IMPUGNACIÓN. De conformidad con lo previsto en el Art. Nº 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los OFERENTES tendrán un plazo de TRES (3) DÍAS para formular impugnaciones, de su publicación a través del portal Buenos Aires Compras (BAC). Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su Art. 20 inc. b), dando de esa manera intervención al Órgano Legal de Consulta.
IMPUGNACIÓN. Los postores tendrán ocho (8) días hábiles a partir del día hábil siguiente de la fecha de adjudicación de la Buena Pro del Concurso, para presentar el respectivo recurso de reconsideración impugnando dicho acto. La impugnación se planteará por escrito y deberá estar firmada por el representante legal indicado por el postor5. Son requisitos indispensables para la impugnación del Concurso Público que el postor haya dejado constancia en el Acta de Adjudicación de la Buena Pro de su intención de hacerlo y la presentación de la respectiva Carta Fianza (Modelo Anexo N° 14). La impugnación deberá estar referida únicamente a la evaluación de la Propuesta Técnica que corresponda al postor que la presenta. El recurso de reconsideración se presenta ante El Comité, quien resolverá en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, luego de lo cual, el postor dispondrá de dos (2) días hábiles para interponer recurso de apelación. El recurso de apelación será presentado ante El Comité, el mismo que lo elevará a la Dirección Ejecutiva, la cual contará con un plazo no mayor a tres (3) días hábiles para resolver. Si el recurso de reconsideración o el de apelación fuese declarado fundado por El Comité o por la Dirección Ejecutiva, respectivamente, se comunicará a todos los postores la modificación del resultado de la evaluación de las Propuestas Técnicas, y del nuevo resultado de la Adjudicación de la Buena Pro, de ser el caso, con lo que queda finalizado el Concurso y se procederá a devolver las respectivas cartas fianzas. La carta fianza presentada como garantía de impugnación será ejecutada por PROINVERSIÓN en caso se declare infundado o improcedente el recurso de apelación presentado por el postor, o en caso que dicho recurso de apelación no fuera interpuesto dentro del plazo establecido en el cuarto párrafo del presente Numeral 2.8, según corresponda.
IMPUGNACIÓN. De conformidad con lo previsto en el Art. 20 b) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los oferentes previo depósito de la garantía pertinente, tendrán un plazo de tres (3) días para formular impugnaciones contados desde el vencimiento del término fijado para los anuncios de la preadjudicación, conforme el artículo anterior. Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su Art. 20 inc. b), dando de esa manera intervención al Órgano Legal de Consulta.
IMPUGNACIÓN. Los interesados y proveedores podrán impugnar conforme a lo normado en la Ley N° 3909, los siguientes actos administrativos:
IMPUGNACIÓN. Contra las presentes bases, siendo que su acuerdo aprobatorio es definitivo en via administrativa, se podrá interponer por los interesados legitimados los siguientes recursos: • Con carácter potestativo recuso de reposición ante el mismo órgano que dictou el acto recurrido en plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el BOP. Se había transcurrido un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este había sido resuelto, podrán entenderse que fue desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo a su elección ante lo Juzgado del Contencioso-Administrativo en el plazo de seis meses. • Recurso contencioso-administrativo a su elección ante lo Juzgado del Contencioso administrativo xx Xxxx dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el BOP. Contra cantos actos administrativos se deriven de las bases y de la actuación del Tribunal, podrán ser interpuestos por los interesados los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de otoño, y en la Ley 29/98, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa Don/Doña………….………………....................................................................con el D.N.I. núm. ……………….….......... y con dirección a efecto de notificaciones en .......................................... teléfono………………...., y dirección de correo electrónico ……………………………………enterado de la convocatoria para cubrir el puesto de trabajo de limpiadora mediante concurso, publicada en el BOP núm. ………... de fecha , 1º.-Que conoce el contenido de las bases reguladoras de esta convocatoria. 2º.-Que en la fecha de final del plazo de presentación de solicitudes cumple todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases.
IMPUGNACIÓN. La resolución que en una protesta dicte la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT), se podrá impugnar ante el Tribunal de Cuentas.
IMPUGNACIÓN. Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
IMPUGNACIÓN. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra las presentes Bases, podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Villablino, en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación de las mismas en el Tablón municipal de Edictos y Oficina Pública de Empleo de Villablino, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses contados a partir de dicha publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxx. Así mismo, contra las Resoluciones y actos de trámite del Tribunal Calificador si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar en el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los interesados podrán interponer recurso de alzada impropio ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente. Datos de la persona solicitante Nombre y apellidos …… CIF/NIF …… Dirección …… Código postal …… Municipio …… Provincia …… Teléfono …… Móvil …… Email …… Expone:
IMPUGNACIÓN. La presente convocatoria, sus bases y las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los plazos y formas siguientes: - Potestativamente, mediante RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Alcalde-Presidente en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el BOP. - Mediante RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases. - Los acuerdos del Tribunal, mediante RECURSO DE ALZADA, ante el Sr. Alcalde-Presidente en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de dicho Acuerdo en el Tablón de Anuncios de la Corporación.
IMPUGNACIÓN. Los oferentes podrán formular impugnaciones fundadas a la pre-adjudicación, dentro de los tres (3) días corridos, a contar desde el vencimiento del término fijado para los anuncios. Las mismas podrán realizarse en la Dirección de General de Contrataciones Estratégicas y/o Interjurisdiccionales. Las impugnaciones deberán estar fundadas en la Ley, su reglamentación, en las presentes Cláusulas Particulares, Técnicas y deberán ser acompañadas de la constancia de un depósito previo efectuado en una cuenta corriente bancaria indicada por la Repartición Licitante, como garantía de impugnación, equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total autorizado.