Common use of OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.

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Samples: Contrato De Adquisiciones Número, Contrato De Adquisiciones Número /2020, Que Celebran Por Una Parte El, Contrato De Adquisiciones Número

OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. 38 Responsabilidades Generales del Proveedor El “PROVEEDOR” Proveedor deberá, con el cuidado y la diligencia debidos, prestar el servicio, ejecutar y terminar los trabajos y subsanar cualquier defecto de los mismos, de acuerdo con las estipulaciones del Contrato. El Proveedor deberá dar esctricto cumplimiento aportar toda la supervisión, mano de obra, materiales, maquinaria y cualquier otra cosa, de naturaleza temporal o permanente, que sean requeridos para dicha prestación, su ejecución, terminación y subsanación de defectos, en la medida en que la necesidad de la aportación de las mismas esté especificada o se deduzca razonablemente del Contrato. Prestará el servicio de tal suerte que resulten completos, encuadrados en las reglas del arte y adecuados a su fin, en la forma establecida en las especificaciones técnicas y demás documentos del contrato, aunque no se mencionen todos los detalles necesarios al efecto. El Contratista será responsable de la correcta interpretación de los distintos documentos técnicos y responderá de los defectos que puedan producirse durante la prestación Deberá comunicar a la Inspección, antes de iniciar el trabajo, cualquier diferencia o error del proyecto que haya comprobado en el curso de la prestación de los Servicios. En el desarrollo de su actividad, el Proveedor deberá ajustarse a todas y cada una las comunicaciones e instrucciones que le impartiere AGUAS SANTAFESINAS S.A. la eventual falta de instrucciones no podrá ser alegada por el Proveedor para justificar actividades desarrolladas según su arbitrio, siendo su obligación, señalar de inmediato cualquier discrepancia entre los documentos contractuales cuando perjudicare y/o imposibilitare la realización del servicio. Previo a la iniciación del servicio, el proveedor deberá coordinar su realización con el personal destacado para tal fin por AGUAS SANTAFESINAS S.A. con el objeto de reducir al máximo posible los inconvenientes que pudieren sobrevenir durante la ejecución de las obligaciones tareas. Toda comunicación escrita que una parte entregue en mano a la otra, deberá ser firmada por esta última como constancia de recepción. Las comunicaciones así firmadas por la parte que las recibe y responsabilidades las intercambiadas entre las partes por medio de telegramas colacionados o cartas documento darán fe de por sí, entre ellas. AGUAS SANTAFESINAS S.A. se reserva el derecho, a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexosexclusivo juicio, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicablede modificar la cantidad de objetivos durante la vigencia del Contrato. Asimismo, el “PROVEEDOR” podrá cambiar la ubicación de los Objetivos pero manteniéndolos siempre dentro del ámbito de las localidades o adyacencias de los contratados. Dichas modificaciones se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar deberán informar con una anticipación de 5 días a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan fecha de acuerdo a lo establecido en este instrumentosu aplicación. El “PROVEEDOR” se obliga a contar PROVEEDOR no podrá suspender la prestación del servicio, ni aún parcialmente, con los recursos humanos y materiales el pretexto de que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual maneraexisten divergencias pendientes, el “PROVEEDOR” será el único responsable bajo pena de la calidad, almacenaje, uso, manejo y aplicación de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido sanciones previstas en el “Título Quinto Artículo 63 de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Leyeste Pliego.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La Contratación De Servicios, Pliego De Condiciones, Modelo De Contrato

OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD], dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.

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Samples: www.oaxaca.gob.mx, www.oaxaca.gob.mx, www.oaxaca.gob.mx

OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto Proveedor se obliga a: Ceder o transmitir únicamente al Factorante los Derechos de Crédito a cargo del Deudor que se encuentren disponibles en el SIPAD y que el Proveedor haya seleccionado. No ceder de forma alguna a tercero alguno o gravar los Derechos de Crédito que se derivan de los Documentos que se transmitan al Factorante en términos del presente Contrato; Entregar al Factorante los Documentos en los que consten los Derechos de Crédito que acrediten la existencia y titularidad de los mismos, así como toda la documentación que ampare la relación entre los Deudores y el Proveedor en el plazo que señala la Cláusula Quinta del presente Contrato; Hacer entrega al Factorante de los pagarés, letras de cambio o cualquier otro título de crédito originales, debidamente endosados, con los que se hubiere garantizado, en su caso, el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los Documentos, que sean objeto de cesión en términos del presente Contrato. Realizar cualquier acto que el Factorante le solicite tendiente a la formalización de la cesión de los Derechos de Crédito; Garantizar la existencia y legitimidad de los Derechos de Crédito; Tomar todas las medidas necesarias para la conservación de los Derechos de Crédito cedidos. Responder del detrimento del valor de los Documentos, así como del resultado de cualquier disputa comercial derivada de los Documentos; Coadyuvar con el Factorante, cuando éste expresamente se lo solicite, en el cobro del importe amparado por los Documentos, así como para acreditar la entrega o prestación oportuna y satisfactoria de los bienes o servicios, así como de todas y cada una de las especificaciones estipuladas con los Deudores; y Dar cabal cumplimiento a todas aquellas obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del conforme al presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.

