INTERÉS ASEGURADO. 1. La percepción de un capital en caso de accidente de circulación en que se halle involucrado el vehículo asegurado, cuando el Asegurado sufra: a) Muerte. b) Invalidez Física Permanente, tal como se define en la Tabla VI, Clasificaciones y valoración de secuelas, capítulos 1 a 8, del Baremo Anexo del Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 de octubre, y Disposiciones Complementarias vigentes en la fecha de ocurrencia del accidente. Al tratarse de una garantía de accidentes corporales del propio conductor y no de responsabilidad civil frente a terceros, la invalidez física permanente se evalúa con los criterios estrictamente físicos del citado Xxxxxx, sin que sean de aplicación la Tabla Especial de Perjuicios Estéticos y demás criterios propios de la cuantificación de la responsabilidad civil que en el mismo se contemplan. 2. La cobertura de los gastos de 3. El adelanto a cuenta de la indemnización por muerte del Asegurado, para satisfacer los gastos administrativo-fiscales que ello conlleve.
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Samples: Contrato De Seguro, Insurance Contract, Insurance Contract
INTERÉS ASEGURADO. 1. La percepción de un capital en caso de accidente de circulación en que se halle involucrado el vehículo asegurado, cuando el Asegurado sufra:
a) Muerte.
b) Invalidez Física Permanente, tal como se define en la Tabla VI, Clasificaciones y valoración de secuelas, capítulos 1 a 8, del Baremo Anexo del Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 de octubre, y Disposiciones Complementarias vigentes en la fecha de ocurrencia del accidente. Al tratarse de una garantía de accidentes corporales del propio conductor y no de responsabilidad civil frente a terceros, la invalidez física permanente se evalúa con los criterios estrictamente físicos del citado Xxxxxx, sin que sean de aplicación la Tabla Especial de Perjuicios Estéticos y demás criterios propios de la cuantificación de la responsabilidad civil que en el mismo se contemplan.
2. La cobertura de los gastos de
3. El adelanto a cuenta de la indemnización por muerte asistencia sanitaria y traslados medicalizados prescritos facultativamente, siempre que se realicen en el propio país del Asegurado, para satisfacer los gastos administrativo-fiscales que ello conlleveaccidente o en España.
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Samples: Insurance Contract, Insurance Contract
INTERÉS ASEGURADO. 1. La percepción de un capital en caso de accidente de circulación en que se halle involucrado el vehículo asegurado, cuando el Asegurado sufra:
a) Muerte.
b) Invalidez Física Permanente, tal como se define en la Tabla VI, Clasificaciones y valoración de secuelas, capítulos 1 a 8, del Baremo Anexo del Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 la Disposición Adicional Octava de octubrela Ley 30/1995, de 8 de noviembre y Disposiciones Complementarias vigentes en la fecha de ocurrencia del accidente. Al tratarse de una garantía de accidentes corporales del propio conductor y no de responsabilidad civil frente a terceros, la invalidez física permanente se evalúa con los criterios estrictamente físicos del citado Xxxxxx, sin que sean de aplicación la Tabla Especial de Perjuicios Estéticos y demás criterios propios de la cuantificación de la responsabilidad civil que en el mismo se contemplan.
2. La cobertura de los gastos de
3. El adelanto a cuenta de la indemnización por muerte asistencia sanitaria y traslados medicalizados prescritos facultativamente, siempre que se realicen en el propio país del Asegurado, para satisfacer los gastos administrativo-fiscales que ello conlleveaccidente o en España.
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Samples: Insurance Contract
INTERÉS ASEGURADO. 1. La percepción de un capital en caso de accidente de circulación en que se halle involucrado el vehículo asegurado, cuando el Asegurado sufra:
a) Muerte.
b) Invalidez Física Permanente, tal como se define en la Tabla VI, Clasificaciones y valoración de secuelas, capítulos 1 a 8, del Baremo Anexo del Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 de octubre, y Disposiciones Complementarias vigentes en la fecha de ocurrencia del accidente. Al tratarse de una garantía de accidentes corporales del propio conductor y no de responsabilidad civil frente a terceros, la invalidez física permanente se evalúa con los criterios estrictamente físicos del citado Xxxxxx, sin que sean de aplicación la Tabla Especial de Perjuicios Estéticos y demás criterios propios de la cuantificación de la responsabilidad civil que en el mismo se contemplan.Tabla
2. La cobertura de los gastos dede asistencia sanitaria y traslados medicalizados prescritos facultativamente, siempre que se realicen en el propio país del accidente o en España.
3. El adelanto a cuenta de la indemnización por muerte del Asegurado, para satisfacer los gastos administrativo-fiscales que ello conlleve.
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