPONENTE ECONOMICO 80 PUNTOS VALORES AGREGADOS – ADICIONALES 20 PUNTOS TOTAL PUNTAJE 100 PUNTOS

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.