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Samples: Contrato De Factoraje Financiero

OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “EL PROVEEDOR” se obliga a lo siguiente: A cubrir todos aquellos gastos por traslado y manejo, hasta el momento que los bienes sean recibidos en su totalidad y de conformidad por “EL INSTITUTO”, en el lugar pactado. A entregar los BIENES objeto de este contrato, conforme los términos de entrega previstos en la cláusula vigésima de este contrato, en el ALMACÉN de cada centro hospitalario u oficina administrativa adscrito a "EL INSTITUTO" que se indique en el pedido respectivo. A responder por su cuenta y riesgo, de los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetivaocultos de los bienes suministrados, así como de los daños y perjuicios que por cualquier con motivo se llegue de los mismos puedan llegar a causar a terceros. A sustituir, cuando el fabricante no esté en condiciones de surtir, cambie, dé de baja o demerite la calidad original de algún bien de las partidas adjudicadas en este contrato, por otro igual o mejor, sin costo adicional para el ISSSTESON, previa autorización por escrito de la Subdirección Administrativa adscrita a [SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a tercerosEL INSTITUTO”, en cuyo caso se harán efectivas caso, “EL PROVEEDOR” tiene a su cargo la obligación de presentar las garantías propuestas de sustitución a la Subdirección de Servicios Administrativos, mediante el formato expedido al efecto, anexando los requisitos técnicos establecidos en las bases que correspondan de acuerdo a lo establecido en este originan el presente instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales Cabe señalar que durante el período que se requieren para autorice el debido cumplimiento cambio del presente Contratobien, surtirán efecto las penas convencionales que establece la Cláusula Décima Tercera inciso A, de este contrato. De igual maneraA facilitar a "EL INSTITUTO", el “PROVEEDOR” será el único responsable la práctica de la calidad, almacenaje, uso, manejo y aquellas pruebas por sistema de cualquier otra maniobramuestreo, que con sus equipos e insumos en generalse consideren necesarias para confirmar la calidad de los bienes suministrados, requiera hacer durante para incluyendo el cumplimiento del presente instrumentotipo de pruebas destructivas, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios ningún costo para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido "EL INSTITUTO" en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Leycualquier caso.

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Samples: www.isssteson.gob.mx

OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” Como parte del servicio brindado por el proveedor, se incluirán capacitaciones y actualizaciones en el correcto uso del equipo para el personal de las UUEE (al menos una vez al año para cada UE), incluyendo todas las recomendaciones para el cuidado, mantenimiento y mejoras en la producción de los equipos así como todas las técnicas de uso que permitan utilizar el equipo en un 100% de su capacidad, con el fin optimizar la producción y disminuir al máximo la ocurrencias de errores durante la operativa diaria. Los gastos de transporte, viáticos del Personal y cualquier otro derivados de las visitas que se sucedan, serán de cargo total del Proveedor del Servicio. Quedan expresamente excluidos, de las Obligaciones del Proveedor de acuerdo a este Contrato, la atención por daños producidos por mal uso, accidentes, golpes, mojaduras, alimentaciones eléctricas defectuosas, Rayos y Centellas de las condiciones climáticas u otros imprevistos, ajenos al uso correcto de los Equipos bajo Servicio, por las que deberá dar esctricto cumplimiento a todas asistir al Servicio en los plazos estipulados y cada una cotizar las reparaciones o actuaciones, de modo de lograr la aprobación previa, por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora y de la División Tecnología Médica de ASSE (de aquí en mas denominada como Tecnología Médica), para la realización de las mismas. Dentro de las obligaciones del Proveedor estará la provisión de todos los Repuestos necesarios para el buen funcionamiento de los Equipos, salvo declaración expresa. Los repuestos serán siempre nuevos, fabricados y responsabilidades suministrados por ESAOTE (o subsidiarias autorizadas) con la correspondiente Garantía del Fabricante, que deberá establecerse en cada caso. El oferente deberá certificar su relación comercial con el fabricante, como forma de asegurar la capacidad de obtener todos los repuestos que se necesiten durante el lapso que dure este contrato de mantenimiento. Será obligatorio declarar los máximos tiempos de demora en la entrega de repuestos, como parte de la oferta, lo cual quedará formando parte del contrato de servicio. También el oferente deberá declarar, el stock de repuestos con que cuenta localmente para este servicio al momento de ofertar, por medio de la presentación de un listado con nombre de cada parte, equipo donde se usa, cantidad en stock, y código asignado por el fabricante, lo que también quedará formando parte del contrato. Cada vez que se remplace una parte o pieza que no esté contemplada dentro de las obligaciones del Proveedor, o que deba ser facturada a la UE, la parte que se retire deberá ser entregada a Tecnología Médica en un plazo máximo de 15 días. Como forma de mantener en condiciones óptimas al conjunto, el oferente deberá contemplar como parte de su cargo establecidas propuesta, dotar al conjunto de equipos de todos los avances de Software y Firmware (parches de corrección, actualizaciones, up- grade's y todo tipo de mejoras en aplicaciones) que estén disponibles al comienzo del contrato y/o se produzcan durante el transcurso del mismo, incluidos en el presente Contrato y sus Anexosprecio del servicio, así como cumplir con todas disposiciones establecidas sin costo extra para ASSE, lo que quedará establecido en el mencionado contrato. Respecto al total de las leyessondas transductoras de los ecógrafos, reglamentosse contempla el cambio de un 12% (doce por ciento) por año, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismoincluidas en el precio del servicio, sin costo para ASSE, lo que a través de Tecnología Médica se constatará si el “PROVEEDOR” se obliga a responder cambio corresponde por su cuenta y riesgodesgaste natural, los defectos y vicios ocultosno permitiéndose sustituciones en esta modalidad de aquellas dañadas por notorio mal uso, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios las que por cualquier motivo se llegue a causar el proveedor deberá cotizar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a tercerosUE para dicho remplazo, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en modo de lograr la aprobación previa por parte de la Dirección de la UE y de Tecnología Médica. Una vez superada esta cantidad y previa consulta con la Administración, podrán ser facturadas fuera de este instrumentoContrato de Servicio. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para Proveedor deberá estar habilitado ante el debido cumplimiento MSP como empresa de servicio de mantenimiento del equipamiento médico objeto del presente Contrato. De igual manerallamado (según Decreto 3/008), el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional algunadebiendo presentar dicho certificado vigente. El “PROVEEDOR” Proveedor deberá contar con Técnicos calificados por el Fabricante para las autorizaciones tareas que requieran los Equipos a mantener, para lo cual deberá incluir en la Oferta los certificados de entrenamiento correspondientes en el Equipamiento objeto del llamado junto con un breve CV del personal técnico. Para la ejecución de los servicios de Mantenimiento Preventivo, se deberá coordinar previamente con las UUEE involucradas la visita a los centros, de forma tal que siempre se encuentre presente un funcionario responsable del servicio, en lo posible idóneo en el tema y que pueda corroborar el correcto funcionamiento del equipo, condiciones del mismo y de las tareas realizadas, una vez finalizadas estas. Al comienzo de cada período, el proveedor deberá suministrar previamente un cronograma con las fechas tentativas de visita para los Mantenimientos Preventivos a cada equipo, y un checklist con un resumen de las tareas a ejecutar, según las recomendaciones del fabricante, para cada visita. Las intervenciones, en cualquiera de las Unidades Ejecutoras, tanto preventivas como correctivas, deberán ser documentadas mediante Acta de Servicio (conocida también como Formulario o permisos necesarios Comprobante de Intervención Técnica), la que deberá ser firmada con aclaración y sello , por el responsable del Servicio o por la Dirección de Unidad Ejecutora (se exceptúa la necesidad del sello para formularios de intervención del tipo digital -sin papel). Una vía del Acta de Servicio se deberá dejar en la UE (en lo posible junto al equipo), y una copia (u otra vía) deberá entregarse a la División de Tecnología Médica de ASSE, quien registrará, controlará y dará conformidad a las mismas. El Acta de Servicio deberá contener los siguientes campos: Prueba de Seguridad Eléctrica, etc),  Todos los Repuestos utilizados en el equipo (si fuera necesario. Incluyendo descripción, numero de parte y cantidad utilizada, sin importar si están o no incluidos en el contrato), Estas Actas de intervención deberán estar seriadas con números consecutivos e irrepetibles, y completadas en forma clara y totalmente legible (en todas sus vías) con letra de imprenta. El envío del Acta de Servicio a Tecnología Médica deberá realizarse de modo inmediato, posterior a la ejecución del objeto del presente Contratoservicio, conforme a por Fax o copia escaneada por email 1 , de modo que Tecnología Médica, conozca en tiempo real las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso dificultades de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro funcionamiento de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que equipos y el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones cierre de la Ley de Adquisicioneslos reclamos, EnajenacionesLas facturas correspondientes al trimestre deberán ser entregadas en Tecnología Médica antes del día 10 del mes siguiente, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad junto con lo establecido en el “Título Quinto los originales de las Infracciones Actas de Servicio, para su control y Sancionesaprobación. Será condición necesaria para el pago del servicio trimestral, Capítulo Único” contar con el visto bueno de la citada LeyTecnología Médica, como garantía de cumplimiento de los Servicios.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares