FACTORES DE RIESGO. El público inversionista deberá leer detalladamente y entender toda la información contenida en el presente Prospecto, especialmente la que se incluye en esta sección. Asimismo, es importante que el público inversionista considere que los factores de riesgo descritos en la presente sección no forman un listado exhaustivo, pues pudieran existir otros: (i) que actualmente no se consideran relevantes y que con posterioridad pudieran llegar a serlo; (ii) no conocidos o que no pueden ser conocidos a la fecha de la presente Emisión; o (iii) que surjan en el futuro y que en su momento pudieran ser relevantes. Cualquiera de los riesgos que se describen a continuación, de materializarse, podría afectar de forma adversa y significativa la liquidez, operaciones o condición financiera del Fideicomiso o del Administrador, y en consecuencia, el Patrimonio del Fideicomiso disponible para ser distribuido a los Tenedores. La inversión en los CBFIs implica riesgos. Se deben considerar cuidadosamente los siguientes factores de riesgo además de la información contenida en otras secciones de este Prospecto previo la adquisición de los CBFIs materia de la Oferta. Cualquiera de las circunstancias o acontecimientos descritos como un factor de riesgo podría ocasionar que los Tenedores pierdan la totalidad o una parte de su inversión. Los posibles inversionistas deberán hacer un análisis particular sobre las consecuencias legales, fiscales, financieras y de otras índoles implícitas en la adquisición de los CBFIs, tomando en cuenta las ventajas de invertir en ellos, los riesgos involucrados y sus propios objetivos de inversión. Los posibles inversionistas no deben considerar o utilizar el contenido de este Prospecto como una recomendación legal, fiscal, de inversión o de ningún tipo por parte de las Personas que lo suscriben. En todo caso, se aconseja a los futuros inversionistas consultar con sus propios asesores respecto de la adquisición, participación o disposición de su inversión en los CBFIs. Se recomienda a los posibles inversionistas no basarse en el desempeño histórico que se establece en este Prospecto para tomar decisiones de hacer o no hacer inversiones en los CBFIs. La información relativa al desempeño de la Fibra que se establece en este Prospecto ha sido auditada y verificada en forma limitada por un tercero independiente. El Patrimonio del Fideicomiso no tendrá activos o recursos distintos a los que constituyen su patrimonio en términos de la Cláusula Cuarta del Fideicomiso. La entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores depende exclusivamente de los recursos líquidos disponibles en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no tiene acceso a otros fondos para realizar la entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores, por lo que la recuperación de la inversión de los Tenedores está limitada a los recursos o Activos que se han aportado o que se aporten al Patrimonio del Fideicomiso en el futuro. El Fideicomiso es un contrato mediante el cual los Tenedores, en calidad de Fideicomisarios, adquieren el derecho a recibir la entrega de Distribuciones de Efectivo con los recursos líquidos que, de tiempo en tiempo, formen parte del Patrimonio del Fideicomiso. Al tratarse de un fideicomiso de emisión y no de garantía, la recuperación de la inversión en los CBFIs está sujeta a que el Fiduciario reciba fondos suficientes derivados de las Inversiones en Activos. Invertir en los CBFIs implica la compra de instrumentos con características diferentes a los de deuda y capital, ambos habitualmente ofertados en la BMV; lo anterior implica riesgos asociados con la estrategia de inversión descrita en este Prospecto. Por ejemplo, no hay garantía alguna de que los Tenedores recibirán Distribución de Efectivo alguna al amparo de los CBFIs. En términos del Fideicomiso, no existe obligación de hacer Distribuciones de Efectivo a los Tenedores a menos que existan recursos suficientes en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no prevé ningún mecanismo para garantizar la entrega de Distribuciones de Efectivo derivadas de los CBFIs. Ni el Administrador, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Representante Común, ni cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias ni el Intermediario Colocador serán responsables de realizar las Distribuciones de Efectivo al amparo de los CBFIs en términos distintos a los establecidos en el Fideicomiso. Derivado de que los bienes inmuebles relacionados con los Activos se encuentran en desarrollo, el Fideicomiso recibirá flujos derivados de los Contratos de Arrendamiento hasta en tanto dichos desarrollos estén estabilizados y generando el pago xx Xxxxx, lo cual podría ocurrir en un tiempo considerable a partir de la Oferta Pública inicial. Con motivo de lo anterior, no podemos asegurar que habrá Distribuciones en un inicio. En caso de que seamos incapaces de cumplir en tiempo y forma con el calendario de inversiones que se establezca de tiempo en tiempo, el desarrollo y/o la estabilización de nuestros Activos podrían verse retrasados y como consecuencia de ello los flujos de efectivo para realizar Distribuciones a los Tenedores podrían también verse afectados negativamente. Actualmente, en México, el mercado para los CBFIs está poco desarrollado y no puede asegurarse que se desarrollará un mercado secundario para los mismos o que si éste se desarrolla otorgará liquidez a los Tenedores, o de ser el caso, que continúe existiendo tal mercado secundario. La inscripción de los CBFIs en el RNV y su listado en la BMV no garantiza el surgimiento de un mercado de negociación activa para los CBFIs y tampoco implica que los mismos serán negociados en el futuro a un precio igual o superior al que tengan en la fecha de Oferta. Lo anterior, podría limitar la capacidad de los Tenedores para venderlos al precio y en el momento que ellos deseen. Los posibles inversionistas deberán asumir el riesgo de su inversión en los CBFIs. Aun cuando el Fideicomiso actuará sólo como un vehículo de pago a través del cual los Tenedores recibirán, en su caso, las Distribuciones de Efectivo, las autoridades mexicanas podrían emitir disposiciones que afecten la naturaleza y el tratamiento fiscal del Fideicomiso. Dichas autoridades podrían considerar, por ejemplo, que los actos que realiza lo definen como fideicomiso empresarial y no como una Fibra para efectos fiscales. En este sentido, aún y cuando se tiene la intención de cumplir con lo establecido por los artículos 187 y 188 de la LISR para conservar el carácter de Fibra se tendrá que cumplir con ciertos requisitos relacionados, entre otras cosas, con las Distribuciones, la naturaleza de los inmuebles, inversión del patrimonio del Fideicomiso y las fuentes de ingresos. El régimen fiscal aplicable a las Fibras ha estado evolucionando. Los artículos 187 y 188 de la LISR entraron en vigor el 1° de enero de 2004 y otras normas legales fueron modificadas en 2010 y posteriormente en 2014. No hay ninguna garantía de que la Legislación Aplicable a las Fibras no será modificada en el futuro, o de que las autoridades fiscales competentes no emitan normas más específicas o diferentes con respecto a los requisitos para calificar como Fibra, o que no cambiarán en una forma adversa para las operaciones del Fideicomiso. En la medida en que las autoridades fiscales competentes proporcionen normas más específicas o cambien los requisitos para calificar como Fibra, se podría exigir al Fideicomiso ajustar su estrategia de operaciones para cumplir con dichas modificaciones. Cualquier ley o regulación nueva o cambio a la legislación existente podría proporcionar flexibilidad adicional, pero también podría inhibir la capacidad de la Fibra para perseguir las estrategias que ha escogido. Si la Fibra fuera incapaz de mantener su calificación como una Fibra, entre otras cosas, se podría requerir un cambio en la manera en la que realiza sus operaciones, lo que podría afectar adversamente su condición financiera, los resultados de operaciones y su flujo de caja, el precio de los CBFIs y su capacidad para hacer Distribuciones de Efectivo. Ni la Fibra, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador, ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias de los mismos pueden garantizar que el régimen fiscal actualmente aplicable a los Tenedores no sufra modificaciones en el futuro. Por otro lado, al no existir certeza sobre las reformas que eventualmente pudiera sufrir el régimen fiscal aplicable a los Tenedores, ni el Fideicomiso, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias pueden asegurar que, de ser aprobadas dichas posibles reformas, estas no tendrán un efecto adverso sobre el rendimiento neto que generen los CBFIs a sus Tenedores. Por no tratarse de un instrumento de deuda, los CBFIs no requieren de un dictamen sobre la calidad crediticia de la Emisión expedido por una institución calificadora de valores, por lo que los inversionistas deberán efectuar un análisis particular de la información proporcionada en el presente Prospecto, así como de los riesgos respectivos de la Oferta. Por lo anterior, se recomienda que los posibles inversionistas consulten con su asesor calificado en inversiones acerca de la inversión en los CBFIs. Los Tenedores deben de considerar que al recibir Distribuciones de Efectivo periódicas, dichos Tenedores contarán con recursos en efectivo cuya inversión podría verse limitada si quisieran invertir en CBFIs o en instrumentos semejantes, los cuales pudieran no estar disponibles, por lo que tendrían que considerar efectuar inversiones distintas a las antes mencionadas, cuyos rendimientos podrían ser distintos a aquellos de los CBFIs. Simultáneamente a la Oferta Pública inicial, emitiremos 3 (tres) veces el monto que resulte de sumar los CBFIs de la Oferta Base más la totalidad de los CBFIs Adicionales, más los CBFIs objeto del ejercicio total de la Opción de Sobreasignación, es decir 434,700,000 (cuatrocientos treinta y cuatro millones setecientos mil) CBFIs, los cuales mantendremos en tesorería para ser utilizados conforme se establece en el Fideicomiso en el futuro, para (i) ser suscritos por nuestros Tenedores en el ejercicio del Derecho de Suscripción Preferente en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico, (ii) ser utilizados como contraprestación por la aportación de Activos al Patrimonio del Fideicomiso en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, (iii) ser entregados para el cumplimiento de planes de compensación de los Ejecutivos, en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine la Asamblea de Tenedores; y/o (iv) ser entregados como pago de obligaciones a cargo del Fideicomiso conforme los términos que autorice el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso. Cada vez que dichos CBFIs sean puestos en circulación, implicará una dilución para los Tenedores que al momento sean titulares de CBFIs no participen de la suscripción de que se trate o con motivo del pago de adquisiciones de Activos con CBFIs, lo cual implicaría la dilución de sus derechos. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para cumplir con la obligación de entregar a través el Fideicomiso de Control, al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), como compensación por la conformación, planeación y definición de estrategia del Fideicomiso. Dicha compensación será pagada a partir del 6º (sexto) aniversario de la oferta pública inicial de CBFIs y durante los siguientes 3 (tres) años para un total de 4 (cuatro) entregas (i) un número equivalente al 1% (uno por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el sexto aniversario; (ii) un monto equivalente al 2% (dos por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el séptimo aniversario; (iii) un monto equivalente al 3% (tres por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el octavo aniversario; y (iv) un monto equivalente al 4% (cuatro por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el noveno aniversario. Dichos CBFIs, serán entregados a través del Fideicomiso de Control al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), en las fechas antes mencionadas. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán entregados al Fundador Relevante previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para dar cumplimiento al Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo que, de tiempo en tiempo se determinen conforme al procedimiento que se establece en la sección “3.5.1.4 Esquema de compensaciones” del presente Prospecto. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán emitidos para dar cumplimiento al referido Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo, previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestra Cartera Inicial se integra por los Activos Iniciales, los cuales están relacionados con un conjunto de terrenos sobre los que se estima construir desarrollos inmobiliarios. En virtud de ello, es importante se evalúe que por tratarse de inmuebles que requerirán de un desarrollo es altamente previsible que se presenten ciertos riesgos normales en esta clase de desarrollos, como lo son el retraso en los procesos de construcción, inclusive por cumplimiento regulatorio y accidentes que se generen en las obras, imperfecciones en la ejecución de las obras, impactos de carácter ambiental e inclusive falta xx xxxxxx de los insumos o encarecimiento de los mismos. La estrategia de crecimiento de la Fibra incluye el desarrollo y adquisición de propiedades para desarrollo para integrarlos al Patrimonio del Fideicomiso a medida que aparezcan las oportunidades favorables para ello. Las oportunidades atractivas de inversión existen actualmente en ciertos mercados y se están evaluando dichas oportunidades. Algunas de estas operaciones, en caso de llevarse a cabo, pueden ser significativas para los resultados y condición financiera de la Fibra. La capacidad de la Fibra para desarrollar y obtener Activos en términos satisfactorios e integrarlos y operarlos exitosamente está sujeta a los siguientes riesgos:
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Samples: Fideicomiso
FACTORES DE RIESGO. El público inversionista deberá leer detalladamente Al evaluar la posible adquisición de los Certificados Bursátiles, los inversionistas potenciales deberán tomar en consideración, así como analizar y entender evaluar toda la información contenida en este Prospecto y, en el presente ProspectoSuplemento correspondiente, especialmente la que se incluye en esta sección. Asimismoespecial, es importante que el público inversionista considere que los factores de riesgo que se mencionan a continuación. Estos factores no son los únicos inherentes a los valores descritos en el presente Prospecto. Aquellos que a la fecha del presente sección no forman un listado exhaustivoProspecto se desconocen, pues pudieran existir otros: (i) o aquellos que actualmente no se consideran relevantes y que con posterioridad pudieran llegar a serlo; (ii) no conocidos o que no pueden ser conocidos a la fecha actualmente como relevantes, de la presente Emisión; o (iii) que surjan concretarse en el futuro podrían tener un efecto adverso significativo sobre la liquidez, las operaciones o situación financiera de los Fideicomisos o del Infonacot y, por lo tanto, sobre la capacidad de pago de los Certificados Bursátiles objeto del presente Programa. Los riesgos e incertidumbres que se describen a continuación y en cada Suplemento no son los únicos que pueden afectar a los Certificados Bursátiles, al Fiduciario, al Infonacot o a los Tenedores. Existen otros riesgos e incertidumbres que se desconocen o que actualmente se considera que no son significativos y que en su momento pudieran ser relevantespodrían tener un efecto adverso sobre los Certificados Bursátiles o sobre las personas anteriormente descritas. Cualquiera En el supuesto de que llegue a materializarse cualquiera de los riesgos que se describen mencionan a continuación, de materializarse, podría afectar de forma adversa y significativa la liquidez, operaciones o condición financiera del Fideicomiso o del Administrador, y en consecuencia, el Patrimonio del Fideicomiso disponible para ser distribuido pago a los Tenedores. La inversión Tenedores de las cantidades adeudadas bajo los Certificados Bursátiles podría verse afectado en forma adversa.
(a) Factores Relacionados con los Créditos Cedidos
(i) No permanencia de los Trabajadores en los CBFIs implica riesgos. Se deben considerar cuidadosamente los siguientes factores Centros de riesgo además Trabajo
(ii) El incumplimiento o dilación de la información contenida en otras secciones de este Prospecto previo la adquisición de los CBFIs materia de la Oferta. Cualquiera de las circunstancias o acontecimientos descritos como un factor de riesgo podría ocasionar que los Tenedores pierdan la totalidad o una parte de su inversión. Los posibles inversionistas deberán hacer un análisis particular sobre las consecuencias legales, fiscales, financieras y de otras índoles implícitas en la adquisición de los CBFIs, tomando en cuenta las ventajas de invertir en ellos, los riesgos involucrados y sus propios objetivos de inversión. Los posibles inversionistas no deben considerar o utilizar el contenido de este Prospecto como una recomendación legal, fiscal, de inversión o de ningún tipo pago x xxxx por parte de las Personas que lo suscriben. En todo casolos Trabajadores suscriptores de los Créditos Cedidos, se aconseja o bien, de los Centros de Trabajo respectivos
(iii) Pagos anticipados de los Créditos Cedidos y readquisiciones de Créditos Cedidos por parte del Cedente
(iv) Disminución en el flujo esperado por muerte o incapacidad de los Trabajadores
(v) Disminución en el flujo esperado por Incidencias
(vi) Información histórica individualizada respecto a montos pagados, prepagados y retrasos de los futuros inversionistas consultar Créditos.
(b) Factores Relacionados con sus propios asesores respecto el Cedente como Administrador
(i) Incumplimiento del Administrador
(ii) Administrador Sustituto
(iii) Cambios en política y lineamientos de cobranza
(iv) Los recursos derivados de la adquisición, participación o disposición cobranza de su inversión en los CBFIs. Se recomienda a los posibles inversionistas Créditos Cedidos no basarse en el desempeño histórico que se establece en este Prospecto para tomar decisiones de hacer o no hacer inversiones en los CBFIs. La información relativa al desempeño de la Fibra que se establece en este Prospecto ha sido auditada y verificada en forma limitada por un tercero independiente. El Patrimonio del Fideicomiso no tendrá activos o recursos distintos a los que constituyen su patrimonio en términos de la Cláusula Cuarta del Fideicomiso. La entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores depende exclusivamente estarán segregados de los recursos líquidos disponibles en propios del Administrador
(v) Los Centros de Trabajo pueden dejar de estar afiliados al Infonacot
(c) Factores Relacionados con el Patrimonio Cedente
(i) La falsedad de declaraciones del Fideicomiso. El Fideicomiso no tiene acceso Cedente con relación a otros fondos para realizar la entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores, por lo que la recuperación de la inversión cesión de los Tenedores está limitada a los recursos o Activos que se han aportado o que se aporten al Patrimonio del Fideicomiso en el futuro. El Fideicomiso es un contrato mediante el cual los Tenedores, en calidad de Fideicomisarios, adquieren el derecho a recibir la entrega de Distribuciones de Efectivo Créditos.
(d) Factores Relacionados con los recursos líquidos que, Certificados Bursátiles
(i) Fuente de tiempo en tiempo, formen parte del Patrimonio del Fideicomiso. Al tratarse de un fideicomiso de emisión y no de garantía, la recuperación de la inversión en los CBFIs está sujeta a que el Fiduciario reciba fondos suficientes derivados de las Inversiones en Activos. Invertir en los CBFIs implica la compra de instrumentos con características diferentes a los de deuda y capital, ambos habitualmente ofertados en la BMV; lo anterior implica riesgos asociados con la estrategia de inversión descrita en este Prospecto. Por ejemplo, no hay garantía alguna de que los Tenedores recibirán Distribución de Efectivo alguna al amparo pago de los CBFIs. En términos del Fideicomiso, no existe obligación de hacer Distribuciones de Efectivo a los Tenedores a menos que existan recursos suficientes en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no prevé ningún mecanismo para garantizar la entrega de Distribuciones de Efectivo derivadas de los CBFIs. Ni el Administrador, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Representante Común, ni cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias ni el Intermediario Colocador serán responsables de realizar las Distribuciones de Efectivo al amparo de los CBFIs en términos distintos a los establecidos en el Fideicomiso. Derivado de que los bienes inmuebles relacionados con los Activos se encuentran en desarrollo, el Fideicomiso recibirá flujos derivados de los Contratos de Arrendamiento hasta en tanto dichos desarrollos estén estabilizados y generando el pago xx Xxxxx, lo cual podría ocurrir en un tiempo considerable a partir de la Oferta Pública inicial. Con motivo de lo anterior, no podemos asegurar que habrá Distribuciones en un inicio. En caso de que seamos incapaces de cumplir en tiempo y forma con el calendario de inversiones que se establezca de tiempo en tiempo, el desarrollo y/o la estabilización de nuestros Activos podrían verse retrasados y como consecuencia de ello los flujos de efectivo para realizar Distribuciones a los Tenedores podrían también verse afectados negativamente. Actualmente, en México, el mercado para los CBFIs está poco desarrollado y no puede asegurarse que se desarrollará un mercado secundario para los mismos o que si éste se desarrolla otorgará liquidez a los Tenedores, o de ser el caso, que continúe existiendo tal mercado secundario. La inscripción de los CBFIs en el RNV y su listado en la BMV no garantiza el surgimiento Certificados Bursátiles
(ii) Existencia de un mercado de negociación activa limitado para los CBFIs Certificados Bursátiles
(iii) Falta de Pago de Intereses y tampoco implica que los mismos serán negociados Principal
(e) Factores Relacionados con México
(i) Situaciones económicas adversas en el futuro a un precio igual o superior al que tengan en la fecha de Oferta. Lo anterior, podría limitar la capacidad de los Tenedores para venderlos al precio y en el momento que ellos deseen. Los posibles inversionistas deberán asumir el riesgo de su inversión en los CBFIs. Aun cuando el Fideicomiso actuará sólo como un vehículo de pago a través del cual los Tenedores recibirán, en su caso, las Distribuciones de Efectivo, las autoridades mexicanas México podrían emitir disposiciones que afecten la naturaleza y el tratamiento fiscal del Fideicomiso. Dichas autoridades podrían considerar, por ejemplo, que los actos que realiza lo definen como fideicomiso empresarial y no como una Fibra para efectos fiscales. En este sentido, aún y cuando se tiene la intención de cumplir con lo establecido por los artículos 187 y 188 de la LISR para conservar el carácter de Fibra se tendrá que cumplir con ciertos requisitos relacionados, entre otras cosas, con las Distribuciones, la naturaleza de los inmuebles, inversión del patrimonio del Fideicomiso y las fuentes de ingresos. El régimen fiscal aplicable a las Fibras ha estado evolucionando. Los artículos 187 y 188 de la LISR entraron en vigor el 1° de enero de 2004 y otras normas legales fueron modificadas en 2010 y posteriormente en 2014. No hay ninguna garantía de que la Legislación Aplicable a las Fibras no será modificada en el futuro, o de que las autoridades fiscales competentes no emitan normas más específicas o diferentes con respecto a los requisitos para calificar como Fibra, o que no cambiarán en una forma adversa para las operaciones del Fideicomiso. En la medida en que las autoridades fiscales competentes proporcionen normas más específicas o cambien los requisitos para calificar como Fibra, se podría exigir al Fideicomiso ajustar su estrategia de operaciones para cumplir con dichas modificaciones. Cualquier ley o regulación nueva o cambio a la legislación existente podría proporcionar flexibilidad adicional, pero también podría inhibir la capacidad de la Fibra para perseguir las estrategias que ha escogido. Si la Fibra fuera incapaz de mantener su calificación como una Fibra, entre otras cosas, se podría requerir un cambio en la manera en la que realiza sus operaciones, lo que podría afectar adversamente su condición financiera, los resultados de operaciones operativos y su flujo de caja, situación financiera
(ii) Los acontecimientos políticos en México podrían afectar los resultados operativos y situación financiera del Infonacot
(iii) Los acontecimientos en otros países podrían afectar el precio de los CBFIs y su capacidad para hacer Distribuciones de Efectivo. Ni la Fibra, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador, ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias de los mismos pueden garantizar que el régimen fiscal actualmente aplicable a los Tenedores no sufra modificaciones en el futuro. Por otro lado, al no existir certeza sobre las reformas que eventualmente pudiera sufrir el régimen fiscal aplicable a los Tenedores, ni el Fideicomiso, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias pueden asegurar que, de ser aprobadas dichas posibles reformas, estas no tendrán un efecto adverso sobre el rendimiento neto que generen los CBFIs a sus Tenedores. Por no tratarse de un instrumento de deuda, los CBFIs no requieren de un dictamen sobre la calidad crediticia de la Emisión expedido por una institución calificadora de valores, por lo que los inversionistas deberán efectuar un análisis particular de la información proporcionada en el presente Prospecto, así como de los riesgos respectivos de la Oferta. Por lo anterior, se recomienda que los posibles inversionistas consulten con su asesor calificado en inversiones acerca de la inversión en los CBFIs. Los Tenedores deben de considerar que al recibir Distribuciones de Efectivo periódicas, dichos Tenedores contarán con recursos en efectivo cuya inversión podría verse limitada si quisieran invertir en CBFIs o en instrumentos semejantes, los cuales pudieran no estar disponibles, por lo que tendrían que considerar efectuar inversiones distintas a las antes mencionadas, cuyos rendimientos podrían ser distintos a aquellos de los CBFIs. Simultáneamente a la Oferta Pública inicial, emitiremos 3 Certificados Bursátiles
(tresf) veces el monto que resulte de sumar los CBFIs de la Oferta Base más la totalidad de los CBFIs Adicionales, más los CBFIs objeto del ejercicio total de la Opción de Sobreasignación, es decir 434,700,000 (cuatrocientos treinta y cuatro millones setecientos mil) CBFIs, los cuales mantendremos en tesorería para ser utilizados conforme se establece en el Fideicomiso en el futuro, para Otros Factores
(i) ser suscritos por nuestros Tenedores en el ejercicio Responsabilidad Limitada del Derecho de Suscripción Preferente en los términos Fiduciario y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico, del Fideicomitente
(ii) ser utilizados como contraprestación por la aportación de Activos al Patrimonio No existe Responsabilidad del Fideicomiso en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, Gobierno Federal ni del Cedente
(iii) ser entregados para el cumplimiento de planes de compensación de los Ejecutivos, en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine la Asamblea de Tenedores; y/o Decisiones Gubernamentales
(iv) ser entregados como pago Reforma a la LFT
(v) Incumplimiento de obligaciones a cargo del Fideicomiso conforme los términos que autorice el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso. Cada vez que dichos CBFIs sean puestos en circulación, implicará una dilución para los Tenedores que al momento sean titulares de CBFIs no participen de la suscripción de que se trate o con motivo del pago de adquisiciones de Activos con CBFIs, lo cual implicaría la dilución de sus derechos. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para cumplir con la obligación de entregar a través el Fideicomiso de Control, al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), como compensación por la conformación, planeación y definición de estrategia del Fideicomiso. Dicha compensación será pagada a partir del 6º (sexto) aniversario de la oferta pública inicial de CBFIs y durante los siguientes 3 (tres) años para un total de 4 (cuatro) entregas (i) un número equivalente al 1% (uno por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el sexto aniversario; (ii) un monto equivalente al 2% (dos por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el séptimo aniversario; (iii) un monto equivalente al 3% (tres por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el octavo aniversario; y (iv) un monto equivalente al 4% (cuatro por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el noveno aniversario. Dichos CBFIs, serán entregados a través del Fideicomiso de Control al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), en las fechas antes mencionadas. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán entregados al Fundador Relevante previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para dar cumplimiento al Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo que, de tiempo en tiempo se determinen conforme al procedimiento que se establece en la sección “3.5.1.4 Esquema de compensaciones” del presente Prospecto. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán emitidos para dar cumplimiento al referido Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo, previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestra Cartera Inicial se integra por los Activos Iniciales, los cuales están relacionados con un conjunto de terrenos sobre los que se estima construir desarrollos inmobiliarios. En virtud de ello, es importante se evalúe que por tratarse de inmuebles que requerirán de un desarrollo es altamente previsible que se presenten ciertos riesgos normales en esta clase de desarrollos, como lo son el retraso en los procesos de construcción, inclusive por cumplimiento regulatorio y accidentes que se generen en las obras, imperfecciones en la ejecución de las obras, impactos de carácter ambiental e inclusive falta xx xxxxxx de los insumos o encarecimiento de los mismos. La estrategia de crecimiento de la Fibra incluye el desarrollo y adquisición de propiedades para desarrollo para integrarlos al Patrimonio del Fideicomiso a medida que aparezcan las oportunidades favorables para ello. Las oportunidades atractivas de inversión existen actualmente en ciertos mercados y se están evaluando dichas oportunidades. Algunas de estas operaciones, en caso de llevarse a cabo, pueden ser significativas para los resultados y condición financiera de la Fibra. La capacidad de la Fibra para desarrollar y obtener Activos en términos satisfactorios e integrarlos y operarlos exitosamente está sujeta a los siguientes riesgos:fiscales
