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Common use of Obligaciones del ENCARGADO Clause in Contracts

Obligaciones del ENCARGADO. 5.1. Con carácter general, observar cuantas disposiciones, medidas organizativas y técnicas fuesen necesarias y ejecutar todos aquellos actos exigibles o simplemente recomendables para dar un cumplimiento estricto a las obligaciones que le correspondan, de acuerdo con la legislación vigente y con las buenas prácticas del sector, como ENCARGADO de datos de carácter personal titularidad del RESPONSABLE. 5.2. Acceder a los datos de carácter personal titularidad del RESPONSABLE y utilizar los datos de carácter personal objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, únicamente para la finalidad objeto de este encargo, siempre de acuerdo con las instrucciones que facilite el RESPONSABLE. En ningún caso, podrá utilizar los datos para fines propios. 5.3. No ceder ni comunicar, en ningún caso, a terceras personas, los datos de carácter personal titularidad del RESPONSABLE a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación, así como tampoco permitir ningún tipo de acceso a los mismos por parte de terceros. 5.4. Llevar, por escrito un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del RESPONSABLE, con el contenido mínimo establecido en el artículo 30 del RGPD. 5.5. No comunicar los datos de carácter personal a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del RESPONSABLE, en los supuestos legalmente admisibles. Si el ENCARGADO debe transferir datos de carácter personal a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la UE o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al RESPONSABLE de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones de interés público. 5.6. Mantener el deber xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud de este contrato, incluso después de que finalice su objeto. 5.7. Garantizar que los datos de carácter personal sean tratados, únicamente, por aquellos empleados o, en su caso, colaboradores y subcontratistas, cuya intervención sea precisa para la finalidad contractual, que deberán haber recibido la formación necesaria en materia de protección de datos, garantizando la confidencialidad de los datos, así como que las personas de su empresa o, en su caso, colaboradores y subcontratistas, que accedan a ellos también hayan asumido dicha obligación de forma expresa y por escrito, junto con el compromiso de cumplimiento de las medidas de seguridad correspondientes. 5.8. Mantener a disposición del RESPONSABLE la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior. 5.9. Asistir al RESPONSABLE en la respuesta al ejercicio de los derechos de:

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Samples: Contrato De Acceso a Datos De Carácter Personal, Contrato De Acceso a Datos De Carácter Personal

