Common use of Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista Clause in Contracts

Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente. Expresamente se hace constar que los gastos de entrega y de transporte de los bienes objeto del suministro al lugar señalado en el apartado 15 de la cláusula 1 serán de cuenta del contratista. El contratista tendrá la obligación de presentar la factura o facturas correspondientes a la ejecución del objeto del contrato ante el registro del órgano de contratación, a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda su tramitación. En la factura deberá constar la identificación del órgano gestor (órgano de contratación), de la unidad tramitadora (centro directivo promotor del contrato) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad), con indicación de los correspondientes códigos de acuerdo con el “Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3” gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, conforme se recoge en el apartado de “Órganos administrativos” de la cláusula 1. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1222184111642262785660 El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 23 de la cláusula 1, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.

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Samples: Contrato De Suministro De Medicamentos

Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista los gastos e de impuestos, anuncios de licitación, en su caso, ya sea en boletines y diarios oficiales o en cualquier medio de comunicación, cuyo importe máximo se encuentra especificado en el apartado 23 de la cláusula 1, los de formalización del contrato Acuerdo Marco en el supuesto caso de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministrola ejecución de las obras. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contratode los contratos basados en el Acuerdo Marco, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, en especial el IVAImpuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras si este fuera exigible, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente. Expresamente se hace constar que los gastos de entrega y de transporte de los bienes objeto del suministro al lugar señalado en el apartado 15 de la cláusula 1 serán de cuenta del contratista. El contratista tendrá la obligación de presentar la factura o facturas correspondientes a la ejecución del objeto del contrato ante el registro del órgano de contratación, a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda su tramitación. En la factura deberá constar la identificación del órgano gestor (órgano de contratación), de la unidad tramitadora (centro directivo promotor del contrato) y de la oficina contable (órgano que tiene La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0926391065816354353215 atribuida la función de contabilidad), con indicación de los correspondientes códigos de acuerdo con el “Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3” gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, conforme se recoge en el apartado de “Órganos administrativos” de la cláusula 1. La autenticidad Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de este documento las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación. Su determinación y momento de entrega se puede comprobar contienen en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro apartado 15 de verificación: 1222184111642262785660 la cláusula 1. El contratista tendrá la obligación de colocar, a su cargo, carteles informativos de la obra, siguiendo los modelos e instrucciones de la Administración. Tratándose de obras que se financien en todo o en parte con cargo a fondos xxx XXXXX, el contratista deberá colocar en la obra carteles informativos de la participación xxx XXXXX, al menos en igual número que los que hagan publicidad de la empresa contratista. El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita la dirección de la obra, un reportaje fotográfico mensual sobre las mismas, así como cuantas fotografías le puedan ser exigidas durante la ejecución de aquellas. El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, las de circulación en la zona que ocupan los trabajos, así como las de los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en sus lindes o inmediaciones, así como a cumplir las órdenes a que se refiere la cláusula 23 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado. El contratista está obligado no sólo a la ejecución de las obras, sino también a su conservación y policía hasta la recepción y durante el plazo de garantía de las mismas. Igualmente, el adjudicatario responderá de la vigilancia de los terrenos así como de los bienes que haya en los mismos, de conformidad en lo dispuesto de la cláusula 33 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado. Si así fuera requerido por la dirección de la obra, el contratista tendrá la obligación de adscribir, con carácter permanente, personal de guarda en las obras hasta la recepción de las mismas. El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 23 24 de la cláusula 1, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.

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Samples: Acuerdo Marco

Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, en su caso, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente. Expresamente se hace constar que los gastos de entrega y de transporte de los bienes objeto del suministro al lugar señalado en el apartado 15 13 de la cláusula 1 serán de cuenta del contratista. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1239697779362582160459 El contratista tendrá la obligación de presentar la factura o facturas correspondientes a la ejecución del objeto del contrato ante el registro del órgano de contratación, en los términos establecidos en la normativa sobre factura electrónica, a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda su tramitación. En la factura deberá constar la identificación del órgano gestor (órgano de contratación), de la unidad tramitadora (centro directivo promotor del contrato) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad), con indicación de los correspondientes códigos de acuerdo con el “Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3” gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, conforme se recoge en el apartado de “Órganos administrativos” de la cláusula 1. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1222184111642262785660 El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 23 de la cláusula 1, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.