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FACTORES DE RIESGO. El público inversionista deberá leer detalladamente y entender toda la información contenida en el presente Prospecto, especialmente la que se incluye en esta sección. Asimismo, es importante que el público inversionista considere que los factores de riesgo descritos en la presente sección no forman un listado exhaustivo, pues pudieran existir otros: (i) que actualmente no se consideran relevantes y que con posterioridad pudieran llegar a serlo; (ii) no conocidos o que no pueden ser conocidos a la fecha de la presente Emisión; o (iii) que surjan en el futuro y que en su momento pudieran ser relevantes. Cualquiera de los riesgos que se describen a continuación, de materializarse, podría afectar de forma adversa y significativa la liquidez, operaciones o condición financiera del Fideicomiso o del Administrador, y en consecuenciaComo regla general, el Patrimonio del Fideicomiso disponible para ser distribuido a los Tenedores. La riesgo por la inversión en los CBFIs implica riesgos. Se deben considerar cuidadosamente los siguientes factores este tipo de riesgo además de la información contenida en otras secciones de este Prospecto previo la adquisición de los CBFIs materia de la Oferta. Cualquiera de las circunstancias o acontecimientos descritos como un factor de riesgo podría ocasionar que los Tenedores pierdan la totalidad o una parte de su inversión. Los posibles inversionistas deberán hacer un análisis particular sobre las consecuencias legalesproductos es, fiscalesasimismo, financieras y de otras índoles implícitas en la adquisición de los CBFIs, tomando en cuenta las ventajas de invertir en ellos, los riesgos involucrados y sus propios objetivos de inversión. Los posibles inversionistas no deben considerar o utilizar el contenido de este Prospecto como una recomendación legal, fiscal, de inversión o de ningún tipo por parte de las Personas que lo suscriben. En todo caso, se aconseja a los futuros inversionistas consultar con sus propios asesores respecto de la adquisición, participación o disposición de su inversión en los CBFIs. Se recomienda a los posibles inversionistas no basarse en el desempeño histórico que se establece en este Prospecto para tomar decisiones de hacer o no hacer inversiones en los CBFIs. La información relativa al desempeño de la Fibra que se establece en este Prospecto ha sido auditada y verificada en forma limitada por un tercero independiente. El Patrimonio del Fideicomiso no tendrá activos o recursos distintos a los que constituyen su patrimonio en términos de la Cláusula Cuarta del Fideicomiso. La entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores depende exclusivamente de los recursos líquidos disponibles en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no tiene acceso a otros fondos para realizar la entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores, por lo que la recuperación rentabilidad de la inversión sea menor que la esperada inicialmente. También hay que tener en cuenta otro principio de carácter general, y es que los precios de los Tenedores está limitada activos financieros son sensibles a las expectativas generales sobre la marcha de la economía, sobre el comportamiento específico de determinados sectores o compañías, etc. Existen otros riesgos asociados a la inversión en valores xx xxxxx fija, como pueden ser los de tipo de cambio (riesgo de variación en los tipos de cambio de las divisas; sólo afectará por tanto a los recursos instrumentos denominados en monedas distintas del euro), y el riesgo operativo o Activos de procedimiento. Éste derivaría de la posibilidad de cometer errores al transmitir instrucciones de compra o venta a las entidades financieras. Es el único riesgo que el inversor puede anular por completo, revisando con cuidado las órdenes antes de transmitirlas al intermediario. Después es necesario comprobar que las ejecuciones se han aportado o corresponden con las instrucciones transmitidas y la situación xxx xxxxxxx, y realizar un adecuado seguimiento periódico de las cuentas de valores. También hay otras fuentes importantes de riesgo que se aporten al Patrimonio del Fideicomiso en el futuropueden afectar a la rentabilidad de un valor xx xxxxx fija, y que reflejamos a continuación: - Riesgo de tipo y precio. La duración: El Fideicomiso es un contrato mediante el cual los Tenedores, en calidad riesgo de Fideicomisarios, adquieren el derecho a recibir precio supone la entrega posibilidad de Distribuciones de Efectivo con los recursos líquidos que, cuando el inversor desee vender el activo, su precio de tiempo en tiempoventa sea inferior al de compra. En el caso de la renta fija, formen parte del Patrimonio del Fideicomiso. Al tratarse este riesgo está unido fundamentalmente a la evolución de un fideicomiso los tipos de emisión interés, y no de garantía, la recuperación se manifiesta cuando el horizonte temporal de la inversión en los CBFIs está sujeta a es inferior al plazo de vencimiento del valor. Cuando un inversor adquiere un activo con un vencimiento más largo que el Fiduciario reciba fondos suficientes derivados su propio periodo de las Inversiones en Activos. Invertir en los CBFIs implica la compra de instrumentos con características diferentes a los de deuda y capitalinversión, ambos habitualmente ofertados en la BMV; lo anterior implica riesgos asociados con la estrategia de inversión descrita en este Prospecto. Por ejemplo, no hay garantía alguna de llegada esa fecha tendrá que los Tenedores recibirán Distribución de Efectivo alguna al amparo de los CBFIs. En términos del Fideicomiso, no existe obligación de hacer Distribuciones de Efectivo a los Tenedores a menos que existan recursos suficientes venderlo en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no prevé ningún mecanismo para garantizar la entrega de Distribuciones de Efectivo derivadas de los CBFIs. Ni el Administrador, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Representante Común, ni cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias ni el Intermediario Colocador serán responsables de realizar las Distribuciones de Efectivo al amparo de los CBFIs en términos distintos a los establecidos en el Fideicomiso. Derivado de que los bienes inmuebles relacionados con los Activos se encuentran en desarrollo, el Fideicomiso recibirá flujos derivados de los Contratos de Arrendamiento hasta en tanto dichos desarrollos estén estabilizados y generando el pago xx Xxxxx, lo cual podría ocurrir en un tiempo considerable a partir de la Oferta Pública inicial. Con motivo de lo anterior, no podemos asegurar que habrá Distribuciones en un inicio. En caso de que seamos incapaces de cumplir en tiempo y forma con el calendario de inversiones que se establezca de tiempo en tiempo, el desarrollo y/o la estabilización de nuestros Activos podrían verse retrasados y como consecuencia de ello los flujos de efectivo para realizar Distribuciones a los Tenedores podrían también verse afectados negativamente. Actualmente, en México, el mercado para los CBFIs está poco desarrollado y no puede asegurarse que se desarrollará un mercado secundario para los mismos o que si éste se desarrolla otorgará liquidez a los Tenedores, o de ser el caso, que continúe existiendo tal mercado secundario. La inscripción Si durante ese tiempo los tipos de interés han subido, obtendrá una rentabilidad inferior a la esperada, e incluso podría registrar minusvalías. Y al contrario, descensos en los tipos de interés le reportarán rentabilidades superiores a las inicialmente previstas (este efecto es mucho menor en los valores xx xxxxx fija que remuneran a tipos variables, puesto que los pagos periódicos ya suelen incorporar las fluctuaciones de los CBFIs tipos de interés). La sensibilidad del precio frente a variaciones en los tipos de interés se mide mediante la duración, que es la vida media de un valor xx xxxxx fija, teniendo en cuenta el número de cupones pendientes, su distribución y cuantía, y el resto de los ingresos a percibir en el RNV y su listado en la BMV no garantiza el surgimiento tiempo. Se trata de un mercado de negociación activa concepto muy importante para los CBFIs y tampoco implica estimar el riesgo que los mismos serán negociados en el futuro a incorpora un precio igual determinado valor. Mayor duración significa mayor riesgo pues, ante subidas o superior al que tengan en la fecha de Oferta. Lo anterior, podría limitar la capacidad bajadas de los Tenedores para venderlos al tipos de interés, el precio y en el momento que ellos deseendel producto sufrirá una mayor bajada o subida. Los posibles inversionistas deberán asumir - Riesgo de crédito o insolvencia: Es el riesgo de su inversión en los CBFIs. Aun cuando que el Fideicomiso actuará sólo emisor de un valor no pueda hacer frente a sus pagos, tanto de cupones como un vehículo de pago a través reembolso del cual los Tenedores recibirán, en su caso, las Distribuciones de Efectivo, las autoridades mexicanas podrían emitir disposiciones que afecten la naturaleza y el tratamiento fiscal del Fideicomiso. Dichas autoridades podrían considerar, por ejemplo, que los actos que realiza lo definen como fideicomiso empresarial y no como una Fibra para efectos fiscales. En este sentido, aún y cuando se tiene la intención de cumplir con lo establecido por los artículos 187 y 188 de la LISR para conservar el carácter de Fibra se tendrá que cumplir con ciertos requisitos relacionados, entre otras cosas, con las Distribuciones, la naturaleza de los inmuebles, inversión del patrimonio del Fideicomiso y las fuentes de ingresos. El régimen fiscal aplicable a las Fibras ha estado evolucionando. Los artículos 187 y 188 de la LISR entraron en vigor el 1° de enero de 2004 y otras normas legales fueron modificadas en 2010 y posteriormente en 2014. No hay ninguna garantía de que la Legislación Aplicable a las Fibras no será modificada en el futuroprincipal, o de que las autoridades fiscales competentes no emitan normas más específicas o diferentes con respecto a los requisitos para calificar como Fibra, o que no cambiarán en una forma adversa para las operaciones del Fideicomiso. En la medida en que las autoridades fiscales competentes proporcionen normas más específicas o cambien los requisitos para calificar como Fibra, se podría exigir al Fideicomiso ajustar su estrategia de operaciones para cumplir con dichas modificaciones. Cualquier ley o regulación nueva o cambio a la legislación existente podría proporcionar flexibilidad adicional, pero también podría inhibir la capacidad de la Fibra para perseguir las estrategias que ha escogido. Si la Fibra fuera incapaz de mantener su calificación como una Fibra, entre otras cosas, se podría requerir produzca un cambio en la manera en la que realiza sus operaciones, lo que podría afectar adversamente su condición financiera, los resultados de operaciones y su flujo de caja, el precio de los CBFIs y su capacidad para hacer Distribuciones de Efectivo. Ni la Fibra, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador, ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias de los mismos pueden garantizar que el régimen fiscal actualmente aplicable a los Tenedores no sufra modificaciones en el futuro. Por otro lado, al no existir certeza sobre las reformas que eventualmente pudiera sufrir el régimen fiscal aplicable a los Tenedores, ni el Fideicomiso, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias pueden asegurar que, de ser aprobadas dichas posibles reformas, estas no tendrán un efecto adverso sobre el rendimiento neto que generen los CBFIs a sus Tenedores. Por no tratarse de un instrumento de deuda, los CBFIs no requieren de un dictamen sobre la calidad crediticia de la Emisión expedido por una institución calificadora de valores, por lo que los inversionistas deberán efectuar un análisis particular de la información proporcionada en el presente Prospecto, así como de los riesgos respectivos de la Oferta. Por lo anterior, se recomienda que los posibles inversionistas consulten con su asesor calificado en inversiones acerca de la inversión en los CBFIs. Los Tenedores deben de considerar que al recibir Distribuciones de Efectivo periódicas, dichos Tenedores contarán con recursos en efectivo cuya inversión podría verse limitada si quisieran invertir en CBFIs o en instrumentos semejantes, los cuales pudieran no estar disponibles, por lo que tendrían que considerar efectuar inversiones distintas a las antes mencionadas, cuyos rendimientos podrían ser distintos a aquellos de los CBFIs. Simultáneamente a la Oferta Pública inicial, emitiremos 3 (tres) veces el monto que resulte de sumar los CBFIs de la Oferta Base más la totalidad de los CBFIs Adicionales, más los CBFIs objeto del ejercicio total de la Opción de Sobreasignación, es decir 434,700,000 (cuatrocientos treinta y cuatro millones setecientos mil) CBFIs, los cuales mantendremos en tesorería para ser utilizados conforme se establece en el Fideicomiso en el futuro, para (i) ser suscritos por nuestros Tenedores en el ejercicio del Derecho de Suscripción Preferente en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico, (ii) ser utilizados como contraprestación por la aportación de Activos al Patrimonio del Fideicomiso en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, (iii) ser entregados para el cumplimiento de planes de compensación de los Ejecutivos, en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine la Asamblea de Tenedores; y/o (iv) ser entregados como pago de obligaciones a cargo del Fideicomiso conforme los términos que autorice el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso. Cada vez que dichos CBFIs sean puestos en circulación, implicará una dilución para los Tenedores que al momento sean titulares de CBFIs no participen de la suscripción de que se trate o con motivo del pago de adquisiciones de Activos con CBFIs, lo cual implicaría la dilución de sus derechos. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para cumplir con la obligación de entregar a través el Fideicomiso de Control, al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), como compensación por la conformación, planeación y definición de estrategia del Fideicomiso. Dicha compensación será pagada a partir del 6º (sexto) aniversario de la oferta pública inicial de CBFIs y durante los siguientes 3 (tres) años para un total de 4 (cuatro) entregas (i) un número equivalente al 1% (uno por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el sexto aniversario; (ii) un monto equivalente al 2% (dos por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el séptimo aniversario; (iii) un monto equivalente al 3% (tres por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el octavo aniversario; y (iv) un monto equivalente al 4% (cuatro por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el noveno aniversario. Dichos CBFIs, serán entregados a través del Fideicomiso de Control al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), en las fechas antes mencionadas. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán entregados al Fundador Relevante previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para dar cumplimiento al Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo que, de tiempo en tiempo se determinen conforme al procedimiento que se establece en la sección “3.5.1.4 Esquema de compensaciones” del presente Prospecto. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán emitidos para dar cumplimiento al referido Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo, previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestra Cartera Inicial se integra por los Activos Iniciales, los cuales están relacionados con un conjunto de terrenos sobre los que se estima construir desarrollos inmobiliarios. En virtud de ello, es importante se evalúe que por tratarse de inmuebles que requerirán de un desarrollo es altamente previsible que se presenten ciertos riesgos normales en esta clase de desarrollos, como lo son el retraso en los procesos mismos. El emisor puede ser una empresa, entidad financiera, un Estado o un organismo público. Cuando el emisor de construcciónlos valores (xx xxxxx fija) es un Estado, inclusive el riesgo de crédito se denomina riesgo país. En los Estados occidentales es prácticamente inexistente, aunque en algunas ocasiones se han producido suspensiones unilaterales en el pago de los intereses de la deuda pública externa emitida por cumplimiento regulatorio y accidentes países en vías de desarrollo. En general, en nuestro entorno económico, se considera que las emisiones del Estado son activos libres de riesgo, siempre que se generen en las obras, imperfecciones en la ejecución de las obras, impactos de carácter ambiental e inclusive falta xx xxxxxx de los insumos o encarecimiento de los mismos. La estrategia de crecimiento mantengan hasta el vencimiento (si antes de la Fibra incluye amortización se venden los valores en el desarrollo y adquisición de propiedades para desarrollo para integrarlos al Patrimonio del Fideicomiso mercado secundario, se obtendrá el precio que el mercado esté dispuesto a medida que aparezcan las oportunidades favorables para ello. Las oportunidades atractivas de inversión existen actualmente pagar en ciertos mercados y se están evaluando dichas oportunidades. Algunas de estas operaciones, en caso de llevarse a cabo, pueden ser significativas para los resultados y condición financiera de la Fibra. La capacidad de la Fibra para desarrollar y obtener Activos en términos satisfactorios e integrarlos y operarlos exitosamente está sujeta a los siguientes riesgos:ese momento).
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Samples: Financial Advisory Agreement
FACTORES DE RIESGO. El público inversionista deberá leer detalladamente Los factores descritos a continuación representan riesgos potenciales para el pago de las obligaciones propias de Valores Unión S.A. y entender toda no así para la información contenida cartera de sus clientes. La cartera de los clientes de Valores Unión S.A. es administrada de manera completamente independiente y separada de su cartera propia, por lo tanto los riesgos que afecten a las inversiones de sus clientes serán aquellos inherentes a cada inversión particular:
1.1.26.1 Factores macroeconómicos y Políticos Los factores de riesgo macroeconómicos son aquellos ajenos a la empresa que pueden afectar adversamente al normal desarrollo de sus actividades y/o de sus inversiones. Las inversiones realizadas por la sociedad se pueden ver afectadas por cambios en la situación económica y/o política del país en el presente Prospecto, especialmente la que se incluye negocian los instrumentos financieros adquiridos. A pesar de la estabilidad que el Mercado financiero de Valores boliviano ha gozado en esta secciónlos últimos años, la crisis económica internacional ha tenido un impacto en los volúmenes de transacción y las tasas xxx xxxxxxx, limitando las actividades de la Sociedad y las líneas de ingresos de la misma. Asimismo, es importante que el público inversionista considere que los factores de riesgo descritos en la presente sección no forman un listado exhaustivo, pues pudieran existir otros: (i) que actualmente no se consideran relevantes y que con posterioridad pudieran llegar a serlo; (ii) no conocidos o que no pueden ser conocidos a la fecha de la presente Emisión; o (iii) que surjan en el futuro y que en su momento pudieran ser relevantes. Cualquiera de los riesgos que se describen a continuación, de materializarse, podría afectar de forma adversa y significativa la liquidez, operaciones o condición financiera del Fideicomiso o del Administrador, y en consecuencia, el Patrimonio del Fideicomiso disponible para ser distribuido a los Tenedores. La inversión en los CBFIs implica riesgos. Se deben considerar cuidadosamente los siguientes factores de riesgo además de la información contenida en otras secciones de este Prospecto previo la adquisición de los CBFIs materia de la Oferta. Cualquiera de las circunstancias o acontecimientos descritos como representa un factor de riesgo podría ocasionar que los Tenedores pierdan la totalidad o una parte posibilidad de su inversión. Los posibles inversionistas deberán hacer un análisis particular sobre las consecuencias legales, fiscales, financieras modificación en la normativa vigente xxx Xxxxxxx de Valores y de otras índoles implícitas en Pensiones o relacionada al mismo, que afecte negativamente la adquisición participación de los CBFIsactores xxx xxxxxxx, tomando en cuenta las ventajas restringiendo de invertir en ellos, los riesgos involucrados esta manera la negociación y sus propios objetivos emisión de inversión. Los valores a nivel local.
1.1.26.2 Factores de riesgo relacionados con el negocio • Riesgo cambiario Las posibles inversionistas no deben considerar o utilizar el contenido de este Prospecto como una recomendación legal, fiscal, de inversión o de ningún tipo por parte de las Personas que lo suscriben. En todo caso, se aconseja a los futuros inversionistas consultar con sus propios asesores respecto de la adquisición, participación o disposición de su inversión en los CBFIs. Se recomienda a los posibles inversionistas no basarse fluctuaciones en el desempeño histórico tipo de cambio pueden afectar de manera determinante la tasa de rendimiento, según las inversiones realizadas en distintas monedas, por este motivo que se establece considera la posibilidad de que las emisiones dentro del Programa de Emisiones puedan ser en este Prospecto para tomar decisiones de hacer o no hacer inversiones en los CBFIs. La información relativa al desempeño de la Fibra que se establece en este Prospecto ha sido auditada y verificada en forma limitada por un tercero independiente. El Patrimonio del Fideicomiso no tendrá activos o recursos distintos a los que constituyen su patrimonio en términos de la Cláusula Cuarta del Fideicomiso. La entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores depende exclusivamente Dólares de los recursos líquidos disponibles Estados Unidos de América, Bolivianos o Bolivianos con mantenimiento de valor respecto a la Unidad de Fomento de Vivienda. • Riesgo de tasa de interés y de liquidez El riesgo de tasa de interés, es la exposición a pérdidas en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no tiene acceso a otros fondos para realizar la entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores, por lo que la recuperación de la inversión de los Tenedores está limitada a los recursos o Activos que se han aportado o que se aporten al Patrimonio del Fideicomiso en el futuro. El Fideicomiso es un contrato mediante el cual los Tenedores, en calidad de Fideicomisarios, adquieren el derecho a recibir la entrega de Distribuciones de Efectivo con los recursos líquidos que, de tiempo en tiempo, formen parte del Patrimonio del Fideicomiso. Al tratarse valor de un fideicomiso activo financiero, debido a fluctuaciones negativas en las tasas de emisión y no de garantíavaloración, la recuperación de la inversión en los CBFIs está sujeta a mientras que el Fiduciario reciba fondos suficientes derivados de las Inversiones en Activos. Invertir en los CBFIs implica la compra de instrumentos con características diferentes a los de deuda y capital, ambos habitualmente ofertados en la BMV; lo anterior implica riesgos asociados con la estrategia de inversión descrita en este Prospecto. Por ejemplo, no hay garantía alguna de que los Tenedores recibirán Distribución de Efectivo alguna al amparo de los CBFIs. En términos del Fideicomiso, no existe obligación de hacer Distribuciones de Efectivo a los Tenedores a menos que existan recursos suficientes en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no prevé ningún mecanismo para garantizar la entrega de Distribuciones de Efectivo derivadas de los CBFIs. Ni el Administrador, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Representante Común, ni cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias ni el Intermediario Colocador serán responsables de realizar las Distribuciones de Efectivo al amparo de los CBFIs en términos distintos a los establecidos en el Fideicomiso. Derivado de que los bienes inmuebles relacionados con los Activos se encuentran en desarrollo, el Fideicomiso recibirá flujos derivados de los Contratos de Arrendamiento hasta en tanto dichos desarrollos estén estabilizados y generando el pago xx Xxxxx, lo cual podría ocurrir en un tiempo considerable a partir de la Oferta Pública inicial. Con motivo de lo anterior, no podemos asegurar que habrá Distribuciones en un inicio. En caso de que seamos incapaces de cumplir en tiempo y forma con el calendario de inversiones que se establezca de tiempo en tiempo, el desarrollo y/o la estabilización de nuestros Activos podrían verse retrasados y como consecuencia de ello los flujos de efectivo para realizar Distribuciones a los Tenedores podrían también verse afectados negativamente. Actualmente, en México, el mercado para los CBFIs está poco desarrollado y no puede asegurarse que se desarrollará un mercado secundario para los mismos o que si éste se desarrolla otorgará liquidez a los Tenedores, o de ser el caso, que continúe existiendo tal mercado secundario. La inscripción de los CBFIs en el RNV y su listado en la BMV no garantiza el surgimiento de un mercado de negociación activa para los CBFIs y tampoco implica que los mismos serán negociados en el futuro a un precio igual o superior al que tengan en la fecha de Oferta. Lo anterior, podría limitar la capacidad de los Tenedores para venderlos al precio y en el momento que ellos deseen. Los posibles inversionistas deberán asumir el riesgo de su inversión en los CBFIs. Aun cuando liquidez se refiere al riesgo de que no sea capaz de liquidar oportunamente sus inversiones con el Fideicomiso actuará sólo como un vehículo de pago a través del cual los Tenedores recibirán, en su caso, las Distribuciones de Efectivo, las autoridades mexicanas podrían emitir disposiciones que afecten la naturaleza y el tratamiento fiscal del Fideicomiso. Dichas autoridades podrían considerar, por ejemplo, que los actos que realiza lo definen como fideicomiso empresarial y no como una Fibra para efectos fiscales. En este sentido, aún y cuando se tiene la intención fin de cumplir con lo establecido por los artículos 187 y 188 sus necesidades de la LISR para conservar el carácter de Fibra se tendrá que cumplir con ciertos requisitos relacionados, entre otras cosas, con las Distribuciones, la naturaleza de los inmuebles, inversión del patrimonio del Fideicomiso y las fuentes de ingresos. El régimen fiscal aplicable a las Fibras ha estado evolucionando. Los artículos 187 y 188 de la LISR entraron en vigor el 1° de enero de 2004 y otras normas legales fueron modificadas en 2010 y posteriormente en 2014. No hay ninguna garantía de que la Legislación Aplicable a las Fibras no será modificada en el futuro, o de que las autoridades fiscales competentes no emitan normas más específicas o diferentes con respecto a los requisitos para calificar como Fibra, o que no cambiarán en una forma adversa para las operaciones del Fideicomiso. En la medida en que las autoridades fiscales competentes proporcionen normas más específicas o cambien los requisitos para calificar como Fibra, se podría exigir al Fideicomiso ajustar su estrategia de operaciones para cumplir con dichas modificaciones. Cualquier ley o regulación nueva o cambio a la legislación existente podría proporcionar flexibilidad adicional, pero también podría inhibir la capacidad de la Fibra para perseguir las estrategias que ha escogido. Si la Fibra fuera incapaz de mantener su calificación como una Fibra, entre otras cosas, se podría requerir un cambio en la manera en la que realiza sus operaciones, lo que podría afectar adversamente su condición financiera, los resultados de operaciones y su flujo de caja, el precio de los CBFIs y su capacidad para hacer Distribuciones de Efectivo. Ni la Fibra, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador, ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias de los mismos pueden garantizar que el régimen fiscal actualmente aplicable a los Tenedores no sufra modificaciones en el futuro. Por otro lado, al no existir certeza sobre las reformas que eventualmente pudiera sufrir el régimen fiscal aplicable a los Tenedores, ni el Fideicomiso, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias pueden asegurar que, de ser aprobadas dichas posibles reformas, estas no tendrán un efecto adverso sobre el rendimiento neto que generen los CBFIs a sus Tenedores. Por no tratarse de un instrumento de deuda, los CBFIs no requieren de un dictamen sobre la calidad crediticia de la Emisión expedido por una institución calificadora de valores, por lo que los inversionistas deberán efectuar un análisis particular de la información proporcionada en el presente Prospecto, así como de los riesgos respectivos de la Oferta. Por lo anterior, se recomienda que los posibles inversionistas consulten con su asesor calificado en inversiones acerca de la inversión en los CBFIs. Los Tenedores deben de considerar que al recibir Distribuciones de Efectivo periódicas, dichos Tenedores contarán con recursos en efectivo cuya inversión podría verse limitada si quisieran invertir en CBFIs o en instrumentos semejantes, los cuales pudieran no estar disponibles, por lo que tendrían que considerar efectuar inversiones distintas a las antes mencionadas, cuyos rendimientos podrían ser distintos a aquellos de los CBFIs. Simultáneamente a la Oferta Pública inicial, emitiremos 3 (tres) veces el monto que resulte de sumar los CBFIs de la Oferta Base más la totalidad de los CBFIs Adicionales, más los CBFIs objeto del ejercicio total de la Opción de Sobreasignación, es decir 434,700,000 (cuatrocientos treinta y cuatro millones setecientos mil) CBFIs, los cuales mantendremos en tesorería para ser utilizados conforme se establece en el Fideicomiso en el futuro, para (i) ser suscritos por nuestros Tenedores en el ejercicio del Derecho de Suscripción Preferente en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico, (ii) ser utilizados como contraprestación por la aportación de Activos al Patrimonio del Fideicomiso en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, (iii) ser entregados para el cumplimiento de planes de compensación de los Ejecutivos, en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine la Asamblea de Tenedores; y/o (iv) ser entregados como pago de obligaciones a cargo del Fideicomiso conforme los términos que autorice el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso. Cada vez que dichos CBFIs sean puestos en circulación, implicará una dilución para los Tenedores que al momento sean titulares de CBFIs no participen de la suscripción de que se trate o con motivo del pago de adquisiciones de Activos con CBFIs, lo cual implicaría la dilución de sus derechos. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para cumplir con la obligación de entregar a través el Fideicomiso de Control, al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), como compensación por la conformación, planeación y definición de estrategia del Fideicomiso. Dicha compensación será pagada a partir del 6º (sexto) aniversario de la oferta pública inicial de CBFIs y durante los siguientes 3 (tres) años para un total de 4 (cuatro) entregas (i) un número equivalente al 1% (uno por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el sexto aniversario; (ii) un monto equivalente al 2% (dos por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el séptimo aniversario; (iii) un monto equivalente al 3% (tres por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el octavo aniversario; y (iv) un monto equivalente al 4% (cuatro por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el noveno aniversario. Dichos CBFIs, serán entregados a través del Fideicomiso de Control al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), en las fechas antes mencionadas. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán entregados al Fundador Relevante previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para dar cumplimiento al Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo que, de tiempo en tiempo se determinen conforme al procedimiento que se establece en la sección “3.5.1.4 Esquema de compensaciones” del presente Prospecto. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán emitidos para dar cumplimiento al referido Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo, previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestra Cartera Inicial se integra por los Activos Iniciales, los cuales están relacionados con un conjunto de terrenos sobre los que se estima construir desarrollos inmobiliarios. En virtud de ello, es importante se evalúe que por tratarse de inmuebles que requerirán de un desarrollo es altamente previsible que se presenten ciertos riesgos normales en esta clase de desarrollos, como lo son el retraso en los procesos de construcción, inclusive por cumplimiento regulatorio y accidentes que se generen en las obras, imperfecciones en la ejecución de las obras, impactos de carácter ambiental e inclusive falta xx xxxxxx de los insumos o encarecimiento de los mismos. La estrategia de crecimiento de la Fibra incluye el desarrollo y adquisición de propiedades para desarrollo para integrarlos al Patrimonio del Fideicomiso a medida que aparezcan las oportunidades favorables para ello. Las oportunidades atractivas de inversión existen actualmente en ciertos mercados y se están evaluando dichas oportunidades. Algunas de estas operaciones, en caso de llevarse a cabo, pueden ser significativas para los resultados y condición financiera de la Fibra. La capacidad de la Fibra para desarrollar y obtener Activos en términos satisfactorios e integrarlos y operarlos exitosamente está sujeta a los siguientes riesgos:liquidez.
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Samples: Intermediación Bursátil
FACTORES DE RIESGO. El público inversionista deberá leer detalladamente y entender toda Los potenciales inversionistas, antes de tomar la decisión de invertir en los bonos de la presente Emisión deberán considerar cuidadosamente la información contenida presentada en el presente ProspectoProspecto de Emisión, especialmente sobre la que se incluye en esta sección. Asimismo, es importante que el público inversionista considere que los factores base de riesgo descritos en la presente sección no forman un listado exhaustivo, pues pudieran existir otros: (i) que actualmente no se consideran relevantes y que con posterioridad pudieran llegar a serlo; (ii) no conocidos o que no pueden ser conocidos a la fecha sus objetivos de la presente Emisión; o (iii) que surjan en el futuro y que en su momento pudieran ser relevantes. Cualquiera de los riesgos que se describen a continuación, de materializarse, podría afectar de forma adversa y significativa la liquidez, operaciones o condición financiera del Fideicomiso o del Administrador, y en consecuencia, el Patrimonio del Fideicomiso disponible para ser distribuido a los Tenedoresinversión. La inversión en los CBFIs bonos subordinados implica riesgos. Se deben considerar cuidadosamente los siguientes ciertos riesgos relacionados con factores tanto externos como internos al Banco FIE S.A. que podrían afectar el nivel de riesgo además de vinculado a la información contenida en otras secciones de este Prospecto previo la adquisición de los CBFIs materia de la Oferta. Cualquiera de las circunstancias o acontecimientos descritos como un factor de riesgo podría ocasionar que los Tenedores pierdan la totalidad o una parte de su inversión. Los posibles inversionistas deberán hacer un análisis particular sobre las consecuencias legalesriesgos e incertidumbres podrían no ser los únicos que enfrenta el Xxxxxx. Podrían existir riesgos e incertidumbres adicionales actualmente no conocidos por el Emisor. Adicionalmente, fiscales, financieras y no se incluyen riesgos considerados actualmente como poco significativos por el Emisor. Hay la posibilidad de otras índoles implícitas en la adquisición de los CBFIs, tomando en cuenta las ventajas de invertir en ellos, los riesgos involucrados y sus propios objetivos de inversión. Los posibles inversionistas que dichos factores no deben considerar conocidos o utilizar actualmente considerados poco significativos afecten el contenido de este Prospecto como una recomendación legal, fiscal, de inversión o de ningún tipo por parte de las Personas que lo suscriben. En todo caso, se aconseja a los futuros inversionistas consultar con sus propios asesores respecto de la adquisición, participación o disposición de su inversión en los CBFIs. Se recomienda a los posibles inversionistas no basarse en el desempeño histórico que se establece en este Prospecto para tomar decisiones de hacer o no hacer inversiones en los CBFIs. La información relativa al desempeño de la Fibra que se establece en este Prospecto ha sido auditada y verificada en forma limitada por un tercero independiente. El Patrimonio negocio del Fideicomiso no tendrá activos o recursos distintos a los que constituyen su patrimonio en términos de la Cláusula Cuarta del Fideicomiso. La entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores depende exclusivamente de los recursos líquidos disponibles en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no tiene acceso a otros fondos para realizar la entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores, por lo que la recuperación de la inversión de los Tenedores está limitada a los recursos o Activos que se han aportado o que se aporten al Patrimonio del Fideicomiso Emisor en el futuro. El Fideicomiso La información relacionada a los Factores de Riesgo y como BANCO FIE gestiona cada uno de ellos se encuentra descrita en el capítulo 4 del presente Prospecto de Emisión, de acuerdo a la actividad que realiza, los siguientes son los principales riesgos que asume BANCO FIE: Riesgo de crédito De acuerdo a la estructura de activos de BANCO FIE, la cartera de créditos es un contrato mediante el cual los Tenedoresprincipal activo de la Entidad, en calidad ese sentido, el riesgo de Fideicomisarios, adquieren el derecho a recibir crédito principalmente se manifiesta como la entrega posibilidad o probabilidad de Distribuciones sufrir pérdidas derivadas del incumplimiento de Efectivo con los recursos líquidos que, de tiempo en tiempo, formen parte del Patrimonio del Fideicomiso. Al tratarse de un fideicomiso de emisión y no de garantía, la recuperación de la inversión en los CBFIs está sujeta a que el Fiduciario reciba fondos suficientes derivados pago de las Inversiones en Activos. Invertir en los CBFIs implica la compra de instrumentos con características diferentes a los de deuda y capital, ambos habitualmente ofertados en la BMV; lo anterior implica riesgos asociados con la estrategia de inversión descrita en este Prospecto. Por ejemplo, no hay garantía alguna de que los Tenedores recibirán Distribución de Efectivo alguna al amparo obligaciones contractuales por parte de los CBFIsclientes de crédito. Riesgo de liquidez En términos del Fideicomiso, no existe obligación BANCO FIE se entiende como riesgo de hacer Distribuciones liquidez a la posibilidad o probabilidad de Efectivo sufrir pérdidas por la venta anticipada o forzosa de activos a los Tenedores a menos que existan recursos suficientes en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no prevé ningún mecanismo para garantizar la entrega de Distribuciones de Efectivo derivadas de los CBFIs. Ni el Administrador, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Representante Común, ni cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias ni el Intermediario Colocador serán responsables de realizar las Distribuciones de Efectivo al amparo de los CBFIs en términos distintos a los establecidos en el Fideicomiso. Derivado de que los bienes inmuebles relacionados con los Activos se encuentran en desarrollo, el Fideicomiso recibirá flujos derivados de los Contratos de Arrendamiento hasta en tanto dichos desarrollos estén estabilizados y generando el pago xx Xxxxx, lo cual podría ocurrir en un tiempo considerable a partir de la Oferta Pública inicial. Con motivo de lo anterior, no podemos asegurar que habrá Distribuciones en un inicio. En caso de que seamos incapaces de cumplir en tiempo y forma con el calendario de inversiones que se establezca de tiempo en tiempo, el desarrollo descuentos inusuales y/o la estabilización significativos, con el fin de nuestros Activos podrían verse retrasados y como consecuencia de ello los flujos de efectivo para realizar Distribuciones a los Tenedores podrían también verse afectados negativamente. Actualmente, en México, el mercado para los CBFIs está poco desarrollado y no puede asegurarse que se desarrollará un mercado secundario para los mismos o que si éste se desarrolla otorgará liquidez a los Tenedores, o de ser el caso, que continúe existiendo tal mercado secundario. La inscripción disponer rápidamente de los CBFIs en el RNV y su listado en la BMV no garantiza el surgimiento de un mercado de negociación activa para los CBFIs y tampoco implica que los mismos serán negociados en el futuro a un precio igual o superior al que tengan en la fecha de Oferta. Lo anterior, podría limitar la capacidad de los Tenedores para venderlos al precio y en el momento que ellos deseen. Los posibles inversionistas deberán asumir el riesgo de su inversión en los CBFIs. Aun cuando el Fideicomiso actuará sólo como un vehículo de pago a través del cual los Tenedores recibirán, en su caso, las Distribuciones de Efectivo, las autoridades mexicanas podrían emitir disposiciones que afecten la naturaleza y el tratamiento fiscal del Fideicomiso. Dichas autoridades podrían considerar, por ejemplo, que los actos que realiza lo definen como fideicomiso empresarial y no como una Fibra para efectos fiscales. En este sentido, aún y cuando se tiene la intención de cumplir con lo establecido por los artículos 187 y 188 de la LISR para conservar el carácter de Fibra se tendrá que cumplir con ciertos requisitos relacionados, entre otras cosas, con las Distribuciones, la naturaleza de los inmuebles, inversión del patrimonio del Fideicomiso y las fuentes de ingresos. El régimen fiscal aplicable a las Fibras ha estado evolucionando. Los artículos 187 y 188 de la LISR entraron en vigor el 1° de enero de 2004 y otras normas legales fueron modificadas en 2010 y posteriormente en 2014. No hay ninguna garantía de que la Legislación Aplicable a las Fibras no será modificada en el futuro, o de que las autoridades fiscales competentes no emitan normas más específicas o diferentes con respecto a los requisitos para calificar como Fibra, o que no cambiarán en una forma adversa para las operaciones del Fideicomiso. En la medida en que las autoridades fiscales competentes proporcionen normas más específicas o cambien los requisitos para calificar como Fibra, se podría exigir al Fideicomiso ajustar su estrategia de operaciones para cumplir con dichas modificaciones. Cualquier ley o regulación nueva o cambio a la legislación existente podría proporcionar flexibilidad adicional, pero también podría inhibir la capacidad de la Fibra para perseguir las estrategias que ha escogido. Si la Fibra fuera incapaz de mantener su calificación como una Fibra, entre otras cosas, se podría requerir un cambio en la manera en la que realiza sus operaciones, lo que podría afectar adversamente su condición financiera, los resultados de operaciones y su flujo de caja, el precio de los CBFIs y su capacidad para hacer Distribuciones de Efectivo. Ni la Fibra, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador, ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias de los mismos pueden garantizar que el régimen fiscal actualmente aplicable a los Tenedores no sufra modificaciones en el futuro. Por otro lado, al no existir certeza sobre las reformas que eventualmente pudiera sufrir el régimen fiscal aplicable a los Tenedores, ni el Fideicomiso, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias pueden asegurar que, de ser aprobadas dichas posibles reformas, estas no tendrán un efecto adverso sobre el rendimiento neto que generen los CBFIs a sus Tenedores. Por no tratarse de un instrumento de deuda, los CBFIs no requieren de un dictamen sobre la calidad crediticia de la Emisión expedido por una institución calificadora de valores, por lo que los inversionistas deberán efectuar un análisis particular de la información proporcionada en el presente Prospecto, así como de los riesgos respectivos de la Oferta. Por lo anterior, se recomienda que los posibles inversionistas consulten con su asesor calificado en inversiones acerca de la inversión en los CBFIs. Los Tenedores deben de considerar que al recibir Distribuciones de Efectivo periódicas, dichos Tenedores contarán con recursos en efectivo cuya inversión podría verse limitada si quisieran invertir en CBFIs o en instrumentos semejantes, los cuales pudieran no estar disponibles, por lo que tendrían que considerar efectuar inversiones distintas a las antes mencionadas, cuyos rendimientos podrían ser distintos a aquellos de los CBFIs. Simultáneamente a la Oferta Pública inicial, emitiremos 3 (tres) veces el monto que resulte de sumar los CBFIs de la Oferta Base más la totalidad de los CBFIs Adicionales, más los CBFIs objeto del ejercicio total de la Opción de Sobreasignación, es decir 434,700,000 (cuatrocientos treinta y cuatro millones setecientos mil) CBFIs, los cuales mantendremos en tesorería para ser utilizados conforme se establece en el Fideicomiso en el futuro, para (i) ser suscritos por nuestros Tenedores en el ejercicio del Derecho de Suscripción Preferente en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico, (ii) ser utilizados como contraprestación por la aportación de Activos al Patrimonio del Fideicomiso en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, (iii) ser entregados para el cumplimiento de planes de compensación de los Ejecutivos, en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine la Asamblea de Tenedores; y/o (iv) ser entregados como pago de obligaciones a cargo del Fideicomiso conforme los términos que autorice el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso. Cada vez que dichos CBFIs sean puestos en circulación, implicará una dilución para los Tenedores que al momento sean titulares de CBFIs no participen de la suscripción de que se trate o con motivo del pago de adquisiciones de Activos con CBFIs, lo cual implicaría la dilución de sus derechos. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para cumplir con las obligaciones, o por la obligación imposibilidad de entregar renovar o de contratar nuevos financiamientos en condiciones normales. Riesgo xx xxxxxxx En el entendido que BANCO FIE es una entidad regulada y supervisada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, la Entidad asume los riesgos xx xxxxxxx relacionados a variaciones del tipo de cambio y de fluctuaciones en la tasa de interés que pudiesen afectar dada la estructura de balance de la entidad. Riesgo operativo BANCO FIE entiende por riesgo operativo la posibilidad o probabilidad de incurrir en pérdidas ocasionadas por deficiencias, fallas o inadecuaciones, en el personal, en los procesos, la tecnología, la infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos. Se incluye también al riesgo legal. Riesgo de legitimación de ganancias ilícitas BANCO FIE se expone al riesgo de Legitimación de Ganancias Ilícitas dada la posibilidad o probabilidad de pérdida o daño que pueda sufrir por su propensión (dada su calidad de entidad de intermediación financiera) a ser utilizado directamente o a través de sus operaciones como instrumento para la legitimación de ganancias ilícitas o para el Fideicomiso financiamiento del terrorismo. Riesgos específicos en caso de Control, al Fundador Relevante o liquidación Estos riesgos están relacionados a quien éste designe (también a través del Fideicomiso la prelación de Control), como compensación por la conformación, planeación y definición pagos de estrategia del Fideicomiso. Dicha compensación será pagada a partir del 6º (sexto) aniversario las acreencias de la oferta pública inicial sociedad en caso de CBFIs y durante los siguientes 3 (tres) años para un total liquidación de 4 (cuatro) entregas (i) un número equivalente al 1% (uno por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el sexto aniversario; (ii) un monto equivalente al 2% (dos por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el séptimo aniversario; (iii) un monto equivalente al 3% (tres por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el octavo aniversario; y (iv) un monto equivalente al 4% (cuatro por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el noveno aniversarioEntidad. Dichos CBFIs, serán entregados De acuerdo a través del Fideicomiso de Control al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), en las fechas antes mencionadas. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán entregados al Fundador Relevante previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse establecido en el momento en que las mismas ocurran. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para dar cumplimiento al Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo que, de tiempo en tiempo se determinen conforme al procedimiento que se establece en la sección “3.5.1.4 Esquema de compensaciones” del presente Prospecto. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán emitidos para dar cumplimiento al referido Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo, previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestra Cartera Inicial se integra por los Activos Iniciales, los cuales están relacionados con un conjunto de terrenos sobre los que se estima construir desarrollos inmobiliarios. En virtud de ello, es importante se evalúe que por tratarse de inmuebles que requerirán de un desarrollo es altamente previsible que se presenten ciertos riesgos normales en esta clase de desarrollos, como lo son el retraso en los procesos de construcción, inclusive por cumplimiento regulatorio y accidentes que se generen en las obras, imperfecciones en la ejecución de las obras, impactos de carácter ambiental e inclusive falta xx xxxxxx de los insumos o encarecimiento de los mismos. La estrategia de crecimiento Artículo 533 de la Fibra incluye el desarrollo y adquisición Ley 393 de propiedades para desarrollo para integrarlos al Patrimonio del Fideicomiso a medida que aparezcan las oportunidades favorables para ello. Las oportunidades atractivas de inversión existen actualmente en ciertos mercados y se están evaluando dichas oportunidades. Algunas de estas operacionesServicios Financieros, en caso de llevarse a cabo, pueden ser significativas para los resultados y condición financiera liquidación de la FibraSociedad se establece que los depósitos en cuenta corriente, a la vista, caja de ahorro y a plazo fijo tienen prelación de pago sobre otras acreencias. La capacidad Riesgos inherentes a la subordinación de la Fibra obligación El tipo de Bonos a emitirse son Xxxxx Subordinados a todos los demás pasivos de la Sociedad, obligacionales y redimibles a plazo fijo, disponibles para desarrollar y obtener Activos absorber pérdidas cuando los recursos patrimoniales resulten insuficientes. Por lo tanto es importante considerar como factor de riesgo que en términos satisfactorios e integrarlos y operarlos exitosamente está sujeta el caso que BANCO FIE ingrese a un proceso de solución, el resto de los siguientes riesgos:pasivos tienen prelación de pago respecto a la obligación subordinada.
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Samples: Prospectus
FACTORES DE RIESGO. El público inversionista deberá leer detalladamente y entender toda la información contenida en el presente Prospecto, especialmente la que se incluye en esta sección. Asimismo, es importante que el público inversionista considere que los factores de riesgo descritos en la presente sección no forman un listado exhaustivo, pues pudieran existir otros: (i) que actualmente no se consideran relevantes y que con posterioridad pudieran llegar a serlo; (ii) no conocidos o que no pueden ser conocidos a la fecha de la presente Emisión; o (iii) que surjan en el futuro y que en su momento pudieran ser relevantes. Cualquiera de los riesgos que se describen a continuación, de materializarse, podría afectar de forma adversa y significativa la liquidez, operaciones o condición financiera del Fideicomiso o del Administrador, y en consecuencia, el Patrimonio del Fideicomiso disponible para ser distribuido a los Tenedores. La inversión en los CBFIs implica riesgos. Se deben considerar cuidadosamente los siguientes factores de riesgo además de la información contenida en otras secciones de este Prospecto previo la adquisición de los CBFIs materia de la Oferta. Cualquiera de las circunstancias o acontecimientos descritos como un factor de riesgo podría ocasionar que los Tenedores pierdan la totalidad o una parte de su inversión. Los posibles inversionistas deberán hacer un análisis particular sobre las consecuencias legales, fiscales, financieras y de otras índoles implícitas en la adquisición de los CBFIs, tomando en cuenta las ventajas de invertir en ellosAl comprar Valores Contingentes, los riesgos involucrados y sus propios objetivos de inversión. Los posibles inversionistas no deben considerar o utilizar el contenido de este Prospecto como una recomendación legal, fiscal, de inversión o de ningún tipo por parte de las Personas que lo suscriben. En todo caso, se aconseja a los futuros inversionistas consultar con sus propios asesores respecto de la adquisición, participación o disposición de su inversión en los CBFIs. Se recomienda a los posibles inversionistas no basarse en el desempeño histórico que se establece en este Prospecto para tomar decisiones de hacer o no hacer inversiones en los CBFIs. La información relativa al desempeño de la Fibra que se establece en este Prospecto ha sido auditada y verificada en forma limitada por un tercero independiente. El Patrimonio del Fideicomiso no tendrá activos o recursos distintos a los que constituyen su patrimonio en términos de la Cláusula Cuarta del Fideicomiso. La entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores depende exclusivamente de los recursos líquidos disponibles en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no tiene acceso a otros fondos para realizar la entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores, por lo que la recuperación de la inversión de los Tenedores está limitada a los recursos o Activos que se han aportado o que se aporten al Patrimonio del Fideicomiso en el futuro. El Fideicomiso es un contrato mediante el cual los Tenedores, en calidad de Fideicomisarios, adquieren el derecho a recibir la entrega de Distribuciones de Efectivo con los recursos líquidos que, de tiempo en tiempo, formen parte del Patrimonio del Fideicomiso. Al tratarse de un fideicomiso de emisión y no de garantía, la recuperación de la inversión en los CBFIs está sujeta a que el Fiduciario reciba fondos suficientes derivados de las Inversiones en Activos. Invertir en los CBFIs implica la compra de instrumentos con características diferentes a los de deuda y capital, ambos habitualmente ofertados en la BMV; lo anterior implica riesgos asociados con la estrategia de inversión descrita en este Prospecto. Por ejemplo, no hay garantía alguna de que los Tenedores recibirán Distribución de Efectivo alguna al amparo de los CBFIs. En términos del Fideicomiso, no existe obligación de hacer Distribuciones de Efectivo a los Tenedores a menos que existan recursos suficientes en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no prevé ningún mecanismo para garantizar la entrega de Distribuciones de Efectivo derivadas de los CBFIs. Ni el Administrador, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Representante Común, ni cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias ni el Intermediario Colocador serán responsables de realizar las Distribuciones de Efectivo al amparo de los CBFIs en términos distintos a los establecidos en el Fideicomiso. Derivado de que los bienes inmuebles relacionados con los Activos se encuentran en desarrollo, el Fideicomiso recibirá flujos derivados de los Contratos de Arrendamiento hasta en tanto dichos desarrollos estén estabilizados y generando el pago xx Xxxxx, lo cual podría ocurrir en un tiempo considerable a partir de la Oferta Pública inicial. Con motivo de lo anterior, no podemos asegurar que habrá Distribuciones en un inicio. En caso de que seamos incapaces de cumplir en tiempo y forma con el calendario de inversiones que se establezca de tiempo en tiempo, el desarrollo y/o la estabilización de nuestros Activos podrían verse retrasados y como consecuencia de ello los flujos de efectivo para realizar Distribuciones a los Tenedores podrían también verse afectados negativamente. Actualmente, en México, el mercado para los CBFIs está poco desarrollado y no puede asegurarse que se desarrollará un mercado secundario para los mismos o que si éste se desarrolla otorgará liquidez a los Tenedores, o de ser el caso, que continúe existiendo tal mercado secundario. La inscripción de los CBFIs en el RNV y su listado en la BMV no garantiza el surgimiento de un mercado de negociación activa para los CBFIs y tampoco implica que los mismos serán negociados en el futuro a un precio igual o superior al que tengan en la fecha de Oferta. Lo anterior, podría limitar la capacidad de los Tenedores para venderlos al precio y en el momento que ellos deseen. Los posibles inversionistas deberán asumir inversores asumen el riesgo de su inversión en que el Banco pueda ser incapaz de realizar todos los CBFIs. Aun cuando el Fideicomiso actuará sólo como un vehículo de pago a través del cual los Tenedores recibirán, en su caso, las Distribuciones de Efectivo, las autoridades mexicanas podrían emitir disposiciones que afecten la naturaleza y el tratamiento fiscal del Fideicomiso. Dichas autoridades podrían considerar, por ejemplo, que los actos que realiza lo definen como fideicomiso empresarial y no como una Fibra para efectos fiscales. En este sentido, aún y cuando se tiene la intención de cumplir con lo establecido por los artículos 187 y 188 de la LISR para conservar el carácter de Fibra se tendrá que cumplir con ciertos requisitos relacionados, entre otras cosas, con las Distribuciones, la naturaleza de los inmuebles, inversión del patrimonio del Fideicomiso y las fuentes de ingresos. El régimen fiscal aplicable a las Fibras ha estado evolucionando. Los artículos 187 y 188 de la LISR entraron en vigor el 1° de enero de 2004 y otras normas legales fueron modificadas en 2010 y posteriormente en 2014. No hay ninguna garantía de que la Legislación Aplicable a las Fibras no será modificada en el futuro, o de que las autoridades fiscales competentes no emitan normas más específicas o diferentes pagos debidos con respecto a los requisitos para calificar Valores Contingentes (como Fibraconsecuencia de distintas situaciones, tales como el acaecimiento de un Supuesto Desencadenante o la insolvencia del Banco, entre otras). Existe una amplia variedad de factores que, individualmente o en conjunto, podrían producir el resultado de hacer que el Banco fuese incapaz de realizar todos sus pagos debidos con respecto a los Valores Contingentes. No es posible identificar la totalidad de dichos factores ni determinar cuáles de ellos son más probables, puesto que el Banco puede no cambiarán conocer todos los factores pertinentes y determinados factores que, en una forma adversa para las operaciones del Fideicomiso. En la medida en que las autoridades fiscales competentes proporcionen normas más específicas o cambien los requisitos para calificar como Fibraactualidad, se podría exigir al Fideicomiso ajustar su estrategia consideran no importantes pero que pueden pasar a serlo como consecuencia del acaecimiento de operaciones para cumplir con dichas modificacionessucesos que se encuentran más allá del control del Banco. Cualquier ley o regulación nueva o cambio El Banco ha identificado en el presente Documento una serie de factores que podrían afectar negativamente, de forma importante, a la legislación existente podría proporcionar flexibilidad adicional, pero también podría inhibir la capacidad de la Fibra para perseguir las estrategias que ha escogido. Si la Fibra fuera incapaz de mantener su calificación como una Fibra, entre otras cosas, se podría requerir un cambio en la manera en la que realiza sus operaciones, lo que podría afectar adversamente su condición financiera, los resultados de operaciones y su flujo de caja, el precio de los CBFIs actividades mercantiles y su capacidad para hacer Distribuciones de Efectivo. Ni la Fibra, ni realizar los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador, ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias pagos debidos en virtud de los mismos Valores Contingentes. Todos esos factores son posibilidades que pueden garantizar que realizarse o no, y el régimen fiscal actualmente aplicable a los Tenedores Banco no sufra modificaciones está en el futuro. Por otro lado, al no existir certeza sobre las reformas que eventualmente pudiera sufrir el régimen fiscal aplicable a los Tenedores, ni el Fideicomiso, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador ni el Representante Común o cualesquiera condiciones de sus afiliadas o subsidiarias pueden asegurar que, de ser aprobadas dichas posibles reformas, estas no tendrán un efecto adverso sobre el rendimiento neto que generen los CBFIs a sus Tenedores. Por no tratarse de un instrumento de deuda, los CBFIs no requieren de un dictamen sobre la calidad crediticia de la Emisión expedido por una institución calificadora de valores, por lo que los inversionistas deberán efectuar un análisis particular de la información proporcionada en el presente Prospecto, así como de los riesgos respectivos de la Oferta. Por lo anterior, se recomienda que los posibles inversionistas consulten con definir su asesor calificado en inversiones postura acerca de la inversión en los CBFIs. Los Tenedores deben de considerar que al recibir Distribuciones de Efectivo periódicas, dichos Tenedores contarán con recursos en efectivo cuya inversión podría verse limitada si quisieran invertir en CBFIs o en instrumentos semejantes, los cuales pudieran no estar disponibles, por lo que tendrían que considerar efectuar inversiones distintas a las antes mencionadas, cuyos rendimientos podrían ser distintos a aquellos de los CBFIs. Simultáneamente a la Oferta Pública inicial, emitiremos 3 (tres) veces el monto que resulte de sumar los CBFIs de la Oferta Base más la totalidad de los CBFIs Adicionales, más los CBFIs objeto del ejercicio total de la Opción de Sobreasignación, es decir 434,700,000 (cuatrocientos treinta y cuatro millones setecientos mil) CBFIs, los cuales mantendremos en tesorería para ser utilizados conforme se establece en el Fideicomiso en el futuro, para (i) ser suscritos por nuestros Tenedores en el ejercicio del Derecho de Suscripción Preferente en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico, (ii) ser utilizados como contraprestación por la aportación de Activos al Patrimonio del Fideicomiso en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, (iii) ser entregados para el cumplimiento de planes de compensación de los Ejecutivos, en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine la Asamblea de Tenedores; y/o (iv) ser entregados como pago de obligaciones a cargo del Fideicomiso conforme los términos que autorice el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso. Cada vez que dichos CBFIs sean puestos en circulación, implicará una dilución para los Tenedores que al momento sean titulares de CBFIs no participen de la suscripción probabilidad de que se trate produzca cualquiera de esas contingencias. El Banco no otorga ninguna manifestación acerca de la exhaustividad de las declaraciones siguientes relativas a los riesgos que entraña la posesión de Valores Contingentes. Además, a continuación se describen también factores que revisten importancia a efectos de evaluar los riesgos xx xxxxxxx asociados a los Valores Contingentes. Los inversores potenciales deben, asimismo, leer la información detallada contenida en otras partes de este Documento, y formarse su propio juicio antes de tomar cualquier decisión de inversión. Las cuentas consolidadas del Banco no se ajustan a las Normas Internacionales de Información Financiera (International Financial Reporting Standards) Dado que la cartera de créditos del Banco está muy concentrada en Andorra, los cambios negativos que afecten a la economía andorrana pueden tener un efecto negativo de importancia sobre su situación financiera La coyuntura económica actual puede hacer más difícil para el Banco continuar financiando sus actividades en cualesquiera condiciones, sean favorables o con motivo no La actividad del pago de adquisiciones de Activos con CBFIs, lo cual implicaría Banco es especialmente vulnerable a la dilución de sus derechos. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión volatilidad de los CBFIs necesarios para cumplir con la obligación tipos de entregar a través el Fideicomiso de Control, al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), como compensación por la conformación, planeación y definición de estrategia del Fideicomiso. Dicha compensación será pagada a partir del 6º (sexto) aniversario de la oferta pública inicial de CBFIs y durante los siguientes 3 (tres) años para un total de 4 (cuatro) entregas (i) un número equivalente al 1% (uno por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el sexto aniversario; (ii) un monto equivalente al 2% (dos por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el séptimo aniversario; (iii) un monto equivalente al 3% (tres por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el octavo aniversario; y (iv) un monto equivalente al 4% (cuatro por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el noveno aniversario. Dichos CBFIs, serán entregados a través del Fideicomiso de Control al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), en las fechas antes mencionadas. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán entregados al Fundador Relevante previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para dar cumplimiento al Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo que, de tiempo en tiempo se determinen conforme al procedimiento que se establece en la sección “3.5.1.4 Esquema de compensaciones” del presente Prospecto. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán emitidos para dar cumplimiento al referido Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo, previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestra Cartera Inicial se integra por los Activos Iniciales, los cuales están relacionados con un conjunto de terrenos sobre los que se estima construir desarrollos inmobiliarios. En virtud de ello, es importante se evalúe que por tratarse de inmuebles que requerirán de un desarrollo es altamente previsible que se presenten ciertos riesgos normales en esta clase de desarrollos, como lo son el retraso en los procesos de construcción, inclusive por cumplimiento regulatorio y accidentes que se generen en las obras, imperfecciones en la ejecución de las obras, impactos de carácter ambiental e inclusive falta xx xxxxxx de los insumos o encarecimiento de los mismos. La estrategia de crecimiento de la Fibra incluye el desarrollo y adquisición de propiedades para desarrollo para integrarlos al Patrimonio del Fideicomiso a medida que aparezcan las oportunidades favorables para ello. Las oportunidades atractivas de inversión existen actualmente en ciertos mercados y se están evaluando dichas oportunidades. Algunas de estas operaciones, en caso de llevarse a cabo, pueden ser significativas para los resultados y condición financiera de la Fibra. La capacidad de la Fibra para desarrollar y obtener Activos en términos satisfactorios e integrarlos y operarlos exitosamente está sujeta a los siguientes riesgos:interés
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Samples: Capital Contingent Securities
FACTORES DE RIESGO. El público inversionista deberá leer detalladamente Antes de tomar una decisión de inversión en las Obligaciones Negociables, los potenciales inversores deben considerar cuidadosamente, a la luz de sus propias circunstancias financieras y entender toda objetivos de inversión, la totalidad de la información contenida descripta en el presente Prospecto, especialmente la que se incluye Capítulo y cualquier otra información incluida en esta sección. Asimismo, es importante que el público inversionista considere que otro Capítulo del Prospecto o de este Prospecto Resumido así como posteriormente en los factores de riesgo descritos adicionales que puedan incluirse en la presente sección no forman un listado exhaustivocada Suplemento de Precio aplicable a cada Serie y/o Clase que se emita bajo el Programa, pues pudieran existir otros: (i) que actualmente no se consideran relevantes y que con posterioridad pudieran llegar a serlo; (ii) no conocidos o que no pueden ser conocidos a la fecha de la presente Emisión; o (iii) que surjan en el futuro y que en debiendo cada inversor efectuar su momento pudieran ser relevantes. Cualquiera propia evaluación independientemente de los riesgos que se describen a continuación, de materializarse, podría afectar de forma adversa y significativa la liquidez, operaciones o condición financiera del Fideicomiso o del Administrador, y en consecuencia, el Patrimonio del Fideicomiso disponible para ser distribuido a los Tenedores. La inversión en los CBFIs implica riesgos. Se deben considerar cuidadosamente los siguientes factores de riesgo además de la información contenida en otras secciones de este Prospecto previo la adquisición de los CBFIs materia de la Oferta. Cualquiera de las circunstancias o acontecimientos descritos como un factor de riesgo podría ocasionar que los Tenedores pierdan la totalidad o una parte de su inversión. Los posibles inversionistas deberán hacer un análisis particular sobre las consecuencias legales, fiscales, financieras y de otras índoles implícitas en la adquisición de los CBFIs, tomando en cuenta las ventajas de invertir en ellos, los riesgos involucrados y sus propios objetivos de inversión. Los posibles inversionistas no deben considerar o utilizar el contenido de este Prospecto como una recomendación legal, fiscal, de inversión o de ningún tipo por parte de las Personas que lo suscriben. En todo caso, se aconseja a los futuros inversionistas consultar con sus propios asesores respecto de la adquisición, participación o disposición de su inversión en los CBFIs. Se recomienda a los posibles inversionistas no basarse en el