Hora Legal Cláusulas de Ejemplo

Hora Legal. La Hora Legal de la República de Colombia es la señalada por la división de Meteorología de la Superintendencia de Industria y Comercio, link xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/ de acuerdo con lo establecido en el Numeral 5 del Artículo 20 del Decreto 2153 de 1992 y en la Directiva No. 0013 de 2005 de la Procuraduría General de la Nación "la Superintendencia de Industria y Comercio, mantiene, coordina y da la hora legal Colombiana”. Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto, todas las propuestas que se entreguen oportunamente, en la fecha y lugar indicados en este pliego de condiciones. En ningún caso EL ICETEX se hará responsable del retardo de los proponentes en la entrega de sus propuestas, por lo que resulta de su exclusiva responsabilidad el prever el cumplimiento del horario y sitio establecido.
Hora Legal. Para todas las actuaciones del presente proceso de selección, que se realicen a través del Sistema Electrónico de Contratación PúblicaSECOP II, se tomará como hora legal la que arroje dicha plataforma en el servidor de la Agencia Nacional de Minería. Para aquellas actuaciones que se realicen por fuera de la plataforma del SECOP II, la hora legal será regida y confirmada con el Instituto Nacional de Metrología, INM, como la entidad que mantiene, coordina y difunde la hora legal de la República de Colombia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.7.12.6 del Decreto Único Reglamentario 1075 de 2015. Para sincronizar su hora con la legal de la República de Colombia, la cual es la única vinculante para todos los efectos jurídicos, se sugiere configurar la plataforma del SECOP II con la zona horaria UTC -5 y consultar el siguiente enlace: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/
Hora Legal. La hora que se tendrá en cuenta para el cierre, será la que señale el link de hora legal colombiana que se encuentra en la página web del Instituto Nacional de Metrología e indique en voz alta el funcionario del ICETEX encargado del proceso, ya que de conformidad con lo consagrado por el Decreto No. 4175 de 2011, artículo 6, numeral 14, este órgano es el encargado de mantener, coordinar y difundir la hora legal en la República de Colombia. En su defecto se tendrá como hora oficial la previa llamada telefónica se indique por altavoz a través del número 117, o el número que a la fecha de cierre de la solicitud corresponda a este servicio. Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto, todas las propuestas que se entreguen oportunamente, en la fecha y lugar indicados en este Pliego de Condiciones. En ningún caso ICETEX se hará responsable del retardo de los Proponentes en la entrega de sus propuestas, por lo que resulta de su exclusiva responsabilidad el prever el cumplimiento del horario y sitio establecido.
Hora Legal. El presente Concurso de Méritos, se regirá por la hora legal colombiana certificada por la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual igualmente se encuentra indicada en la página Web de la entidad xxx.xxx.xxx.xx y en tal sentido deberá ser observada de manera estricta tanto por la entidad como por quienes participan en ella.
Hora Legal. La hora de todas las etapas del presente proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en el numeral 14° del Artículo 6º del Decreto 4175 de 2011, será regida y confirmada con el Instituto Nacional de Metrología, INM, como la entidad que mantiene, coordina y difunde la hora legal de la República de Colombia. Para sincronizar su hora con la legal de la República de Colombia, la cual es la única vinculante para todos los efectos jurídicos, se sugiere consultar el siguiente enlace: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/
Hora Legal. La presente invitación se regirá por la hora legal colombiana certificada por la Superintendencia de Industria y Comercio, y en tal sentido deberá ser observada de manera estricta tanto por la entidad como por quienes participen en ella.
Hora Legal. En cumplimiento a lo establecido en el Decreto 2707 de 16 de septiembre de 1982, el numeral 5 del artículo 20 del Decreto 2153 de 1992 y la Directiva No. 013 de 2005 de la Procuraduría General de la Nación, los actos programados dentro del presente proceso se regirán con la Hora Legal de la República de Colombia señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio. 2. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA

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  • MARCO LEGAL El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este contrato.

  • RÉGIMEN LEGAL Este contrato de condiciones uniformes se regirá por lo dispuesto en la Ley 142 de 1994, por sus decretos reglamentarios, por la regulación expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, por la Resolución CRA 720 de 20152 modificada por la Resolución CRA 751 de 2016, por el Decreto 1077 de 2015, por las condiciones especiales y/o adicionales que pacten las partes, por las normas del Código de Comercio y del Código Civil, normativa que se entiende incorporada al presente contrato de condiciones uniformes. Parágrafo 1. Se entiende incorporada en el contrato de servicios públicos, toda la normatividad vigente aplicable al contrato de servicios públicos. Parágrafo 2. Cuando haya conflicto entre las condiciones uniformes y las condiciones especiales se preferirán éstas. Se tendrá en cuenta que, a pesar de tener condiciones uniformes, el contrato de servicios públicos resulta celebrado con cada suscriptor y/o usuario en particular.

  • CAPACIDAD LEGAL A.1 REPRESENTACIÓN Requisitos: Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Promesa de consorcio con firmas legalizadas33, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 7) Importante para la Entidad De conformidad con el artículo 28 del Reglamento, en caso que el área usuaria haya establecido un número máximo de consorciados y/o el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato para el integrante que acredite mayor experiencia, consignar el o los párrafos siguientes: De conformidad con el artículo 28 del Reglamento, el número máximo de consorciados es de [CONSIGNAR EL NÚMERO MÁXIMO DE CONSORCIADOS] integrantes. Asimismo, el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia en obras similares, es de [CONSIGNAR EL PORCENTAJE MÍNIMO DE PARTICIPACIÓN EN LAS OBLIGACIONES DEL PARTICIPANTE QUE ACREDITE LA MAYOR EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES]. La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación: Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. Promesa de consorcio con firmas legalizadas.

  • BASE LEGAL Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. - Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE. - Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial. - Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. - Código Civil. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.

  • DOMICILIO LEGAL Xxxxxx Xx 000 - Xxxxxxxx - Xxxxxxxx

  • AUTORIZACIÓN LEGAL El impuesto predial unificado está autorizado por la Ley 44 de 1990 y es el resultado de la fusión de los siguientes gravámenes: a) El impuesto predial regulado en el Código de Régimen Municipal adoptado por el Decreto 1333 de 1986 y demás normas complementarias, especialmente las Leyes 14 de 1983, 55 de 1985 y 75 de 1986. b) El impuesto de parques y arborización, regulado en el Código de Régimen Municipal adoptado por el Decreto 1333 de 1986. c) El impuesto de estratificación socio-económica, creado por la Ley 9 de 1989. d) La sobretasa de levantamiento catastral a que se refieren las Leyes 128 de 1941, 50 de 1984 y 9 de1989.

  • Resumen de normas legales Acontecimientos extraordinarios cubiertos

  • Resumen de las normas legales Acontecimientos extraordinarios cubiertos

  • DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA Las personas interesadas en participar deberán presentar y cumplir con la documentación que se indica en forma enunciativa en el anexo 3. No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El licitante podrá presentar a su elección, dentro o fuera del sobre cerrado, la documentación distinta a la que conforma las propuestas técnica y económica, misma que forma parte de su proposición. a) Forma en que se acreditara la personalidad jurídica del licitante: 1. Del licitante: Clave del Registro Federal de Contribuyentes; el nombre y domicilio (calle y número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, teléfono, fax y correo electrónico), así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; número y fecha de las escrituras públicas en la que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó; así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, y relación del nombre de los socios que aparezcan en éstas. 2. Del representante del Licitante: número y fecha de las escrituras públicas en la que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó. b) Personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas: Presentar un escrito bajo protesta de decir verdad en la cual los licitantes (persona física o moral) manifiesten no encontrarse inhabilitados por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en términos de la Ley. De igual forma deberán presentar manifestación bajo protesta de decir verdad de que por su conducto, no participan en los procedimientos de contratación establecidos en Ley, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría c) Copia simple del Formato de Registro de Participación, que genera el Sistema COMPRANET. d) Identificación: Los licitantes entregarán junto con el Sobre cerrado, original o copia certificada para cotejo y Copia Simple por ambos lados para el expediente de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición. e) Carta poder simple: Los licitantes podrán hacerse representar por la persona que consideren mediante carta poder simple donde se le faculte para entregar proposiciones y participar en los actos de apertura de proposiciones y fallo. No será motivo de descalificación la falta de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las propuestas, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente, bajo la condición de registrar su asistencia y de abstenerse de intervenir en cualquier forma en este acto, lo que se anotará en el acta correspondiente (Anexo 15).

  • Preparación de las Ofertas IAO 10.1 El idioma en que se debe presentar la oferta es: Español