Common use of GASTOS Y COMISIONES Clause in Contracts

GASTOS Y COMISIONES. El presente Contrato tiene carácter retribuido. El Cliente se obliga a satisfacer a ING DIRECT en concepto de retribución por los servicios objeto del presente Contrato las cantidades establecidas en lel documento de Tarifas Aplicables Broker en vigor en cada momento. Este folleto de tarifas deberá estar ajustado a la normativa vigente en cada momento. Estas tarifas también se pueden consultar en la dirección xxx.xxxxxxxxx.xx. Los intereses, dividendos y demás modalidades de rendimiento, comisiones y gastos correspondientes a las operaciones previstas en este Contrato serán abonados o adeudados en la cuenta de liquidación asociada a la cuenta de valores. Asimismo, el Cliente podrá consultar en xxx.xxxxxxxxx.xx y en las oficinas de la Entidad el folleto informativo de tarifas máximas en operaciones y servicios xxx xxxxxxx de valores comunicadas a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. ING DIRECT informará al cliente de cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles. En cualquier caso, dicha comunicación deberá ser escrita y el Cliente dispondrá de un plazo de un mes (o el plazo establecido, en su caso, de conformidad con la legislación aplicable en cada momento) desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la relación contractual, sin que le sean aplicables las nuevas tarifas hasta que transcurra ese plazo, sin perjuicio de las comisiones que resultasen de aplicación con anterioridad a la correspondiente modificación. En el supuesto de que tales modificaciones implicaran un beneficio al Cliente, le serán aplicadas inmediatamente. En el caso de otras modificaciones, las mismas no afectarán a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones que se hubiesen concertado con anterioridad a la efectividad de la modificación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente Contrato. Asimismo, ING DIRECT podrá repercutir al Cliente todos los gastos, comisiones y tarifas que se deban abonar a terceras entidades que hayan intervenido en la realización de las operaciones, así como las tasas y cánones que repercutan los mercados y los sistemas de liquidación. Además, ING DIRECT podrá repercutir al cliente los gastos de correo, telex, SWIFT o similares si los hubiera, que se ocasionen especialmente como consecuencia del presente Contrato.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

