Jornada irregular. La jornada irregular se podrá aplicar en las empresas cuando se produzca una mayor demanda de servicios que no puedan ser atendidos con la jornada ordinaria semanal. La jornada irregular no podrá superar en ningún caso la utilización de 100 horas del cómputo de jornada anual de tiempo efectivo de trabajo. La distribución irregular de la jornada nunca podrá superar las 50 horas semanales como tiempo de trabajo efectivo, respetando los periodos de descanso diario y semanal. Las 50 horas semanales son aplicables a contratos a tiempo completo, aplicándose la proporcionalidad en los contratos a tiempo parcial. En contraprestación por los excesos de jornada que se produzcan, en cómputo mensual, el trabajador o trabajadora puede disponer de una hora de descanso por cada hora de trabajo. Los descansos por compensación deben ser fijados de común acuerdo entre empresa y trabajador o trabajadora y deben ser disfrutados, salvo que en estos días se produzca más actividad que el resto de los días de la semana. En cualquier caso, cuando por aplicación de la distribución irregular de la jornada se produzca, en cómputo anual una diferencia de horas a favor del trabajador o trabajadora que no hayan sido utilizadas por la empresa a 31 de diciembre, o la finalización de la relación laboral, estas serán para su beneficio sin que le puedan ser exigidas su realización posteriormente, o sin que se le pueda descontar de su finiquito a la finalización de la relación laboral. En cualquier caso, la prolongación de jornada consecuencia de esta distribución irregular y de la aplicación de las horas flexibles, no podrá ser de aplicación a trabajadores y trabajadoras que tengan limitada su presencia por razones de seguridad, salud, cuidado de menores, embarazo, periodos de lactancia o discapacidad. Las horas de jornada irregular deberán presentarse en el calendario y siempre de manera informada a la representación legal de los/as trabajadores/as, la cual, realizará el seguimiento de la aplicación de la jornada irregular.
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Samples: Iii Convenio Colectivo Marco Estatal Del Sector Ocio Educativo Y Animación Sociocultural
Jornada irregular. La jornada irregular se podrá aplicar en las empresas cuando se produzca una mayor demanda de servicios que no puedan ser atendidos con la jornada ordinaria semanal. La jornada irregular no podrá superar en ningún caso la utilización de 100 horas del cómputo de jornada anual de tiempo efectivo de trabajo. La distribución irregular de la jornada nunca podrá superar las 50 horas semanales como tiempo de trabajo efectivo, respetando los periodos de descanso diario y semanal. Las 50 horas semanales son aplicables a contratos a tiempo completo, aplicándose la proporcionalidad en los contratos a tiempo parcial. En contraprestación por los excesos de jornada que se produzcan, en cómputo mensual, el trabajador o trabajadora puede disponer de una hora de descanso por cada hora de trabajo. Los descansos por compensación deben ser fijados de común acuerdo entre empresa y trabajador o trabajadora y deben ser disfrutados, salvo que en estos días se produzca más actividad que el resto de los días de la semana. En cualquier caso, cuando por aplicación de la distribución irregular de la jornada se produzca, en cómputo anual una diferencia de horas a favor del trabajador o trabajadora que no hayan sido utilizadas por la empresa a 31 de diciembre, o la finalización de la relación laboralempresa, estas serán para su beneficio sin que le puedan ser exigidas su realización posteriormente, o sin que se le pueda descontar de su finiquito a la finalización de la relación laboral. En cualquier caso, la prolongación de jornada consecuencia de esta distribución irregular y de la aplicación de las horas flexibles, no podrá ser de aplicación a trabajadores y trabajadoras que tengan limitada su presencia por razones de seguridad, salud, cuidado de menores, embarazo, periodos de lactancia o discapacidad. Las horas de jornada irregular deberán presentarse en el calendario y siempre de manera informada a la representación legal de los/as trabajadores/as, la cual, realizará el seguimiento de la aplicación de la jornada irregular.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada irregular. —La jornada irregular se podrá aplicar en las empresas cuando se produzca una mayor demanda de servicios que no puedan ser atendidos con la jornada ordinaria semanal. La jornada irregular no podrá superar en ningún caso de 90 ho- ras anuales para los contratos a jornada completa. Para los contratos a tiempo parcial la utilización de 100 horas del cómputo de jornada jor- nada irregular máxima anual de tiempo efectivo de trabajolo será en proporción a su parcialidad. La distribución irregular de la jornada nunca podrá superar las 50 horas semanales como tiempo de trabajo efectivo, respetando los periodos períodos de descanso diario y semanal. Las 50 horas ho- ras semanales son aplicables a contratos a tiempo completocompletos, aplicándose la proporcionalidad en los contratos a tiempo parcial. En contraprestación por los excesos de jornada que se produzcan, produzcan en cómputo mensual, el trabajador o trabajadora puede disponer de una hora de descanso por cada hora de trabajotraba- jo. Los descansos por compensación deben ser fijados de común acuerdo entre empresa y trabajador o trabajadora y