Common use of Obligaciones del adjudicatario previas a la formalización del contrato Clause in Contracts

Obligaciones del adjudicatario previas a la formalización del contrato. Con carácter previo a la formalización del contrato en documento administrativo el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: 1) El pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato. El cumplimiento de esta obligación se acreditará con la presentación en el Servicio o la Unidad administrativa responsable de la tramitación del expediente de contratación de los documentos que acrediten el pago del importe del anuncio de licitación al Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León, de conformidad con lo dispuesto en Ley 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras, que modifica la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que determina que los sujetos obligados al pago en los procedimientos en materia de contratación pública serán los interesados en estos procedimientos (adjudicatario). Si, además, el anuncio de licitación se hubiera publicado en el Boletín Oficial del Estado, se deberán presentar los documentos que acrediten el reintegro a la Consejería de Educación de los gastos de publicidad en este boletín. Con esta finalidad se adjuntará a la notificación de la adjudicación la factura expedida por el Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León y, en su caso, una copia de la factura del gasto de publicidad en el Boletín Oficial del Estado previamente satisfecho y liquidado por la Consejería de Educación. El incumplimiento por el adjudicatario de la obligación de efectuar el pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato, facultará al órgano de contratación a instar su recaudación por el procedimiento administrativo de apremio de conformidad con el Decreto 45/2002, de 21 xx xxxxx, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios, en cuyo artículo 3.5 se dispone que el cobro de las tasas y otros derechos de naturaleza pública no tributarios no ingresados en período voluntario se realizará mediante el procedimiento administrativo de apremio. 2) Aportar la escritura pública de formalización cuando la adjudicación se haya efectuado a favor de una unión temporal de empresarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. Si no se acredita el cumplimiento de este requisito legal, no podrá formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario. El plazo para el cumplimiento de estas obligaciones será el indicado en el apartado siguiente.

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Samples: Servicios, Servicios

Obligaciones del adjudicatario previas a la formalización del contrato. Con carácter previo a la formalización del contrato en documento administrativo el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: 1) El pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato. El cumplimiento de esta obligación se acreditará con la presentación en el Servicio o la Unidad administrativa responsable de la tramitación del expediente de contratación de los documentos que acrediten el pago del importe del anuncio de licitación al Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León, de conformidad con lo dispuesto en Ley 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras, que modifica la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que determina que los sujetos obligados al pago en los procedimientos en materia de contratación pública serán los interesados en estos procedimientos (adjudicatario). Si, además, el anuncio de licitación se hubiera publicado en el Boletín Oficial del Estado, se deberán presentar los documentos que acrediten el reintegro a la Consejería de Educación de los gastos de publicidad en este boletín. Con esta finalidad se adjuntará a la notificación de la adjudicación la factura expedida por el Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León y, en su caso, una copia de la factura del gasto de publicidad en el Boletín Oficial del Estado previamente satisfecho y liquidado por la Consejería de Educación. El incumplimiento por el adjudicatario de la obligación de efectuar el pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato, facultará al órgano de contratación a instar su recaudación por el procedimiento administrativo de apremio de conformidad con el Decreto 45/2002, de 21 xx xxxxx, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios, en cuyo artículo 3.5 se dispone que el cobro de las tasas y otros derechos de naturaleza pública no tributarios no ingresados en período voluntario se realizará mediante el procedimiento administrativo de apremio. 2) Aportar la escritura pública de formalización cuando la adjudicación se haya efectuado a favor de una unión temporal de empresarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP48 de la LCSP. Si no se acredita el cumplimiento de este requisito legal, no podrá formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario. El plazo para el cumplimiento de estas obligaciones será el indicado en el apartado siguiente.

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Samples: Contrato De Servicios

Obligaciones del adjudicatario previas a la formalización del contrato. Con carácter previo a la formalización del contrato en documento administrativo el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: 1) El pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato. El cumplimiento de esta obligación se acreditará con la presentación en el Servicio o la Unidad administrativa responsable de la tramitación del expediente de contratación de los documentos que acrediten el pago del importe del anuncio de licitación al Boletín Oficial xx Xxxxxxxx de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en Ley Xxxx. xx Xxxxxxxx, 85 - 34005 Palencia - Telf.: 000 00 00 00 - Fax.: 000 00 00 00 00 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras, que modifica la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que determina que los sujetos obligados al pago en los procedimientos en materia de contratación pública serán los interesados en estos procedimientos (adjudicatario). Si, además, el anuncio de licitación se hubiera publicado en el Boletín Oficial del Estado, se deberán presentar los documentos que acrediten el reintegro a la Consejería de Educación de los gastos de publicidad en este boletín. Con esta finalidad se adjuntará a la notificación de la adjudicación la factura expedida por el Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León y, en su caso, una copia de la factura del gasto de publicidad en el Boletín Oficial del Estado previamente satisfecho y liquidado por la Consejería de Educación. El incumplimiento por el adjudicatario de la obligación de efectuar el pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato, facultará al órgano de contratación a instar su recaudación por el procedimiento administrativo de apremio de conformidad con el Decreto 45/2002, de 21 xx xxxxx, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios, en cuyo artículo 3.5 se dispone que el cobro de las tasas y otros derechos de naturaleza pública no tributarios no ingresados en período voluntario se realizará mediante el procedimiento administrativo de apremio. 2) Aportar la escritura pública de formalización cuando la adjudicación se haya efectuado a favor de una unión temporal de empresarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. Si no se acredita el cumplimiento de este requisito legal, no podrá formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario. El plazo para el cumplimiento de estas obligaciones será el indicado en el apartado siguiente.

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Samples: Construction Contract

Obligaciones del adjudicatario previas a la formalización del contrato. Con carácter previo a la formalización del contrato en documento administrativo administrativo, el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: 1) El pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato. El cumplimiento de esta obligación se acreditará con la presentación en el Servicio la Sección o la Unidad administrativa Administrativa responsable de la tramitación del expediente de contratación de los documentos que acrediten el pago del importe del anuncio de licitación al Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/200912/2001, de 17 20 de diciembre, de Medidas Financieras, que modifica la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que determina que los sujetos obligados al pago en los procedimientos en materia de contratación pública serán los interesados en estos procedimientos (adjudicatario)artículos 21.2 c) y 22.2. Si, además, el anuncio de licitación se hubiera publicado en el Boletín Oficial del Estado, se deberán presentar los documentos que acrediten el reintegro a la Consejería de Educación de los gastos de publicidad en este boletínEducación. Con esta finalidad se adjuntará a la notificación de la adjudicación la factura expedida por el Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León y, en su caso, una copia de la factura del gasto de publicidad en el Boletín Oficial del de Estado previamente satisfecho y liquidado por la Consejería de Educación. El incumplimiento por el adjudicatario de la obligación de efectuar el pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato, facultará al órgano Órgano de contratación Contratación a instar su recaudación por el procedimiento administrativo de apremio de conformidad con el Decreto 45/2002, de 21 xx xxxxx, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios, en cuyo artículo 3.5 se dispone que el cobro de las tasas y otros derechos de naturaleza pública no tributarios no ingresados ingresado en período voluntario se realizará mediante el procedimiento administrativo de apremio. 2) Aportar la escritura pública de formalización cuando la adjudicación se haya efectuado a favor de una unión temporal de empresarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSPTRLCS. Si no se acredita el cumplimiento de este requisito legal, no podrá formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario. El plazo para el cumplimiento de estas obligaciones será el indicado en el apartado siguiente.

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Samples: Gestión De Servicio Público

Obligaciones del adjudicatario previas a la formalización del contrato. Con carácter previo a la formalización del contrato en documento administrativo el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: 1) El pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato. El cumplimiento de esta obligación se acreditará con la presentación en el Servicio o la Unidad administrativa responsable de la tramitación del expediente de contratación de los documentos que acrediten el pago del importe del anuncio de licitación al Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León, de conformidad con lo dispuesto en Ley 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras, que modifica la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que determina que los sujetos obligados al pago en los procedimientos en materia de contratación pública serán los interesados en estos procedimientos (adjudicatario). Si, además, el anuncio de licitación se hubiera publicado en el Boletín Oficial del Estado, se deberán presentar los documentos que acrediten el reintegro a la Consejería de Educación de los gastos de publicidad en este boletín. Con esta finalidad se adjuntará a la notificación de la adjudicación la factura expedida por el Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León y, en su caso, una copia de la factura del gasto de publicidad en el Boletín Oficial del Estado previamente satisfecho y liquidado por la Consejería de Educación. Xxxxx xxx Xxxxxxx, 0 - 00000 XXXXXXXXXX Teléfono 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00 xxxx://xxx.xxxxx.xxxx.xx/xxxxxxxx/xx/xxxxxxxxxxxx En cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del RGLCAP, el importe estimado de los gastos de publicidad tanto en boletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión, que debe abonar el adjudicatario, será el establecido en el cuadro de características específicas de este pliego, sin perjuicio de la liquidación que efectivamente resulte. El incumplimiento por el adjudicatario de la obligación de efectuar el pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato, facultará al órgano de contratación a instar su recaudación por el procedimiento administrativo de apremio de conformidad con el Decreto 45/2002, de 21 xx xxxxx, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios, en cuyo artículo 3.5 se dispone que el cobro de las tasas y otros derechos de naturaleza pública no tributarios no ingresados en período voluntario se realizará mediante el procedimiento administrativo de apremio. 2) Aportar la escritura pública de formalización cuando la adjudicación se haya efectuado a favor de una unión temporal de empresarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. Si no se acredita el cumplimiento de este requisito legal, no podrá formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario. El plazo para el cumplimiento de estas obligaciones será el indicado en el apartado siguiente.

