Identificación de riesgos legales Cláusulas de Ejemplo

Identificación de riesgos legales. Para la identificación de riesgos legales se tenderá a lo previsto por la Fracción I del artículo 86 de las Disposiciones Generales Aplicables a las Instituciones de Crédito, obligando a las Instituciones en general a llevar a cabo la administración del riesgo operacional, que de manera general señala: I. Las Instituciones para llevar a cabo la administración del riesgo operacional, deberán asegurarse del cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Segundo de las presentes disposiciones. Así mismo, deberán contar con políticas y procedimiento que contemple: a) La identificación, evaluación, seguimiento y control de los riesgos operacionales implícitos a los procesos de la Institución por categoría de riesgo. b) Los criterios para recabar y administrar las pérdidas por eventos de riesgo operacional.
Identificación de riesgos legales. Identificación de riesgos legales con base a la muestra revisada, conforme al inciso c), fracción II, del artículo 86, de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a Instituciones de Crédito, el cual señala que las instituciones de banca de desarrollo deberán asegurar... La existencia de sistemas de procesamiento de información para la administración de riesgos, que permitan restablecer los niveles mínimos de la operación del negocio ante fallas técnicas, eventos fortuitos o de fuerza mayor.
Identificación de riesgos legales. Es de precisar que anteriormente se solicitaba para la ejecución de la auditoria, la Identificación de riesgos legales con base a la muestra revisada, conforme al inciso c), de la fracción II, del artículo 86, de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a Instituciones de Crédito, ahora bien éste inciso y fracción (inciso “C”, frac.II, del art 86) ya fue derogada y no se encuentra vigente, la cual señalaba específicamente que las instituciones de banca de desarrollo deberán asegurar... “La existencia de sistemas de procesamiento de información para la administración de riesgos, que permitan restablecer los niveles mínimos de la operación del negocio ante fallas …” Que para mayor precisión la fracción I del artículo 86 señala : I. Las instituciones para llevar a cabo la administración del riesgo operacional, deberán asegurarse del cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Segundo de las presentes disposiciones. Asimismo, deberán contar con políticas y procedimiento que contemple: a) La identificación, evaluación, seguimiento y control de los riesgos operacionales implícitos a los procesos de la Institución por categoría de riesgo.
Identificación de riesgos legales. Es de precisar que anteriormente se solicitaba para la ejecución de la auditoria, la Identificación de riesgos legales con base a la muestra revisada, conforme al inciso c), de la fracción II, del artículo 86, de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a Instituciones de Crédito, ahora bien éste inciso y fracción (inciso “C”, frac.II, del art 86) ya fue derogada y no se encuentra vigente, la cual señalaba específicamente que las instituciones de banca de desarrollo deberán asegurar... “La existencia de sistemas de procesamiento de información para la administración de riesgos, que permitan restablecer los niveles mínimos de la operación del negocio ante fallas técnicas, eventos fortuitos o de fuerza mayor.” En virtud de que la fracción antes referida ya fue derogada de las Disposiciones no está sujeta a contemplarse en la ejecución de la auditoria, no obstante se actualizo la Fracción I del mismo artículo, obligando a las instituciones en general a llevar a cabo la administración del riesgo operacional, siendo que anteriormente esta obligación solo era aplicable a Instituciones de banca múltiple, y al ser modificada dicha fracción ya se contempla a la banca de desarrollo toda vez que de manera general señala “Las Instituciones …” Que para mayor precisión la fracción I del artículo 86 señala :

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  • DERECHOS DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Se entienden incorporados en el contrato de servicios públicos los derechos que a favor del suscriptor y/o usuario consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: 1. A ser tratado dignamente por la persona prestadora. 2. Al debido proceso, al derecho de defensa y contradicción. 3. A no ser discriminado por la persona prestadora de servicios públicos domiciliarios y a recibir trato igualitario. 4. A ser informado xxxxx y oportunamente de sus obligaciones y de las consecuencias de incumplirlas. 5. A presentar reclamaciones contra la factura sin que sea obligado al pago de las sumas reclamadas. 6. A la libre elección de la persona prestadora del servicio. 7. A que se le apliquen los descuentos por el incumplimiento de la persona prestadora en los estándares de calidad técnica e indicadores del servicio a los que está obligada en los términos de la Resolución CRA 720 de 2015 o la que la modifique, adicione o aclare. 8. A obtener información completa, precisa y oportuna sobre asuntos relacionados con la prestación del servicio. 9. A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a las peticiones, actuaciones, solicitudes o quejas que se propongan realizar, así como a llevarlas a cabo. 10. A conocer, en cualquier momento, el estado de los trámites adelantados ante la persona prestadora en los que tengan la condición de interesados y a obtener copias a su xxxxx. 11. A no presentar documentos que no sean exigidos por las normas legales aplicables a los procedimientos de que trate la gestión. 12. A reclamar cuando la persona prestadora aplique un estrato diferente al establecido por la respectiva entidad territorial competente para tales fines. 13. A reclamar en contra del uso asignado por la persona prestadora al inmueble objeto del servicio. 14. A conocer las condiciones uniformes del contrato. 15. A ser protegido contra el abuso de posición dominante contractual de las personas prestadoras de servicios públicos, para lo cual se deben tener en cuenta las causales que presumen abuso de la posición dominante previstas en el artículo 133 de la Ley 142 de 1994. 16. A la prestación continua de un servicio de buena calidad y a las reparaciones por falla en la prestación del servicio, de conformidad con el artículo 137 de la Ley 142 de 1994. 17. A obtener información clara, completa, precisa y oportuna del contenido de las facturas. 18. A presentar peticiones, quejas y recursos y a obtener respuesta oportuna y completa, de acuerdo con la normatividad vigente. 19. A recibir la factura a su cargo por lo menos con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha de pago oportuno señalada en la misma. 20. A la participación en los comités de desarrollo y control social. 21. Al cobro individual de la prestación del servicio en los términos previstos en la legislación y regulación vigente. 22. A que el prestador mantenga la reserva de sus datos personales y garantice su derecho al habeas data. 23. A que la persona prestadora del servicio no reporte a las centrales de riesgo su información sobre el incumplimiento de las obligaciones pecuniarias sin su consentimiento expreso y escrito. 24. Pactar libremente con la persona prestadora del servicio público de aseo el precio por el servicio para el manejo de residuos de construcción y demolición, así como de otros residuos especiales.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El Cliente podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: Servicio de Atención al Cliente del Grupo Ibercaja Xxx. xx Xxxxxxx Xxxxxxx, nº 2 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx 2. El Cliente, si así lo desea, podrá imprimir el formulario para efectuar su queja o reclamación desde la página Web corporativa de la ENTIDAD (xxx.xxxxxxxx.xx) y enviarlo por correo ordinario o entregarlo en cualquiera de las Oficinas de IBERCAJA. 3. Tanto el Servicio de Atención del Cliente como el Defensor del Cliente dispondrán de un plazo máximo de dos meses para resolver las quejas y reclamaciones recibidas. Transcurrido este plazo sin recibir una resolución, o si existiese disconformidad con la misma, el Cliente podrá recurrir ante los siguientes Organismos: Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios X/Xxxxxx, 48 28014 Madrid Teléfono: 00 000 00 00 Dirección de correo electrónico: xxxxxx@xxx.xx Comisionado para la Defensa del Inversor Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Teléfono: 00 000 00 00 4. El Cliente podrá acceder al contenido del Reglamento para la Defensa del Cliente del Grupo Ibercaja a través de la página Web de la ENTIDAD (xxx.xxxxxxxx.xx).

  • DEPENDENCIA, UNIDAD ORGÁNICA Y/O ÁREA SOLICITANTE Gerencia de Desarrollo Urbano

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • Xxxxxxx Santiago Xxxxxxx Directora de Recursos Materiales Secretaría de Administración Presente El suscrito representante legal del Proveedor denominado (Nombre o Denominación / Razón Social), manifiesto mi interés en participar en la (Procedimiento de Contratación y número del procedimiento), relativa al (Objeto de la Contratación), aceptando los términos y condiciones establecidas en las Bases de este concurso, y en consecuencia, presentar mi propuesta técnica y económica, sujetándome estrictamente a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Para lo cual, bajo protesta de decir verdad, proporciono la siguiente información: Datos Generales del interesado: Nombre: Registro Federal de Contribuyentes: Descripción del giro del contribuyente: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Así como, en su caso, los de su apoderado o representante legal. Denominación social / Razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Descripción del objeto social: Constitutiva: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público). Nombre de su representante legal: Poder del representante legal: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público)

  • CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El deber se mantendrá durante un plazo de cinco años. Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.