Obligaciones del ENCARGADO. 5.1. Con carácter general, observar cuantas disposiciones, medidas organizativas y técnicas fuesen necesarias y ejecutar todos aquellos actos exigibles 5.1 El Encargado recabará o simplemente recomendables para dar un cumplimiento estricto llevará a las obligaciones que le correspondan, de acuerdo con la legislación vigente y con las buenas prácticas del sector, como ENCARGADO cabo el tratamiento de datos solo según lo especificado por el Responsable y de carácter personal titularidad del RESPONSABLE. 5.2. Acceder a los datos de carácter personal titularidad del RESPONSABLE y utilizar los datos de carácter personal objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, únicamente para la finalidad objeto de este encargo, siempre de acuerdo conformidad con las instrucciones que facilite el RESPONSABLE. En ningún caso, podrá utilizar los datos para fines propios. 5.3. No ceder ni comunicar, en ningún casodel mismo, a terceras personas, los datos de carácter personal titularidad del RESPONSABLE menos que el Encargado esté obligado a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación, así como tampoco permitir ningún tipo de acceso a los mismos hacerlo por parte de terceros. 5.4. Llevar, por escrito un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del RESPONSABLE, con el contenido mínimo establecido en el artículo 30 del RGPD. 5.5. No comunicar los datos de carácter personal a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del RESPONSABLE, en los supuestos legalmente admisibles. Si el ENCARGADO debe transferir datos de carácter personal a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho legislación de la UE Unión Europea o de los Estados miembros a la que le sea está sujeto o cualquier otra ley de protección de datos aplicable; en tal caso, el Encargado informará al RESPONSABLE Responsable de ese requisito legal antes del tratamiento de datos, a menos que esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo ley prohíba dicha información por razones motivos de interés público. El Encargado rectificará, eliminará o bloqueará los datos tratados en nombre del Responsable solo según las instrucciones del mismo. Si un interesado se pone en contacto con el Encargado con una solicitud de rectificación o eliminación de sus datos, el Encargado enviará la solicitud al Responsable. 5.65.2 A menos que lo prohíba la legislación aplicable o una solicitud legalmente vinculante en aplicación de la ley, el Encargado notificará de inmediato al Responsable de cualquier solicitud de una autoridad supervisora de protección de datos, autoridad de aplicación de la ley u otra autoridad pública para el acceso o la incautación de datos personales. Mantener Además, en la medida permitida por la ley, el deber xx xxxxxxx respecto Encargado podrá utilizar todas las medidas razonablemente disponibles para defenderse contra dicha acción o permitir que el Responsable lo haga en lugar y en nombre del Encargado, y si así lo decide, contar con la defensa de un tercero o permitir que el Responsable lo haga en nombre del Respensable. En cualquier caso, el Encargado cooperará razonablemente con el Responsable en dicha defensa. 5.3 Antes de conceder el acceso a los Datos Personales, el Encargado informarán a los empleados que participarán en el tratamiento de Datos Personales sobre su deber secreto y a mantener la confidencialidad de los datos y las familiarizará con las disposiciones establecidas en estas Cláusulas Parte B y las obligaciones de protección de datos aplicables. En la medida en que el Encargado esté tratando Datos Personales sujetos a secreto profesional u otras obligaciones especiales de confidencialidad (por ejemplo, datos sujetos al secreto de las telecomunicaciones), dicha obligación también incluirá estas circunstancias específicas y obligaciones relacionadas. 5.4 En la medida en que lo exija la Ley de Protección de Datos Aplicable, el Procesador nombrará a un responsable de protección de datos y enviará sus datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud contacto al Responsable y sin demora indebida informará al mismo sobre cualquier cambio y actualización durante la vigencia de este contrato, incluso después de que finalice su objetoAcuerdo. 5.75.5 El Encargado notificará sin demora indebida al Responsable las violaciones de las instrucciones o de las disposiciones en relación a la protección de los Datos Personales del Responsable por parte del Encargado o una persona empleada por el mismo. Garantizar El Encargado reconoce que el Responsable puede estar obligado a documentar los datos de carácter personal sean tratados, únicamente, por aquellos empleados o, en su caso, colaboradores y subcontratistas, cuya intervención sea precisa para la finalidad contractual, que deberán haber recibido la formación necesaria incidentes en materia de protección de datosdatos personales y, garantizando si es necesario, a informar a una autoridad supervisora y al interesado dentro de las 72 horas desde dicha violación. En la confidencialidad medida en que haya sido responsable de tales incumplimientos, el Encargado ayudará al Responsable de acuerdo con el Art. 28 para. 3 lit. f RGPD con el cumplimiento de las obligaciones de presentación de informes de una manera adecuada para permitir que el Responsable cumpla oportunamente sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo. El Encargado informará del incidente al Responsable sin retrasos indebidos y le dará al menos la siguiente información en la medida en que esté disponible para el Encargado: a) descripción del tipo de incidente, la categoría y la cantidad aproximada de sujetos afectados y conjuntos de datos implicados, b) nombre y datos de contacto de una persona de su organización para obtener más información, c) descripción de las consecuencias probables de la infracción, d) descripción de las medidas adoptadas para remediar o reducir la infracción. Además, el Encargado informará sin demora indebida al Responsable de las interrupciones graves del curso normal de las operaciones, sobre cualquier sospecha de violaciones/ incidentes de protección de datos u otras irregularidades en el tratamiento de los datos del Responsable. 5.6 El Encargado informará al Responsable de cualquier actividad de supervisión y medidas tomadas por la autoridad supervisora con respecto al tratamiento de datos personales del Responsable. 5.7 El Encargado ayudará al Responsable de acuerdo con el Art. 28 para. 3 lit. e del RGPD mediante la implantación de las medidas técnicas y organizativas adecuadas, en la medida en que esto sea posible y razonable, para el cumplimiento de la obligación del Responsable con los sujetos afectados (incluso con arreglo al capítulo II del RGPD), por ejemplo, en lo que a la información y el acceso de éstos se refiere, en los procesos de rectificación y eliminación de los datos, así como en la limitación del tratamiento o en el derecho a la portabilidad de los datos y el derecho a oponerse, si procede. 5.8 El Encargado ayudará de acuerdo con el Art. 28 para. 3 lit. f del RGPD con la preparación de una evaluación de impacto de protección de datos de acuerdo con el Art. 35 del RGPD y, cuando xxxxxxx, ayudará con la consulta de la autoridad supervisora según el Art. 36 del RGPD. A petición del Responsable, el Encargado revelará la información y los documentos requeridos al mismo. 5.9 Las Partes llegarán a un acuerdo con respecto a los costes adicionales que las personas se estipulen de su empresa o, en su caso, colaboradores conformidad con los puntos 5.7 y subcontratistas, que accedan a ellos también hayan asumido dicha 5.8. MBE no tendrá obligación de forma expresa y por escrito, junto con asumir los costes de dichos servicios prestados independientemente de que estuviera obligado en virtud de una obligación legal. 5.10 El Encargado supervisará el compromiso de cumplimiento de las medidas obligaciones especificadas anteriormente durante la ejecución del tratamiento de seguridad correspondientesdatos. 5.8. Mantener 5.11 El Encargado mantendrá un registro de las actividades de tratamiento de datos llevadas a disposición cabo en nombre del RESPONSABLE la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anteriorResponsable. 5.9. Asistir al RESPONSABLE en la respuesta al ejercicio de los derechos de:

