ANEXO Cláusulas de Ejemplo

ANEXO. Artículo 16.1. Disposiciones en derecho de los pasajeros – México En caso de que un vuelo de Copa Airlines tenga demora o deba cancelarse debido a circunstancias imprevistas, haremos todo lo posible para mantener al cliente informado con información actualizada mientras se encuentre en el Aeropuerto o a bordo del avión afectado. De acuerdo a la información que tengamos disponible, proporcionaremos información oportuna y actualizada. En la medida de lo posible, explicaremos el motivo del retraso del vuelo o cancelación del mismo a través de diversos medios y/o canales. Esta información estará disponible en: • Sección Estados de Vuelos del sitio web xxx.xxxx.xxx • Anuncios en puerta de abordajes y a bordo del avión • Notificaciones en los correos electrónicos siempre y cuando se hayan inscritos previamente para recibir los avisos correspondientes a través de la Suscripción a notificación de vuelo • En las pantallas o sistema de información de los Aeropuertos • A través de nuestros Centro de Reservaciones
ANEXO. El anexo del presente Acuerdo será parte integrante del mismo.
ANEXO. A continuación se indican el anexo a este “Contrato”: Agencia de Valores Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente “Contrato”, por duplicado, en el lugar y fecha indicados. TITULAR (nombre y apellidos) FIRMA PLUSVALUE A.V., S.A Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxxxxxx 72822706-Z REPRESENTANTE (nombre y apellidos) FIRMA ANEXO 1. CONDICIONES ECONÓMICAS Servicio de asesoramiento no independiente TARIFA % Mínimo euros Euros por hora Precio PlusValue para el servicio de asesoramiento no independiente en materia de inversión. - 1.000,00 menos la retribución que reciba PlusValue de las gestoras que comercialice (*) - (*) El precio indicado anteriormente es anual, se devenga diariamente y se liquidará por trimestres naturales vencidos. A estos efectos, el cliente autoriza la domiciliación del cobro de las comisiones devengadas a favor de PLUSVALUE A.V., S.A en IBAN: ES_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Base para calcular retribución: Valor efectivo del patrimonio asesorado por los correspondientes puntos básicos de retrocesión. • Para el cálculo de la retribución, se tomará el importe realmente cobrado por PlusValue en el año precedente salvo que el cliente sea nuevo, en el que se calculará con el importe estimado para el ejercicio en curso., Se tendrán en cuenta los incrementos/disminuciones en el patrimonio asesorado debido a operaciones ejecutadas por el cliente (suscripciones, aportaciones, compras, traspasos, reembolsos, retiros, ventas…). El precio del servicio nunca podrá ser negativo. • El cliente deberá abonar el IVA correspondiente sobre el precio final del servicio.
ANEXO. El contrato cuenta con ( ) Anexo/s denominado/s “ ”, que una vez firmado/s por el “ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADORA” y “EL PROVEEDOR” forma parte integrante del presente contrato como si a la letra se insertara.
ANEXO. Forman parte integrante de este Contrato el siguiente anexo: Anexo 1. Acuerdo de Confidencialidad.
ANEXO. I- Política de compra responsable
ANEXO. El Anexo al presente convenio forma parte integrante del mismo. En prueba de conformidad de todo cuanto antecede, firman ambas partes el presente documento, extendido por duplicado, en Madrid, a 26 de julio de 2021. EL CONCEJAL PRESIDENTE EL PRESIDENTE ASOCIACIÓN DISTRITO CENTRO. ORQUESTA DEL BARRIO,
ANEXO. Forma parte integrante del presente convenio el siguiente anexo: “Anexo Único”: Copia simple del Contrato número SCJN/DGRM/DPC-042/12/2019, y copia simple del escrito de aceptación de prórroga del “Prestador de Servicios” presentado en la Dirección General de Recursos Materiales de la “Suprema Corte” el siete de diciembre de dos mil veinte. Leído y explicado el presente convenio, y al estar de acuerdo con su contenido y alcance, se firma con la conformidad de “Las Partes” por duplicado en la Ciudad de México, el veinte de enero de dos mil veintiuno. ESTA FOJA FORMA PARTE DEL PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO SCJN/DGRM/DPC- 032/12/2020, AL CONTRATO SCJN/DGRM/DPC-042/12/2019 DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA TELEFÓNICA, CELEBRADO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y TELECOMUNICACIONES VG Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V. SCJN/DGRM/DPC-032/12/2020 OGM/LFCV/MATM/CSM* ESTA FOJA FORMA PARTE DEL PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO SCJN/DGRM/DPC- 032/12/2020, AL CONTRATO SCJN/DGRM/DPC-042/12/2019 DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA TELEFÓNICA, CELEBRADO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y TELECOMUNICACIONES VG Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V. Copia simple del Contrato número SCJN/DGRM/DPC-042/12/2019, y copia simple del escrito de aceptación de prórroga del “Prestador de Servicios” presentado en la Dirección General de Recursos Materiales de la “Suprema Corte” el siete de diciembre de dos mil veinte. ESTA FOJA FORMA PARTE DEL PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO SCJN/DGRM/DPC- 032/12/2020, AL CONTRATO SCJN/DGRM/DPC-042/12/2019 DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA TELEFÓNICA, CELEBRADO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y TELECOMUNICACIONES VG Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V. Xxxxxxxxx Xx. 000 Xxx. Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx, X.X. X.X. 00000 Tel. 00 (00) 0000-0000 Fax 00 (00) 0000-0000 CIUDAD DE MÉXICO A 02 DE DICIEMBRE DE 2020.
ANEXO. Forman parte indisoluble del presente contrato el anexo que a continuación se relaciona: - Anexo I - Tarifas Y conformes con todo lo anterior, las partes firman este documento por duplicado en el lugar y fecha que consta en el encabezamiento. LA RESIDENCIA EL RESIDENTE EL GARANTE Todas las tarifas son cuotas mensuales que se pasarán a cobro por la cuenta bancaria indicada al efecto y se aplican con el siguiente criterio: Para estudiantes vecinos de algún municipio de la provincia xx Xxxxxxxx, excluida la capital. En caso de convivencia de 2 o más hermanos en el centro, se aplicará un descuento del 25% en cada una de las mensualidades. xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx Teléfono: 000 000 000
ANEXO. El Anexo 1 forma parte de este convenio, podrá, acorde a las necesidades de las partes, ser reformado, mediante la elaboración del informe técnico de los administradores del convenio y aprobado por los representantes legales del SAE y CALTU.