Common use of FACTURACIÓN PERIÓDICA Clause in Contracts

FACTURACIÓN PERIÓDICA. a. El contratista tiene derecho a percibir el importe de las prestaciones efectivamente realizadas mediante presentación de la factura o facturas correspondientes hasta el importe total del precio de adjudicación. Estas facturas, que deberán cumplir con la totalidad de los requisitos exigibles de acuerdo a la normativa vigente en cada momento, se presentarán en el Registro de entrada de Ayuntamiento una vez que se haya expedido la certificación o el documento equivalente de recepción o conformidad y valoración de los trabajos realizados, o haya transcurrido el plazo máximo legalmente establecido para la confección de dicho documento, plazo que es de 10 días desde que concluye el periodo a certificar. b. Junto con cada factura deberá entregarse la certificación de obra correspondiente. Además, con la primera factura del contrato, el contratista debe aportar el documento acreditativo de la presentación del Plan de Seguridad y Salud y de la apertura del centro de trabajo y del aviso previo a la Autoridad laboral de dicha apertura. Cuando la duración de la obra exceda del de vigencia de las pólizas de seguros, con la factura del mes que corresponda, deberá entregarse copia del recibo de pago de las pólizas de seguros a que se refiere la cláusula 33, acreditativo del abono de la prima para el año en curso y copia del pago de la póliza para el nuevo periodo. c. El Ayuntamiento descontará en la factura que temporalmente corresponda, las cantidades que, en concepto de gastos imputables al contratita de acuerdo con lo establecido en la cláusula 45, haya abonado directamente. El importe de los gastos derivados de la licitación y adjudicación se descontarán en la primera factura que presente el contratista, mediante la oportuna compensación en el momento de realizar el pago; si en ese momento estuviese pendiente de realizar algún trámite o de liquidar algún anuncio, la compensación se realizará en la factura correspondiente y, en último caso, con la liquidación del contrato. d. Las facturas deberán ser conformadas por el Director de obra, con el visto bueno del Concejal delegado correspondiente. Una vez conformadas, serán remitidas, junto con la documentación señalada en el apartado anterior, a la Intervención Municipal para su fiscalización y, tras su aprobación por el órgano de contratación, se emitirán los documentos de pago correspondientes, para su abono por la Tesorería Municipal. e. Con la factura que acompañe a la certificación final el contratista deberá entregar una relación de los trabajadores empleados en la ejecución de la obra, indicando el nombre, apellidos y DNI (o número de identificación de extranjeros) de cada uno de ellos. Deberá acompañar a esta declaración copia de los contratos de trabajo documentos TC2 de los mismos.

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Samples: Construction Contract, Contract for Works

FACTURACIÓN PERIÓDICA. a. El contratista tiene derecho a percibir el importe de las prestaciones efectivamente realizadas mediante presentación de la factura o facturas correspondientes hasta el importe total del precio de adjudicación. Estas No obstante, si el contratista, con el consentimiento del Director de obras, ejecuta los trabajos con más celeridad de la prevista en el Plan de trabajos, deberá adaptar su facturación al régimen de financiación inicialmente previsto en el caso de contratos plurianuales, tal y como prevé la cláusula 3.C de este anexo. Las facturas, que deberán cumplir con la totalidad de los requisitos exigibles de acuerdo a la normativa vigente en cada momento, se presentarán en el Registro de entrada de FACE del Ayuntamiento una vez que se haya expedido la certificación o el documento equivalente de recepción o conformidad y valoración de los trabajos realizados, o haya transcurrido el plazo máximo legalmente establecido para la confección de dicho documento, plazo que es de 10 días desde que concluye el periodo a certificar. b. . Junto con cada factura deberá entregarse la certificación de obra correspondiente, acompañada de los informes exigidos en la Cláusula 24 xxx Xxxxxx. Además, con la primera factura del contrato, el contratista debe aportar el documento acreditativo de la presentación del Plan de Seguridad y Salud y de la apertura del centro de trabajo y del aviso previo a la Autoridad laboral de dicha apertura. Cuando la duración de la obra exceda del de vigencia de las pólizas de seguros, con la factura del mes que corresponda, deberá entregarse copia del recibo de pago de las pólizas de seguros a que se refiere la cláusula 33, 25 acreditativo del abono de la prima para el año en curso y copia del pago de la póliza para el nuevo periodo. c. . El Ayuntamiento descontará en la factura que temporalmente corresponda, las cantidades que, en concepto de gastos imputables al contratita contratista de acuerdo con lo establecido en la cláusula 4532, haya abonado directamente. El importe de los gastos derivados de la licitación y adjudicación se descontarán en la primera factura que presente el contratista, mediante la oportuna compensación en el momento de realizar el pago; si en ese momento estuviese pendiente de realizar algún trámite o de liquidar algún anuncio, la compensación se realizará en la factura correspondiente y, en último caso, con la liquidación del contrato. d. . Las facturas deberán ser conformadas por el Director de obra, con el visto bueno del Concejal delegado correspondiente. Una vez conformadas, serán remitidas, junto con la documentación señalada en el apartado anterior, a la Intervención Municipal para su fiscalización y, tras su aprobación por el órgano de contratación, se emitirán los documentos de pago correspondientes, para su abono por la Tesorería Municipal. e. Con la factura que acompañe a la certificación final el contratista deberá entregar una relación de los trabajadores empleados en la ejecución de la obra, indicando el nombre, apellidos y DNI (o número de identificación de extranjeros) de cada uno de ellos. Deberá acompañar a esta declaración copia de los contratos de trabajo documentos TC2 de los mismos.