GASTOS Y COMISIONES. El presente Contrato tiene carácter retribuidoBanco podrá cobrar al Cliente las comisiones previstas en el Folleto de Tarifas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a la clientela, así como repercutirle todos los gastos, comisiones y tarifas que se deban abonar a terceras Entidades que hayan intervenido en esta operación. A efectos de la percepción de comisiones, el hecho de que la entidad emisora u oferente soporte los gastos de intervención (corretajes y timbre), no eximirá del cobro de la comisión bancaria al cliente ordenante. El Cliente se obliga importe de las comisiones y gastos repercutibles será el que figure en el citado Folleto de Xxxxxxx de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a satisfacer a ING DIRECT en concepto de retribución por los servicios objeto del presente Contrato las cantidades establecidas en lel documento de Tarifas Aplicables Broker en vigor en cada momento. Este folleto de tarifas deberá estar la clientela, ajustado a la normativa vigente en cada momento. Estas tarifas también Circular 7/2011 de 12 de diciembre, de la C.N.M.V. (B.O.E. de 24 de septiembre de 2011) que se pueden consultar encuentra a disposición del Cliente en la dirección xxx.xxxxxxxxx.xxpágina web de Bankinter. Los interesesCada una de estas Comisiones se devengará en el momento en que se produzca o se realice alguna de las operaciones, dividendos y demás modalidades de rendimiento, comisiones y gastos correspondientes a las operaciones previstas en este Contrato serán abonados o adeudados en la cuenta de liquidación asociada a la cuenta de valores. Asimismo, el Cliente podrá consultar en xxx.xxxxxxxxx.xx y su importe quedará especificado en las oficinas condiciones particulares de la Entidad orden emitida por el folleto informativo de tarifas máximas en operaciones y servicios xxx xxxxxxx de valores comunicadas a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de ValoresCliente. ING DIRECT El Banco informará al cliente Cliente de cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutiblesrepercutibles que puedan ser de aplicación a la relación contractual. En cualquier caso, dicha Dicha comunicación deberá ser escrita y el o por cualquier otro medio adecuado, entendiéndose por tal la obtención de la información en la página web o por cualquier otro soporte electrónico, pudiendo incorporarse a cualquier información periódica que deba suministrarle. El Cliente dispondrá de un plazo de un mes (o el plazo establecido, en su caso, de conformidad con la legislación aplicable en cada momento) desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la relación contractual, sin que le sean aplicables las nuevas tarifas hasta que transcurra ese plazo, sin perjuicio de las comisiones que resultasen dicho plazo le sean de aplicación con anterioridad a la correspondiente modificaciónlas tarifas modificadas. En el supuesto de que tales modificaciones implicaran un beneficio al Cliente, le serán aplicadas inmediatamente. En el caso de otras modificaciones, las mismas no afectarán a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones que se hubiesen concertado con anterioridad a la efectividad de la modificación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente Contrato. Las liquidaciones de intereses y comisiones serán comunicadas al Cliente de acuerdo con la Circular 7/2011 de la C.N.M.V. o disposición que en el futuro la sustituya. Asimismo, ING DIRECT podrá repercutir el Banco remitirá al Cliente todos documentos o extractos en donde se reflejen los gastosmovimientos y operaciones realizados con la periodicidad establecida en la mencionada Circular 7/2011. El Banco practicará sobre los intereses, dividendos y demás modalidades de rendimientos derivados de los valores objeto del presente contrato (incluido, en su caso, la transmisión, amortización, o reembolso) abonados al cliente, las retenciones tributarias que correspondan con arreglo a la legislación tributaria aplicable, teniendo en cuenta en su caso la documentación proporcionada por el Cliente, y proporcionará a la Administración Tributaria la información fiscal que se derive de las operaciones realizadas con arreglo al presente contrato en cumplimiento de la normativa tributaria aplicable. Asimismo, cumplimentará los embargos, solicitudes y requerimientos de información y demás órdenes y requerimientos judiciales y administrativos legalmente formulados que se refieran a las operaciones llevadas a cabo bajo el presente contrato. Asimismo, podrán existir otros costes para el Cliente como consecuencia de transacciones vinculadas a los valores o al servicio, que no se paguen a través del Banco. Si el Banco tuviera conocimientos de éstos, informará de ello al Cliente. Bankinter, como consecuencia de la prestación del servicio de compraventa de valores, a fin de conseguir un aumento de la calidad del servicio prestado y actuando siempre en el interés óptimo del Cliente, puede recibir o entregar honorarios, comisiones o beneficios no monetarios cuya existencia, naturaleza y tarifas que cuantía (o, cuando la cuantía no se deban abonar a terceras entidades que hayan intervenido pueda determinar, el método de cálculo de esa cuantía) constarán en la realización correspondiente orden de las operacionescompra o venta emitida por el Cliente. No obstante, así como las tasas y cánones que repercutan los mercados y los sistemas el Cliente conserva el derecho en todo momento de liquidación. Además, ING DIRECT podrá repercutir al cliente los gastos solicitar un desglose de correo, telex, SWIFT o similares si los hubiera, que se ocasionen especialmente como consecuencia del presente Contratodichas comisiones.

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Samples: Contrato De Compraventa De Valores

