Common use of Licencia por enfermedad Clause in Contracts

Licencia por enfermedad. Sección 1. A los empleados se les concederá la licencia por enfermedad según se establece en las Cláusulas Económicas al final del presente Convenio. Sección 2. En todos los casos de enfermedad de más de tres (3) días laborales consecutivos, el empleado deberá presentar un certificado del médico u otra prueba aceptable de discapacidad para solicitar los beneficios de licencia por enfermedad, si el Empleador lo solicita. Sección 3. Los empleados cubiertos por este Convenio pueden acumular y transferir de un año al siguiente una cantidad de licencia por enfermedad igual a la cantidad de licencia por enfermedad que gana un empleado en un año en virtud de este Convenio. Los empleados del Empleador en el Distrito de Columbia quienes estaban cubiertos por este Convenio antes del 1 de enero de 1999 pueden acumular y transferir un máximo de doce (12) días de licencia por enfermedad. Sección 4. El tiempo de vacaciones puede ser utilizado para ampliar la licencia por enfermedad, siempre que el empleado haya utilizado su licencia por enfermedad acumulada y proporcione la documentación cuando sea solicitada por el Empleador. Sección 5. Todos los empleados deben dar un aviso con dos (2) horas de antelación antes del comienzo del turno para solicitar los beneficios de licencia por enfermedad. El Empleador acuerda mantener un sistema de convocatoria y un registro diario. Sección 6. En el caso de que una jurisdicción gubernamental apruebe o modifique la legislación que establezca los niveles mínimos de licencia por enfermedad, todos los empleados recibirán el mayor entre el número máximo de días de licencia por año aplicable al empleador de mayor tamaño previsto en el mandato, y su derecho máximo de licencia por enfermedad en virtud del Convenio.

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Samples: Collective Bargaining Agreement

Licencia por enfermedad. Sección 11 Todos(as) los(as) miembros de la Unidad Apropiada cubiertos por este Convenio tendrán el derecho a acumular licencia por enfermedad a razón de (1.75) días por cada mes de servicio a partir de la firma de este convenio. Sección 2 La licencia por enfermedad se podrá acumular hasta un máximo de noventa (90) días laborables al finalizar cada año natural. A los empleados se les concederá El (la) empleado(a) podrá hacer uso de toda la licencia por enfermedad según se establece en las Cláusulas Económicas al final del presente Convenioque tenga acumulada durante cualquier año natural presentando certificado médico. Sección 2. En todos los casos 3 Todo(a) los(as) miembros de la Unidad Apropiada cubiertos por este Convenio tendrán el derecho a que se les pague anualmente el exceso de días de enfermedad que acumulen sobre el máximo permitido por la Ley Núm. 156 del 20 xx xxxxxx de 1996. Sección 4 La licencia por enfermedad se utilizará cuando el (la) empleado(a) se encuentre enfermo(a), incapacitado(a) físicamente o expuesto(a) a una enfermedad contagiosa que requiere su ausencia del trabajo para la protección de su salud o la de otras personas. Sección 5 En caso de ausencia por enfermedad por más de tres (3) días laborales consecutivos, el empleado deberá presentar (la) empleado(a) someterá un certificado del médico u otra prueba aceptable justificativo de discapacidad para las ausencias. Lo anterior se aplicará o interpretará de forma que no se vulnere la Xxx XXX ni la Ley de Licencia Familiar y Médica de 1993. Esto no limita al patrono solicitar los beneficios un certificado por menos de licencia por enfermedad, si el Empleador lo solicitatres días cuando haya sospecha de uso indebido de la licencia. Sección 3. Los empleados cubiertos 6 En caso de que el(la) empleado(a) agote la licencia por enfermedad y continúe enfermo(a), podrá utilizar la licencia regular, que tenga acumulada conforme a las normas establecidas para este tipo de licencia. Sección 7 Cuando un(a) empleado(a) miembro de la Unidad Apropiada cubierto por este Convenio pueden acumular y transferir de un año al siguiente una cantidad de licencia por enfermedad igual a la cantidad de licencia por enfermedad que gana un empleado en un año en virtud de este Convenio. Los empleados del Empleador en el Distrito de Columbia quienes estaban cubiertos por este Convenio antes del 1 de enero de 1999 pueden acumular y transferir un máximo de doce (12) días de licencia por enfermedad. Sección 4. El tiempo de vacaciones puede ser utilizado para ampliar la licencia por enfermedad, siempre que el empleado haya utilizado se encuentra utilizando su licencia por enfermedad acumulada tendrá derecho a la acumulación de licencia regular y proporcione la documentación cuando sea solicitada por enfermedad por el Empleadortiempo que esté fuera del servicio, siempre y cuando se reinstale a su trabajo una vez termine de disfrutar la licencia autorizada, siempre y cuando la licencia sea con paga. Sección 5. Todos los empleados deben dar un aviso con dos (2) horas 8 El Jefe del Cuerpo de antelación antes del comienzo del turno para solicitar los beneficios de Bomberos podrá anticipar la licencia por enfermedad. El Empleador acuerda mantener enfermedad a cualquier empleado miembro de la Unidad Apropiada cubierta por este Convenio que lo solicite presentando justificación y haya trabajado para la agencia por un sistema (1) año o más, hasta un máximo de convocatoria y un registro diariodieciocho (18) días laborables. Sección 69 Todo(a) empleado(a) miembro de la Unidad Apropiada cubierta por este Convenio que se le anticipe licencia por enfermedad vendrá obligado(a) a trabajar el equivalente al período necesario para acumular el tiempo anticipado. Durante el período, el(la) empleado(a) no tendrá balance de licencia a su favor, ya que lo que acumule se le irá acreditando al tiempo que se le adelantó hasta saldar el mismo. En el caso de que el(la) empleado(a) se separe del servicio de forma voluntaria o involuntariamente antes de servir el tiempo reglamentario vendrá obligado(a) a rembolsar en dinero a la agencia el equivalente a la licencia anticipada que deje de cubrir. A. Licencia por Enfermedad Xxxxxxxxxx Xxxxxxx 0 En caso de que un(a) miembro de la Unidad Apropiada cubierto (a) por este Convenio padezca de una jurisdicción gubernamental apruebe enfermedad prolongada o modifique sufra un accidente que le incapacite para asistir regularmente a su trabajo, el(la) empleado(a) cualificará para la legislación que establezca los niveles mínimos de licencia por enfermedad, todos los empleados recibirán el mayor entre el número máximo cesión de días de licencia de vacaciones acumulada por año aplicable parte de sus compañeros(as) de trabajo, según lo establece la Ley 44 del 22 xx xxxx de 1996. De persistir la condición luego de agotado el tiempo cedido, el Cuerpo de Bomberos le podrá conceder hasta un máximo de dieciocho (18) días, conforme al empleador de mayor tamaño previsto procedimiento descrito en el mandatoartículo de Licencia por Enfermedad. De agotarse estos días concedidos se le concederá una licencia sin paga, y su derecho máximo de licencia por enfermedad en virtud del Convenioprevia solicitud a los efectos, renovable cada seis (6) meses.

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Samples: Convenio Colectivo

Licencia por enfermedad. Sección 1) Licencia por enfermedad se refiere a una enfermedad personal, cuarentena en el hogar, o enfermedad grave de un familiar inmediato o miembros del hogar, o nacimiento, adopción o colocación en adopción de un hijo(a). A (Para los empleados se les concederá propósitos de una enfermedad, familia inmediata incluye al cónyuge, pareja doméstica, hijo(a), madre, padre, hermano(a), hijastro(a), padrastro, madrastra, hermanastro(a), cuñado(a), xxxxxxx, abuelos o nietos.) El hogar incluye cualquier persona viviendo dentro de la casa del empleado. Empleados podrán utilizar la licencia por de enfermedad según se establece en las Cláusulas Económicas al final del presente Convenioacumulada para asistir a funerales de familia inmediata. Sección 2. En todos los casos de enfermedad de más de tres (3) días laborales consecutivos, el empleado deberá presentar un certificado del médico u otra prueba aceptable de discapacidad para solicitar los beneficios de licencia por enfermedad, si el Empleador lo solicita. Sección 3. Los empleados cubiertos por este Convenio pueden acumular y transferir de un año al siguiente una cantidad de licencia por enfermedad igual a la cantidad de licencia por enfermedad que gana un empleado en un año en virtud de este Convenio. Los empleados del Empleador en el Distrito de Columbia quienes estaban cubiertos por este Convenio antes del 1 de enero de 1999 pueden acumular y transferir un máximo de a. Empleados recibirán doce (12) días de licencia por enfermedadenfermedad al año. La licencia por enfermedad se podrá acumular hasta un total de 240 días. El IMRF requiere 240 días para el beneficio máximo de un año para la jubilación. Sección 4b. Empleados que inicien empleo con el distrito durante el año escolar recibirán días de enfermedad prorrateados. c. La licencia de enfermedad no se acumulará durante licencias de ausencia sin goce xx xxxxxx o despidos. d. Ausencias por parte del día, por motivos de acuerdo a las disposiciones de una enfermedad se cargarán en contra de la licencia de enfermedad acumulada en una cantidad no menor de una hora. El tiempo Días feriados y otros días de vacaciones puede ser utilizado para ampliar descanso regulares no contarán en contra de la licencia por enfermedad, siempre que el empleado haya utilizado su . e. Empleados a prueba no serán elegibles para recibir licencia por enfermedad acumulada y proporcione la documentación cuando sea solicitada por con sueldo; sin embargo, al completar con éxito el Empleador. Sección 5. Todos los empleados deben dar un aviso con dos periodo de prueba de noventa (290) horas de antelación antes del comienzo del turno para solicitar los beneficios de licencia por enfermedad. El Empleador acuerda mantener un sistema de convocatoria y un registro diario. Sección 6. En el caso de que una jurisdicción gubernamental apruebe o modifique la legislación que establezca los niveles mínimos de licencia por enfermedad, todos los empleados recibirán el mayor entre el número máximo de días de licencia por año aplicable al empleador calendario, los días de mayor tamaño previsto en el mandato, y su derecho máximo de la licencia por enfermedad serán acreditados a partir del primer día de empleo. f. El empleado tendrá que proporcionar al Distrito un certificado del médico al ser solicitado si el empleado pide una licencia por enfermedad pagada después de una ausencia de tres (3) días consecutivos por enfermedad personal o según lo considere necesario el Superintendente o persona designada en virtud del Conveniootros casos.

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Samples: Convenio De Negociaciones Profesionales

Licencia por enfermedad. Sección 1. A los empleados se les concederá la licencia por enfermedad según se establece en las Cláusulas Económicas al final del presente Convenio. Sección 2. En todos los casos de enfermedad de más de tres (3) días laborales consecutivos, el empleado deberá presentar un certificado del médico u otra prueba aceptable de discapacidad para solicitar los beneficios de licencia por enfermedad, si el Empleador lo solicita. Sección 3. SECCION 1 Los empleados cubiertos por este Convenio pueden acumular acumularan Licencia por Enfermedad a razon de uno y transferir un medio (1 1/2) dias laborables por cada mes en que hayan trabajado por lo menos cien (100) horas de labor. Aquellos empleados que trabajen menos de cien (100) horas en el mes acumularan Licencia por Enfermedad en la proporcion que el numero de horas que trabajen en el mes es a cien (100) horas; o sea, si trabajan setenta y cinco (75) horas en el mes acumularan setenta y cinco por ciento (75%) de uno y medio (1 1/2) dia laborable a base de un año al siguiente una cantidad dia de licencia por enfermedad igual a la cantidad labor de licencia por enfermedad ocho (8) horas, es decir, nueve (9) horas de labor. El periodo de tiempo en que gana un el empleado en un año en virtud de este Convenio. Los empleados del Empleador en el Distrito de Columbia quienes estaban cubiertos cubierto por este Convenio antes del 1 Colectivo esta disfrutando Licencia por Enfermedad o Vacaciones contara para efectos de enero de 1999 pueden acumular y transferir un máximo de doce (12) días de licencia por enfermedadeste Articulo unicamente como horas trabajadas una vez se reintegre al trabajo. Sección 4. El tiempo de vacaciones puede ser utilizado para ampliar la licencia XXXXXXX 0 Xx Xxxxxxxx por enfermedad, siempre que Enfermedad no utilizada por el empleado haya utilizado durante el transcurso del ano quedara acumulada por los anos sucesivos hasta un maximo de setenta y cinco (75) dias. A la fecha de retiro para acogerse a los beneficios del Plan de Pensiones de la Compania o incapacidad determinada por el Seguro Social, se le pagara al empleado los dias de Licencia por Enfermedad acumuladas hasta un maximo de setenta y cinco (75) dias. Este beneficio se computara multiplicando por ocho (8) el tipo de paga basica regular por hora, que estuviere recibiendo el empleado al momento de su retiro o incapacidad. XXXXXXX 0 Xx Xxxxxxxx pagara anualmente la licencia por enfermedad acumulada en exceso de setenta y proporcione cinco (75) dias que tenga derecho el empleado, dentro de un periodo de ocho (8) semanas a partir de la documentación cuando sea solicitada fecha de aniversario anual de vacaciones, computado por ocho (8) el Empleador. Sección 5. Todos tipo de paga basica regular por hora que este recibiendo el empleado, a razon de cincuenta y cinco por ciento (55%) por los empleados deben dar un aviso con primeros dos (2) horas anos del Convenio, sesenta por ciento (60%) el tercer ano, sesenta y cinco por ciento (65%) el cuarto ano y setenta y cinco por ciento (75%) el quinto ano de antelación antes del comienzo del turno para solicitar los beneficios de licencia por enfermedad. El Empleador acuerda mantener un sistema de convocatoria y un registro diarioConvenio. Sección 6SECCION 4 En caso de tener que faltar al trabajo por cualquier motivo, el empleado lo debera hacer saber a su Supervisor inmediato durante su turno de trabajo. SECCION 5 El empleado que se ausente por enfermedad en exceso de dos (2) dias debera presentar a su Supervisor, al reintegrarse a su trabajo, un Certificado Medico en el cual se especifique la fecha de la consulta al medico y el estimado que haga el medico de los dias que debe estar recluido. En el caso de que una jurisdicción gubernamental apruebe el empleado continue enfermo por un periodo de tres (3) dias o modifique la legislación mas, el empleado debera hacer llegar dicho certificado a su Supervisor dentro de los primeros tres (3) dias de ausencia a su trabajo, excepto los casos de fuerza mayor en que establezca debera hacer llegar dicho certificado en el termino mas breve posible. Si el certificado sometido no es el original, el empleado sometera el certificado medico original al reintegrarse a su trabajo. El empleado recibira paga por los niveles mínimos de licencia por enfermedad, todos beneficios provistos en este Articulo solamente cuando se cumpla con lo dispuesto en esta Seccion. XXXXXXX 0 Xx Xxxxxxxx le informara a los empleados recibirán anualmente el mayor entre el número máximo balance de días de licencia dias por año aplicable al empleador de mayor tamaño previsto en el mandato, y su derecho máximo de licencia Licencia por enfermedad en virtud del ConvenioEnfermedad acumulada.

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Samples: Collective Bargaining Agreement (Telecomunicaciones De Puerto Rico Inc)