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Samples: Condiciones De Uso

Obligaciones del ENCARGADO. 5.1. Con carácter general, observar cuantas disposiciones, medidas organizativas y técnicas fuesen necesarias y ejecutar todos aquellos actos exigibles o simplemente recomendables para dar un cumplimiento estricto a las obligaciones que le correspondan, de acuerdo con la legislación vigente y con las buenas prácticas del sector, como ENCARGADO de datos de carácter personal titularidad del RESPONSABLE. 5.2. Acceder a a) El Encargado utilizará los datos de carácter personal titularidad personales objeto del RESPONSABLE y utilizar los datos de carácter personal objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, únicamente tratamiento sólo para la finalidad objeto de este encargo, siempre . En ningún caso podrá utilizar los datos personales para fines propios. b) El Encargado tratará los datos de acuerdo con las instrucciones del Responsable. Si el Encargado considera que facilite alguna de las instrucciones infringe el RESPONSABLE. En ningún casoRGPD-UE o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o Europea de los Estados Miembros, podrá utilizar los datos para fines propiosel Encargado informará inmediatamente al Responsable. 5.3. No ceder ni comunicar, en ningún caso, a terceras personas, los datos de carácter personal titularidad del RESPONSABLE a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación, así como tampoco permitir ningún tipo de acceso a los mismos por parte de terceros. 5.4. Llevar, por escrito c) El Encargado llevará un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del RESPONSABLEResponsable, con que contendrá: I. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el contenido mínimo establecido encargado y, en su caso, del representante o responsable o del encargado y del Delegado de Protección de Datos II. Las categorías de tratamiento efectuados por cuenta de cada Responsable III. En su caso, las transferencias de datos personales a un país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 30 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPDRGPD – UE, la documentación de garantías adecuadas. 5.5IV. No comunicar Una descripción general de las médidas técnicas y organizativas de seguridad d) El Encargado no comunicará los datos de carácter personal a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del RESPONSABLEResponsable, en los supuestos legalmente admisibles. El Encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo Responsable, de acuerdo con las instrucciones del Responsable. En este caso, el Responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación. e) Si el ENCARGADO Encargado debe transferir datos de carácter personal personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la UE Unión o de los Estados miembros Miembros que le sea aplicable, informará al RESPONSABLE Responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal el Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público. 5.6. Mantener el deber xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud de este contrato, incluso después de que finalice su objeto. 5.7. Garantizar que los datos de carácter personal sean tratados, únicamente, por aquellos empleados o, en su caso, colaboradores y subcontratistas, cuya intervención sea precisa para la finalidad contractual, que deberán haber recibido la formación necesaria en materia de protección de datos, garantizando la confidencialidad de los datos, así como que las personas de su empresa o, en su caso, colaboradores y subcontratistas, que accedan a ellos también hayan asumido dicha obligación de forma expresa y por escrito, junto con el compromiso de cumplimiento de las medidas de seguridad correspondientes. 5.8. Mantener a disposición del RESPONSABLE la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior. 5.9. Asistir al RESPONSABLE en la respuesta al ejercicio de los derechos de:

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