GASTOS Y COMISIONES. El presente Contrato tiene carácter retribuido. El Cliente se obliga a satisfacer a ING DIRECT al Banco en concepto de retribución por los servicios objeto del presente Contrato de custodia y administración de los títulos-valores y valores negociables depositados, las cantidades establecidas en lel documento el Folleto Informativo de Tarifas Aplicables Broker en vigor en cada momento. Este folleto de tarifas deberá estar ajustado repercutibles a la normativa vigente en cada momento. Estas tarifas también se pueden consultar en la dirección xxx.xxxxxxxxx.xx. Los interesesclientes, dividendos y demás modalidades de rendimiento, comisiones y gastos correspondientes a las operaciones previstas en este Contrato serán abonados o adeudados en la cuenta de liquidación asociada a la cuenta de valores. Asimismo, el Cliente podrá consultar en xxx.xxxxxxxxx.xx y en las oficinas de la Entidad el folleto informativo de tarifas máximas en operaciones y servicios xxx xxxxxxx de valores comunicadas a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, de cuyo texto actual, el Cliente recibe un ejemplar. ING DIRECT En particular, el Banco podrá cobrar al Cliente comisiones por los siguientes conceptos: • operaciones de depósitos (constitución, cancelación, administración, agregación de hojas de cupones, estampillados y en general cualquier operación que implique manipulación de títulos, así como custodia de resguardos de otros activos financieros). • cambio de titularidad por testamentarías, donaciones, etc. • operaciones financieras (ampliaciones de capital, dividendos pasivos, suscripciones de valores xx xxxxx fija y variable y de otros activos financieros, canje y conversiones, cobro de dividendos e intereses, títulos amortizados, devoluciones de capital y otros reembolsos, así como primas de asistencia a Junta). Cada una de estas Comisiones se devengarán en el momento en que se produzca o se realice alguna de las operaciones antes relacionadas, a excepción de la comisión por administración y custodia cuyo devengo será por trimestre o fracción. Los títulos sin valor nominal y/o efectivo se computarán por 6,01 € de valor nominal y/o efectivo, respectivamente, a efectos de liquidación de las comisiones correspondientes. Asimismo, el Banco podrá repercutir al Cliente todos los gastos, comisiones y tarifas que se deban abonar a terceras entidades que hayan intervenido en la realización de las operaciones. El importe de las comisiones y gastos repercutibles será el que figure en el folleto de tarifas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a la clientela, ajustados a la Circular 7/2011 de 12 de diciembre, de la C.N.M.V. (B.O.E. de 24 de diciembre de 2011) que se entrega en este acto al Cliente. El Banco informará al cliente Cliente de cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutiblesrepercutibles que puedan ser de aplicación a la relación contractual. En cualquier caso, dicha Dicha comunicación deberá ser escrita y el Cliente o por cualquier otro medio adecuado, entendiéndose por tal la obtención de la información en la página web o por cualquier otro soporte electrónico, pudiendo incorporarse a cualquier información periódica que deba suministrarle. El cliente dispondrá de un plazo de un mes (o el plazo establecido, en su caso, de conformidad con la legislación aplicable en cada momento) desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la relación contractual, sin que le sean aplicables las nuevas tarifas hasta que transcurra ese plazo, sin perjuicio de las comisiones que resultasen dicho plazo le sean de aplicación con anterioridad a la correspondiente modificaciónlas tarifas modificadas. En el supuesto de que tales modificaciones implicaran un beneficio al Cliente, le serán aplicadas inmediatamente. En el caso de otras modificaciones, las mismas no afectarán a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones que se hubiesen concertado con anterioridad a la efectividad de la modificación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente Contrato. Las liquidaciones de intereses y comisiones serán comunicadas al Cliente de acuerdo con la Circular 7/2011 de la C.N.M.V. o disposición que en el futuro la sustituya. Asimismo, ING DIRECT podrá repercutir el Banco remitirá al Cliente todos documentos o extractos en donde se reflejen los gastos, comisiones movimientos y tarifas que se deban abonar a terceras entidades que hayan intervenido operaciones realizados con la periodicidad establecida en la realización mencionada Circular 7/2011. El banco practicará sobre los intereses, dividendos y demás modalidades de las operaciones, así como las tasas y cánones que repercutan los mercados y los sistemas de liquidación. Además, ING DIRECT podrá repercutir rendimientos abonados al cliente las retenciones tributarias procedentes y cumplimentará los gastos embargos, solicitudes de correo, telex, SWIFT o similares si los hubiera, que se ocasionen especialmente como consecuencia del presente Contratoinformación y demás órdenes y requerimientos judiciales y administrativos legalmente formulados.

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Samples: Contrato De Compraventa De Valores

GASTOS Y COMISIONES. El presente Contrato tiene carácter retribuido13.1. El Cliente se obliga a satisfacer a ING DIRECT en concepto de retribución por Todos los servicios objeto del presente Contrato las cantidades establecidas en lel documento de Tarifas Aplicables Broker en vigor en cada momento. Este folleto de tarifas deberá estar ajustado a la normativa vigente en cada momento. Estas tarifas también se pueden consultar en la dirección xxx.xxxxxxxxx.xx. Los interesesimpuestos, dividendos y demás modalidades de rendimientotributos, costos, aranceles, gastos, comisiones y/o gravámenes de cualquier naturaleza que deban pagarse, así como cualquier multa, derecho, gasto y gastos correspondientes honorario a las operaciones previstas en este Contrato serán abonados o adeudados en la cuenta que diera lugar el Servicio, y aquellos que surjan de liquidación asociada cualquier incumplimiento por parte del Cliente de cualquiera de sus obligaciones bajo el presente, estarán exclusivamente a la cuenta de valorescargo del Cliente. Asimismo, el Cliente podrá consultar deberá reembolsar íntegramente al Banco en xxx.xxxxxxxxx.xx y forma inmediata cualquier monto que el Banco hubiese debido pagar y/o indemnizar por cuenta del Cliente, la cual mantendrá indemne al Banco por tal concepto en las oficinas su totalidad. 13.2. Sin perjuicio de la Entidad el folleto informativo de tarifas máximas los derechos que legalmente correspondieran al Banco, en operaciones y servicios xxx xxxxxxx de valores comunicadas a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. ING DIRECT informará al cliente de cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles. En cualquier caso, dicha comunicación deberá ser escrita y caso que el Cliente dispondrá de un plazo de un mes (o incumpliera con sus obligaciones bajo el plazo establecidopresente para con el Banco, en su caso, de conformidad con la legislación aplicable en cada momento) desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la relación contractualel Banco estará irrevocablemente autorizado, sin que le sean aplicables las nuevas tarifas hasta deba mediar notificación previa al Cliente, a compensar y aplicar todos y cada uno de los depósitos, generales o especiales, a plazo fijo o a la vista, de títulos valores o de otros títulos o depósitos del Cliente que transcurra ese plazotuviere en una cuenta custodia, sin perjuicio provisorios o definitivos, que el Cliente hubiera constituido en cualquier momento en el Banco, y todo otro monto adeudado por el Banco al Cliente, contra todas y cada una de las comisiones obligaciones vencidas contraídas por el Cliente para con el Banco, cualquiera fuera la causa u origen de tales obligaciones, independientemente de que resultasen el Banco hubiera efectuado cualquier reclamo. 13.3. El Banco podrá modificar los importes que aquí se establecen en base a los incrementos que experimenten sus costos internos, a las variaciones significativas que se produzcan en los mercados o en las condiciones generales de aplicación con anterioridad a la correspondiente modificacióneconomía, y cualquier otro gravamen y/o recargo que tuviera que soportar. En tal supuesto, las modificaciones serán informadas por el Banco al Cliente con 60 (sesenta) días corridos de antelación a su puesta en vigencia, o con la antelación suficiente en el supuesto de que tales modificaciones implicaran el Banco tuviera que hacer frente a dichos gravámenes o recargos en un beneficio al plazo inferior. Se considerarán aceptados los nuevos importes con el mero uso del Servicio por parte del Cliente, le serán aplicadas inmediatamente. En una vez vencido el caso de otras modificaciones, las mismas no afectarán a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones que se hubiesen concertado con anterioridad a la efectividad de la modificación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente Contrato. Asimismo, ING DIRECT podrá repercutir al Cliente todos los gastos, comisiones y tarifas que se deban abonar a terceras entidades que hayan intervenido en la realización de las operaciones, así como las tasas y cánones que repercutan los mercados y los sistemas de liquidación. Además, ING DIRECT podrá repercutir al cliente los gastos de correo, telex, SWIFT o similares si los hubiera, que se ocasionen especialmente como consecuencia del presente Contratoplazo indicado anteriormente.

