AHORROS ENERGÉTICOS Cláusulas de Ejemplo

AHORROS ENERGÉTICOS. El CONTRATISTA manifiesta y garantiza que el Proyecto objeto de este Contrato permitirá al CONTRATANTE obtener, durante el plazo de [número] años, contados desde la Verificación del Proyecto por la Entidad Validadora, los Ahorros Energéticos Garantizados. Para determinar si se han alcanzado los Ahorros Energéticos Garantizados, deberá realizarse por el CONTRATISTA cada 12 meses contados desde la entrada en operación de los Equipos provistos por el CONTRATISTA o al cabo de la fracción restante, si fuere menor a 12 meses y hasta la fecha de terminación del presente Contrato, mediciones de acuerdo a lo señalado en la sección 8.3 siguiente, para determinar los porcentajes de ahorro real obtenido durante el período correspondiente (el “Ahorro Energético Efectivo”) y, en caso de ser necesario, el índice de desviación entre los Ahorros Energéticos Garantizados y los Ahorros Energéticos Efectivos en dicho período; el CONTRATANTE autoriza desde la suscripción del presente Contrato el acceso de personal del CONTRATISTA a sus instalaciones con el objeto de realizar las mediciones, y corroborar el cumplimiento de las Condiciones Técnicas. Las Partes llevarán a cabo los siguientes protocolos para medir los ahorros energéticos del Proyecto: Luego de transcurridos 12 meses contados desde la entrada en operación de los Equipos provistos por el CONTRATISTA o al cabo de la fracción restante, si fuere menor a 12 meses, el CONTRATISTA deberá realizar una visita al Proyecto para llevar a cabo una medición de los Ahorros (la “Medición” o “Mediciones”) y determinar lo siguiente: El Ahorro Energético Efectivo generado por los Equipos en el periodo de funcionamiento correspondiente. El índice de la desviación entre los Ahorros Energéticos Garantizados y el Ahorro Energético Efectivo en dicho período. En su caso, el importe de la indemnización por no haber alcanzado los Ahorros Energéticos Garantizados que corresponda a dicho período. El CONTRATISTA realizará las mediciones y cálculos de ahorros de energía del Proyecto de acuerdo con los parámetros y procedimientos establecidos en el Anexo 3 de este Contrato. Al finalizar la Medición, el CONTRATISTA deberá suscribir y poner a disposición del CONTRATANTE una copia de un reporte de medición (el “Reporte de Medición de Ahorros Energéticos”, que deberá ser estructurado de conformidad con el Anexo 6 del Contrato). Cuando el cálculo de los Ahorros Energéticos Efectivos arroje que estos sean inferiores a los Ahorros Energéticos Garantizad...
AHORROS ENERGÉTICOS. En todo momento se deberá dar prioridad a los sistemas de ahorro energético sobre otros sistemas que generan mayor contaminación. En el caso concreto de la Piscina de Bola de Oro estará como sistema principal la Energía Solar con todas sus instalaciones vinculadas, como secundaria la Biomasa y para situaciones anormales o de emergencia, el gasoil. Se generarán extractos mensuales donde se identifiquen los sistemas empleados y las prioridades establecidas. Se deberán efectuar arranques cada cierto tiempo de los sistemas actuales xx Xxxxxxxx para evitar su deterioro y falta de funcionamiento, debiendo efectuar el Mantenimiento preventivo Cualquier medida que genere ahorro energético se deberá comunicar al Ayuntamiento para su valoración. Los gastos directos e indirectos de cada uno de los fallos en la continuidad y garantía del suministro serán a cargo de la empresa Adjudicataria, así como los daños y perjuicios ocasionados y la responsabilidad de éstos. La sanción diaria por fallo en el funcionamiento de las instalaciones por falta de suministro o falta de mantenimiento, será de 300 euros más el gasto de gasoil que eso ocasione, que se descontarán de la facturación a la empresa Adjudicataria. La interrupción de funcionamiento superior a 3 horas, se computará como un día. . El incumplimiento de los criterios de adjudicación, al considerarse obligación esencial del contrato. . El incumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de la obligación de estar al corriente de las obligaciones tributarias. El contrato podrá ser resuelto a instancias de la Concejalía de Deportes siempre que haya incumplimiento del mismo, no recibiendo, el Adjudicatario, compensación alguna distinta a la parte de energía suministrada.

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  • OTROS SEGUROS El Asegurado tiene la obligación de dar aviso por escrito a La Compañía, sobre todo Seguro que contrate o tenga contratado cubriendo los mismos bienes contra los mismos riesgos que se cubren en esta Póliza, indicando además el nombre de las Compañías Aseguradoras y las sumas aseguradas y La Compañía, hará la anotación correspondiente.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-01-DFDP-H048-38- 0659/2015, DGA-SG-34328/15 FEDERAL ESTATAL

  • AVISOS Y COMUNICACIONES 2.9.1. Los avisos y comunicaciones que intercambien las partes contratantes deberán ser formuladas por escrito en el domicilio señalado en la póliza o alternativamente por el medio de comunicación que ambas partes acuerden, bajo sanción de tenerse por no cursadas.

  • Xxxxxxx Santiago Xxxxxxx Directora de Recursos Materiales Secretaría de Administración Presente El suscrito representante legal del Proveedor denominado (Nombre o Denominación / Razón Social), manifiesto mi interés en participar en la (Procedimiento de Contratación y número del procedimiento), relativa al (Objeto de la Contratación), aceptando los términos y condiciones establecidas en las Bases de este concurso, y en consecuencia, presentar mi propuesta técnica y económica, sujetándome estrictamente a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Para lo cual, bajo protesta de decir verdad, proporciono la siguiente información: Datos Generales del interesado: Nombre: Registro Federal de Contribuyentes: Descripción del giro del contribuyente: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Así como, en su caso, los de su apoderado o representante legal. Denominación social / Razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Descripción del objeto social: Constitutiva: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público). Nombre de su representante legal: Poder del representante legal: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público)

  • Trabajos nocturnos 1. El personal que trabaje entre las veintidós horas y las seis de la mañana, percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25 por 100 xxx xxxxxxx base de su categoría. 2. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. 3. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta con complemento de nocturnidad.

  • COTIZACIÓN La cotización deberá contener: 1. Precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el pliego de bases y condiciones particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la cotización, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el pliego de bases y condiciones particulares.

  • TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente. 9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.

  • PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a presentar ante la persona prestadora peticiones, quejas y recursos por cualquiera de los siguientes medios: físico en los puntos de atención, líneas telefónicas, fax, correo electrónico, correo certificado. El término máximo que tiene la persona prestadora para responder son quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación y si la respuesta no ocurre en este plazo se produce el silencio administrativo positivo. Las peticiones, quejas y recursos serán tramitados de conformidad con el Título VIII Capítulo VII de la Ley 142 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 1755 de 201513. Contra los actos de terminación y facturación que realice la persona prestadora, proceden el recurso de reposición y subsidiariamente el de apelación, los cuales se interpondrán de manera simultánea. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. En ningún caso proceden reclamaciones contra facturas que tuviesen más de cinco (5) meses de haber sido expedidas. De los recursos de reposición y apelación contra los demás actos de la persona prestadora que enumera el inciso primero del artículo 154 de la Ley 142 de 1994, debe hacerse uso dentro de los cinco (5) días siguientes a aquel en que persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario. Los recursos no requieren presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • COBERTURA BÁSICA Está asegurada, dentro del marco de las condiciones de esta póliza la responsabilidad civil legal en que incurriere el asegurado por daños causados a terceros (por lo tanto, quedan excluidos los daños que puedan sufrir las obras mismas llevadas a cabo por él), derivada de sus actividades atribuibles a la obra u obras que se mencionan en la carátula de la póliza. En consecuencia, queda asegurada la responsabilidad del asegurado por ejemplo: 1. Como propietario, poseedor temporal o arrendatario de terrenos, edificios o locales que sean utilizados para llevar a cabo la(s) obra(s) o como vivienda temporal para sus empleados. Para asegurar la responsabilidad legal del arrendatario, por daños a un inmueble tomado en arrendamiento, se requiere la cobertura adicional de responsabilidad civil legal de arrendatario. 2. Derivada de la tenencia y uso de instalaciones de carga y descarga así como de máquinas de trabajo. 3. Derivada de la posesión y mantenimiento de lugares de estacionamiento y gasolineras a su servicio. Para asegurar la responsabilidad civil por daños a vehículos ajenos (o a su contenido) en poder del asegurado, se requiere cobertura adicional de responsabilidad civil de garaje o estacionamiento de automóviles. 4. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sanitarias y de aparatos e instalaciones reconocidos por la ciencia médica, en caso de contar con consultorio de empresa. 5. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sociales (comedores, comercios, casas-hogar, guarderías y similares), destinadas exclusivamente a su empresa. 6. Derivada de la tenencia o mantenimiento de instalaciones de propaganda (anuncios, carteles publicitarios u otras), en los inmuebles referidos en el numeral 1. de estas condiciones particulares. 7. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones de seguridad (servicio contra incendio, perro guardián, sistemas de alarma y similares). 8. Derivada del uso y mantenimiento de ascensores, escaleras eléctricas y montacargas. 9. Está asegurada además, conforme, con las condiciones de la póliza, la responsabilidad civil legal personal de los empleados y trabajadores del asegurado, frente a terceros, derivada del ejercicio de la actividad materia de este seguro. Queda excluida la responsabilidad de las personas que no estén en relación de trabajo con el asegurado.