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Samples: Construction Contract

FACTURACIÓN PERIÓDICA. a. El contratista tiene derecho a percibir el importe de las prestaciones efectivamente realizadas mediante presentación de la factura o facturas correspondientes hasta el importe total del precio de adjudicación, facturas que han de ser congruentes con las mediciones parciales certificadas a que se refiere la cláusula 52.A. No obstante, si el contratista, con el consentimiento del Director de obras, ejecuta los trabajos con más celeridad de la prevista en el plan de trabajos deberá adaptar su facturación al régimen de financiación inicialmente previsto en el caso de contratos plurianuales, tal y como prevé la cláusula 4.C de este pliego. Estas Las facturas, que deberán cumplir con la totalidad de los requisitos exigibles de acuerdo a la normativa vigente en cada momento, se presentarán en el Registro de entrada de Ayuntamiento una vez que se haya expedido la certificación o el documento equivalente de recepción o conformidad y valoración de los trabajos realizados, o haya transcurrido el plazo máximo legalmente establecido para la confección de dicho documento, plazo que es de 10 días desde que concluye el periodo a certificar. b. . Los datos necesarios para la facturación se recogen en el anexo V de este pliego. Junto con cada factura deberá entregarse la certificación de obra correspondiente. , acompañada de los informes exigidos en las cláusulas 52.B y C. Además, con la primera factura del contrato, el contratista debe aportar el documento acreditativo de la presentación del Plan de Seguridad y Salud y de la apertura del centro de trabajo y del aviso previo a la Autoridad laboral de dicha aperturala apertura del centro de trabajo. Cuando la duración de la obra exceda del de vigencia de las pólizas de seguros, con la factura del mes que corresponda, deberá entregarse copia del recibo de pago de las pólizas de seguros a que se refiere la cláusula 33, 37 acreditativo del abono de la prima para el año en curso y copia del pago de la póliza para el nuevo periodo. c. El Ayuntamiento descontará en la factura que temporalmente corresponda, las cantidades que, en concepto de gastos imputables al contratita de acuerdo con lo establecido en la cláusula 45, haya abonado directamente. El importe pago de los gastos derivados de la licitación y adjudicación se deberán acreditar para la formalización del contrato, tal y como se recoge en la cláusula 27.B de este pliego. Antes del pago de la primera factura se comprobará que el contratista ha cumplido las obligaciones de comunicación en materia de seguridad y salud laborales establecidas en la cláusula 30 de este pliego. El resto de gastos que correspondiesen a gastos imputables al contratista de acuerdo con lo establecido en la cláusula 50, así como el importe de las penalizaciones que se puedan imponer en aplicación de este pliego, se descontarán en la primera factura que presente el contratistatemporalmente corresponda. Si no ha sido posible por cualquier motivo, mediante se descontarán de la oportuna compensación en el momento de realizar el pago; si en ese momento estuviese pendiente de realizar algún trámite certificación final o de liquidar algún anuncio, la compensación se realizará en la factura correspondiente y, en último caso, con la liquidación del contrato. d. garantía definitiva. Las facturas deberán ser conformadas por el Director de obra, con el visto bueno del Concejal delegado correspondiente. Una vez conformadasA la factura se acompañará la certificación de obra correspondiente y los informes del Director de obra y Coordinador de Seguridad y Salud establecidos en la cláusula anterior. Con los requisitos indicados, serán remitidaspresentadas en el Registro electrónico de facturas para su registro, junto con de donde se remitirán de oficio a la Intervención municipal para anotación en el registro del programa de contabilidad. La Intervención municipal remitirá las facturas y la documentación señalada en que las acompaña a la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria el apartado anteriorcontrato para su informe y propuesta correspondiente, de donde se devolverán a la Intervención Municipal para su fiscalización y, tras su previa a la aprobación por el órgano de contrataciónmunicipal competente. Una vez aprobada, se emitirán los documentos de pago correspondientes, correspondientes para su abono por la Tesorería Municipal. e. Con . Las facturas que no reúnan los requisitos legales, no concuerden con la cantidades certificadas o carezcan de algún otro requisito de los establecidos en el este pliego para su aprobación, serán formalmente devueltas al contratista para su subsanación. El importe de las mejoras ofertadas que no hayan llegado a ejecutarse será descontado de la factura correspondiente a las unidades de obra en la que acompañe a debieron incorporarse o de la certificación final el contratista deberá entregar una relación factura final, sin perjuicio de los trabajadores empleados las penalizaciones que correspondan por este incumplimiento contractual muy grave. Cuando en la ejecución de la obraobra se haya exigió la incorporación de productos y o proveedores de Comercio Justo, indicando el nombreadjudicatario deberá aportar junto a la factura, apellidos y DNI (o número documentos que acrediten el cumplimiento de identificación dichos criterios en la cadena de extranjeros) producción. A estos efectos serán válida la presentación de cada uno las facturas de ellos. Deberá acompañar a compra correspondientes que acrediten esta declaración copia circunstancia, la presentación de los contratos la ficha técnica del fabricante que recoja las características del producto, u cualquier medio de trabajo documentos TC2 de los mismosprueba objetivo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares