Infracción grave. La actuación del adjudicatario que provoque la depreciación del dominio público o sus instalaciones, en su caso. - El no disponer de los medios técnicos, materiales y personales necesarios para la prestación del servicio. - La realización de actos que causen perjuicio o atenten contra la buena imagen del Ayuntamiento. - No ejecutar el Proyecto en cada una de las acciones establecidas. - La comisión reiterada (tres o más veces) de una infracción leve. - Y en todo caso se entenderá como infracción grave, toda ejecución defectuosa del contrato que suponga una perturbación en la ejecución del objeto del mismo sin que impida su ejecución. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 5% del presupuesto del contrato.
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Samples: Servicios Artísticos De Producción, Patrocinio Publicitario
Infracción grave. El incumplimiento reiterado de la calidad de los servicios. - La actuación del adjudicatario que provoque la depreciación del dominio público utilización de elementos materiales o sus instalaciones, en su casopersonales sin autorización expresa. - El ocultamiento o falseamiento de información que sobre controles y partes de trabajo esté obligado el contratista a facilitar al Ayuntamiento. - La no disponer realización de los medios técnicos, materiales y personales necesarios para prestaciones o la prestación del serviciorealización muy defectuosa de las mismas. - La realización de actos que causen perjuicio o atenten contra las prestaciones de forma defectuosa, con repercusión para la buena imagen del Ayuntamiento. - No ejecutar el Proyecto en cada una salubridad e higiene pública e incumplimiento de las acciones establecidasla normativa. - La comisión reiterada (reiteración de tres o más veces) de una infracción levefaltas leves cometidas en un año. - Y en todo caso se entenderá como considerará infracción grave, grave toda ejecución defectuosa del contrato que suponga una perturbación en la ejecución del objeto del mismo sin que impida su ejecución. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 55 % del presupuesto del contrato.
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Infracción grave. La actuación del adjudicatario que provoque la depreciación del dominio público o sus instalaciones, en su caso El trato desconsiderado a los usuarios/as de las actividades. - El no disponer de los medios técnicos, materiales y personales necesarios para la prestación del servicio. - El incumplimiento reiterado de la calidad de los servicios. La realización de actos que causen perjuicio o atenten contra la buena imagen del Ayuntamiento. - No ejecutar el Proyecto en cada una de las acciones establecidas. - La comisión reiterada (tres o más veces) de una infracción leve. - El incumplimiento de horarios. No ejecutar el Proyecto en cada una de las acciones establecidas. Y en todo caso se entenderá como infracción grave, toda ejecución defectuosa del contrato que suponga una perturbación en la ejecución del objeto del mismo sin que impida su ejecución. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 55 % del presupuesto del contrato.
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Samples: Contract for Services
Infracción grave. La actuación del adjudicatario que provoque El trato desconsiderado a los usuarios/as de las actividades. El incumplimiento reiterado de la depreciación del dominio público o sus instalaciones, en su caso. - El no disponer calidad de los medios técnicos, materiales y personales necesarios para la prestación del servicioservicios. - La realización de actos que causen perjuicio o atenten contra la buena imagen del Ayuntamiento. - No ejecutar el Proyecto en cada una de las acciones establecidas. - La comisión reiterada (tres o más veces) de una infracción leve. - Y en todo caso se entenderá como infracción grave, toda ejecución defectuosa del contrato que suponga una perturbación en la ejecución del objeto del mismo sin que impida su ejecución. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 55 % del presupuesto del contrato.
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Infracción grave. La actuación del adjudicatario que provoque la depreciación del dominio público o sus instalaciones, en su caso. - El incumplimiento de horarios. - El trato desconsiderado a los usuarios/as de las actividades. - El no disponer de los medios técnicos, materiales y personales necesarios para la prestación del servicio. - La realización de actos que causen perjuicio o atenten contra la buena imagen del Ayuntamiento. - No ejecutar el Proyecto en cada una de las acciones establecidas. - La comisión reiterada (tres o más veces) de una infracción leve. - Y en todo caso se entenderá como infracción grave, toda ejecución defectuosa del contrato que suponga una perturbación en la ejecución del objeto del mismo sin que impida su ejecución. La penalidad consistirá en un porcentaje de hasta el 5% del presupuesto del contrato.
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Samples: Contract for Services