Common use of OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL Clause in Contracts

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. Presentar en el término de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato al interventor, el personal mínimo profesional y técnico exigido para la ejecución del contrato en los documentos de la convocatoria, cumpliendo con la experiencia específica exigida en este documento. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER o la CONTRATANTE u otras entidades. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuesto, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍA. 2. Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3. El director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianas. 5. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia. 6. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificación. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL o soportes de pago al sistema de seguridad social de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoría. 13. Presentar mensualmente al interventor, según sea el caso, las respectivas afiliaciones o soportes de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personal. 14. Cuando el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, Incorporar como mínimo el setenta y cinco por ciento 75% de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombiano

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OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. ) Presentar en el término al interventor del contrato, dentro de los tres (303) días siguientes a la suscripción del contrato al interventorde obra, y previo a la firma del acta de inicio, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. 2) Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato, el personal mínimo profesional ofrecido y técnico exigido requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado en el numeral 2.3. del presente documento, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida en las Reglas de Participación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato en los documentos de la convocatoria, cumpliendo derivado del pre- sente proceso y con la experiencia específica exigida en este documento. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER FONADE o la CONTRATANTE u otras entidadescon terceros. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestoAdemás de lo anterior, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍA. 2. Contar contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3. El director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. ) Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente. 4) Mantener al frente durante el desarrollo del contrato, al Director del Proyecto y demás personal aprobado por FONADE. El Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del con- trato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 5) Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acom- pañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la expe- riencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los requisitos exigidos en las Reglas de Participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el personal que aplique según las normas colombianas. 5. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materiamínimo requerido. 6. ) Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral del todo el personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido ocupe en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, así como mínimo en un setenta garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE. 7) Responder por ciento (70%) del personal cualquier tipo de obra no calificado de la regiónreclamación, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la zona beneficiariaque coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, se podrá llevar a cabo su contratación por causa o con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificaciónocasión del contrato. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. 8) Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARP de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríaInterventoría. 13. Presentar mensualmente al interventor9) Proveer los medios necesarios, según sea el casoen las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, las respectivas afiliaciones o soportes para garantizar, en todo momento, la seguridad del personal contra posibles accidentes. 10) Garantizar la capacitación y actualización de pago al sistema de seguridad social integral y ARL conocimientos de su personal, sobre los temas, metodologías y herramientas que se requieran para la correcta ejecución de las actividades contempladas en el alcance del contrato. 14. Cuando el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, Incorporar 11) Vincular al proyecto como mínimo el en un setenta y cinco por ciento 75% de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 70%) del personal no calificado a individuos de la región de influencia de la misma. 12) Suministrar y exigir a su personal técnicoel uso de elementos de protección como casco plástico, operativo guantes, botas y profesional gafas de origen colombianoseguridad. Los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el uso de zapatos tenis o similares, que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casco y, cuando la naturaleza o las condiciones de trabajo lo requieran, guantes, gafas, y cinturón de seguridad.

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Samples: Convenio Interadministrativo

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. ) Presentar en el término al interventor del contrato, dentro de los tres (303) días siguientes a la suscripción del contrato al interventorde obra, y previo a la firma del acta de inicio, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. 2) Suministrar y mantener, en las etapas que resulten pertinentes durante la ejecución de la obra y hasta la entrega de la misma, el personal mínimo profesional ofrecido y técnico exigido requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado anteriormente, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida en las reglas de participación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato en los documentos de la convocatoria, cumpliendo derivado del presente proceso y con la experiencia específica exigida en este documento. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER FONADE o la CONTRATANTE u otras entidadescon terceros. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestoAdemás de lo anterior, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍA. 2. Contar contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3) Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente. 4) Mantener al frente durante el desarrollo de la obra, al Director del Proyecto y demás personal de especialistas aprobados por FONADE. El director Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianas. 5. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia. 6. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. ) Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta veinte por ciento (7020%) del personal de obra no calificado calificado, a individuos de la región, preferiblemente habitantes región de influencia de la zona beneficiaria del proyecto. En caso misma. 6) Vincular a la ejecución de no contar con la disponibilidad obra, como mínimo en un diez por ciento (10%) del personal requerido no calificado, a individuos que se hayan acogido al programa de desmovilización y reinserción impulsado por el Gobierno Nacional o a individuos en condición de desplazamiento. 7) Garantizar como mínimo Cuatro (4) frentes de trabajo durante el desarrollo de la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación obra. 8) Obtener la aprobación de la interventoría con habitantes antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las zonas aledañas calidades profesionales o técnicas, la experiencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al proyecto o profesional a ser remplazado, quien cumplió con los requisitos exigidos en las reglas de participación, sin perjuicio de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificaciónregulación específica que sobre este aspecto se establece para el personal mínimo requerido. 9. El ) Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y que ocupe en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contratode la obra, así como garantizar que la interventoría deberá evaluar dicha situación celebración y autorizar ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el ajuste en el porcentajepersonal subcontratado y FONADE. 10. ) Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades cualquier tipo de reclamación, judicial o prohibiciones extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, por haber suministrado información falsacausa o con ocasión del contrato. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. ) Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARP de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríaInterventoría. 12) Proveer los medios necesarios, en las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, para garantizar, en todo momento, la seguridad del personal contra posibles accidentes. 13) Suministrar y exigir a su personal el uso de elementos de protección como casco plástico, guantes, botas y gafas de seguridad. Presentar mensualmente al interventorLos trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el uso de zapatos tenis o similares, según sea que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casocasco y, cuando la naturaleza o las respectivas afiliaciones o soportes condiciones de pago al sistema trabajo lo requieran, guantes, gafas, y cinturón de seguridad social integral y ARL de su personalseguridad. 14. Cuando el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, Incorporar como mínimo el setenta y cinco por ciento 75% de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombiano

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Samples: Contratación Derivada

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. ) Presentar en el término al interventor del contrato, dentro de los tres (303) días siguientes a la suscripción del contrato al interventorde obra, y previo a la firma del acta de inicio, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. 2) Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato, el personal mínimo profesional ofrecido y técnico exigido requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado en el numeral 2.3. del estudio previo, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida en las Reglas de Participación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato en los documentos de la convocatoria, cumpliendo derivado del presente proceso y con la experiencia específica exigida en este documento. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER FONADE o la CONTRATANTE u otras entidadescon terceros. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestoAdemás de lo anterior, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍA. 2. Contar contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3. El director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. ) Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente. 4) Mantener al frente durante el desarrollo del contrato, al director del Proyecto y demás personal aprobado por FONADE. El director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del con- trato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 5) Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acom- pañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la expe- riencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los requisitos exigidos en las Reglas de Participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el personal que aplique según las normas colombianas. 5. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materiamínimo requerido. 6. ) Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral del todo el personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido ocupe en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, así como mínimo en un setenta garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE. 7) Responder por ciento (70%) del personal cualquier tipo de obra no calificado de la regiónreclamación, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la zona beneficiariaque coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, se podrá llevar a cabo su contratación por causa o con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificaciónocasión del contrato. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. 8) Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARP de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríaInterventoría. 9) Proveer los medios necesarios, en las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, para garantizar, en todo momento, la seguridad del personal contra posibles accidentes. 10) Garantizar la capacitación y actualización de conocimientos de su personal, sobre los temas, metodologías y herramientas que se requieran para la correcta ejecución de las actividades contempladas en el alcance del contrato. 11) Vincular al proyecto como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal no calificado a individuos de la región de influencia de la misma. 12) Suministrar y exigir a su personal el uso de elementos de protección como casco plástico, guantes, botas y gafas de seguridad. Los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el uso de zapatos tenis o similares, que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casco y, cuando la naturaleza o las condiciones de trabajo lo requieran, guantes, gafas, y cinturón de seguridad. 13. Presentar mensualmente al interventor) Mantener actualizada la información del personal asignado a la ejecución del contrato en relación con los siguientes aspectos: nombre, según sea documento de identificación, libreta militar, antecedentes judiciales, certifi- cado de servicios con el casocontratista u otro patrono, las respectivas afiliaciones domicilio, constancia de afiliación a los sistemas de salud, riesgos profesionales y pensiones, cargo que desempeña, salario, y los demás documentos que requiera FONADE para poder hacer revisiones del cumplimiento de obligaciones laborales y de giro o soportes pago de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personalaportes parafiscales a cargo del contratista. 14. Cuando ) Entregar junto con cada factura o cuenta de cobro, las planillas donde conste el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción pago de Servicios Nacionales los emolumentos por los servicios o con Trato Nacional, Incorporar como mínimo labores recibidas y pago de todos los aportes a su cargo durante el setenta y cinco por ciento 75% periodo de personal colombiano para el cumplimiento del contratorealización de las actividades objeto de cobro. 15. Cuando ) Acatar la normatividad colombiana en la contratación de nacionales y extranjeros, al igual que el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación Régimen de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa Extranjería. 16) Responder oportunamente por ciento (90 %) los daños que se causen a bienes o instalaciones de personal técnicoservicio público o de particulares, operativo y profesional sea por culpa suya, de origen colombianosus trabajadores o de sus subcontratistas.

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Samples: Contract for Work and Consulting

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. ) Presentar en el término al interventor del contrato, dentro de los tres (303) días siguientes a la suscripción del contrato al interventorde obra, y previo a la firma del acta de inicio, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. 2) Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato, el personal mínimo profesional ofrecido y técnico exigido requerido para la ejecu- ción del objeto contractual, relacionado anteriormente, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida en las Reglas de Participación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato derivado del presente proceso y con contratos en los documentos de la convocatoria, cumpliendo eje- cución con la experiencia específica exigida en este documentoFONADE o con terceros. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE Además de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER o la CONTRATANTE u otras entidades. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestoanterior, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍA. 2. Contar contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3) Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuen- ten con matrícula o tarjeta profesional vigente. 4) Mantener al frente durante el desarrollo del contrato, al Director del Proyecto y demás personal de espe- cialistas aprobados por FONADE. El director Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre nom- bre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo administrati- vo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 45) Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. Garantizar La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acom- pañada de los soportes que todos acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la expe- riencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o supe- rior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los profesionales a quienes requisitos exigidos en las Reglas de Participa- ción, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, establece para el personal que aplique según las normas colombianas. 5. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materiamíni- mo requerido. 6. ) Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral del todo el personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido ocupe en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, así como mínimo en un setenta garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos nece- sarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE. 7) Responder por ciento (70%) del personal cualquier tipo de obra no calificado de la regiónreclamación, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la zona beneficiariaque coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, se podrá llevar a cabo su contratación por causa o con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificaciónocasión del contrato. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. 8) Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARP de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríaInterventoría. 13. Presentar mensualmente al interventor9) Proveer los medios necesarios, según sea el casoen las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, las respectivas afiliaciones o soportes de pago al sistema de para garantizar, en todo momento, la seguridad social integral y ARL de su personaldel personal contra posibles accidentes. 1410) Suministrar y exigir a su personal el uso de elementos de protección como casco plástico, guantes, botas y gafas de seguridad. Cuando Los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el contratista haya diligenciado uso de zapatos tenis o similares, que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casco y, cuando la Opción 2 del Formato 9A – Promoción naturaleza o las condiciones de Servicios Nacionales o con Trato Nacionaltrabajo lo requieran, Incorporar como mínimo el setenta guantes, gafas, y cinco por ciento 75% cinturón de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombianoseguridad.

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Samples: Convenio Interadministrativo

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. ) Presentar en el término al interventor del contrato, dentro de los tres (303) días siguientes a la suscripción del contrato al interventorde obra, y previo a la firma del acta de inicio, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. 2) Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato, el personal mínimo profesional ofrecido y técnico exigido requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado anteriormente, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida en las Reglas de Participación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato en los documentos de la convocatoria, cumpliendo derivado del presente proceso y con la experiencia específica exigida en este documento. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER FONADE o la CONTRATANTE u otras entidadescon terceros. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestoAdemás de lo anterior, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍA. 2. Contar contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable, la cual debe ser certificada por el contratista y verificada por la Interventoría y el supervisor de FONADE. 3) Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente. 4) Mantener al frente durante el desarrollo del contrato, al Director de obra y demás personal de especialistas aprobados por FONADE. El director del proyecto Director de obra deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. El Director de obra no podrá delegar la toma de decisiones de orden técnico a ningún subalterno. 45) Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. Garantizar La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que todos acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la experiencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los profesionales a quienes requisitos exigidos en las Reglas de Participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, establece para el personal que aplique según las normas colombianas. 5. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materiamínimo requerido. 6. ) Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral del todo el personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido ocupe en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, así como mínimo en un setenta garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE. 7) Responder por ciento (70%) del personal cualquier tipo de obra no calificado de la regiónreclamación, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la zona beneficiariaque coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, se podrá llevar a cabo su contratación por causa o con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificaciónocasión del contrato. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. 8) Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARP de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríaInterventoría. 13. Presentar mensualmente al interventor9) Proveer los medios necesarios, según sea el casoen las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, las respectivas afiliaciones o soportes de pago al sistema de para garantizar, en todo momento, la seguridad social integral y ARL de su personaldel personal contra posibles accidentes. 1410) Suministrar y exigir a su personal el uso de elementos de protección como casco plástico, guantes, botas y gafas de seguridad. Cuando Los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el contratista haya diligenciado uso de zapatos tenis o similares, que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casco y, cuando la Opción 2 del Formato 9A – Promoción naturaleza o las condiciones de Servicios Nacionales o con Trato Nacionaltrabajo lo requieran, Incorporar como mínimo el setenta guantes, gafas, y cinco por ciento 75% cinturón de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombianoseguridad.

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Samples: Contrato Interadministrativo De Gerencia Integral De Proyectos

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. Presentar en Sumado a las obligaciones anteriormente mencionadas, el término CONTRATISTA debe: 2.1 Acatar y cumplir con todas y cada una de las especificaciones contenidas el Anexo 2 (de los tres (3términos de referencia) días siguientes a - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROYECTO ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICO DE kWp PARA SISTEMA TRIFÁSICO EN EL CDI XXXXXXX XXXXXXX – VALLEDUPAR. Estas especificaciones deberán ser cumplidas por el contratista en todas y cada una de las fases del proyecto objeto de la convocatoria. 2.2 Presentar previa suscripción del contrato al interventorcontrato, previo aval del interventor y/o del supervisor, el personal mínimo profesional y técnico exigido para la ejecución del contrato en los documentos cada una de la convocatoria, cumpliendo sus etapas el contenido en el presente documento y de acuerdo con la experiencia específica exigida en este documentometodología para cumplir cabalmente el contrato, el cual no fue susceptible de ponderación. El CONTRATISTA contratista se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, exigido así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE para FIDNETER, de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER o la CONTRATANTE u otras entidades. El personal debe ser el mismo hasta su finalización. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuesto, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍALA CONTRATANTE, previo visto bueno del INTERVENTOR. 2. 2.3 Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3. 2.4 El director CONTRATISTA se obliga a mantener al frente a la obligación de desarrollar diseños y ejecución de obra al Director del Proyecto y demás personal de especialistas aprobados por FINDETER. 2.5 El Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contratoContrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. 2.6 Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianasColombianas. 5. 2.7 Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia. 6. 2.8 Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA contratista al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. 2.9 Observar el desempeño del personal vinculado al proyecto, exigiéndole una dirección competente, el cumplimiento de normas de seguridad industrial y de tipo ambiental. 2.10 Emplear personal técnico y/o profesional, según corresponda, en cada proyecto de conformidad con lo establecido en los términos el pliego de referencia condiciones y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra2.11 Responder legalmente si ha ocultado, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal de obra no calificado de la regiónal contratar, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificación. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber si ha suministrado información falsa. 11. 2.12 Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. Presentar al interventor2.13 Presentar, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríaSUPERVISIÓN. 13. 2.14 Presentar mensualmente al interventor, según sea el caso, las respectivas afiliaciones y/o soportes de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personal. 14. Cuando el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, Incorporar como mínimo el setenta y cinco por ciento 75% de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombiano

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Samples: Contract for Design and Installation of Solar Photovoltaic System

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. MANAGEMENT S.A. SOCIEDAD FIDUCIARIA, QUIEN ACTÚA COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO MATRIZ DE ASISTENCIA TÉCNICA FINDETER Y ASOCIACIÓN DE AUTORIDADES TRADICIONALES Y CABILDOS U'WA (ASOU'WA). 1. Presentar en el término de los tres (3) días siguientes a la al SUPERVISOR previa suscripción del contrato al interventorcontrato, el personal mínimo profesional y técnico exigido para la ejecución del contrato en los documentos y de la convocatoria, cumpliendo acuerdo con la experiencia específica exigida en este documentometodología para cumplir cabalmente el Contrato. El CONTRATISTA contratista se compromete a suministrar el personal mínimo exigidoofrecido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE de lo cual se para LA CONTRATANTE. Se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente económica. El personal debe ser el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido mismo hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER o la CONTRATANTE u otras entidadessu finalización. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuesto, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍALA SUPERVISIÓN. 2. Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3. El director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianas. 53. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia. 64. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contratoContrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA contratista al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 75. Observar el desempeño del personal vinculado al proyecto, exigiéndole una dirección competente, el cumplimiento de normas de seguridad industrial y de tipo ambiental. 6. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, en cada proyecto de conformidad con lo establecido en los términos de referencia la propuesta y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificación. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 107. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 118. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 129. Presentar al interventorPresentar, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL o soportes de pago al sistema de seguridad social de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríasupervisión. 1310. Presentar mensualmente al interventorsupervisor, según sea el caso, las respectivas afiliaciones o soportes de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personal. 14. Cuando el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, Incorporar como mínimo el setenta y cinco por ciento 75% de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombiano

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Samples: Contract

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. ) Presentar en el término al interventor del contrato, dentro de los tres (303) días siguientes a la suscripción del contrato al interventorde obra, y previo a la firma del acta de inicio, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. 2) Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato, el personal mínimo profesional ofrecido y técnico exigido requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado anteriormente, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida en las Reglas de Participación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato en los documentos de la convocatoria, cumpliendo derivado del presente proceso y con la experiencia específica exigida en este documento. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER FONADE o la CONTRATANTE u otras entidadescon terceros. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestoAdemás de lo anterior, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍA. 2. Contar contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable, la cual debe ser certificada por el contratista y verificada por la Interventoría y el supervisor de FONADE. 3) Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente. 4) Mantener al frente durante el desarrollo del contrato, al Director de obra y demás personal de especialistas aprobados por FONADE. El director del proyecto Director de obra deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. El Director de obra no podrá delegar la toma de decisiones de orden técnico a ningún subalterno. 45) Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. Garantizar La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que todos acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la experiencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los profesionales a quienes requisitos exigidos en las Reglas de Participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, establece para el personal que aplique según las normas colombianas. 5. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materiamínimo requerido. 6. ) Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral del todo el personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido ocupe en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, así como mínimo en un setenta garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE. 7) Responder por ciento (70%) del personal cualquier tipo de obra no calificado de la regiónreclamación, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la zona beneficiariaque coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, se podrá llevar a cabo su contratación por causa o con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificaciónocasión del contrato. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. 8) Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARP de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríaInterventoría. 13. Presentar mensualmente al interventor9) Proveer los medios necesarios, según sea el casoen las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, las respectivas afiliaciones o soportes de pago al sistema de para garantizar, en todo momento, la seguridad social integral y ARL de su personaldel personal contra posibles accidentes. 1410) Suministrar y exigir a su personal el uso de elementos de protección como casco plástico, guantes, botas y gafas de seguridad. Cuando Los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el uso de zapatos tenis o similares, que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casco y, cuando la naturaleza o las condiciones de trabajo lo requieran, guantes, gafas, y cinturón de seguridad. 11) En cumplimiento del Artículo 12 de la Ley 842 de 2003, para los profesionales de la Ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares la experiencia profesional solo se computará a partir de la fecha de expedición de la matrícula o certificado de inscripción profesional. Entiéndase como personal mínimo requerido para la ejecución del contrato, aquel recurso humano necesario para la ejecución del contrato. El contratista haya diligenciado deberá suministrar y mantener durante la Opción 2 ejecución del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacionalcontrato, Incorporar como mínimo el setenta personal relacionado a continuación, el cual deberá cumplir las calidades técnicas o profesionales y cinco por ciento 75% las experiencias generales y específicas requeridas. Este personal deberá ser independiente para cada frente de obra, es decir: para la “CONSTRUCCIÓN Y ADECUACIÓN DE ESCENARIO DEPORTIVO – CANCHA SINTÉTICA DE FUTBOL EN EL BARRIO ARRAYANES DE LA CIUDAD DE MANIZALES” Así mismo, deberá suministrar y mantener el personal colombiano que resulte pertinente para el cumplimiento efectos de la ejecución del contrato de manera independiente, de tal forma que no causen retrasos en los procesos de construcción. Se deberán presentar los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del siguiente personal mínimo requerido para la ejecución del contrato 15. Cuando , el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombianocual se describe a continuación:

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Samples: Convenio Interadministrativo De Gerencia De Proyectos

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria donde se está desarrollando el proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al proyecto. • El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para las etapas I y II, deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que se demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste del porcentaje. • Presentar al interventor, en el término de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato al interventorprevia suscripción del acta de inicio o emisión de la orden de inicio, para aval y aprobación, el personal mínimo profesional y técnico exigido para la ejecución del contrato en los documentos cada una de la convocatoria, cumpliendo sus Etapas y de acuerdo con la experiencia específica exigida en este documentometodología para cumplir cabalmente el contrato. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la LA CONTRATANTE de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER o la O LA CONTRATANTE u otras entidades. El personal debe ser el mismo hasta su finalización. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuesto, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la será otorgada por LA CONTRATANTE previa aprobación de INTERVENTORÍA. 2la interventoría. Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3. El director CONTRATISTA se obliga durante el desarrollo del contrato a mantener al frente al Director del proyecto y demás personal de especialistas aprobados por la INTERVENTORÍA. De igual forma los especialistas están obligados a realizar el acompañamiento durante la etapa II, en caso de requerir aclaración o ajuste al trabajo técnico realizado por cada uno de ellos. • El Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor INTERVENTOR cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianas. 5Colombianas. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia. 6. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. • Observar el desempeño del personal vinculado al proyecto, exigiéndole una dirección competente, el cumplimiento de normas de seguridad industrial y de tipo ambiental. • Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, en cada proyecto de conformidad con lo establecido en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificación. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. Presentar al interventor• Presentar, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL o soportes de pago al sistema de seguridad social de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoría. 13INTERVENTORÍA. Presentar mensualmente al interventorINTERVENTOR, según sea el caso, las respectivas afiliaciones o soportes de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personal. 14. Cuando el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, Incorporar como mínimo el setenta y cinco por ciento 75% de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombiano

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Samples: Construction Contract

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. Presentar Sumado a las obligaciones generales, el CONTRATISTA debe: a. Vincular a la ejecución de cada una de las obras, como mínimo en el término un Sesenta por ciento (60%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes de los tres (3) días siguientes resguardos beneficiados, donde se están desarrollando los proyectos. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a la cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al Proyecto. b. Presentar previa suscripción del contrato al contrato, previo aval del interventor, el personal mínimo profesional y técnico exigido para la ejecución del contrato en los documentos cada una de la convocatoria, cumpliendo sus etapas el contenido en el presente documento y de acuerdo con la experiencia específica exigida en este documentometodología para cumplir cabalmente el contrato, el cual no fue susceptible de ponderación. El CONTRATISTA contratista se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, exigido así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE AL PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA-FINDETER (FIDUCIARIA BOGOTA S.A.), de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER o la CONTRATANTE Y/O EL PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA- FINDETER (FIDUCIARIA BOGOTA S.A.) u otras entidades. El personal debe ser el mismo hasta su finalización. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuesto, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍALA CONTRATANTE, previo visto bueno del INTERVENTOR. 2. c. Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3. d. El director CONTRATISTA se obliga durante el desarrollo de la Etapa de los estudios y diseños y obra, mantener al frente de los estudios, diseños y ejecución de obra al Director del Proyecto y demás personal de especialistas aprobados por la INTERVENTORÍA e. El Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contratoContrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. f. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianasColombianas. 5. g. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia. 6. h. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA contratista al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. i. Observar el desempeño del personal vinculado al proyecto, exigiéndole una dirección competente, el cumplimiento de normas de seguridad industrial y de tipo ambiental. j. Emplear personal técnico y/o profesional, según corresponda, en cada proyecto de conformidad con lo establecido en los términos el pliego de referencia condiciones y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificación. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. k. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. l. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. Presentar al interventorm. Presentar, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoría. 13. n. Presentar mensualmente al interventor, según sea el caso, las respectivas afiliaciones y/o soportes de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personal. 14. Cuando el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, Incorporar como mínimo el setenta y cinco por ciento 75% de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombiano

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Samples: Construction Contract

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. Presentar en Sumado a las obligaciones generales, el término de los tres (3) días siguientes CONTRATISTA debe: a. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un Sesenta por ciento (60%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes de la urbanización beneficiaria donde se está desarrollando el proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la Urbanización beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al Proyecto. b. Presentar previa suscripción del contrato al contrato, previo aval del interventor, el personal mínimo profesional y técnico exigido para la ejecución del contrato en los documentos cada una de la convocatoria, cumpliendo sus etapas el contenido en el presente documento y de acuerdo con la experiencia específica exigida en este documentometodología para cumplir cabalmente el contrato, el cual no fue susceptible de ponderación. El CONTRATISTA contratista se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, exigido así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE AL PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA-FINDETER (FIDUCIARIA BOGOTA S.A.), de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER o la CONTRATANTE Y/O EL PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA-FINDETER (FIDUCIARIA BOGOTA S.A.) u otras entidades. El personal debe ser el mismo hasta su finalización. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuesto, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍAINTERVENTORIA. 2. c. Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3. d. El director CONTRATISTA se obliga durante el desarrollo de la Etapa de los estudios y diseños y obra, mantener al frente de los estudios, diseños y ejecución de obra al Director del Proyecto y demás personal de especialistas aprobados por la INTERVENTORIA e. El Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contratoContrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. f. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianasColombianas. 5. g. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia. 6. h. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA contratista al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido en los términos de referencia y en i. Observar el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) desempeño del personal de obra no calificado de la regiónvinculado al proyecto, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiariaexigiéndole una dirección competente, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificación. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos normas de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridadtipo ambiental. 12. Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL o soportes de pago al sistema de seguridad social de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoría. 13. Presentar mensualmente al interventor, según sea el caso, las respectivas afiliaciones o soportes de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personal. 14. Cuando el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, Incorporar como mínimo el setenta y cinco por ciento 75% de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombiano

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Samples: Contract for Construction and Technical Assistance

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. Presentar en Sumado a las obligaciones generales, el término de los tres (3) días siguientes CONTRATISTA debe: a. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un Sesenta por ciento (60%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes corregimiento de Paraguachón o del municipio de Maicao donde se está b. Presentar previa suscripción del contrato al contrato, previo aval del interventor, el personal mínimo profesional y técnico exigido para la ejecución del contrato en los documentos cada una de la convocatoria, cumpliendo sus etapas el contenido en el presente documento y de acuerdo con la experiencia específica exigida en este documentometodología para cumplir cabalmente el contrato, el cual no fue susceptible de ponderación. El CONTRATISTA contratista se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, exigido así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE AL PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA-FINDETER (FIDUCIARIA BOGOTA S.A.), de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER o la CONTRATANTE Y/O EL PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA- FINDETER (FIDUCIARIA BOGOTA S.A.) u otras entidades. El personal debe ser el mismo hasta su finalización. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuesto, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍALA CONTRATANTE, previo visto bueno del INTERVENTOR. 2. c. Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3. d. El director CONTRATISTA se obliga durante el desarrollo de la Etapa de los estudios y diseños y obra, mantener al frente de los estudios, diseños y ejecución de obra al Director del Proyecto y demás personal de especialistas aprobados por FINDETER e. El Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contratoContrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 4. f. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianasColombianas. 5. g. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia. 6. h. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA contratista al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. i. Observar el desempeño del personal vinculado al proyecto, exigiéndole una dirección competente, el cumplimiento de normas de seguridad industrial y de tipo ambiental. j. Emplear personal técnico y/o profesional, según corresponda, en cada proyecto de conformidad con lo establecido en los términos el pliego de referencia condiciones y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal de obra no calificado de la región, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificación. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. k. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. l. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. Presentar al interventorm. Presentar, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoría. 13. n. Presentar mensualmente al interventor, según sea el caso, las respectivas afiliaciones y/o soportes de pago al sistema de seguridad social integral y ARL de su personal. 14. Cuando el contratista haya diligenciado la Opción 2 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, Incorporar como mínimo el setenta y cinco por ciento 75% de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombiano

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Samples: Contract for Educational Infrastructure

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. ) Presentar en el término al interventor del contrato, dentro de los tres (303) días siguientes a la suscripción del contrato al interventorde obra, y previo a la firma del acta de inicio, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. 2) Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato, el personal mínimo profesional ofrecido y técnico exigido requerido para la ejecu- ción del objeto contractual, relacionado anteriormente, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida en las Reglas de Participación . En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato derivado del presente proceso y con contratos en los documentos de la convocatoria, cumpliendo eje- cución con la experiencia específica exigida en este documentoFONADE o con terceros. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE Además de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER o la CONTRATANTE u otras entidades. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestoanterior, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍA. 2. Contar contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 3) Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuen- ten con matrícula o tarjeta profesional vigente. 4) Mantener al frente durante el desarrollo del contrato, al Director de obra y demás personal de especialis- tas aprobados por FONADE. El director del proyecto Director de obra deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractualescon- tractuales. 45) Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. Garantizar La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acom- pañada de los soportes que todos acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la expe- riencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o supe- rior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los profesionales a quienes requisitos exigidos en las Reglas de Participa- ción, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, establece para el personal que aplique según las normas colombianas. 5. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materiamíni- mo requerido. 6. ) Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral del todo el personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido ocupe en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, así como mínimo en un setenta garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos nece- sarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE. 7) Responder por ciento (70%) del personal cualquier tipo de obra no calificado de la regiónreclamación, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la zona beneficiariaque coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, se podrá llevar a cabo su contratación por causa o con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificaciónocasión del contrato. 9. El personal calificado del proyecto vinculado por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. 8) Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARP de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríaInterventoría. 13. Presentar mensualmente al interventor9) Proveer los medios necesarios, según sea el casoen las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, las respectivas afiliaciones o soportes de pago al sistema de para garantizar, en todo momento, la seguridad social integral y ARL de su personaldel personal contra posibles accidentes. 1410) Suministrar y exigir a su personal el uso de elementos de protección como casco plástico, guantes, botas y gafas de seguridad. Cuando Los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el contratista haya diligenciado uso de zapatos tenis o similares, que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casco y, cuando la Opción 2 del Formato 9A – Promoción naturaleza o las condiciones de Servicios Nacionales o con Trato Nacionaltrabajo lo requieran, Incorporar como mínimo el setenta guantes, gafas, y cinco por ciento 75% cinturón de personal colombiano para el cumplimiento del contrato 15. Cuando el contratista haya diligenciado el Formato 9B – Incorporación de Componente Nacional en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo el noventa por ciento (90 %) de personal técnico, operativo y profesional de origen colombianoseguridad.

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Samples: Convenio

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1. Presentar en el término de los tres (3) días siguientes al interventor del contrato, previo a la suscripción del contrato al interventoracta de inicio los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. En caso de incumplimiento por parte del contratista en la presentación de los soportes del personal antes indicado, en el plazo señalado, se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes. 2. Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato, el personal mínimo profesional ofrecido y técnico exigido requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado en el documento contractual y anexo técnico, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo, incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato en los documentos de la convocatoria, cumpliendo derivado del presente proceso y con la experiencia específica exigida en este documento. El CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal mínimo exigido, así como el que adicionalmente se requiera para dar cabal cumplimiento al objeto del contrato sin que ello represente valor adicional alguno a la CONTRATANTE de lo cual se entenderá incluido su costo en la propuesta económica que presente el interesado. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FINDETER ENTerritorio o la CONTRATANTE u otras entidades. Si el CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuesto, deberá solicitar por escrito al interventor y a la CONTRATANTE la sustitución de dicho profesional o personal, quien deberá tener un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de INTERVENTORÍAcon terceros. 23. Contar con una oficina central centralizada que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. 4. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores, en el desarrollo del contrato, cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, de lo cual adjuntarán certificado de vigencia de matrícula a las hojas de vida que deberán ser aprobadas por parte del interventor, dicho certificado no podrá ser superior a tres (3) meses de expedición, contados a partir de la fecha de cierre efectivo del proceso de selección. 5. Mantener al frente durante el desarrollo del contrato, al director y demás personal aprobado por ENTerritorio. El director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el interventor Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales. 46. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, para el personal que aplique según las normas colombianas. 5. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 Obtener la aprobación de la ley 789 interventoría, con antelación al cambio de 2002 profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que acrediten el artículo 23 cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la Ley 1150 de 2007experiencia general y específica del nuevo personal, en lo relacionado el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia.requisitos exigidos en el “Documento de 67. Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral del todo el personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de la carta de presentación de la propuesta, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal del CONTRATISTA con LA CONTRATANTE. 7. Emplear personal técnico o profesional, según corresponda, de conformidad con lo establecido ocupe en los términos de referencia y en el contrato respectivo, garantizando que se encuentra en óptimas condiciones físicas y mentales para el desarrollo de las actividades asignadas. 8. Vincular a la ejecución de la obra, así como mínimo garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y ENTerritorio. 8. Mantener a la entidad libre de toda reclamación que tenga origen en un setenta por ciento (70%) del personal las actuaciones de obra no calificado él, a través de las cuales se causen daños a terceros, así como también en cualquier reclamación que surja en ocasión de la región, preferiblemente habitantes de la zona beneficiaria ejecución del proyecto. En caso de no contar con la disponibilidad del personal requerido en la zona beneficiaria, se podrá llevar a cabo su contratación con habitantes de las zonas aledañas al proyecto o de la región. Para ello será la Interventoría la encargada de su verificacióncontrato. 9. El Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve el personal calificado del proyecto vinculado o los subcontratistas contra ENTerritorio, por el CONTRATISTA para el desarrollo de las actividades deberá corresponder como mínimo a un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, Dicha condición será verificada por el Interventor y en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución causa o con ocasión del contrato, la interventoría deberá evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje. 10. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa. 11. Contemplar en su propuesta económica dentro de sus costos administrativos, el valor correspondiente a elementos de seguridad industrial y la dotación de su personal. LA CONTRATANTE no hará reconocimiento adicional, ni por separado por tales fines y será causal de aplicación de multas y sanciones el incumplimiento en el suministro de los elementos de seguridad industrial, incluyendo el cumplimiento de los Protocolos de bioseguridad. 12. Presentar al interventor, antes de iniciar cualquier actividad, las respectivas afiliaciones a una ARL y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARL de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la interventoríaInterventoría. 11. Proveer los medios necesarios, en las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, para garantizar, en todo momento, la seguridad del personal contra posibles accidentes. 12. Garantizar la capacitación y actualización de conocimientos de su personal, sobre los temas, metodologías y herramientas que se requieran para la correcta ejecución de las actividades contempladas en el alcance del contrato. 13. Presentar mensualmente Vincular al interventor, según sea el caso, las respectivas afiliaciones o soportes proyecto como mínimo en un cuarenta por ciento (40%) del personal no calificado a individuos del sector de pago al sistema influencia de seguridad social integral y ARL de su personalla misma. 14. Cuando Suministrar y exigir a su personal el contratista haya diligenciado uso de elementos de protección como casco de seguridad, guantes, botas y gafas de seguridad. Los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el uso de zapatos tenis o similares, que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casco y, cuando la Opción 2 del Formato 9A – Promoción naturaleza o las condiciones de Servicios Nacionales o con Trato Nacionaltrabajo lo requieran, Incorporar como mínimo el setenta guantes, gafas, y cinco por ciento 75% cinturón de personal colombiano para el cumplimiento del contratoseguridad. 15. Cuando Mantener actualizada la información del personal asignado a la ejecución del contrato, en relación con los siguientes aspectos: Nombre, documento de identificación, libreta militar, antecedentes judiciales, certificado de servicios con el contratista haya diligenciado u otro patrono, domicilio, constancia de afiliación a los sistemas de salud, riesgos laborales y pensiones, cargo que desempeña, salario, y los demás documentos que requiera ENTerritorio para poder hacer revisiones del cumplimiento de obligaciones laborales y de giro o pago de aportes parafiscales a cargo del contratista. 16. Entregar junto con cada factura o cuenta de cobro, las planillas donde conste el Formato 9B – Incorporación pago de Componente Nacional los emolumentos por los servicios o labores recibidas y pago de todos los aportes a su cargo durante el periodo de realización de las actividades objeto de cobro. 17. Acatar la normatividad colombiana en Servicios Extranjeros Incorporar como mínimo la contratación de nacionales y extranjeros, al igual que el noventa Régimen de Extranjería. 18. Responder oportunamente por ciento (90 %) los daños que se causen a bienes o instalaciones de servicio público o de particulares, sea por culpa suya, de sus trabajadores o de sus subcontratistas; y mantener indemne a la entidad ante cualquier reclamación de índole laboral que realice el personal técnico, operativo y profesional de origen colombianoa su cargo.

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