Common use of Irrenunciabilidad Clause in Contracts

Irrenunciabilidad. Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 26.574 B.O. 29/12/2009)

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Samples: www.caviplan.org.ar, www.minagri.gob.ar, www.redeseducacion.com

Irrenunciabilidad. Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, profesionales o las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajocolectivas, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 26.574 B.O. 29/12/2009).

Appears in 15 contracts

Samples: www.estudiovillano.com, www.fataga.com.ar, ateentrerios.org.ar

Irrenunciabilidad. Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 26.574 B.O. 29/12/2009).

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Samples: jurecmardelplata.org.ar, normasnacionales.files.wordpress.com, www.colfarmi.com

Irrenunciabilidad. Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta leyLey, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 26.574 B.O. 29/12/2009).

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Samples: www.digestojuridico.gob.ar

Irrenunciabilidad. Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, ejecución o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 26.574 B.O. 29/12/2009)

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Samples: anjut.org.ar

Irrenunciabilidad. Será nula y sin valor toda convención convenci ón de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, profesionales o las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajocolectivas, ya sea al tiempo de su celebración celebraci ón o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 26.574 B.O. 29/12/2009)extinci ón.

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Samples: www.trabajosantiago.gob.ar