Common use of Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista Clause in Contracts

Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Cámara de España. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Appears in 4 contracts

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Procedimiento Para La Contratación De Los Servicios De Hosting, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios De Auditoria Y Consultoría De Art, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Procedimiento Para La Contratación De Los Servicios De Reingeniería Software