Common use of MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA Clause in Contracts

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

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Samples: Contract for Services, Public Procurement Contract, Licitación Pública Nacional

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet CompraNet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

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Samples: Contratación Del Servicio De Conciliación, Administración, Resguardo Y Custodia De Documentos, Contratación De Un Seguro De Servicios De Asistencia Y Defensa Legal, Contratación Del Servicio De Licenciamiento De Una Plataforma Tecnológica

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los bienes o servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

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Samples: Contract for Public Bidding, Contract for Services, Licitación Pública Nacional Mixta

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantesLicitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet CompraNet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados requeridos originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitaciónInvitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes Licitantes en la elaboración de su proposición.

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Samples: Contract for Services, Service Agreement

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 34 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando que ello no se realicen con el tenga por objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse , la convocante podrá modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas difundir dichas modificaciones en Compranet CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones Cualquier modificación a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten derivada como resultado de la o las juntas de aclaraciones, formará parte integrante de la convocatoria misma y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición. Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos. Cualquier modificación a la convocatoria derivada de la junta de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la presente convocatoria.

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Samples: Supervisión De Obras Públicas, Supervision Services Agreement

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantesLicitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet CompraNet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados requeridos originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes Licitantes en la elaboración de su proposición.

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Samples: Contract for Services, Contract for the Provision of Services

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios las SERVICIOS convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la al sustitución de los servicios bienes convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta

MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley, se podrán realizar modificaciones a los aspectos de la convocatoria, siempre y cuando no se realicen con el objeto de limitar el número de licitantes. Dichas modificaciones podrán realizarse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo ser difundidas en Compranet a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones a la convocatoria, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios SERVICIOS convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

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Samples: Contratación De Un Seguro De Responsabilidad Civil Y Asistencia Legal