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Samples: Supply Agreement

Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista los gastos e de impuestos, anuncios de licitación, en su caso, ya sea en boletines y diarios oficiales o en cualquier medio de comunicación, cuyo importe máximo se encuentra especificado en el apartado 18 de la cláusula 1, los de formalización del contrato acuerdo marco en el supuesto caso de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto la ejecución del suministro. Asimismo Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contratode los contratos basados en el acuerdo marco, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato acuerdo xxxxx durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente. Expresamente se hace constar que los gastos de transporte y entrega y de transporte de los bienes objeto del suministro al lugar señalado en el apartado 15 de la cláusula 1 para ello serán de cuenta del contratista. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1257923004828507759671 El contratista tendrá la obligación de presentar la factura o facturas correspondientes a derivadas de la ejecución del objeto del contrato ante el correspondiente registro del órgano de contrataciónadministrativo, a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda su tramitación. En la factura deberá constar la identificación del órgano gestor (órgano de contratación), de la unidad tramitadora (centro directivo promotor u organismo promotor), del contratoórgano gestor (órgano al que está adscrita la unidad tramitadora) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad), con indicación de los correspondientes códigos de acuerdo con el “Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3” gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, y la dirección postal, conforme se recoge recogerá en el apartado cada contrato de “Órganos administrativos” de la cláusula 1suministro basado en este acuerdo marco. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1222184111642262785660 El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 23 19 de la cláusula 1, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.