desempeño histórico que se establece en este Prospecto para tomar decisiones de hacer o no hacer inversiones en los CBFIs. La información relativa al desempeño de la Fibra que se establece en este Prospecto ha sido auditada y verificada en forma limitada por un tercero independiente. El Patrimonio del Fideicomiso no tendrá activos o recursos distintos a los que constituyen su patrimonio en términos de la Cláusula Cuarta del Fideicomiso. La entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores depende exclusivamente de los recursos líquidos disponibles en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no tiene acceso a otros fondos para realizar la entrega de Distribuciones de Efectivo a los Tenedores, por lo que la recuperación de la inversión de los Tenedores está limitada a los recursos o Activos que se han aportado o que se aporten al Patrimonio del Fideicomiso en el futuro. El Fideicomiso es un contrato mediante el cual los Tenedores, en calidad de Fideicomisarios, adquieren el derecho a recibir la entrega de Distribuciones de Efectivo con los recursos líquidos que, de tiempo en tiempo, formen parte del Patrimonio del Fideicomiso. Al tratarse de un fideicomiso de emisión y no de garantía, la recuperación de la inversión en los CBFIs está sujeta a que el Fiduciario reciba fondos suficientes derivados de las Inversiones en Activos. Invertir en los CBFIs implica la compra de instrumentos con características diferentes a los de deuda y capital, ambos habitualmente ofertados en la BMV; lo anterior implica riesgos asociados con la estrategia adquisición de las Obligaciones Negociables. Los potenciales inversores deben tener en cuenta, entre otras cuestiones, las especiales consideraciones para la inversión descrita aplicables al Emisor, a la industria y las relativas a las inversiones en este ProspectoArgentina, incluyendo las consideraciones mencionadas en el presente apartado. Por ejemploPanorama. La inestabilidad política y económica en Argentina, no hay garantía alguna de que los Tenedores recibirán Distribución de Efectivo alguna al amparo de los CBFIs. En términos entre otros factores, podría tener un efecto material adverso en la capacidad del Fideicomiso, no existe obligación Emisor de hacer Distribuciones pagos con respecto a las Obligaciones Negociables. La economía doméstica podría experimentar un deterioro en su desempeño a la luz de Efectivo a las condiciones económicas corrientes y cualquier declive significativo podría impactar en forma negativa sobre la condición financiera del Emisor. La capacidad del Gobierno actual para implementar reformas económicas, y el impacto de estas medidas y de cualesquiera otras tomadas por una nueva administración sobre la economía argentina, es incierto. De mantenerse los Tenedores a menos que existan recursos suficientes elevados niveles de inflación podría verse afectada en el Patrimonio del Fideicomiso. El Fideicomiso no prevé ningún mecanismo para garantizar forma adversa la entrega de Distribuciones de Efectivo derivadas de los CBFIs. Ni el Administrador, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Representante Común, ni cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias ni el Intermediario Colocador serán responsables de realizar las Distribuciones de Efectivo al amparo de los CBFIs en términos distintos a los establecidos en el Fideicomiso. Derivado de que los bienes inmuebles relacionados con los Activos se encuentran en desarrollo, el Fideicomiso recibirá flujos derivados de los Contratos de Arrendamiento hasta en tanto dichos desarrollos estén estabilizados y generando el pago xx Xxxxx, lo cual podría ocurrir en un tiempo considerable a partir evolución de la Oferta Pública inicialeconomía argentina y la posición financiera y negocios del Emisor. Con motivo Una significativa fluctuación del valor del Peso contra el Dólar Estadounidense podría afectar adversamente a la economía argentina y al desempeño financiero de lo anterior, no podemos asegurar que habrá Distribuciones en un iniciola Emisora. En caso de que seamos incapaces de cumplir en tiempo y forma con el calendario de inversiones que se establezca de tiempo en tiempo, el desarrollo y/o la estabilización de nuestros Activos podrían verse retrasados y como consecuencia de ello los flujos de efectivo para realizar Distribuciones a los Tenedores podrían también verse afectados negativamente. Actualmente, en México, el mercado para los CBFIs está poco desarrollado y no puede asegurarse que se desarrollará un mercado secundario para los mismos o que si éste se desarrolla otorgará liquidez a los Tenedores, o de ser el caso, que continúe existiendo tal mercado secundario. La inscripción de los CBFIs en el RNV y su listado en la BMV no garantiza el surgimiento de un mercado de negociación activa para los CBFIs y tampoco implica que los mismos serán negociados Si en el futuro a un precio igual o superior al que tengan en la fecha de Oferta. Lo anteriorhubiese limitaciones para obtener financiamiento y atraer inversiones extranjeras directas, ello podría limitar la capacidad de los Tenedores para venderlos al precio y en el momento que ellos deseen. Los posibles inversionistas deberán asumir el riesgo de su inversión en los CBFIs. Aun cuando el Fideicomiso actuará sólo como un vehículo de pago a través del cual los Tenedores recibirán, en su caso, las Distribuciones de Efectivo, las autoridades mexicanas podrían emitir disposiciones que afecten la naturaleza y el tratamiento fiscal del Fideicomiso. Dichas autoridades podrían considerar, por ejemplo, que los actos que realiza lo definen como fideicomiso empresarial y no como una Fibra para efectos fiscales. En este sentido, aún y cuando se tiene la intención de cumplir con lo establecido por los artículos 187 y 188 de la LISR para conservar el carácter de Fibra se tendrá que cumplir con ciertos requisitos relacionados, entre otras cosas, con las Distribuciones, la naturaleza de los inmuebles, inversión del patrimonio del Fideicomiso y las fuentes de ingresos. El régimen fiscal aplicable a las Fibras ha estado evolucionando. Los artículos 187 y 188 de la LISR entraron en vigor el 1° de enero de 2004 y otras normas legales fueron modificadas en 2010 y posteriormente en 2014. No hay ninguna garantía de que la Legislación Aplicable a las Fibras no será modificada en el futuro, o de que las autoridades fiscales competentes no emitan normas más específicas o diferentes con respecto a los requisitos para calificar como Fibra, o que no cambiarán en una forma adversa para las operaciones del Fideicomiso. En la medida en que las autoridades fiscales competentes proporcionen normas más específicas o cambien los requisitos para calificar como Fibra, se podría exigir al Fideicomiso ajustar su estrategia de operaciones para cumplir con dichas modificaciones. Cualquier ley o regulación nueva o cambio a la legislación existente podría proporcionar flexibilidad adicional, pero también podría inhibir la capacidad de la Fibra para perseguir las estrategias que ha escogido. Si la Fibra fuera incapaz de mantener su calificación como una Fibra, entre otras cosas, se podría requerir un cambio en la manera en la que realiza sus operaciones, lo que podría afectar adversamente su condición financiera, los resultados de operaciones y su flujo de caja, el precio de los CBFIs y su capacidad para hacer Distribuciones de Efectivo. Ni la Fibra, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador, ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias de los mismos pueden garantizar que el régimen fiscal actualmente aplicable a los Tenedores no sufra modificaciones en el futuro. Por otro lado, al no existir certeza sobre las reformas que eventualmente pudiera sufrir el régimen fiscal aplicable a los Tenedores, ni el Fideicomiso, ni el Fiduciario, ni los Fideicomitentes, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador ni el Representante Común o cualesquiera de sus afiliadas o subsidiarias pueden asegurar que, de ser aprobadas dichas posibles reformas, estas no tendrán tener un efecto adverso sobre la economía y el rendimiento neto que generen los CBFIs a sus Tenedoresdesarrollo financiero de Naranja. Por no tratarse Medidas de un instrumento control sobre el mercado de deuda, los CBFIs no requieren cambios con el fin de un dictamen sobre atenuar la calidad crediticia de la Emisión expedido por una institución calificadora de valores, por lo que los inversionistas deberán efectuar un análisis particular de la información proporcionada en el presente Prospecto, así como de los riesgos respectivos de la Oferta. Por lo anterior, se recomienda que los posibles inversionistas consulten con volatibilidad cambiaria y disminuir su asesor calificado en inversiones acerca de la inversión en los CBFIs. Los Tenedores deben de considerar que al recibir Distribuciones de Efectivo periódicas, dichos Tenedores contarán con recursos en efectivo cuya inversión podría verse limitada si quisieran invertir en CBFIs o en instrumentos semejantes, los cuales pudieran no estar disponibles, por lo que tendrían que considerar efectuar inversiones distintas a las antes mencionadas, cuyos rendimientos podrían ser distintos a aquellos de los CBFIs. Simultáneamente a la Oferta Pública inicial, emitiremos 3 (tres) veces el monto que resulte de sumar los CBFIs de la Oferta Base más la totalidad de los CBFIs Adicionales, más los CBFIs objeto del ejercicio total de la Opción de Sobreasignación, es decir 434,700,000 (cuatrocientos treinta y cuatro millones setecientos mil) CBFIs, los cuales mantendremos en tesorería para ser utilizados conforme se establece en el Fideicomiso en el futuro, para (i) ser suscritos por nuestros Tenedores en el ejercicio del Derecho de Suscripción Preferente en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico, (ii) ser utilizados como contraprestación por la aportación de Activos al Patrimonio del Fideicomiso en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, (iii) ser entregados para el cumplimiento de planes de compensación de los Ejecutivos, en los términos y bajo las condiciones que, en su momento, determine la Asamblea de Tenedores; y/o (iv) ser entregados como pago de obligaciones a cargo del Fideicomiso conforme los términos que autorice el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según sea el caso. Cada vez que dichos CBFIs sean puestos en circulación, implicará una dilución para los Tenedores que al momento sean titulares de CBFIs no participen de la suscripción de que se trate o con motivo del pago de adquisiciones de Activos con CBFIs, lo cual implicaría la dilución de sus derechos. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para cumplir con la obligación de entregar a través el Fideicomiso de Control, al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), como compensación por la conformación, planeación y definición de estrategia del Fideicomiso. Dicha compensación será pagada a partir del 6º (sexto) aniversario de la oferta pública inicial de CBFIs y durante los siguientes 3 (tres) años para un total de 4 (cuatro) entregas (i) un número equivalente al 1% (uno por ciento) del número total de CBFIs en circulación efecto adverso en la fecha en que se cumpla el sexto aniversario; (ii) un monto equivalente al 2% (dos por ciento) del número total actividad económica de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el séptimo aniversario; (iii) un monto equivalente al 3% (tres por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el octavo aniversario; y (iv) un monto equivalente al 4% (cuatro por ciento) del número total de CBFIs en circulación en la fecha en que se cumpla el noveno aniversario. Dichos CBFIs, serán entregados a través del Fideicomiso de Control al Fundador Relevante o a quien éste designe (también a través del Fideicomiso de Control), en las fechas antes mencionadas. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán entregados al Fundador Relevante previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestro Comité Técnico Inicial ha autorizado la emisión de los CBFIs necesarios para dar cumplimiento al Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo que, de tiempo en tiempo se determinen conforme al procedimiento que se establece en la sección “3.5.1.4 Esquema de compensaciones” del presente Prospecto. Para dichas emisiones de CBFIs los inversionistas deberán considerar que no será requisito el celebrar una Asamblea de Tenedores ya que su emisión ha sido autorizada por el Comité Técnico Inicial, siendo facultad del Administrador el determinar el número de los CBFIs que serán emitidos para dar cumplimiento al referido Plan de Compensación por Desempeño de Largo Plazo, previa validación del cálculo respectivo por parte del Comité de Auditoría. Por lo anterior, los Tenedores deberán considerar que la dilución que se genere por dichas entregas de CBFIs solamente podrá determinarse en el momento en que las mismas ocurran. Nuestra Cartera Inicial se integra por los Activos Iniciales, los cuales están relacionados con un conjunto de terrenos sobre los que se estima construir desarrollos inmobiliarios. En virtud de ello, es importante se evalúe que por tratarse de inmuebles que requerirán de un desarrollo es altamente previsible que se presenten ciertos riesgos normales en esta clase de desarrollos, como lo son el retraso en los procesos de construcción, inclusive por cumplimiento regulatorio y accidentes que se generen en las obras, imperfecciones en la ejecución de las obras, impactos de carácter ambiental e inclusive falta xx xxxxxx de los insumos o encarecimiento de los mismos. La estrategia de crecimiento de la Fibra incluye el desarrollo y adquisición de propiedades para desarrollo para integrarlos al Patrimonio del Fideicomiso a medida que aparezcan las oportunidades favorables para ello. Las oportunidades atractivas de inversión existen actualmente en ciertos mercados y se están evaluando dichas oportunidades. Algunas de estas operaciones, en caso de llevarse a cabo, pueden ser significativas para los resultados y condición financiera de la Fibra. La capacidad de la Fibra para desarrollar y obtener Activos en términos satisfactorios e integrarlos y operarlos exitosamente está sujeta a los siguientes riesgos:Argentina.
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