Instalaciones y Maquinaria Cláusulas de Ejemplo

Instalaciones y Maquinaria. Las inversiones a considerar en este punto hacen referencia a las distintas dotaciones requeridas para una correcta explotación del servicio, tanto en los vehículos como en las instalaciones e infraestructuras vinculadas a la misma; se contemplan por tanto las siguientes inversiones según concepto: • Sistemas de Transporte Inteligente. Como es el equipamiento embarcado (SAE, billetaje, etc.) otros equipamientos necesarios, el sistema central del operador, y la instalación, integración y puesta en marcha de los distintos elementos; también se requiere los desarrollos de la Web y la App, así como los componentes necesarios para una correcta información en punto xx xxxxxx y la posibilidad de recarga de la tarjeta en la misma. Además, habrá que instalar máquinas expendedoras para la venta y expedición de títulos. • Otros inmovilizados en las instalaciones adscritas al servicio como pueden ser maquinaria (xxxxxx xx xxxxxx, material de taller…), mobiliario y material de oficina, vehículos ajenos a la flota requerida pero vinculados a otras necesidades del servicio como pueden ser furgonetas-taller o vehículos de control e inspección. • Otras inversiones vinculadas a la integración de vehículos eléctricos en la flota (punto de recarga) y al mantenimiento y ampliación de la red paradas asociadas al BTR (instalación de poste especial xx xxxxxx y marquesinas, adaptación de los soportes de información en las mismas a personas discapacitadas, así como mejora de la accesibilidad a PMR). Se incluirá también en este apartado la inversión inicial en el nuevo sistema de gestión de denuncias para controlar la invasión xx xxxxxxxx y de puntos xx xxxxxx. Los conceptos considerados en este apartado y su cuantía de inversión son los siguientes: Equipamiento Embarcado (con Reserva) 1.297.500,00 € 10,00% Otros Equipamientos 83.000,00 € 10,00% Sistema Central del Operador 490.000,00 € 10,00% Instalación, Integración y Puesta en Marcha 167.500,00 € 10,00% Web / App 180.000,00 € 10,00% Información en Parada 490.860,00 € 10,00% Recarga en Parada 74.000,00 € 10,00% Máquinas expendedoras 220.000,00 € 10,00% Se presenta a modo de resumen la siguiente tabla con la previsión anual de las inversiones a realizar durante el contrato: “Nueva red de transporte público colectivo mediante autobús urbano del término municipal xx Xxxxxx” Proyecto de Explotación Inversión Anual 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Total A Bienes recibidos por título de reversión 2.048.018,07 € 2.048.018,07 € Elementos de Transport...
Instalaciones y Maquinaria. El adjudicatario deberá velar por el mantenimiento y el perfecto uso de los equipos, mobiliario e instalaciones que figuran en el ANEXO A de la presente licitación. Al inicio del contrato, el Congreso de los Diputados junto con el adjudicatario, levantará acta del inventario puesto a su disposición. Serán por cuenta del adjudicatario todas las operaciones de mantenimiento tanto preventivo como correctivo, así como reparaciones que se deban efectuar por un uso indebido de las instalaciones y del mobiliario, excepto aquellos que se encuentren en garantía del fabricante o adjudicatario de otros contratos que se encuentren en vigor durante la prestación de los servicios, por lo que de resultar adjudicatario, el contratista deberá presentar el correspondiente contrato de mantenimiento del equipamiento e instalaciones. Igualmente, serán por cuenta del adjudicatario las reposiciones derivadas de roturas, extravíos, etc. que deberán ser de la misma calidad y modelos iniciales. En caso de no ser posible, deberán ser autorizadas por la Secretaría General del Congreso de los Diputados. Cuando los equipos, maquinaria, menaje o enseres de cocina, a juicio del adjudicatario, deban reemplazarse por obsolescencia, bajo rendimiento, o agotamiento de existencias tras varias reposiciones, deberán justificadamente plantearse al gestor del contrato por parte del Congreso de los Diputados, quien elevará la propuesta de reposición al Departamento correspondiente, de acuerdo con los planes de inversión y límites presupuestarios durante la vigencia del contrato. La falta de conservación adecuada de los elementos cedidos, será causa suficiente para la resolución del contrato.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.