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Samples: Acuerdo Marco

Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista los gastos e de impuestos, anuncios de licitación, ya sea en boletines y diarios oficiales o en cualquier medio de comunicación, cuyo importe máximo se encuentra especificado en el apartado 20 de la cláusula 1 los de formalización del contrato acuerdo marco en el supuesto caso de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto la ejecución del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contratode los contratos basados en el acuerdo marco, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVAIVA , el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato acuerdo marco durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente. Expresamente se hace constar que los gastos de entrega y de transporte de los bienes objeto del suministro al lugar señalado en el apartado 15 de la cláusula 1 serán de cuenta del contratista. El contratista tendrá la obligación de presentar la factura o facturas correspondientes a derivadas de la ejecución del objeto del contrato ante el correspondiente registro del órgano de contrataciónadministrativo, a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda su tramitación. En la factura deberá constar la identificación del órgano gestor (órgano de contratación), de la unidad tramitadora (centro directivo u organismo promotor del contratocontrato basado), del órgano gestor (órgano al que está adscrita la unidad tramitadora) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad), con indicación de los correspondientes códigos de acuerdo con el “Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3” gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, y la dirección postal, conforme se recoge recogerá en el apartado cada contrato de “Órganos administrativos” de la cláusula 1. La autenticidad de suministro basado en este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1222184111642262785660 acuerdo xxxxx El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 23 21 de la cláusula 1, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan procedan, en orden a ejecutar especial la tasa por prestación de servicios urbanísticos, por el concepto de licencia de obras y entregar correctamente los bienes objeto del suministrootros, además de cuantos visados sean preceptivos para la entrega debidamente legalizada de las instalaciones. Asimismo Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, en especial el IVAImpuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras si este fuera exigible, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente. Expresamente se hace constar que los gastos de entrega y de transporte de los bienes objeto del suministro al lugar señalado en el apartado 15 de la cláusula 1 serán de cuenta del contratista. El contratista tendrá la obligación de presentar la factura o facturas correspondientes a la ejecución del objeto del contrato ante el registro del órgano de contratación, a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda su tramitación. En la factura deberá constar la identificación del órgano gestor (órgano de contratación), de la unidad tramitadora (centro directivo promotor del contrato) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad), con indicación de los correspondientes códigos de acuerdo con el “Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3” gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, conforme se recoge en el apartado de “Órganos administrativos” de la cláusula 1. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación. Su determinación y momento de entrega se contienen en el apartado 17 de la cláusula 1. El contratista tendrá la obligación de colocar, a su cargo, carteles informativos de la obra, siguiendo los modelos e instrucciones de la Administración. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1222184111642262785660 1294890789175643481462 Tratándose de obras que se financien en todo o en parte con cargo a fondos xxx XXXXX, el contratista deberá colocar en la obra carteles informativos de la participación xxx XXXXX, al menos en igual número que los que hagan publicidad de la empresa contratista. El contratista queda obligado a realizar a su xxxxx un reportaje fotográfico mensual sobre las obras, que permita realizar un seguimiento fotográfico aéreo (con fotografía aérea oblicua) y terrestre digital de la obra, así como cuantas fotografías le puedan ser exigidas durante la ejecución de aquellas, debiendo realizarse el primer reportaje fotográfico previamente al inicio de las obras y el último, una vez finalizadas las mismas. El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, las de circulación en la zona que ocupan los trabajos, así como las de los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en sus lindes o inmediaciones, así como a cumplir las órdenes a que se refiere la cláusula 23 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado. El contratista está obligado no sólo a la ejecución de las obras, sino también a su conservación y policía hasta la recepción y durante el plazo de garantía de las mismas. Igualmente, el adjudicatario responderá de la vigilancia de los terrenos, así como de los bienes que haya en los mismos, de conformidad en lo dispuesto de la cláusula 33 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado. Si así fuera requerido por la dirección de la obra, el contratista tendrá la obligación de adscribir, con carácter permanente, personal de guarda en las obras hasta la recepción de las mismas. El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 23 27 de la cláusula 1, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. El contratista está obligado a entregar a su xxxxx, al final de la obra, el Documento final de obra, que recoja el estado de dimensiones y características de la obra ejecutada que defina con detalle las obras realizadas tal y como se encuentran en el momento de la recepción. Dicho documento deberá entregarse en el plazo máximo de 2 meses tras la terminación de las obras. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1294890789175643481462 El adjudicatario estará obligado a presentar y desarrollar un Plan de Aseguramiento de la Calidad. Los ensayos y frecuencia de los mismos tanto sobre materiales como sobre los tajos terminados tendrán en cuenta toda la normativa vigente aplicable a la obra, con las especificaciones añadidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto. El Plan de Aseguramiento de la Calidad deberá abarcar tanto la caracterización y recepción de los materiales básicos, como las unidades de obra y tajos durante su ejecución y una vez terminados. En los materiales básicos y prefabricados el control incluirá la exigencia de garantía, sello de idoneidad, certificación u homologación que en cada caso corresponda, quedando reducido el número de ensayos a los preceptivos de recepción y de verificación en su caso. El precio de estos ensayos, sellos y plan de aseguramiento se considera incluido en las unidades de obra, por lo que todos los gastos derivados de esta actividad corren a cargo del adjudicatario. La aportación de las conformidades de los ensayos, sellos, certificados, etc., de acuerdo a la normativa técnica vigente, será condición necesaria para el abono de las unidades de obra correspondientes. De acuerdo con la cláusula 38 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la construcción de obras del Estado (RD de 3854/1970 de 31 de diciembre), el Director de Obra podrá ordenar la realización, por laboratorio debidamente acreditado, de los correspondientes ensayos adicionales de verificación y contraste de los previamente realizados por el contratista para el aseguramiento de la calidad. Los gastos que se originen por la realización de estos ensayos serán a cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de la obra y con arreglo al cuadro de precios que figura como Anexo X del presente pliego. A la finalización de la ejecución de la obra y con carácter previo a su recepción el contratista deberá remitir a la Dirección General de Carreteras los planos definitivos o planos as built con la información correspondiente a las modificaciones en las superficies afectadas que por necesidades técnicas se hayan acordado durante el transcurso de la obra, indicando claramente el límite exterior de cada una de las afecciones, la diferencia entre la zona afectada en el proyecto original y en el proyecto modificado y los planos de reposición de la red viaria, carreteras, caminos vecinales y vías pecuarias. Se entregarán en formato dwg. o dxf.

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Samples: Construction Contract