Guardias. cve: BOE-A-2014-13052 En algunas áreas operativas es necesario que Colt ofrezca un servicio continuado a sus clientes de 24 horas al día y 7 días a la semana. En algunos equipos, no es necesario que los trabajadores estén físicamente presentes en las oficinas de Colt para proveer de este servicio. Cuando el empleado pueda ofrecer este servicio fuera de las oficinas de Colt, un sistema de guardias podrá ser organizado. El calendario será establecido por el jefe directo y será aprobado por el manager del departamento. A los empleados se les notificará de su turno de guardias al menos con 30 días de antelación, cualquier cambio en el calendario laboral será notificado al menos con 7 días de antelación, pero sin que dicha antelación sea inferior a cinco días. El sistema de guardias se organizará en turnos rotativos entre los distintos miembros del equipo y solo se podrán establecer de lunes a viernes entre las 19:00 y las 07:00 y durante los fines de semana. La necesidad de las guardias será determinada por los jefes de departamento y se aplicará dependiendo de las necesidades requeridas por los clientes. Será obligatorio que un número mínimo de trabajadores cubran los turnos xx xxxxxxx necesarios. Los trabajadores voluntarios se tendrán en consideración primero y se les dará prioridad. El trabajador podrá renunciar expresamente, con aprobación de la comisión de revisión, siempre que se preavise con un mes de antelación cuando concurran motivos personales debidamente justificados (ej. Motivos de salud, cambios en la situación familiar, reducción de jornada por guarda legal, tener a un familiar a su cargo o cualquier otra instancia que esté contemplada en el ETT o en el convenio). A. Compensación de las Guardias: Cantidad fija semanal: 225 euros, más: • Si se trabaja de lunes a viernes (19:00 - 23:00) x xxxxxxx (07:00 - 23:00), se podrá elegir entre: 1) No habrá devolución del tiempo trabajado, pero sí un pago del importe de la salario por hora con un incremento del 50%. 2) Sí habrá devolución del tiempo trabajado, más un pago del 50% xxx xxxxxxx por hora. • Si se trabaja durante el turno de noche (de 23:00 a 07:00) o días festivos o
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Guardias. cve—Se denomina “guardia” a aquella situación en que el empleado debe estar localizable fuera de su horario de trabajo habitual para atender, inicialmente de forma remota, la prestación de un servicio. Con el fin de cumplir con los compromisos contraídos con los clientes, que vienen im- puestos por las características propias del servicio, Atos IT podrá establecer un servicio xx xxxxxxx localizada fuera del horario habitual de trabajo, para atender las incidencias que pu- dieran presentarse en los servicios contratados con los clientes. Las partes convienen que la adecuada regulación de los servicios xx xxxxxxx es una cues- tión esencial dentro de la normal actividad de la Compañía y del tipo de servicio prestado, por lo que de manera general el servicio xx xxxxxxx se adaptará a las necesidades específicas de cada cliente con respeto en todo caso de lo regulado en el presente Convenio Colectivo. Como regla general el contrato de trabajo suscrito con aquellos trabajadores que va- yan a estar previsiblemente adscritos a este tipo de servicio de guardias recogerá esta mo- dalidad de prestación de servicios, siendo en este caso obligatoria su realización. BOCM-20150704-1 Una vez se haya producido dicha adscripción voluntaria, la realización del servicio xx xxxxxxx será obligatorio para el empleado durante ese año. En la realización de los servicios de guardias se respetará siempre tanto el período de descanso semanal como los períodos de descanso entre jornadas legalmente establecidos, y el descanso diario recogido en el artículo 34 del ET. Con carácter general se procurará que un trabajador no desarrolle más de 1 semana xx xxxxxxx dentro de un período de referencia de 4 semanas. Se establece un límite anual de 18 semanas xx xxxxxxx. SÁBADO 0 XX XXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 157 Las guardias nunca podrán ser utilizadas para trabajos, imprevistos o programados, que no vengan derivados de una petición del cliente con motivo de una incidencia contem- xxxxx en el contrato del servicio xx xxxxxxx correspondiente. Si por circunstancias extraordinarias como vacaciones, enfermedad, etcétera, o por ne- cesidades del servicio, no fuera posible cumplir con lo