GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del RGLCAP, el importe estimado de los gastos de publicidad tanto en boletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión, que debe abonar el adjudicatario, queda establecido en 1.000 €., sin perjuicio de la liquidación que efectivamente resulte.
GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO. El adjudicatario estará obligado a satisfacer todos los gastos de publicidad de la licitación, así como de los gastos de formalización del contrato si desea elevarlo a escritura pública. Del mismo modo, serán de cargo del adjudicatario los gastos relativos a informes de valoración de las ofertas que el Ayuntamiento pueda contratar para la formación del mejor criterio del órgano de contratación, con el límite a continuación expuesto. El total de gastos de publicidad e informes a pagar por el adjudicatario se limita a un importe de SEIS MIL euros (6.000,00.- €).
GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO. IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO: Se indicarán en el anuncio de licitación.
GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO. Los gastos de los anuncios de esta licitación en los boletines oficiales y, si los hubiere, en la prensa diaria serán a cargo del adjudicatario. 9.Acreditación de la aptitud para contratar. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que xxxxxx plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará: a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que xx xxxxxx su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que xx xxxxx. b. De los empresarios no españoles que xxxx xxxxxxxxxx de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. c. De los xxxxx empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 2. Sektore publikoko kontratuen Xxxxxxxx testu bateratua onartzeko 3/2011 Legegintzako Errege Dekretuak, azaroaren 14koak, 60. artikuluan adierazitako kontratatzeko debekurik ez dutela frogatu behar dute enpresariek. Horretarako: a. Kasua zein den, lekukotza judiziala edo administrazio-ziurtagiria aurkeztu beharko dituzte. Horretarako eskuduntza duenak agiri horiek egin ezin baditu, administrazioko agintaritzak, notario publiko batek edo erakunde profesional kualifikatu batek egindako erantzukizunpeko adierazpen xxxxx xxxxx ditzake. b. Europar Batasuneko kide diren estatuetako enpresak badira, dagokion estatuko legerian horretarako aukera ematen bada, enpresariak agintaritza judizial baten aurrean egindako erantzukizunpeko adierazpena aurkeztu ahal izango du.
GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO. Cada uno de Ios adjudicatarios vendrá obIigado a pagar, previo prorrateo entre Ia totaIidad de Ios adjudicatarios, eI importe de Ios gastos derivados de Ia pubIicación de Ia Iicitación deI contrato en eI BOP (anuncio de Iicitación y formaIización deI contrato).

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