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Samples: Contrato De Servicios

Obligaciones del adjudicatario previas a la formalización del contrato. 1. Con carácter previo a la formalización del contrato en documento administrativo el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: 1A) El pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato. El cumplimiento de esta obligación se acreditará con la presentación Formalización en el Servicio o la Unidad administrativa responsable de la tramitación del expediente de contratación de los documentos que acrediten el pago del importe del anuncio de licitación al Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León, de conformidad con lo dispuesto en Ley 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras, que modifica la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que determina que los sujetos obligados al pago en los procedimientos en materia de contratación pública serán los interesados en estos procedimientos (adjudicatario). Si, además, el anuncio de licitación se hubiera publicado en el Boletín Oficial del Estado, se deberán presentar los documentos que acrediten el reintegro a la Consejería de Educación de los gastos de publicidad en este boletín. Con esta finalidad se adjuntará a la notificación de la adjudicación la factura expedida por el Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León y, en su caso, una copia de la factura del gasto de publicidad en el Boletín Oficial del Estado previamente satisfecho y liquidado por la Consejería de Educación. El incumplimiento por el adjudicatario de la obligación de efectuar el pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato, facultará al órgano de contratación a instar su recaudación por el procedimiento administrativo de apremio de conformidad con el Decreto 45/2002, de 21 xx xxxxx, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios, en cuyo artículo 3.5 se dispone que el cobro de las tasas y otros derechos de naturaleza pública no tributarios no ingresados en período voluntario se realizará mediante el procedimiento administrativo de apremio. 2) Aportar la escritura pública de formalización cuando la constitución de una unión temporal de empresarios. Cuando la adjudicación se haya efectuado a favor de una unión temporal de empresarios, el adjudicatario deberá aportar la escritura pública de formalización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 69 de la LCSP. La acreditación de este requisito legal se hará presentando directamente ante lo servicios dependientes del TRLCSPórgano de contratación una copia auténtica de la escritura pública de constitución. Si no se acredita el cumplimiento de este requisito legal, no podrá formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario. B) Declaración responsable sobre la ubicación de los servidores que se utilizarán en el tratamiento de datos y prestación de servicios asociados a los mismos. De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 13.4 de este pliego, cuando el tratamiento de los datos personales que resulte necesario para la correcta ejecución del contrato se vaya a llevar a cabo en servidores propios del contratista encargado del tratamiento de datos, el adjudicatario del contrato estará obligado a presentar antes de la formalización del contrato una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. Esta declaración se efectuará conforme al Anexo 5 de este pliego. El plazo para adjudicatario tendrá, además, la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en dicha declaración. Si no se acredita el cumplimiento de este requisito legal, no podrá formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario. C) Solicitud de autorización de Transporte Regular de Uso Especial dirigida al departamento administrativo competente en la materia, con validez durante toda la vigencia del contrato. Deberá contarse con la autorización antes de iniciar el servicio y deberá acreditarse con la primera factura a efectos de su comprobación, de acuerdo a lo establecido en el art 106 xxx XXXX y normativa complementaria de desarrollo. 2. El adjudicatario deberá presentar la documentación que acredite el cumplimiento de estas obligaciones será el indicado en el apartado siguienteplazo xx xxxx hábiles a contar desde la recepción del requerimiento que le sea efectuado por el Servicio o de la Unidad administrativa responsable de la tramitación del expediente. En caso de tramitación urgente del expediente, el plazo se reducirá a cinco días hábiles.

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Samples: Contrato De Servicios

Obligaciones del adjudicatario previas a la formalización del contrato. Con carácter previo a la formalización del contrato en documento administrativo el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: 1) El pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato. El cumplimiento de esta obligación se acreditará con la presentación en el Servicio o la Unidad administrativa responsable de la tramitación del expediente de contratación de los documentos que acrediten el pago del importe del anuncio de licitación al Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León, de conformidad con lo dispuesto en Ley 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras, que modifica la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que determina que los sujetos obligados al pago en los procedimientos en materia de contratación pública serán los interesados en estos procedimientos (adjudicatario). Si, además, el anuncio de licitación se hubiera publicado en el Boletín Oficial del Estado, se deberán presentar los documentos que acrediten el reintegro a la Consejería de Educación de los gastos de publicidad en este boletín. Con esta finalidad se adjuntará a la notificación de la adjudicación la factura expedida por el Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León y, en su caso, una copia de la factura del gasto de publicidad en el Boletín Oficial del Estado previamente satisfecho y liquidado por la Consejería de Educación. El incumplimiento por el adjudicatario de la obligación de efectuar el pago de los gastos derivados de los anuncios de licitación del contrato, facultará al órgano de contratación a instar su recaudación por el procedimiento administrativo de apremio de conformidad con el Decreto 45/2002, de 21 xx xxxxx, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios, en cuyo artículo 3.5 se dispone que el cobro de las tasas y otros derechos de naturaleza pública no tributarios no ingresados en período voluntario se realizará mediante el procedimiento administrativo de apremio. 2) Aportar la escritura pública de formalización cuando la adjudicación se haya efectuado a favor de una unión temporal de empresarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. Si no se acredita el cumplimiento de este requisito legal, no podrá formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario. El plazo para el cumplimiento de estas obligaciones esta obligación será el indicado en el apartado siguiente.

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Samples: Servicios