deben de ser disfrutados, salvo que en estos días se produzca más actividad que el resto de los días de la semana. En cualquier caso, cuando por aplicación de la distribución irregular de la jornada se produzca, en cómputo anual anual, una diferencia de horas a favor del trabajador o trabajadora que no hayan sido utilizadas por la empresa a 31 de diciembre, o la finalización de la relación laboralempresa, estas serán para su beneficio sin que le puedan ser exigidas su realización posteriormente, o sin que se le pueda descontar de su finiquito a la finalización de la relación laboral. En cualquier caso, la prolongación de jornada consecuencia de esta distribución irregular irre- gular y de la aplicación de las horas flexibles, no podrá ser de aplicación a trabajadores y trabajadoras que tengan limitada su presencia por razones de seguridad, salud, cuidado de menores, embarazo, periodos períodos de lactancia o discapacidad. Las horas de jornada irregular deberán presentarse en el calendario y siempre de manera informada a la representación legal de los/as trabajadores/as, la cual, realizará el seguimiento de la aplicación de la jornada irregular.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada irregular. La jornada irregular se podrá aplicar en las empresas cuando se produzca una mayor demanda de servicios que no puedan ser atendidos con la jornada ordinaria semanal. La jornada irregular no podrá superar en ningún caso la utilización de 100 horas del cómputo de jornada anual de tiempo efectivo de trabajo. La distribución irregular de la jornada nunca podrá superar las 50 horas semanales como tiempo de trabajo efectivo, respetando los periodos de descanso diario y semanal. Las 50 horas semanales son aplicables a contratos a tiempo completocompletos, aplicándose la proporcionalidad en los contratos a tiempo parcial. En contraprestación por los excesos de jornada que se produzcan, en cómputo mensual, el trabajador o trabajadora puede disponer de una hora de descanso por cada hora de trabajo. Los descansos por compensación deben ser fijados de común acuerdo entre empresa y trabajador o trabajadora y deben ser disfrutados, salvo que en estos días se produzca más actividad que el resto de los días de la semana. En cualquier caso, cuando por aplicación de la distribución irregular de la jornada se produzca, en cómputo anual una diferencia de horas a favor del trabajador o trabajadora que no hayan sido utilizadas por la empresa a 31 de diciembre, o la finalización de la relación laboralempresa, estas serán para su beneficio sin que le puedan ser exigidas su realización posteriormente, o sin que se le pueda descontar de su finiquito a la finalización de la relación laboral. En cualquier caso, la prolongación de jornada consecuencia de esta distribución irregular y de la aplicación de las horas flexibles, no podrá ser de aplicación a trabajadores y trabajadoras que tengan limitada su presencia por razones de seguridad, salud, cuidado de menores, embarazo, periodos de lactancia o discapacidad. Las horas de jornada irregular deberán presentarse en el calendario y siempre de manera informada a la representación legal de los/as trabajadores/as, la cual, realizará el seguimiento de la aplicación de la jornada irregular.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Ocio Educativo Y Animación Sociocultural
Jornada irregular. La jornada irregular se podrá aplicar en las empresas cuando se produzca una mayor demanda de servicios que no puedan ser atendidos con la jornada ordinaria semanal. La jornada irregular no podrá superar en ningún caso la utilización de 100 horas del cómputo de jornada anual de tiempo efectivo de trabajo. trabajo La distribución irregular de la jornada nunca podrá superar las 50 horas semanales como tiempo de trabajo efectivo, respetando los periodos de descanso diario y semanal. Las 50 horas semanales son aplicables a contratos a tiempo completo, aplicándose la proporcionalidad en los contratos a tiempo parcial. En contraprestación por los excesos de jornada que se produzcan, en cómputo mensual, el trabajador o trabajadora puede disponer de una hora de descanso por cada hora de trabajo. Los descansos por compensación deben ser fijados de común acuerdo entre empresa y trabajador o trabajadora y deben ser disfrutados, salvo que en estos días se produzca más actividad que el resto de los días de la semana. En cualquier caso, cuando por aplicación de la distribución irregular de la jornada se produzca, en cómputo anual una diferencia de horas a favor del trabajador o trabajadora que no hayan sido utilizadas por la empresa a 31 de diciembre, o la finalización de la relación laboralempresa, estas serán para su beneficio sin que le puedan ser exigidas su realización posteriormente, o sin que se le pueda descontar de su finiquito a la finalización de la relación laboral. En cualquier caso, la prolongación de jornada consecuencia de esta distribución irregular y de la aplicación de las horas flexibles, no podrá ser de aplicación a trabajadores y trabajadoras que tengan limitada su presencia por razones de seguridad, salud, cuidado de menores, embarazo, periodos de lactancia o discapacidad. Las horas de jornada irregular deberán presentarse en el calendario y siempre de manera informada a la representación legal de los/as trabajadores/as, la cual, realizará el seguimiento de la aplicación de la jornada irregular.
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Samples: Convenio Colectivo
Jornada irregular. La Teniendo en consideración que la actividad desarrollada es la de una producción agrícola directamente condiciona por la climatología, generando días de alto nivel y otros de bajo ni- vel de actividad y la naturaleza perecedera de los productos que se manejan, que exigen su manipulación en tiempos concretos, se pacta expresamente que las personas trabajadoras se adaptarán a las necesidades de la empresa para hacer frente a la producción, teniendo siem- pre en consideración el límite de la jornada irregular legal dentro del cómputo anual pactado. Es por ello por lo que se acuerda expresamente que, durante las campañas de cerezas y castañas y, por las necesidades derivadas de éstas, se podrá aplicar establecer por la empresa la distribución irregular de la jornada de trabajo y, en las empresas cuando estos casos, la jornada de trabajo efectivo se produzca una mayor demanda establece de servicios lunes x xxxxxxx. A su vez, se pacta expresamente que no puedan ser atendidos podrá superarse el límite de nueve horas ordinarias de trabajo efectivo, conforme se dispone en el artículo 34.3 del Estatuto de los Trabajadores, si bien para este supuesto deberá contarse con la aprobación de la representación de los trabajadores, y con un límite de 10 horas diarias y con un máximo de 60 horas semanales, respetando, en cualquier caso, los períodos de descansos mínimos establecidos en el referido precepto y con el límite de la jornada ordinaria dentro del cómputo anual pactado, los prome- dios semanales y diarios en su cómputo anual indicados al inicio de este artículo. El descanso semanal, como norma general, tendrá una duración de un día y medio ininte- rrumpido, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. En los casos que no se pudieran realizar los descansos de forma total, el tiempo no descan- sado se acumulará a los de otras semanas una vez finalizado el proceso productivo afectado por esta medida. En cualquier caso, los descansos habrán de ser compensados, de forma ordinaria en los 15 días siguientes y, de no ser posible, dentro de los seis meses siguientes. En cualquier caso, y en el período de realización de jornada irregular, las personas trabajado- ras descansarán al menos un día por cada nueve trabajados. La empresa podrá distribuir irregularmente la jornada irregular no podrá superar en ningún caso la utilización ordinaria, con los límites y condiciones del artículo anterior, preavisando al trabajador con al menos 48 horas de 100 horas del cómputo de jornada anual de tiempo efectivo de trabajoantelación. La distribución irregular de la jornada nunca sólo podrá superar las 50 horas semanales como tiempo de trabajo efectivo, respetando los periodos de descanso diario y semanal. Las 50 horas semanales son aplicables llevarse a contratos a tiempo completo, aplicándose la proporcionalidad cabo en los contratos a tiempo parcial. En contraprestación términos establecidos, salvo acuerdo con el Comité de Empresa motivado por los excesos de jornada que se produzcancausas o circunstancias justificadas respetando, en cómputo mensualtodo caso, el trabajador o trabajadora puede disponer los requisitos legales para las modificaciones sustanciales de una hora de descanso por cada hora las condiciones de trabajo. Los descansos por compensación deben ser fijados de común acuerdo entre empresa y trabajador o trabajadora y deben ser disfrutados, salvo que en estos días se produzca más actividad que el resto de los días de Para la semana. En cualquier caso, cuando por aplicación de la distribución irregular de la jornada se produzca, en cómputo anual una diferencia de horas a favor del trabajador o trabajadora que no hayan sido utilizadas por la empresa a 31 de diciembre, o la finalización de la relación laboral, estas serán para su beneficio sin que le puedan ser exigidas su realización posteriormente, o sin que se le pueda descontar de su finiquito a la finalización de la relación laboral. En cualquier caso, la prolongación de jornada consecuencia de esta distribución irregular y de la aplicación de las horas flexibles, no podrá ser de aplicación a trabajadores y trabajadoras que tengan limitada su presencia por razones de seguridad, salud, cuidado de menores, embarazo, periodos de lactancia o discapacidad. Las horas de jornada irregular deberán presentarse en el calendario y siempre de manera informada a la representación legal de los/as trabajadores/as, la cual, realizará el seguimiento de la aplicación de la jornada irregular, así como la compensación de los excesos, se acuer- da, como periodo a considerar, el comprendiendo desde el día 1 xx xxxxx al 31 xx xxxxx de cada año. En procesos xx xxxxxxx se intentará que la compensación se efectúe en días completos.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo