FORMA DE ELABORACIÓN Cláusulas de Ejemplo

FORMA DE ELABORACIÓN. El Plan Anual de Adquisiciones se elaborará con base en un diagnóstico previo de las necesidades que determinen cada una de las Vicepresidencias, Gerencias u Oficinas en el formato que para los efectos establezca la Gerencia de Planeación de la Entidad. Es importante señalar que las necesidades que determinen las diferentes dependencias deberán desarrollar los planes, programas y proyectos que previamente han sido definidas por las mismas en conjunto con la Gerencia de Planeación. En ningún caso se podrán adquirir bienes, obras o servicios no incluidos en el Plan de Adquisiciones. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se presenten necesidades sobrevivientes, las mismas deberán incluirse en el Plan de Adquisiciones mediante modificación y ajuste del mismo. Lo anterior teniendo en cuenta que conforme lo establece la normatividad vigente en la materia, el plan de adquisiciones es un documento de naturaleza informativa, que no obliga ni genera compromiso para Entidad en cuanto a la adquisición de bienes, obras o servicios enunciados en el mismo, razón por la que dichas adquisiciones podrán ser canceladas, revisadas o modificadas.
FORMA DE ELABORACIÓN. El Plan Anual de Adquisiciones se elaborará con base en un diagnóstico previo de las necesidades elaborado por la Subdirección de Servicios Administrativos teniendo en cuenta el comportamiento histórico y los requerimientos presentados oportunamente por cada una de las dependencias, en el formato de solicitud dispuesto para el efecto. Se desagregará por dependencias para efectos de su seguimiento y control.
FORMA DE ELABORACIÓN. El Plan Anual de Adquisiciones se elaborará con base en un diagnóstico previo de las necesidades elaborado por la Oficina Asesora de Planeación teniendo en cuenta el comportamiento histórico y los requerimientos presentados oportunamente por cada una de las dependencias a través del plan financiero. Se desagregará por dependencias para efectos de su seguimiento y control. A partir de las necesidades de las dependencias, la Oficina Asesora de Planeación del INCI consolidará la información, distribuirá y propondrá una priorización de las necesidades, de acuerdo con los recursos disponibles, y lo someterá a la aprobación del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo. En ningún caso se podrán adquirir bienes o servicios no incluidos en el Plan Anual de Compras. Sin perjuicio de lo expuesto, cuando se presenten necesidades sobrevivientes, deberán incluirse en el Plan de Anual de Compras mediante modificación y ajuste del mismo. El Plan Anual de Adquisiciones y sus modificaciones se publicarán en la página Web de la entidad y en el SECOP antes del 31 de enero de la vigencia fiscal, en los términos establecidos en la ley. Será responsabilidad de la Oficina Asesora de Jurídica. EL ESTUDIO Y DOCUMENTOS PREVIOS Como primera medida, la dependencia que ha identificado una necesidad de contratar un bien o servicio, deberá realizar un estudio previo, que se materializa en el Estudio y Documentos Previos. Para su elaboración, se deberá tener en cuenta la guía y el formato que se encuentran disponibles en el Sistema Integrado de Gestión – SIG. En los Estudios y Documentos Previos, de conformidad con el artículo 20 del Decreto 1510 de 2013, se hace necesario definir previamente las condiciones mínimas que regirán el futuro contrato y también justifica el por qué de llevar a cabo un proceso de contratación, ya que este será el soporte del mismo. Básicamente, su contenido es el siguiente: La descripción de la necesidad que la entidad pretende satisfacer con la contratación.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.