PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Cláusulas de Ejemplo

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Dada la importancia que tiene para Xxxxx xx Xxxxxxxx el cumplimiento de la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, una vez, adjudicado el contrato, el adjudicatario, además de cumplir con todas las disposiciones legales aplicables en materia de Prevención de Riesgos Laborales, deberá elaborar y entregar a Xxxxx xx Xxxxxxxx la siguiente documentación: • Protocolo Prevención Riesgos Laborales. • Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales. La entrega de dicha documentación será condición necesaria para poder trabajar en Xxxxx xx Xxxxxxxx. A estos efectos, Xxxxx entregará los modelos a cumplimentar, así como, la Política de Prevención de Xxxxx xx Xxxxxxxx y las Normas Generales de Seguridad de Xxxxx xx Xxxxxxxx. Para cualquier aclaración o duda relacionada con este pliego de bases técnicas, pueden dirigirse Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx en el teléfono nº 000 000000.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. El Proveedor cumplirá y hará cumplir estrictamente a su personal la normativa de prevención de riesgos general; la suya específica; la general y particular desarrollada por el Cliente para sus centros de trabajo; y aquella derivada de la coordinación de actividades en materia de prevención, en la que se tendrá en cuenta además la de los demás empresarios que concurran en el mismo centro de trabajo. Antes de iniciar los trabajos, el Proveedor se pondrá en contacto con el Servicio de Prevención del Cliente a los efectos de coordinar las actividades así como para llevar a cabo la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva de los trabajos a desarrollar, en la que tendrá en cuenta la propia del Cliente, que declara haber recibido, y la de las demás empresas que concurran en el mismo centro de trabajo, informando y formando al respecto a los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de trabajo, y adoptando todos los medios y protecciones ordinarias y/o extraordinarias de seguridad necesarios. El Proveedor designará a un Responsable de Seguridad de los trabajos en el Centro de Trabajo del Cliente, quien asumirá las funciones de Recursos Preventivos, conforme se establece en el Real Decreto 604/2006, de 19 xx xxxx.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Los adjudicatarios quedan obligados, con respecto al personal adscrito al contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y social y en particular a la prevención de riesgos laborales (Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales), así como cualesquiera otras de general observancia. Para el cumplimiento del artículo 24 de la Ley 31/95 y del RD. 171/2004 en materia de coordinación de actividades empresariales, la empresa aportará la documentación que se indica a continuación: □ Certificado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales: o Modalidad organizativa o Información y formación de riesgos facilitada a los trabajadores o Vigilancia de la salud Granada, a 19 xx xxxxx de 2016 DIRECTORA GENERAL DE DEPORTES El plazo de duración inicial del contrato será de DOS AÑOS, si bien podrá prorrogarse, una vez ponderadas todas las circunstancias que concurran, antes de la finalización de dicho plazo inicial, teniendo en cuenta que la duración total del contrato incluidas las prórrogas no podrá exceder de CUATRO AÑOS. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes (artículo 23 TRLCSP).
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. 7.1. La empresa adjudicataria cumplirá con la normativa vigente, tanto general como autonómica, en materia de prevención de riesgos laborales, especialmente en la realización de la evaluación de riesgos de los puestos de trabajo ofertados.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Los adjudicatarios quedan obligados, con respecto al personal adscrito al contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y social y en particular a la prevención de riesgos laborales (Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales), así como cualesquiera otras de general observancia. Para el cumplimiento del artículo 24 de la Ley 31/95 y del RD. 171/2004 en materia de coordinación de actividades empresariales, la empresa aportará la documentación que se indica a continuación: □ Certificado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales: o Modalidad organizativa o Información y formación de riesgos facilitada a los trabajadores o Vigilancia de la salud La duración del contrato, será de un año prorrogable hasta un máximo de cuatro y la vigencia del mismo será a partir del día en que se firme el contrato y se comience la prestación del servicio.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Ley 31/ 1995. Objetivo, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y obligaciones. Servicios de Prevención.– Reglamento de los servicios de prevención (Rd. 39/1997). Integración de la actividad preventiva en la empresa. Plan de prevención de riesgos laborales. Evaluación de riesgos y planificación preventiva. Organización de recursos para las actividades preventivas. Adaptación de la normativa de prevención a la Administración General del Estado (Real Decreto 67/2010). INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE CANARIAS. Xxxxx Xxx Xxxxxx x/x, 00000 Xx Xxxxxx, Xxxxxxxx (X/X xx Xxxxxxxx- Xxxxxx). Teléfono: 000 000 000 (Centralita). Fax: 000 000 000. Correo electrónico: xxxx@xxx.xx HORARIO DEL REGISTRO GENERAL:
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. En el proceso de licitación, contratación y ejecución de los trabajos, se cumplirá lo establecido en el Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales del S.A.S., en particular en el procedimiento PRO0002 “Contratas y Coordinación de Actividades Empresariales”, disponible para su consulta en la página web del SAS: www.sas.junta- xxxxxxxxx.xx. La Empresa Adjudicataria con carácter previo al inicio de sus actividades, realizara junto al personal de Prevención de Riesgos Laborales del Hospital, análisis y evaluación de los riesgos derivados de la prestación del servicio contratado en el entorno específico de su desarrollo. El licitador podrá ofrecer como mejora, la dedicación de un montante económico anual, calculado como porcentaje sobre el presupuesto base de licitación del contrato, durante la vigencia del mismo, para la implementación de medidas de eficiencia energética, directamente relacionadas con el objeto del contrato, incluyéndose entre ellas y con carácter no exhaustivo las siguientes: la instalación de vinilos en las ventanas, detectores de movimiento para encendido y apagado automático, iluminación de bajo consumo, etc Para la ejecución de estas mejoras se tomará como precio de referencia los precios establecidos en la Base de Precios de la Junta de Andalucía de 2010, o cualquier otra Base de Precios de la Junta de Andalucía que la sustituyera o completase durante la vigencia del contrato. Si para alguna partida no estuviese recogido el importe en la citada Base de Precios, se tomará como valor de referencia la media aritmética de tres presupuestos distintos solicitados por el órgano de contratación a empresas del sector.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. La empresa adjudicataria deberá informar a los trabajadores destinados a realizar los trabajos encargados, de los riesgos genéricos y específicos inherentes a los mismos, y les facilitará todos los medios que sean necesarios para garantizar su seguridad personal y colectiva. A tal efecto, ICAS exigirá a la empresa contratada que aporte justificante acreditativo de haber informado individualmente a cada trabajador sobre las normas de seguridad que pudieran afectarles en la ejecución del trabajo. La empresa adjudicataria se responsabiliza plenamente de cualquier infracción en los reglamentos de seguridad laboral vigentes, en que se pudiera incurrir durante la realización de los trabajos contratados, aceptando totalmente las prescripciones y sanciones que pudieran derivarse de dichas infracciones. En consecuencia el adjudicatario será responsable ante los tribunales de justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el ejercicio de su profesión en el ICAS.
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. El Proveedor cumplirá y hará cumplir estrictamente a su personal la normativa de prevención de riesgos general; la suya específica; la general y particular desarrollada por el Cliente para sus centros de trabajo; y aquella derivada de la coordinación de actividades en materia de prevención, en la que se tendrá en cuenta además la de los demás empresarios que concurran en el mismo centro de trabajo. Antes de iniciar cualquier actividad en los centros del Cliente, el Proveedor se pondrá en contacto con el Servicio de Prevención del Cliente a los efectos de coordinar las actividades así como para llevar a cabo la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva de los trabajos a desarrollar, en la que tendrá en cuenta la propia del Cliente, y la de las demás empresas que concurran en el mismo centro de trabajo, informando y formando al respecto a los trabajadores que vayan CGC Bienes 01/13 Página 12 de 29
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. La empresa adjudicataria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el R.D. 171/2004 que desarrolla el anterior, deberá cumplimentar la documentación necesaria en materia preventiva y registros incluidos en el anexo I y deberán ser devueltos una vez hayan sido cumplimentados y firmados, para dar cumplimiento del procedimiento de coordinación de actividades empresariales, previo al inicio de los trabajos contratados”.