Integración. La Junta de Contratación de la Secretaría Distrital de Hacienda estará conformada por los servidores públicos que ejerzan los siguientes cargos, o quienes hagan sus veces, quienes concurrirán con voz y voto y serán miembros permanentes: 1 El (la) Subsecretario (a) de Hacienda, quien presidirá las sesiones. 2 El (la) Director (a) de Gestión Corporativa. 3 El (la) Director (a) Jurídico (a). 4 El (la) Jefe de la Oficina de Análisis y Control del Riesgo. 5 EI (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. Así mismo, serán invitados permanentes, con derecho a voz pero sin voto, los servidores públicos que ejerzan los siguientes cargos o quienes hagan sus veces: - El (la) Subdirector (a) de Asuntos Contractuales, quien además ejercerá la Secretaría Técnica de la Junta de Contratación. - El (la) Subdirector (a) Financiero de la Dirección de Gestión Corporativa. - El (la) Jefe de la Oficina de Control Interno de la Entidad. La asistencia a la Junta de Contratación de la Secretaría Distrital de Hacienda es obligatoria e indelegable. Cuando alguno de los miembros de la Junta de Contratación no pueda asistir a una sesión deberá comunicarlo por cualquier medio escrito, enviando a la Secretaría Técnica de la Junta la excusa respectiva, a más tardar el día hábil anterior a la respectiva sesión o haciéndola llegar a la sesión de la Junta. En la correspondiente acta de cada sesión de la Junta, el Secretario Técnico dejará constancia de la asistencia de los miembros e invitados y en caso de inasistencia así lo señalará, indicando si se presentó en forma oportuna la justificación. La Junta de Contratación podrá invitar a las sesiones a quienes estime pertinente entre ellos a expertos, servidores de otras entidades y en general a las personas cuya participación considere necesaria para el análisis de temas específicos. Dichos invitados tendrán voz pero no voto. En el evento que los invitados a la Junta requieran el apoyo de otras personas, deberán informar a la Secretaría Técnica de la Junta los nombres de dichas personas, a más tardar el día anterior a la realización de la sesión y esperar confirmación que se le haga autorizando la participación de los terceros, quienes asistirán únicamente al punto para el cual se les autoriza. En caso de ausencia del Subsecretario de Hacienda, presidirá las reuniones el miembro de la Junta que le sigue en el orden señalado en el precitado numeral 2.4.3.1.1 y así sucesivamente, garantizando en todo caso del quórum decisorio y deliberatorio.
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Samples: Manual De Contratación
Integración. La Junta Las Obligaciones Negociables Serie VI podrán ser integradas en la Fecha de Contratación Emisión y Liquidación: (i) en efectivo en Pesos al Tipo de Cambio Inicial (tal como este término se define más adelante); o (ii) en especie mediante la Secretaría Distrital entrega de Hacienda estará conformada por los servidores públicos que ejerzan los siguientes cargos, o quienes hagan sus veces, quienes concurrirán con voz y voto y serán miembros permanentes:
1 El Obligaciones Negociables Elegibles (lasegún se define más adelante) Subsecretario (a) de Hacienda, quien presidirá las sesiones.
2 El (la) Director (a) de Gestión Corporativa.
3 El (la) Director (a) Jurídico (a).
4 El (la) Jefe de la Oficina de Análisis y Control del Riesgo.
5 EI (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. Así mismo, serán invitados permanentes, con derecho a voz pero sin voto, los servidores públicos que ejerzan los siguientes cargos o quienes hagan sus veces: - El (la) Subdirector (a) de Asuntos Contractuales, quien además ejercerá la Secretaría Técnica de la Junta de Contratación. - El (la) Subdirector (a) Financiero de la Dirección de Gestión Corporativa. - El (la) Jefe de la Oficina de Control Interno de la Entidad. La asistencia conforme a la Junta Relación de Contratación Canje (según se define más adelante) que corresponda. Los inversores deberán presentar, a través de la Secretaría Distrital de Hacienda es obligatoria e indelegable. Cuando alguno cualquiera de los miembros Colocadores u otro Agente Intermediario Habilitado, una Orden de la Junta de Contratación no pueda asistir a una sesión deberá comunicarlo por cualquier medio escritoCompra para aquellas Obligaciones Negociables Serie VI que, enviando a la Secretaría Técnica de la Junta la excusa respectiva, a más tardar el día hábil anterior a la respectiva sesión o haciéndola llegar a la sesión de la Junta. En la correspondiente acta de cada sesión de la Junta, el Secretario Técnico dejará constancia de la asistencia de los miembros e invitados y en caso de inasistencia así serle adjudicadas, desean integrar en especie, y otra Orden de Compra diferente para aquellas Obligaciones Negociables Serie VI que, en caso de serle adjudicadas, desean integrar en efectivo. TODAS LAS ÓRDENES DE COMPRA RECIBIRÁN EL MISMO TRATO IGUALITARIO, POR LO QUE NO SE HARÁ DIFERENCIACIÓN ALGUNA ENTRE AQUELLOS INVERSORES QUE DESEEN INTEGRAR EN ESPECIE Y AQUELLOS OFERENTES QUE DESEEN INTEGRAR EN EFECTIVO, O UTILIZANDO AMBAS ALTERNATIVAS. Efectuada la integración, las Obligaciones Negociables Serie VI adjudicadas serán acreditadas en las cuentas depositante y comitente en Caja de Valores de titularidad de los oferentes adjudicados indicadas en sus respectivas Órdenes de Compra (salvo en aquellos casos en los cuales por cuestiones regulatorias sea necesario transferir las Obligaciones Negociables Serie VI a los suscriptores con anterioridad al pago del precio, en cuyo caso lo señalarádescripto en este punto podrá ser realizado con anterioridad a la correspondiente integración). Para mayor información véase la Sección “Plan de Distribución” del presente Suplemento. El tenedor de Obligaciones Negociables Elegibles que no integre las Obligaciones Negociables Serie VI en especie no verá afectados en absoluto los términos y condiciones de sus obligaciones negociables, indicando si las cuales continuarán rigiéndose por el suplemento de prospecto correspondiente a dichos valores publicado oportunamente en los boletines informativos de los mercados autorizados en donde se presentó en forma oportuna la justificación. La Junta de Contratación podrá invitar a las sesiones a quienes estime pertinente entre ellos a expertos, servidores de otras entidades listan y/o negocian dichas obligaciones negociables y en general a las personas cuya participación considere necesaria para el análisis de temas específicos. Dichos invitados tendrán voz pero no voto. En el evento que los invitados a la Junta requieran el apoyo de otras personas, deberán informar a la Secretaría Técnica Página web de la Junta los nombres de dichas personas, a más tardar el día anterior a Emisora y en la realización Página web de la sesión CNV. Tipo de Cambio Inicial Es el tipo de cambio determinado y esperar confirmación que se le haga autorizando publicado por el Banco Central de la participación República Argentina (el “BCRA”) mediante la Comunicación “A” 3500 del Día Hábil anterior al Período de los tercerosLicitación, quienes asistirán únicamente al punto para el cual se les autoriza. En caso de ausencia del Subsecretario de Hacienda, presidirá las reuniones el miembro de la Junta que le sigue será informado en el orden señalado en el precitado numeral 2.4.3.1.1 y así sucesivamente, garantizando en todo caso del quórum decisorio y deliberatorioAviso de Resultados.
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Samples: Obligaciones Negociables
Integración. La Junta En la Fecha de Contratación de la Secretaría Distrital de Hacienda estará conformada Liquidación los Inversores a quienes se les hubieran adjudicado Valores Fiduciarios, deberán integrar mediante el pago en efectivo, transferencia, depósito o conforme ello fuera determinado por los servidores públicos que ejerzan los siguientes cargos, o quienes hagan sus veces, quienes concurrirán con voz Colocadores y voto y serán miembros permanentes:
1 El Subcolocadores: (lai) Subsecretario (a) de Hacienda, quien presidirá las sesiones.
2 El (la) Director (a) de Gestión Corporativa.
3 El (la) Director (a) Jurídico (a).
4 El (la) Jefe de la Oficina de Análisis y Control del Riesgo.
5 EI (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. Así mismo, serán invitados permanentes, con derecho a voz pero sin voto, los servidores públicos que ejerzan los siguientes cargos o quienes hagan sus veces: - El (la) Subdirector (a) de Asuntos Contractuales, quien además ejercerá la Secretaría Técnica de la Junta de Contratación. - El (la) Subdirector (a) Financiero de la Dirección de Gestión Corporativa. - El (la) Jefe de la Oficina de Control Interno de la Entidad. La asistencia a la Junta de Contratación de la Secretaría Distrital de Hacienda es obligatoria e indelegable. Cuando alguno en el caso de los miembros VDFTV la suma de pesos resultante de multiplicar el valor nominal que le fuera adjudicado de los VDFTV por el Precio de Suscripción de los VDFTV; y (ii) en el caso de los CP la Junta suma de Contratación no pueda asistir pesos resultante de multiplicar el valor nominal que le fuera adjudicado de los CP por el Precio de Suscripción de los CP. El pago del monto a una sesión deberá comunicarlo por cualquier medio escrito, enviando a integrar respectivo se realizará en la Secretaría Técnica de la Junta la excusa respectiva, a más tardar el día hábil anterior a la respectiva sesión o haciéndola llegar a la sesión de la JuntaCuenta Fiduciaria. En la correspondiente acta Fecha de cada sesión de la JuntaLiquidación, el Secretario Técnico dejará constancia Fiduciario, a través de Caja de Valores, transferirá al Colocador Principal, para que este transfiera: (i) contra el pago del precio de suscripción (salvo en aquellos casos en los cuales por cuestiones regulatorias o autorizados por el Fiduciante, sea necesario transferir los Valores Fiduciarios previamente a la asistencia integración del monto correspondiente), los Valores Fiduciarios emitidos que hubieran sido suscriptos por inversores institucionales o minoristas, a las cuentas en Caja de los miembros e invitados Valores de dichos inversores conforme con la información indicada por el Colocador Principal; y (ii) en caso de inasistencia así lo señalarácorresponder contra el pago de su respectivo precio de suscripción, indicando si se presentó en forma oportuna la justificación. La Junta de Contratación podrá invitar los Valores Fiduciarios emitidos que hubieran sido suscriptos por inversores minoristas a las sesiones cuentas en Caja de Valores del Colocador Principal, del Co Colocador o de los Subcolocadores, conforme con la información indicada por el Colocador Principal, para su posterior distribución a quienes estime pertinente entre ellos los inversores minoristas correspondientes. El Colocador Principal se reserva el derecho de rechazar y tener por no integradas todas las ofertas adjudicadas que los inversores hubiesen cursado a expertos, servidores través de otras entidades y en general a las personas cuya participación considere necesaria un Agente del MAE y/u otros agentes habilitados dentro del país para operar el análisis de temas específicos. Dichos invitados tendrán voz pero Sistema Siopel si no votohubiesen sido integradas conforme con el procedimiento descripto. En dicho caso, los rechazos no darán derecho a reclamo alguno contra el evento que Fiduciante, el Fiduciario, los invitados a la Junta requieran el apoyo de otras personas, deberán informar a la Secretaría Técnica de la Junta Colocadores y/o los nombres de dichas personas, a más tardar el día anterior a la realización de la sesión y esperar confirmación que se le haga autorizando la participación de los terceros, quienes asistirán únicamente al punto para el cual se les autoriza. En caso de ausencia del Subsecretario de Hacienda, presidirá las reuniones el miembro de la Junta que le sigue en el orden señalado en el precitado numeral 2.4.3.1.1 y así sucesivamente, garantizando en todo caso del quórum decisorio y deliberatorioSubcolocadores.
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Samples: Fideicomiso Financiero
Integración. La Junta de Contratación de Este Contrato y los documentos incorporados a este Contrato, según lo indicado en la Secretaría Distrital de Hacienda estará conformada por los servidores públicos que ejerzan los siguientes cargosCláusula 1.1, o quienes hagan sus veces, quienes concurrirán con voz y voto y serán miembros permanentes:
1 El (la) Subsecretario (a) de Hacienda, quien presidirá las sesiones.
2 El (la) Director (a) de Gestión Corporativa.
3 El (la) Director (a) Jurídico (a).
4 El (la) Jefe de la Oficina de Análisis y Control constituyen el total del Riesgo.
5 EI (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. Así mismo, serán invitados permanentes, con derecho a voz pero sin voto, los servidores públicos que ejerzan los siguientes cargos o quienes hagan sus veces: - El (la) Subdirector (a) de Asuntos Contractuales, quien además ejercerá la Secretaría Técnica de la Junta de Contratación. - El (la) Subdirector (a) Financiero de la Dirección de Gestión Corporativa. - El (la) Jefe de la Oficina de Control Interno de la Entidad. La asistencia a la Junta de Contratación de la Secretaría Distrital de Hacienda es obligatoria e indelegable. Cuando alguno de los miembros de la Junta de Contratación no pueda asistir a una sesión deberá comunicarlo por cualquier medio escrito, enviando a la Secretaría Técnica de la Junta la excusa respectiva, a más tardar el día hábil anterior a la respectiva sesión o haciéndola llegar a la sesión de la Junta. En la correspondiente acta de cada sesión de la Junta, el Secretario Técnico dejará constancia de la asistencia de los miembros e invitados y en caso de inasistencia así lo señalará, indicando si se presentó en forma oportuna la justificación. La Junta de Contratación podrá invitar a las sesiones a quienes estime pertinente Contrato entre ellos a expertos, servidores de otras entidades y en general a las personas cuya participación considere necesaria para el análisis de temas específicos. Dichos invitados tendrán voz pero no votoambas partes. En el evento supuesto que se produjere cualquier ambigüedad o contradicción entre el texto del Contrato y cualquiera de sus documentos, prevalecerá lo indicado en el texto de este Contrato. En el caso que se produjere cualquier ambigüedad o contradicción entre los invitados textos del presente Contrato, prevalecerá el texto de uno sobre el otro de acuerdo al siguiente orden de prelación: el presente contrato, el Plan de Trabajo revisado, el nuevo Calendario de Actividades, el contrato celebrado entre el Contratante y el Auditor, con fecha 31 de julio de 2014 y sus renovaciones suscriptas con fecha 2 de diciembre de 2015 y 26 de enero de 2017 con dicho orden de prelación. Se deja constancia que no se efectúan promesas ni se establecen otros términos, condiciones u obligaciones distintos a la Junta requieran el apoyo de otras personaslos contenidos en este documento y los anexos adjuntos. El presente Contrato, deberán informar a la Secretaría Técnica asimismo, reemplaza cualquier comunicación, representación, entendimiento o contrato, verbal o por escrito, que las partes pudieran haberse hecho o prometido antes de la Junta los nombres celebración de dichas personas, a más tardar este Contrato. POR EL CONTRATANTE POR EL AUDITOR Firmado por: _________________________ Firmado por: ______________________ Cargo: ______________________________ Cargo: ___________________________ 12 Fecha: ___________________ 13 ANEXO I TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA AUDITORÍA EXTERNA DE ESTADOS FINANCIEROS DE PROPÓSITO ESPECIAL DEL PROYECTO “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GRAL. ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN – LA PLATA (AR-L1158)” “PRÉSTAMO BID 2982 OC/AR” Con fecha 13 de diciembre del año 2013 se suscribió el día anterior a Contrato xx Xxxxxxxx entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la República Argentina por un monto de US$300 millones para la realización del “Proyecto de la sesión y esperar confirmación que Mejora Integral del Ferrocarril Gral. Roca: Ramal Plaza Constitución – La Plata (AR-L1158)”. El mismo se le haga autorizando la participación enmarca en una línea de crédito condicional “CCLIP” del BID, acordado para el “Programa de Recuperación de los terceros, quienes asistirán únicamente al punto para el cual se les autoriza. En caso de ausencia del Subsecretario de Hacienda, presidirá las reuniones el miembro de la Junta que le sigue en el orden señalado en el precitado numeral 2.4.3.1.1 y así sucesivamente, garantizando en todo caso del quórum decisorio y deliberatorioFerrocarriles Metropolitanos”.
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