Incorporación. Cualquier otro fondo de igual o similar naturaleza al FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS SKANDIA MULTIFUND administrado por Skandia Pensiones y Cesantías S.A. o por una aseguradora u otra administradora, podrá incorporarse al FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS SKANDIA MULTIFUND, siempre que las reglas que rijan a los Partícipes y a los Patrocinadores sean compatibles en uno y otro fondo. Mediante la incorporación, el fondo respectivo se disolverá sin liquidarse para ser incorporado al fondo administrado por Skandia, adquiriendo el fondo incorporante todos los derechos y obligaciones del fondo incorporado. Skandia como administradora del fondo incorporante y la administradora del fondo incorporado, con posterioridad a la incorporación, dejarán constancia de la misma por escritura pública que se inscribirá en el registro mercantil. La escritura deberá contener, por lo menos, la denominación del fondo incorporante y la del incorporado y la declaración de Skandia sobre la incorporación, la cual por si misma conlleva la adquisición por parte del fondo incorporante, de todos los bienes, derechos y obligaciones del fondo incorporado, sin necesidad de trámite alguno. Una vez que la escritura pública de incorporación se haya inscrito en el registro mercantil, de la misma se dará noticia a los Partícipes y a los Patrocinadores y a los miembros de las Comisiones de Control. Dentro de los tres meses siguientes a la inscripción de la incorporación en el registro mercantil, Skandia Pensiones y Cesantías S.A. convocará a Asambleas de Partícipes y de Patrocinadores con el objeto de nombrar una nueva Comisión de Control.
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Samples: Reglamento Y Plan General De Pensiones, Reglamento Y Plan General De Pensiones, Reglamento Y Plan General De Pensiones
Incorporación. Cualquier otro fondo 1.1. En virtud del presente instrumento, el SII solicita a BANCOESTADO su incorporación al canal de igual o similar naturaleza pago en línea COMPRAQUÍ WEB BANCOESTADO.
1.2. El SII se ha informado previamente acerca de los servicios, operación y procedimientos establecidos en este Anexo Técnico Operativo y sus documentos complementarios y ha tomado conocimiento de las obligaciones y responsabilidades asumidas al FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS SKANDIA MULTIFUND administrado por Skandia Pensiones y Cesantías S.A. o por una aseguradora u otra administradora, podrá suscribirlo e incorporarse al FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS SKANDIA MULTIFUNDcanal de pagos en línea COMPRAQUÍ WEB BANCOESTADO, manifestando su adhesión al mismo en todos sus términos y condiciones.
1.3. El SII deberá mantener siempre actualizados sus datos registrados en BANCOESTADO, comunicándose con BANCOESTADO a través de las direcciones de correo electrónico informadas al efecto por el Banco.
1.4. El SII es responsable de informar oportunamente a BANCOESTADO de cualquier cambio en relación a la información sobre las cuentas bancarias donde deban efectuarse los abonos correspondientes al pago y recaudación de tributos y cualquier otro ingreso público.
1.5. Las especificaciones técnicas de integración son entregadas por BANCOESTADO. Cualquier requerimiento especial del Cliente, no contemplado en el servicio estándar de operación que BANCOESTADO presta a través de COMPRAQUÍ WEB BANCOESTADO, requerirá ser pactado expresamente entre las reglas partes.
1.6. Las condiciones de COMPRAQUÍ WEB BANCOESTADO y de los servicios prestados por BANCOESTADO en conformidad a las instrucciones y normas operacionales que rijan el Banco establezca al efecto, como sus posteriores modificaciones, serán consensuadas con el SII.
1.7. El método de pago solamente comprende la recaudación electrónica con cargo a los Partícipes las cuentas bancarias de BANCOESTADO: CuentaRUT, Cuenta Corriente, Chequera Electrónica y a los Patrocinadores sean compatibles cualquier otra cuenta vista que el Banco implemente en uno y otro fondo. Mediante la incorporación, el fondo respectivo se disolverá sin liquidarse para ser incorporado al fondo administrado por Skandia, adquiriendo el fondo incorporante todos los derechos y obligaciones del fondo incorporado. Skandia como administradora del fondo incorporante y la administradora del fondo incorporadofuturo, con posterioridad a la incorporación, dejarán constancia de la misma por escritura pública que se inscribirá en el registro mercantil. La escritura deberá contener, por lo menos, la denominación del fondo incorporante y la del incorporado y la declaración de Skandia sobre la incorporación, la cual por si misma conlleva la adquisición por parte del fondo incorporante, de todos los bienes, derechos y obligaciones del fondo incorporado, sin necesidad de trámite alguno. Una vez que la escritura pública de incorporación se haya inscrito en el registro mercantil, de la misma se dará noticia a los Partícipes y a los Patrocinadores y a los miembros sola excepción de las Comisiones Cuentas de Control. Dentro de los tres meses siguientes a la inscripción de la incorporación en Ahorro y aquellas que el registro mercantil, Skandia Pensiones y Cesantías S.A. convocará a Asambleas de Partícipes y de Patrocinadores con el objeto de nombrar una nueva Comisión de ControlBanco no les asigne esta funcionalidad.
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Samples: Convenio Interadministrativo
Incorporación. Cualquier otro fondo El que resulte seleccionado, dentro de igual o similar naturaleza al FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS SKANDIA MULTIFUND administrado por Skandia Pensiones y Cesantías S.A. o por una aseguradora u otra administradora, podrá incorporarse al FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS SKANDIA MULTIFUND, siempre que las reglas que rijan a los Partícipes y a los Patrocinadores sean compatibles en uno y otro fondo. Mediante la incorporación, el fondo respectivo se disolverá sin liquidarse para ser incorporado al fondo administrado por Skandia, adquiriendo el fondo incorporante todos los derechos y obligaciones del fondo incorporado. Skandia como administradora del fondo incorporante y la administradora del fondo incorporado, con posterioridad tres días hábiles siguientes a la incorporación, dejarán constancia de la misma por escritura pública que se inscribirá publicación del resultado en el registro mercantil. La escritura Tablón de Anuncios Municipal, teniendo tal publicación efectos de requerimiento, deberá contenerde aportar, por en el caso de que no lo menoshaya hecho con anterioridad, la denominación siguiente documentación: - Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del fondo incorporante y la servicio del incorporado y la declaración de Skandia sobre la incorporación, la cual por si misma conlleva la adquisición por parte del fondo incorporanteEstado, de todos los bieneslas Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, derechos y obligaciones del fondo incorporado, sin necesidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de trámite algunofunciones públicas. - Declaración jurada de no encontrarse incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad. - Certificado o reconocimiento médico acreditativo de no padecer enfermedad o limitación física o psíquica incompatible con el desarrollo de las funciones correspondientes al puesto. Una vez aportada tal documentación, será nombrado, por resolución de la Alcaldía, personal laboral temporal del ayuntamiento para el cargo para el que ha sido seleccionado y, previa firma del correspondiente contrato y alta en la escritura pública Seguridad Social, habrá de incorporación incorporarse a su puesto el 15 xx xxxxx de 2009. Quien dentro del plazo de tres días indicado, salvo causa de fuerza mayor, no presentara la documentación, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudiera incurrir por falsedad en su instancia, pasando a ocupar su puesto el siguiente candidato por el orden de la puntuación obtenida. Con la finalidad de agilizar los trámites, los llamamientos o requerimientos a los siguientes candidatos se haya inscrito efectuarán telefónicamente, contactándose con ellos en el registro mercantilnúmero de teléfono que dejen de referencia en la solicitud, pasando al siguiente candidato en el supuesto de que no se contactase con el que correspondiera después de tres llamadas en horas diferentes a lo largo de dos días. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma que establece la Ley 30/1992, de la misma se dará noticia a los Partícipes y a los Patrocinadores y a los miembros 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Comisiones Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. D./Dña. con D.N.I. y con domicilio a efectos de Control. Dentro de los tres meses siguientes a la inscripción de la incorporación notificaciones en y teléfono Por lo cual SOLICITA ser admitido en el registro mercantilcorrespondiente proceso selectivo. Monfero, Skandia Pensiones y Cesantías S.A. convocará a Asambleas de Partícipes y de Patrocinadores con el objeto de nombrar una nueva Comisión de Control.2009
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Samples: Contratación Laboral Temporal