dispuesto en el párrafo anterior, nin- gún trabajador estará en situación xx xxxxxxx más de 2 semanas dentro de un período de re- ferencia de 4 semanas. El calendario de guardias se confeccionará por parte de los responsables de la unidad con una antelación mínima de 15 días antes de su entrada en vigor y se tratará de mantener, en la medida de lo posible, un orden rotativo en su preparación, respetándose en todo caso las ausencias programadas, los días de libranza y las vacaciones. La empresa facilitará a los trabajadores los medios logísticos necesarios para realizar su labor durante las guardias de forma remota, siempre que esto fuera posible, con la inten- ción de evitar que el trabajador tenga que acudir en persona a las instalaciones del cliente o de la empresa. En función del modo de resolución de la incidencia la guardia podrá ser: BOE-A-2014-13052 — Guardia sin intervención: El tiempo de puesta a disposición sin intervención o dis- ponibilidad, el cual tiene la consideración de tiempo legal de espera, no computa- rá a ningún efecto como jornada de trabajo. — Guardia con intervención remota o presencial: En algunas áreas operativas es caso de que sea necesario que Colt ofrezca el trabajador realice una intervención, bien de manera remota o presencial, se acuer- da que: • El tiempo dedicado a la resolución de la incidencia, tanto en remoto como de manera presencial, se considera tiempo de trabajo efectivo llamado tiempo de intervención. • En caso de resolución presencial, el tiempo dedicado al desplazamiento desde el domicilio habitual, tanto de ida como de regreso, se considera tiempo de tra- bajo efectivo llamado tiempo de intervención. • Los posibles gastos de desplazamiento (kilometraje, peajes, parking, etcétera) al centro de trabajo propio o del cliente donde haya de realizarse la interven- ción serán abonados por la empresa, con un límite diario de 60 euros, salvo que se justifique un gasto diario superior que resulte razonable y sea aprobado por la Compañía. En función del tiempo requerido de prestación del servicio continuado a sus clientes se distinguirán los siguien- tes tipos xx xxxxxxx: — Guardia semanal de 24 horas al día y lunes x xxxxxxx, la cual cubre el período de los 7 días a de la semana. En algunos equipos, no es necesario que los trabajadores estén físicamente presentes en las oficinas de Colt para proveer de este servicio. Cuando el empleado pueda ofrecer este servicio fuera de las oficinas de Colt, un sistema de guardias podrá ser organizado. El calendario será establecido por el jefe directo y será aprobado por el manager del departamento. A los empleados se les notificará de su turno de guardias al menos con 30 días de antelación, cualquier cambio en el calendario laboral será notificado al menos con 7 días de antelación, pero sin que dicha antelación sea inferior a cinco días. El sistema de guardias se organizará en turnos rotativos entre los distintos miembros del equipo y solo se podrán establecer — Guardia semanal de lunes a viernes entre las 19:00 y las 07:00 y durante los fines de semana. La necesidad de las guardias será determinada por los jefes de departamento y se aplicará dependiendo de las necesidades requeridas por los clientes. Será obligatorio que un número mínimo de trabajadores cubran los turnos xx xxxxxxx necesarios. Los trabajadores voluntarios se tendrán en consideración primero y se les dará prioridad. El trabajador podrá renunciar expresamenteviernes, con aprobación de la comisión de revisión, siempre que se preavise con un mes de antelación cuando concurran motivos personales debidamente justificados (ej. Motivos de salud, cambios en la situación familiar, reducción de jornada por guarda legal, tener a un familiar a su cargo o cualquier otra instancia que esté contemplada en cual cubre el ETT o en el convenio).
A. Compensación de las Guardias: Cantidad fija semanal: 225 euros, más: • Si se trabaja período de lunes a viernes (19:00 - 23:00) x xxxxxxx (07:00 - 23:00)viernes. — Guardia de fin de semana, la cual cubre el sábado y domingo. Para una misma persona no se podrá elegir entre:
1) No habrá devolución establecer al mismo tiempo un servicio xx Xxxxx- das Irregulares, Guardias, Retenes y/o Actividades Planificadas dada la distinta finalidad que se persigue con dichos instrumentos de ordenación del tiempo trabajado, pero sí un pago del importe trabajo. La compensación de la salario por hora con un incremento del 50%.
2) Sí habrá devolución del tiempo trabajado, más un pago del 50% xxx xxxxxxx por hora. • Si se trabaja durante los tiempos de disponibilidad e intervención será según el turno de noche (de 23:00 a 07:00) o días festivos oAnexo V.
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Guardias. cve: BOE-A-2014-13052 En algunas áreas operativas es necesario que Colt ofrezca un servicio continuado a sus clientes de 24 horas al día y 7 días a la semana. En algunos equiposCon carácter general, no es necesario que todos los trabajadores estén físicamente presentes en las oficinas de Colt para proveer de este servicio. Cuando el empleado pueda ofrecer este servicio fuera profesionales de las oficinas categorías afectadas de Coltlos Grupos A y B de los distintos centros del IASS, un sistema podrán incorporarse al programa de guardias podrá ser organizado(de presencia física y/o localizadas) establecidas en los distintos centros del Organismo. El calendario será establecido por La integración en el jefe directo y será aprobado por el manager del departamento. A los empleados se les notificará de su turno de guardias de presencia física para aquellos médicos de la plantilla que hayan superado la edad de 55 años será voluntaria, salvo necesidades excepcionales y urgentes. El número máximo de guardias que con carácter mensual se podrán realizar será:
A) De 6 guardias mensuales para las de presencia física, salvo necesidades del servicio.
B) De 12 para las guardias con localización, salvo necesidades del servicio. A tal fin el IASS incorporará los facultativos necesarios al programa de guardias para evitar que se supere el mencionado límite de 12 guardias.
a) Guardias de presencia física: Se fija para compensar la realización de guardias programadas de presencia física del personal asistencial sanitario de los grupos A y B. El personal realizará estas guardias de conformidad con las necesidades y rotación que para cada Centro y Unidad se establezca. A tal efecto, las direcciones funcionales correspondientes procurarán en lo posible, la distribución equitativa de las mismas entre los profesionales de las categorías profesionales afectadas. La programación mensual de las guardias de Presencia Física se publicará al menos con 30 una antelación de cinco días al inicio del mes correspondiente por la Dirección del IASS en los tablones de los centros. El personal que realice guardias de Presencia Física de los Grupos A y B tendrá dispensada la jornada de trabajo correspondiente al día saliente de la guardia. Los trabajadores que realicen guardias en fines de semana así como en días festivos, no disfrutarán de la compensación prevista en el artículo 26 del presente Convenio Colectivo. La dispensa por guardia realizada en xxxxxxx xxxxxx, xxxxxxx o víspera de festivo se disfrutará en el primer día hábil siguiente a la realización de la guardia, pudiendo acumularse estos días de antelacióndescanso al período vacacional, cualquier cambio en el calendario laboral será notificado al menos con 7 días siempre que las necesidades del servicio lo permitan. Las guardias de antelación, pero sin que dicha antelación sea inferior a cinco días. El sistema de guardias se organizará en turnos rotativos entre los distintos miembros del equipo y solo se podrán establecer Presencia Física de lunes a viernes entre viernes, siempre que no coincidan con festivos, serán de diecisiete (17) horas. Las xx xxxxxx, xxxxxxx y festivos serán de veinticuatro (24) horas, todas ellas retribuidas. A tal efecto, se establecen dos modalidades de Guardias de Presencia Física: Las cuantías de estas guardias de presencia física serán las 19:00 establecidas en el Anexo XIII de conformidad con los grupos profesionales A y las 07:00 B. En los centros en que sea posible se facilitará bebidas y durante comida caliente para el personal que esté realizando jornada de Atención Continuada.
b) Guardias de Localización. Se fija este complemento para compensar la disponibilidad y localización permanente del trabajador, fuera de la jornada habitual del trabajo para acudir a prestar cualquier servicio una vez que sea requerido desde el/los fines centros. Su presencia, una vez requerido, deberá efectuarse en el más breve período de semanatiempo posible. La necesidad duración de las guardias localizadas será determinada por los jefes la siguiente: Guardias Ordinarias: desde la finalización de departamento y se aplicará dependiendo de las necesidades requeridas por los clientes. Será obligatorio que un número mínimo de trabajadores cubran los turnos xx xxxxxxx necesarios. Los trabajadores voluntarios se tendrán en consideración primero y se les dará prioridad. El trabajador podrá renunciar expresamente, con aprobación su jornada hasta el inicio de la comisión de revisiónjornada del día siguiente, siempre dependiendo del centro hospitalario en el que se preavise con un mes realice la guardia. Guardias en xxxxxx, xxxxxxxx y festivos: desde las 07:00 horas o las 08:00 horas hasta la misma hora de antelación cuando concurran motivos personales debidamente justificados (ej. Motivos de saludla mañana siguiente, cambios en la situación familiar, reducción de jornada por guarda legal, tener a un familiar a su cargo o cualquier otra instancia que esté contemplada dependiendo del centro hospitalario en el ETT que se realice la guardia. Se configura en dos niveles retributivos para los trabajadores del Grupo A o B para compensar la diferente carga laboral según el trabajador realice guardias localizadas en un sólo centro/hospital o en más de un centro/hospital. Se abonará la jornada de localización, de conformidad con el convenio).
A. Compensación de las Guardias: Cantidad fija semanal: 225 eurosAnexo XIII, más: • Si se trabaja de lunes a viernes (19:00 - 23:00) x xxxxxxx (07:00 - 23:00)en varios centros/hospitales, se podrá elegir entre:
1) No habrá devolución del tiempo trabajado, pero sí un pago del importe cuando la realización de la salario por hora con misma implique la atención asistencial a más de un incremento del 50%centros u hospital.
2) Sí habrá devolución del tiempo trabajado, más un pago del 50% xxx xxxxxxx por hora. • Si se trabaja durante el turno de noche (de 23:00 a 07:00) o días festivos o
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Guardias. cve: BOE-A-2014-13052 En algunas áreas operativas es necesario que Colt ofrezca CRTVE podrá fijar un servicio continuado a sus clientes régimen de 24 horas guardias al día y 7 días a la semana. En algunos equipos, no es necesario que los trabajadores estén físicamente presentes en las oficinas serán asignados, siempre que voluntariamente acepten la solicitud de Colt para proveer la empresa de este servicioadscribirse al mismo. Cuando el empleado pueda ofrecer este servicio fuera Además de las oficinas de Coltrealizar su jornada habitual, un deberán permanecer localizables a través del sistema de localización que se determine, durante el periodo establecido. En el caso que no haya voluntarios, los servicios esenciales para el mantenimiento de edificios y señales serán cubiertos con trabajadores designados por el área de forma rotatoria. Las guardias podrá podrán ser organizadode dos tipos:
a) De lunes a viernes.
b) Xx xxxxxx y domingo. Las guardias se fijarán mensualmente, comunicándose al trabajador en el cuadrante del mes correspondiente. En virtud de la guardia, el trabajador afectado por la misma deberá permanecer localizable y realizar la tarea que le sea encomendada, acudiendo al centro de trabajo o a exteriores, en cuyo caso el medio de transporte correrá por cuenta de CRTVE, con el carácter más inmediato posible, en caso de que sea requerido para ello. El calendario será establecido por tiempo de trabajo empezará a contar desde el jefe directo y será aprobado por momento en que el manager del departamento. A los empleados se les notificará de su turno de guardias al menos con 30 días de antelación, cualquier cambio en el calendario laboral será notificado al menos con 7 días de antelación, pero sin que dicha antelación trabajador sea inferior a cinco díaslocalizado. El sistema régimen xx xxxxxxx puede suponer tanto la alteración horaria como la ampliación de guardias la jornada. Los excesos de jornada, una vez agotada la jornada máxima ordinaria, se organizará en turnos rotativos entre los distintos miembros del equipo y solo se podrán establecer considerarán horas extraordinarias. El régimen xx xxxxxxx no podrá recaer sobre un mismo trabajador por más de dos periodos durante el mismo mes, uno de lunes a viernes entre las 19:00 y las 07:00 uno xx xxxxxx y durante los fines de semana. La necesidad de las guardias será determinada por los jefes de departamento y se aplicará dependiendo de las necesidades requeridas por los clientes. Será obligatorio domingo, salvo que un número mínimo de trabajadores cubran los turnos xx xxxxxxx necesarios. Los trabajadores voluntarios se tendrán en consideración primero y se les dará prioridadel trabajador lo acepte voluntariamente. El incremento por más de dos periodos solicitado de forma voluntaria por más de un trabajador podrá renunciar expresamente, con aprobación se repartirá de la comisión de revisión, siempre que se preavise con un mes de antelación cuando concurran motivos personales debidamente justificados (ej. Motivos de salud, cambios en la situación familiar, reducción de jornada por guarda legal, tener a un familiar a su cargo o cualquier otra instancia que esté contemplada en el ETT o en el convenio)forma equitativa entre los solicitantes.
A. Compensación de las Guardias: Cantidad fija semanal: 225 euros, más: • Si se trabaja de lunes a viernes (19:00 - 23:00) x xxxxxxx (07:00 - 23:00), se podrá elegir entre:
1) No habrá devolución del tiempo trabajado, pero sí un pago del importe de la salario por hora con un incremento del 50%.
2) Sí habrá devolución del tiempo trabajado, más un pago del 50% xxx xxxxxxx por hora. • Si se trabaja durante el turno de noche (de 23:00 a 07:00) o días festivos o
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Guardias. cveSe denomina guardia de Stand-By a aquella situación en la que el trabajador debe estar localizable fuera de su horario de trabajo habitual por si fuera requerido por CDS para prestar sus servicios. Esta guardia, en tanto en cuanto el trabajador no tenga que realizar ninguna intervención, no tendrá la consideración de tiempo efectivo de trabajo ni de tiempo de presencia sino que debe considerarse simplemente un período de tiempo en el cual el trabajador está a disposición de la Empresa. Con el fin de cumplir con los compromisos contraídos con los clientes, la Empresa podrá establecer un sistema xx xxxxxxx de Stand-By, que se adaptará, en cada caso, a las necesidades concretas del cliente pero siempre respetando lo previsto al efecto en el presente Convenio Colectivo. El calendario xx xxxxxxx de cada proyecto será configurado por el manager, sobre bases de equidad y en función de las necesidades del proyecto concreto y el cliente. Retribución de las guardias: BOE-A-2014-13052 En algunas áreas operativas es necesario que Colt ofrezca un servicio continuado a sus clientes – Si el proyecto requiere una prestación de 24 horas al día y servicios 24h x 7 días a de la semana. En algunos equipos, no es necesario que los trabajadores estén físicamente presentes en las oficinas de Colt para proveer de este servicio. Cuando el empleado pueda ofrecer este servicio fuera de las oficinas de Colt, un sistema de guardias podrá ser organizado. El calendario será establecido semanal y el importe a percibir por el jefe directo trabajador xx xxxxxxx será equivalente a 300 euros brutos por semana. Si el trabajador tuviera que hacer una intervención, las partes acuerdan que este importe incluye la retribución de las dos primeras horas extraordinarias en las que incurriera el trabajador como consecuencia de la intervención, pero no de los trabajos especiales, intervenciones programadas o continuación de una intervención, aunque coincida que el empleado que los lleva a cabo este xx xxxxxxx. La tercera hora extraordinaria y será aprobado por las siguientes que realice el manager del departamento. A los empleados se les notificará trabajador a lo largo de su turno la semana con ocasión de guardias al menos las intervenciones que le sean requeridas, serán abonadas como horas extraordinarias de acuerdo con 30 días de antelación, cualquier cambio lo señalado en el calendario laboral será notificado al menos con Artículo 23 del presente Convenio Colectivo. – Si el proyecto no requiere una prestación de servicios 24h x 7 días de antelaciónla semana, pero sin que dicha antelación sea inferior a cinco días. El el sistema de guardias se organizará en turnos rotativos entre los distintos miembros del equipo xx xxxxxxx será diario y solo se podrán establecer la remuneración por xxxx xx xxxxxxx, de lunes x xxxxxxx, será equivalente a viernes entre las 19:00 y las 07:00 y durante los fines 2 euros brutos. En este caso, la retribución por guardia es incompatible con la retribución por horas extraordinarias, de semana. La necesidad manera que en el momento en que el trabajador tenga que realizar una intervención, cobrará la hora extraordinaria pero dejará de las guardias será determinada por los jefes de departamento y se aplicará dependiendo de las necesidades requeridas por los clientes. Será obligatorio que un número mínimo de trabajadores cubran los turnos xx xxxxxxx necesarios. Los trabajadores voluntarios se tendrán en consideración primero y se les dará prioridad. El trabajador podrá renunciar expresamente, con aprobación percibir la retribución propia de la comisión de revisiónguardia, siempre que se preavise con un mes de antelación cuando concurran motivos personales debidamente justificados (ej. Motivos de salud, cambios excepto en aquellos supuestos donde la situación familiar, reducción de jornada guardia cubra varios clientes y podrá por guarda legal, tener a un familiar a su cargo o cualquier otra instancia que esté contemplada en el ETT o en el convenio)lo tanto hacerse compatibles ambos conceptos.
A. Compensación de las Guardias: Cantidad fija semanal: 225 euros, más: • Si se trabaja de lunes a viernes (19:00 - 23:00) x xxxxxxx (07:00 - 23:00), se podrá elegir entre:
1) No habrá devolución del tiempo trabajado, pero sí un pago del importe de la salario por hora con un incremento del 50%.
2) Sí habrá devolución del tiempo trabajado, más un pago del 50% xxx xxxxxxx por hora. • Si se trabaja durante el turno de noche (de 23:00 a 07:00) o días festivos o
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Guardias. cve: BOE-A-2014-13052 En algunas áreas operativas es necesario La percepción de este complemento, viene determinada por la realización de guardias por el personal de oficios de la Concejalía de Obras para cubrir las emergencias y averías urgentes o situaciones que Colt ofrezca un servicio continuado a sus clientes requieran labores de 24 horas inspección que se produzcan en el municipio y que no sea posible demorar su reparación al primer día y 7 días a la semana. En algunos equiposhábil de trabajo, no es necesario precisándose la presencia física del trabajador hasta que se le requiera, debiendo acudir en un plazo máximo de media hora a las dependencias de la Nave de la Brigada. Las guardias se efectuarán durante los trabajadores estén físicamente presentes 12 meses del año con personal voluntario, para lo cual se constituirán 3 grupos de trabajo y se establecerán turnos semanales de lunes x xxxxxxx, que se reflejarán en un cuadrante anual que deberá confeccionarse en el mes de octubre de cada año por la Concejalía de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicho cuadrante se publicará en el tablón de anuncios de la brigada antes de comenzar el nuevo año para general conocimiento de todos los trabajadores. El grupo de trabajo estará al cargo de un Responsable, el cual, podrá ser el Encargado de Obras, un Capataz o un Oficial que se alternarán de forma rotativa en dicha responsabilidad. Se admitirán cambios voluntarios de guardias entre compañeros de la misma categoría. No se sustituirán las bajas por incapacidad temporal en las oficinas de Colt para proveer de este servicio. Cuando el empleado pueda ofrecer este servicio fuera de las oficinas de Colt, un sistema de guardias podrá ser organizado. El calendario será establecido por el jefe directo y será aprobado por el manager del departamento. A los empleados salvo casos excepcionales que se les notificará de su turno de guardias al menos con 30 días de antelación, cualquier cambio recogerán en el calendario laboral será notificado al menos con 7 días reglamento de antelación, pero sin que dicha antelación sea inferior a cinco días. El sistema de guardias se organizará en turnos rotativos entre los distintos miembros del equipo y solo se podrán establecer de lunes a viernes entre las 19:00 y las 07:00 y durante los fines de semana. La necesidad desarrollo de las guardias que se elaborará por la Comisión Paritaria. No podrán utilizarse el servicio de guardias para la cobertura de actividades programadas. Cada integrante del grupo deberá estar localizable mediante teléfono móvil y será determinada por los jefes el responsable del grupo el que determinará el número necesario de departamento y se aplicará dependiendo de las necesidades requeridas por los clientes. Será obligatorio trabajadores que deben acudir en cada avería, con un número mínimo de trabajadores cubran los turnos dos personas. La cuantía del complemento por cada guardia semanal será de 250 euros. Además de lo anterior, por cada día xx xxxxxxx necesarios. Los trabajadores voluntarios que coincida con día festivo se tendrán en consideración primero y se les dará prioridad. El trabajador podrá renunciar expresamente, con aprobación de la comisión de revisión, siempre que se preavise con un mes de antelación cuando concurran motivos personales debidamente justificados (ej. Motivos de salud, cambios en la situación familiar, reducción de jornada por guarda legal, tener a un familiar a su cargo o cualquier otra instancia que esté contemplada en el ETT o en el convenio)abonarán 100 euros.
A. Compensación de las Guardias: Cantidad fija semanal: 225 euros, más: • Si se trabaja de lunes a viernes (19:00 - 23:00) x xxxxxxx (07:00 - 23:00), se podrá elegir entre:
1) No habrá devolución del tiempo trabajado, pero sí un pago del importe de la salario por hora con un incremento del 50%.
2) Sí habrá devolución del tiempo trabajado, más un pago del 50% xxx xxxxxxx por hora. • Si se trabaja durante el turno de noche (de 23:00 a 07:00) o días festivos o
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Guardias. cve: BOE-A-2014-13052 En algunas áreas operativas es necesario que Colt ofrezca La Corporación RTVE podrá fijar un servicio continuado a sus clientes de 24 horas al día y 7 días a la semana. En algunos equipos, no es necesario que los trabajadores estén físicamente presentes en las oficinas de Colt para proveer de este servicio. Cuando el empleado pueda ofrecer este servicio fuera de las oficinas de Colt, un sistema de guardias podrá ser organizado. El calendario será establecido por el jefe directo y será aprobado por el manager del departamento. A los empleados se les notificará de su turno régimen de guardias al menos que las personas trabajadoras serán asignadas, siempre que voluntariamente acepten la solicitud de la empresa de adscribirse al mismo. Además de realizar su jornada habitual, deberán permanecer localizables a través del sistema de localización que se determine, durante el periodo establecido. En el caso que no haya voluntarios, los servicios esenciales para el mantenimiento de edificios y señales serán cubiertos con 30 días personas designadas por el área de antelaciónforma rotatoria. Las guardias podrán ser de dos tipos:
a) De lunes a viernes.
b) Xx xxxxxx y domingo. Las guardias se fijarán mensualmente, cualquier cambio comunicándose en el calendario laboral será notificado cuadrante del mes correspondiente. En virtud de la guardia, la persona afectada por la misma deberá permanecer localizable y realizar la tarea que le sea encomendada, acudiendo al menos centro de trabajo o a exteriores, en cuyo caso el medio de transporte correrá por cuenta de la Corporación RTVE, con 7 días el carácter más inmediato posible, en caso de antelación, pero sin que dicha antelación sea inferior a cinco díasrequerida para ello. El sistema tiempo de trabajo empezará a contar desde el momento en que la persona trabajadora sea localizada y se computará como parte de la jornada mensual de la persona trabajadora. El régimen de guardias se organizará en turnos rotativos entre los distintos miembros del equipo y solo se podrán establecer puede suponer tanto la alteración horaria como la ampliación de la jornada. Este complemento no retribuye horas extraordinarias. El régimen de guardias no podrá recaer sobre una misma persona por más de dos periodos durante el mismo mes, uno de lunes a viernes entre las 19:00 y las 07:00 uno xx xxxxxx y durante los fines de semana. La necesidad de las guardias será determinada por los jefes de departamento y se aplicará dependiendo de las necesidades requeridas por los clientes. Será obligatorio domingo, salvo que un número mínimo de trabajadores cubran los turnos xx xxxxxxx necesarios. Los trabajadores voluntarios se tendrán en consideración primero y se les dará prioridadla persona lo acepte voluntariamente. El trabajador podrá renunciar expresamente, con aprobación incremento por más de la comisión dos periodos solicitado de revisión, siempre que forma voluntaria por más de una persona se preavise con un mes repartirá de antelación cuando concurran motivos personales debidamente justificados (ej. Motivos de salud, cambios en la situación familiar, reducción de jornada por guarda legal, tener a un familiar a su cargo o cualquier otra instancia que esté contemplada en el ETT o en el convenio)forma equitativa entre los solicitantes.
A. Compensación de las Guardias: Cantidad fija semanal: 225 euros, más: • Si se trabaja de lunes a viernes (19:00 - 23:00) x xxxxxxx (07:00 - 23:00), se podrá elegir entre:
1) No habrá devolución del tiempo trabajado, pero sí un pago del importe de la salario por hora con un incremento del 50%.
2) Sí habrá devolución del tiempo trabajado, más un pago del 50% xxx xxxxxxx por hora. • Si se trabaja durante el turno de noche (de 23:00 a 07:00) o días festivos o
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