Common use of IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES Clause in Contracts

IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. EL MUNICIPIO DE ______________ entrega el bien, x xxx y a salvo por concepto de impuestos, tasas, contribuciones, valorizaciones, conexión e instalación de los servicios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, liquidados hasta la fecha de esta resolución, siendo de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DEL SUBSIDIO EN ESPECIE las sumas que por tales conceptos se liquiden a partir de la fecha. Las contribuciones de valorización y los reajustes a las actuales que fueren decretadas por las autoridades municipales a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, serán de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), lo mismo que el pago del impuesto predial. A partir de la fecha de la entrega del inmueble, serán de cargo de éste(os) el pago de las cuotas de administración en razón de la copropiedad y las tasas de servicios públicos como energía, acueducto y alcantarillado, etc. PARÁGRAFO PRIMERO. El proyecto inmobiliario cuenta con todas las obras de urbanismo necesarias para facilitar la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, energía, red interna de gas y redes telefónicas. La consecución y el pago de las líneas telefónicas y el respectivo aparato, serán por cuenta de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), sin que EL MUNICIPIO asuma responsabilidad alguna por el otorgamiento de dichas líneas, pues no depende de su voluntad, sino de las posibilidades de la Empresa de Telecomunicaciones que EL(LOS) BENEFICIARIO (S) escoja(n). PARÁGRAFO SEGUNDO. Estarán a cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), los reajustes en la liquidación de los derechos de conexión de tales servicios públicos que se decreten con posterioridad a la firma de la presente transferencia.

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IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. EL MUNICIPIO DE ______________ entrega Al preparar la propuesta, los interesados deberán tener en cuenta todos los impuestos, tasas y contribuciones que hayan de causarse o pagarse para la celebración y ejecución del contrato, los cuales corren por cuenta del adjudicatario y no darán lugar a ningún pago adicional a los precios pactados. Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención. Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes: Una vez suscrito el biencontrato, x xxx dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes se pagar el dos por ciento (2%) del valor total del contrato en estampillas de Previsión Social Municipal y a salvo el dos por ciento (2%) del valor total del contrato en Estampilla Pro-Cultura Municipal, También serán por cuenta del proponente favorecido los siguientes gravámenes: El dos por ciento (2%) del valor de las cuentas de cobro en Estampilla Pro-Hospitales Universitarios. El dos por ciento (2%) del valor de las cuentas de cobro en Estampillas Pro-Bienestar del Anciano. El dos por ciento (2%) del valor de las cuentas de cobro en Estampillas Pro-Desarrollo Departamental. El dos por ciento (2%) del valor de las cuentas de cobro en Estampillas Pro-Uis. El diez por ciento (10%) del valor cancelado por concepto de impuestosEstampillas departamentales. Cinco por mil (5 x 1.000) del valor de las cuentas de cobro, tasaspor concepto de Estampillas de Previsión Social Municipal. Ordenanza 012 de 2005 por el 10% del valor pagado en estampillas Departamentales Los demás gravámenes fiscales y parafiscales a que hubiere lugar. El contratista autorizará a la Entidad, contribuciones, valorizaciones, conexión e instalación para que por conducto de su Tesorería efectúe de los servicios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, liquidados hasta la fecha de esta resolución, siendo de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DEL SUBSIDIO EN ESPECIE pagos a su favor las sumas que deducciones por tales conceptos se liquiden a partir de la fecha. Las contribuciones de valorización y los reajustes a las actuales que fueren decretadas por las autoridades municipales a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, serán de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), lo mismo que el pago del impuesto predial. A partir de la fecha de la entrega del inmueble, serán de cargo de éste(os) el pago de las cuotas de administración en razón de la copropiedad y las tasas de servicios públicos como energía, acueducto y alcantarillado, etc. PARÁGRAFO PRIMERO. El proyecto inmobiliario cuenta con todas las obras de urbanismo necesarias para facilitar la prestación concepto de los servicios públicos de acueducto y alcantarilladogravámenes a que haya lugar, energía, red interna de gas y redes telefónicas. La consecución y el pago de las líneas telefónicas y el respectivo aparato, serán por cuenta de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), sin para que EL MUNICIPIO asuma responsabilidad alguna por el otorgamiento de dichas líneas, pues no depende de su voluntad, sino de las posibilidades de la Empresa de Telecomunicaciones que EL(LOS) BENEFICIARIO (S) escoja(n). PARÁGRAFO SEGUNDO. Estarán a cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), los reajustes en la liquidación de los derechos de conexión de tales servicios públicos que se decreten con posterioridad a la firma de la presente transferenciasean transferidos al Fondo u Organismo correspondiente.

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Samples: Modelo De Minuta Del Contrato

IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. EL MUNICIPIO DE ______________ entrega Al preparar la propuesta, los interesados deberán tener en cuenta todos los impuestos, tasas y contribuciones que hayan de causarse o pagarse para la celebración y ejecución del contrato, los cuales corren por cuenta del adjudicatario y no darán lugar a ningún pago adicional a los precios pactados. Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención. Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes:  El Municipio de Medellín será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el bienacuerdo 00 xx xxxxx 00 xx 0000 xxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx. Por lo que descontaran al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, x xxx el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).  Estampilla "Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de Labores", creada y modificada mediante los acuerdos 08 xx Xxxxx de 1996, 68 de diciembre de 1997 y 055 de diciembre 20 de 2002 del Concejo de Medellín, correspondiente al 1.0 % del valor total del contrato, antes de IVA. El Municipio de Medellín hará el descuento en el pago o pagos del contrato.  El Municipio de Medellín a salvo través de la Secretaría de Hacienda, Unidad de Contaduría, aplicará la retención del 2% por concepto de impuestosla estampilla “Para el bienestar del adulto mayor”, tasas, contribuciones, valorizaciones, conexión e instalación al momento de la elaboración de la orden de pago de los servicios contratos y adiciones suscritas, de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, liquidados hasta la fecha conformidad con el Decreto Municipal 409 del 23 de esta resolución, siendo febrero de cargo de EL(LOS2010. (aplica para los contratos superiores a 1500 SMMLV.) BENEFICIARIO(S) DEL SUBSIDIO EN ESPECIE las sumas que por tales conceptos se liquiden a partir de la fecha. Las contribuciones de valorización y los reajustes a las actuales que fueren decretadas por las autoridades municipales a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, serán de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), lo mismo que el pago del impuesto predial. A partir de la fecha de la entrega del inmueble, serán de cargo de éste(os) el pago de las cuotas de administración en razón de la copropiedad y las tasas de servicios públicos como energía, acueducto y alcantarillado, etc. PARÁGRAFO PRIMERO. El proyecto inmobiliario cuenta con todas las obras de urbanismo necesarias para facilitar la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, energía, red interna de gas y redes telefónicas. La consecución y el pago de las líneas telefónicas y el respectivo aparato, serán por cuenta de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), sin que EL MUNICIPIO asuma responsabilidad alguna por el otorgamiento de dichas líneas, pues no depende de su voluntad, sino de las posibilidades de la Empresa de Telecomunicaciones que EL(LOS) BENEFICIARIO (S) escoja(n). PARÁGRAFO SEGUNDO. Estarán a cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), los reajustes retención en la liquidación fuente por impuesto de Industria y Comercio, correspondiente al seis por mil (6 x 1000) del valor total del contrato, antes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de Medellín, se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención. En todo caso, corresponde al contratista sufragar todos los derechos impuestos que le correspondan de conexión de tales servicios públicos que se decreten conformidad con posterioridad a la firma de la presente transferencianormatividad vigente.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta

IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. EL MUNICIPIO DE ______________ entrega Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención. Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes:  El Municipio de Medellín será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el bienacuerdo 00 xx xxxxx 00 xx 0000 xxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx. Por lo que descontaran al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, x xxx el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).  Estampilla "Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de Labores", creada y modificada mediante los acuerdos 08 xx Xxxxx de 1996, 68 de diciembre de 1997 y 055 de diciembre 20 de 2002 del Concejo de Medellín, correspondiente al 1.0 % del valor total del contrato, antes de IVA. El Municipio de Medellín hará el descuento en el pago o pagos del contrato.  El Municipio de Medellín a salvo través de la Secretaría de Hacienda, Unidad de Contaduría, aplicará la retención del 2% por concepto de impuestosla estampilla “Para el bienestar del adulto mayor”, tasas, contribuciones, valorizaciones, conexión e instalación al momento de la elaboración de la orden de pago de los servicios contratos y adiciones suscritas, de acueductoconformidad con el Decreto Municipal 409 del 23 de febrero de 2010. (aplica para los contratos superiores a 1500 SMMLV.)  La retención en la fuente por impuesto de Industria y Comercio, alcantarilladocorrespondiente al seis por mil (6 x 1000) del valor total del contrato, energía eléctricaantes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de Medellín, liquidados hasta se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención.  La Contribución especial de seguridad creada por la fecha Ley 418 de esta resolución1997, siendo de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DEL SUBSIDIO EN ESPECIE las sumas que por tales conceptos se liquiden a partir de la fecha. Las contribuciones de valorización y los reajustes a las actuales que fueren decretadas prorrogada por las autoridades municipales a partir Leyes 548 de la fecha 1999, 782 de expedición 2002, 1106 de la presente resolución, serán 2006 y 1421 de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), lo mismo que el pago 2010 consiste en una contribución equivalente al 5% del impuesto predial. A partir de la fecha de la entrega del inmueble, serán de cargo de éste(os) el pago de las cuotas de administración en razón de la copropiedad y las tasas de servicios públicos como energía, acueducto y alcantarillado, etc. PARÁGRAFO PRIMERO. El proyecto inmobiliario cuenta con todas las obras de urbanismo necesarias para facilitar la prestación valor total de los servicios públicos contratos de acueducto y alcantarilladoobra pública, energíadescontada de cada pago realizado al contratista. En todo caso, red interna corresponde al contratista sufragar todos los impuestos que le correspondan de gas y redes telefónicas. La consecución y el pago de las líneas telefónicas y el respectivo aparato, serán por cuenta de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), sin que EL MUNICIPIO asuma responsabilidad alguna por el otorgamiento de dichas líneas, pues no depende de su voluntad, sino de las posibilidades de conformidad con la Empresa de Telecomunicaciones que EL(LOS) BENEFICIARIO (S) escoja(n). PARÁGRAFO SEGUNDO. Estarán a cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), los reajustes en la liquidación de los derechos de conexión de tales servicios públicos que se decreten con posterioridad a la firma de la presente transferencianormatividad vigente.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta

IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. EL MUNICIPIO DE ______________ entrega El Concesionario es responsable del pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones o gravámenes en general, sean nacionales, provinciales o municipales, que graven al Concesionario o a la actividad que desarrolle en la operación del Grupo de Servicios Concedido, o el bienuso y goce de los bienes entregados en Concesión, x xxx a excepción de los impuestos que graven la propiedad de dichos bienes, como ser los impuestos inmobiliarios o el impuesto a los activos, los cuales , de resultar de titularidad del ESTADO NACIONAL, a través de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA, actualmente en liquidación se encuentran exentos en virtud de los prescripto por el Artículo 38 de la Ley Nº 18.360 y a salvo por concepto el Artículo 19 del Decreto Nº 502/91. El Concesionario será responsable del pago de impuestos, tasas, contribucionescontribuciones o gravámenes en general que pudiesen recaer sobre el Grupo de Servicios Concedido o sobre la operación del mismo, valorizacionesa excepción que correspondan al período anterior al de la Toma de Posesión. En relación al Impuesto al Valor Agregado y Derechos de Importación correspondientes a las inversiones del PLAN DE MODERNIZACION Y ELECTRIFICACION incorporado al Contrato de Concesión por esta ADDENDA, conexión e instalación de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS realizará sus mejores esfuerzos ante los servicios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, liquidados hasta la fecha organismos competentes en relación a las gestiones que se indican en el Anexo 8 de esta resolución, siendo de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DEL SUBSIDIO EN ESPECIE las sumas que ADDENDA.45 45 T.O por tales conceptos se liquiden a partir de la fechaADDENDA en su Artículo 17º “ Cuestiones Impositivas”. Las contribuciones de valorización y los reajustes a las actuales que fueren decretadas por las autoridades municipales a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, serán de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), lo mismo que el pago del impuesto predial. A partir de la fecha de la entrega del inmueble, serán de cargo de éste(os) el pago de las cuotas de administración en razón de la copropiedad y las tasas de servicios públicos como energía, acueducto y alcantarillado, etc. PARÁGRAFO PRIMERO. El proyecto inmobiliario cuenta con todas las obras de urbanismo necesarias para facilitar la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, energía, red interna de gas y redes telefónicas. La consecución y el pago de las líneas telefónicas y el respectivo aparato, serán por cuenta de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), sin que EL MUNICIPIO asuma responsabilidad alguna por el otorgamiento de dichas líneas, pues no depende de su voluntad, sino de las posibilidades de la Empresa de Telecomunicaciones que EL(LOS) BENEFICIARIO (S) escoja(n). PARÁGRAFO SEGUNDO. Estarán a cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), los reajustes en la liquidación de los derechos de conexión de tales servicios públicos que se decreten con posterioridad a la firma de la presente transferenciaTexto agregado.

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Samples: Contrato De Concesión De

IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. EL MUNICIPIO DE ______________ entrega Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención. Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes:  El Municipio de Medellín será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el bienacuerdo 00 xx xxxxx 00 xx 0000 xxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx. Por lo que descontaran al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, x xxx y el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a salvo 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).  El Municipio de Medellín a través de la Secretaría de Hacienda, Unidad de Contaduría, aplicará la retención del 2% por concepto de impuestosla estampilla “Para el bienestar del adulto mayor”, tasas, contribuciones, valorizaciones, conexión e instalación al momento de la elaboración de la orden de pago de los servicios contratos y adiciones suscritas, de acueductoconformidad con el Decreto Municipal 409 del 23 de febrero de 2010 (aplica para los contratos superiores a 1500 SMMLV).  La retención en la fuente por impuesto de Industria y Comercio, alcantarilladocorrespondiente al seis por mil (6 x 1000) del valor total del contrato, energía eléctricaantes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de Medellín, liquidados hasta se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención.  La Contribución especial de seguridad creada por la fecha Ley 418 de esta resolución1997, siendo de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DEL SUBSIDIO EN ESPECIE las sumas que por tales conceptos se liquiden a partir de la fecha. Las contribuciones de valorización y los reajustes a las actuales que fueren decretadas prorrogada por las autoridades municipales a partir Leyes 548 de la fecha 1999, 782 de expedición 2002, 1106 de la presente resolución2006 y 1421 de 2010, serán de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), lo mismo que el pago consiste en una contribución equivalente al 5% del impuesto predial. A partir de la fecha de la entrega del inmueble, serán de cargo de éste(os) el pago de las cuotas de administración en razón de la copropiedad y las tasas de servicios públicos como energía, acueducto y alcantarillado, etc. PARÁGRAFO PRIMERO. El proyecto inmobiliario cuenta con todas las obras de urbanismo necesarias para facilitar la prestación valor total de los servicios públicos contratos de acueducto y alcantarilladoobra pública, energíadescontada de cada pago realizado al contratista. En todo caso, red interna corresponde al contratista sufragar todos los impuestos que le correspondan de gas y redes telefónicas. La consecución y el pago de las líneas telefónicas y el respectivo aparato, serán por cuenta de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), sin que EL MUNICIPIO asuma responsabilidad alguna por el otorgamiento de dichas líneas, pues no depende de su voluntad, sino de las posibilidades de conformidad con la Empresa de Telecomunicaciones que EL(LOS) BENEFICIARIO (S) escoja(n). PARÁGRAFO SEGUNDO. Estarán a cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), los reajustes en la liquidación de los derechos de conexión de tales servicios públicos que se decreten con posterioridad a la firma de la presente transferencianormatividad vigente.

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IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. EL MUNICIPIO DE ______________ entrega Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención. Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes:  El Municipio de Medellín será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el bienacuerdo 00 xx xxxxx 00 xx 0000 xxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx. Por lo que descontaran al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, x xxx el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).  Estampilla "Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de Labores", creada y modificada mediante los acuerdos 08 xx Xxxxx de 1996, 68 de diciembre de 1997 y 055 de diciembre 20 de 2002 del Concejo de Medellín, correspondiente al 1.0 % del valor total del contrato, antes de IVA. El Municipio de Medellín hará el descuento en el pago o pagos del contrato.  El Municipio de Medellín a salvo través de la Secretaría de Hacienda, Unidad de Contaduría, aplicará la retención del 2% por concepto de impuestosla estampilla “Para el bienestar del adulto mayor”, tasas, contribuciones, valorizaciones, conexión e instalación al momento de la elaboración de la orden de pago de los servicios contratos y adiciones suscritas, de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, liquidados hasta la fecha conformidad con el Decreto Municipal 409 del 23 de esta resolución, siendo febrero de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DEL SUBSIDIO EN ESPECIE las sumas que por tales conceptos se liquiden 2010 (aplica para los contratos superiores a partir de la fecha. Las contribuciones de valorización y los reajustes a las actuales que fueren decretadas por las autoridades municipales a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, serán de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), lo mismo que el pago del impuesto predial. A partir de la fecha de la entrega del inmueble, serán de cargo de éste(os) el pago de las cuotas de administración en razón de la copropiedad y las tasas de servicios públicos como energía, acueducto y alcantarillado, etc. PARÁGRAFO PRIMERO. El proyecto inmobiliario cuenta con todas las obras de urbanismo necesarias para facilitar la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, energía, red interna de gas y redes telefónicas. La consecución y el pago de las líneas telefónicas y el respectivo aparato, serán por cuenta de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), sin que EL MUNICIPIO asuma responsabilidad alguna por el otorgamiento de dichas líneas, pues no depende de su voluntad, sino de las posibilidades de la Empresa de Telecomunicaciones que EL(LOS) BENEFICIARIO (S) escoja(n1500 SMMLV). PARÁGRAFO SEGUNDO. Estarán a cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), los reajustes  La retención en la liquidación fuente por Impuesto de Industria y Comercio, correspondiente al dos por mil (2 x 1000) del valor total del contrato, antes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de Medellín, se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención.  La retención en la fuente por Impuesto Sobre la Renta para la Equidad – CREE correspondiente al 0.3%, 0.6% o 1.5% del valor total del contrato, antes de IVA. En todo caso, corresponde al contratista sufragar todos los derechos impuestos que le correspondan de conexión de tales servicios públicos que se decreten conformidad con posterioridad a la firma de la presente transferencianormatividad vigente.

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IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. EL MUNICIPIO DE ______________ entrega Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención. Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes:  El Municipio de Medellín será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el bienacuerdo 00 xx xxxxx 00 xx 0000 xxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx. Por lo que descontaran al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, x xxx el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).  Estampilla "Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de Labores", creada y modificada mediante los acuerdos 08 xx Xxxxx de 1996, 68 de diciembre de 1997 y 055 de diciembre 20 de 2002 del Concejo de Medellín, correspondiente al 1.0 % del valor total del contrato, antes de IVA. El Municipio de Medellín hará el descuento en el pago o pagos del contrato.  El Municipio de Medellín a salvo través de la Secretaría de Hacienda, Unidad de Contaduría, aplicará la retención del 2% por concepto de impuestosla estampilla “Para el bienestar del adulto mayor”, tasas, contribuciones, valorizaciones, conexión e instalación al momento de la elaboración de la orden de pago de los servicios contratos y adiciones suscritas, de acueductoconformidad con el Decreto Municipal 409 del 23 de febrero de 2010 (aplica para los contratos superiores a 1500 SMMLV).  La retención en la fuente por impuesto de Industria y Comercio, alcantarilladocorrespondiente al seis por mil (6 x 1000) del valor total del contrato, energía eléctricaantes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de Medellín, liquidados hasta se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención.  La Contribución especial de seguridad creada por la fecha Ley 418 de esta resolución1997, siendo de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DEL SUBSIDIO EN ESPECIE las sumas que por tales conceptos se liquiden a partir de la fecha. Las contribuciones de valorización y los reajustes a las actuales que fueren decretadas prorrogada por las autoridades municipales a partir Leyes 548 de la fecha 1999, 782 de expedición 2002, 1106 de la presente resolución2006 y 1421 de 2010, serán de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), lo mismo que el pago consiste en una contribución equivalente al 5% del impuesto predial. A partir de la fecha de la entrega del inmueble, serán de cargo de éste(os) el pago de las cuotas de administración en razón de la copropiedad y las tasas de servicios públicos como energía, acueducto y alcantarillado, etc. PARÁGRAFO PRIMERO. El proyecto inmobiliario cuenta con todas las obras de urbanismo necesarias para facilitar la prestación valor total de los servicios públicos contratos de acueducto y alcantarilladoobra pública, energíadescontada de cada pago realizado al contratista. En todo caso, red interna corresponde al contratista sufragar todos los impuestos que le correspondan de gas y redes telefónicas. La consecución y el pago de las líneas telefónicas y el respectivo aparato, serán por cuenta de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), sin que EL MUNICIPIO asuma responsabilidad alguna por el otorgamiento de dichas líneas, pues no depende de su voluntad, sino de las posibilidades de conformidad con la Empresa de Telecomunicaciones que EL(LOS) BENEFICIARIO (S) escoja(n). PARÁGRAFO SEGUNDO. Estarán a cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), los reajustes en la liquidación de los derechos de conexión de tales servicios públicos que se decreten con posterioridad a la firma de la presente transferencianormatividad vigente.

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