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Samples: Solicitud De Adhesión Al Servicio De Depósitos Remotos

GASTOS Y COMISIONES. El presente Contrato tiene carácter retribuido. El Cliente LOS CLIENTES se obliga obligan a satisfacer reembolsar a ING DIRECT en concepto de retribución por los servicios objeto del presente Contrato las cantidades establecidas en lel documento de Tarifas Aplicables Broker en vigor en cada momento. Este folleto de tarifas deberá estar ajustado a la normativa vigente en cada momento. Estas tarifas también se pueden consultar en la dirección xxx.xxxxxxxxx.xx. Los intereses, dividendos y demás modalidades de rendimiento, comisiones y gastos correspondientes a las operaciones previstas en este Contrato serán abonados o adeudados en la cuenta de liquidación asociada a la cuenta de valores. Asimismo, el Cliente podrá consultar en xxx.xxxxxxxxx.xx y en las oficinas de la Entidad el folleto informativo de tarifas máximas en operaciones y servicios xxx xxxxxxx de valores comunicadas a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. ING DIRECT informará al cliente de cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles. En cualquier caso, dicha comunicación deberá ser escrita y el Cliente dispondrá de un plazo de un mes (o el plazo establecidoLA PAZ, en el momento en que esta se lo requiera, cualquier erogación necesaria en que LA PAZ incurra y hubiera pagado a terceros por incumplimiento de EL ACREDITADO, tales como impuestos y/o derechos regístrales y/o gastos de cobranza por el incumplimiento en el pago oportuno de EL ACREDITADO. Dichos gastos serán debidamente acreditados para hacer efectivo su casocobro y de igual forma, las comisiones vigentes, serán notificadas a EL ACREDITADO, mediante el Anexo denominado Lista de conformidad con la legislación aplicable en cada momento) desde la recepción Comisiones, lo anterior a fin de la citada información para modificar o cancelar la relación contractual, sin que le sean aplicables las nuevas tarifas hasta que transcurra ese plazohacer efectivo su cobro. Para efectos de este Contrato, sin perjuicio de las comisiones Comisiones referidas en el Anexo denominado Lista de Comisiones; las más relevantes que resultasen LA PAZ cobrará en su caso, serán las que se señalan a continuación o aquellas que sean previamente determinadas por LA PAZ, las cuales se harán del conocimiento de aplicación con anterioridad EL ACREDITADO mediante notificación, conforme se haya pactado en el presente Contrato: a) Gastos de Cobranza: esta comisión se cobrará a la correspondiente modificación. En el supuesto de que tales modificaciones implicaran un beneficio al ClienteEL ACREDITADO, le serán aplicadas inmediatamente. En para el caso de otras modificacionesque éste incurra en impago de forma parcial o total de una o varias amortizaciones a su cargo, las mismas no afectarán y se cubrirá por cada evento de incumplimiento, dicha comisión asciende al importe que se señala en la Carátula de este Contrato, sin perjuicio de los intereses moratorios que se generen. b) Instalación del DISPOSITIVO: Se cobrará por concepto de Instalación del DISPOSITIVO a que se refiere el inciso E) de la Cláusula 11 siguiente, y será por el importe que se señala en la Carátula de este Contrato, sin embargo el pago de dicho Gasto por parte de EL ACREDITADO se encuentra sujeto a la tramitación, liquidación y Condición de que EL ACREDITADO decida dar por terminado de forma anticipada este Contrato en los primeros sesenta días naturales de su vigencia o lleve a cabo la cancelación de las operaciones que se hubiesen concertado con anterioridad a la efectividad de la modificación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente Contrato. Asimismo, ING DIRECT podrá repercutir al Cliente todos los gastos, comisiones y tarifas que se deban abonar a terceras entidades que hayan intervenido señala en la realización Cláusula 3 anterior, siendo que para el caso de las operacionesque EL ACREDITADO decida dar por terminado este Contrato de forma posterior al plazo sujeto a condición, así como las tasas y cánones que repercutan los mercados y los sistemas de liquidación. Además, ING DIRECT podrá repercutir al cliente los gastos de correo, telex, SWIFT o similares si los hubiera, que dicho Gasto no se ocasionen especialmente como consecuencia del presente Contratole cobrará por "LA PAZ".

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Con Garantía Prendaria

GASTOS Y COMISIONES. El presente Contrato tiene carácter retribuidoUsted autoriza al Banco a debitar en la Cuenta el costo de a Tarjeta, comisiones, costos por conceptos de renovación de la Tarjeta, expedición de duplicado de la Tarjeta, recarga y/o cualquier otro costo aplicable. Adicionalmente, las comisiones, gastos y/o tarifas generadas por el uso y no uso de la Tarjeta serán deducidas del saldo disponible en la Tarjeta. El Cliente Banco se obliga a satisfacer a ING DIRECT en concepto reserva el derecho de retribución por los servicios objeto del presente Contrato las cantidades establecidas en lel documento de Tarifas Aplicables Broker en vigor en cada momento. Este folleto de tarifas deberá estar ajustado a la normativa vigente en cada momento. Estas tarifas también se pueden consultar en la dirección xxx.xxxxxxxxx.xx. Los intereses, dividendos y demás modalidades de rendimiento, modificar o crear nuevas comisiones y gastos correspondientes cuando estime que las condiciones xx xxxxxxx, crediticias o de riesgo de Usted, así lo ameriten; para lo cual utilizará el mecanismo de comunicación establecido en el respectivo Contrato de Operaciones y Servicios Bancarios suscrito por Usted. Usted se compromete a las operaciones previstas en este Contrato serán abonados o adeudados mantener en la Cuenta saldos acreedores de libre disposición. Usted autoriza al Banco a cargar los importes de los débitos a cualquier otra cuenta de liquidación asociada la que sea titular o centralizar en una sola cuenta el saldo que pudiera tener en otras cuentas establecidas en el Banco; esta autorización comprende la facultad de compensar y/o consolidar los saldos acreedores y deudores que pueda tener por cualquier concepto, considerándose inclusive los depósitos en general, certificados, valores y cualquier bien que el Banco tiene o pudiera tener, los que garantizan cualquier deuda o crédito. De no cancelar el saldo deudor Usted acepta que el Banco le gire a su cargo una letra a la cuenta vista que tendrá mérito ejecutivo si se protesta por la falta de valorespago. Asimismo, el Cliente podrá consultar en xxx.xxxxxxxxx.xx y en las oficinas Asimismo se compromete a suscribir pagarés a favor del Banco o aceptar letras de la Entidad el folleto informativo de tarifas máximas en operaciones y servicios xxx xxxxxxx de valores comunicadas cambio giradas por esta cantidad igual a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx suma que adeuda por razón de Valoreseste documento. ING DIRECT informará al cliente de cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles. En cualquier casoLa deuda podrá ser reconocida por instrumento público, dicha comunicación deberá ser escrita y el Cliente dispondrá de un plazo de un mes (o el plazo establecido, en su caso, de conformidad con la legislación aplicable en cada momento) desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la relación contractual, sin que le sean aplicables las nuevas tarifas hasta que transcurra ese plazo, sin perjuicio de las comisiones que resultasen de aplicación con anterioridad a la correspondiente modificación. En el supuesto de que tales modificaciones implicaran un beneficio al Cliente, le serán aplicadas inmediatamente. En el caso de otras modificaciones, las mismas no afectarán a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones que se hubiesen concertado con anterioridad a la efectividad de la modificación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente Contrato. Asimismo, ING DIRECT podrá repercutir al Cliente todos los gastos, comisiones y tarifas que se deban abonar a terceras entidades que hayan intervenido en la realización de las operaciones, así como las tasas y cánones que repercutan los mercados y los sistemas de liquidación. Además, ING DIRECT podrá repercutir al cliente asumiendo Usted los gastos de correo, telex, SWIFT o similares si los hubiera, que se ocasionen especialmente como consecuencia del presente Contratoe impuestos.

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Samples: Tarjeta Prepago