MODIFICACIÓN CONTRACTUAL. EL BANCO podrá modificar la tasa de interés conforme a lo regulado en el artículo 32° del Reglamento y la Ley 28587 (Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros), en los siguientes casos:
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Samples: Contrato De Crédito, Contrato De Crédito, Contrato De Crédito
MODIFICACIÓN CONTRACTUAL. EL BANCO podrá modificar la tasa de interés compensatorio conforme a lo regulado en el artículo 32° del Reglamento y la Ley 28587 (Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros), en los siguientes casos:
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Samples: Loan Agreement